domingo, 22 de marzo de 2020

Los alegatos.





ALGUNOS ASPECTOS DE LOS ALEGATOS EN DIVERSAS LEGISLACIONES
MARCELA SOSA Y AVILA ZABRE

ABSTRACT
Articles 393 and 394 of the Procedural Code of the Federal District violate the closing arguments, which are a stage and an essential formality of the procedure. The afore mentioned, by virtue of the senseless time allocated to its rendition, in which the parties are not able to analyze the interventions, written or oral. In the same way, the above mentioned articles do not compel the judges to take them into account, or to make reference of them, for the matter, in the judgment they render.

RESUMEN
Los alegatos son una etapa y una formalidad esencial del procedimiento, que los artículos 393 y 394 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal violan. En virtud de que se concede a las partes un tiempo irrisorio en el cual no pueden analizar las actuaciones, sean escritas u orales, a fin de prepararlos y hacerlos valer. A mayor abundamiento, dichos preceptos no obligan al juzgador a que los tome en cuenta y haga referencia de ellos en la sentencia que al efecto emita. Deviniendo inútil el trabajo que lleguen a realizar las partes.

INTRODUCCIÓN
En una sociedad pueden surgir conflictos entre sus miembros, hay diversas formas de solucionarlos. Sin embargo, cuando los problemas no pueden ser resueltos por las partes acuden ante un juez, quien deberá dar la solución correspondiente dentro de un proceso jurisdiccional.

Un proceso jurisdiccional es un método de debate en el que las personas en litigio participan, una reclamando pretensiones y otra negando el derecho de la primera, para que al final el juzgador resuelva legalmente el asunto.

El proceso puede tramitarse de diferentes formas dependiendo de las pretensiones que exija la parte actora. Lo que significa que hay diferentes vías (o procedimientos) unas especiales y una ordinaria.

La vía ordinaria se utiliza cuando la pretensión no tiene señalada una vía especial para ser demandada y sus plazos y etapas son más amplias.

En el caso del juicio ordinario civil las etapas son las siguientes:

ETAPAS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL

PREJUDICIAL



EXPOSITIVA

PROBATORIA
ALEGATOS


RESOLUTIVA

IMPUGNATIVA

EJECUTIVA

En el juicio de oralidad civil, que es una vía especial, las etapas son las que a continuación se enuncian:
ETAPAS DEL JUICIO ORAL CIVIL
PREJUDICIAL
EXPOSITIVA
AUDIENCIA PRELIMINAR
AUDIENCIA DE JUICIO
ALEGATOS
EJECUTIVA
    
No obstante, que las mencionadas vías son diferentes, en ambas existe la etapa de alegatos.

Por alegatos debe entenderse la expresión oral de las partes de los argumentos que esgrimen para convencer al juzgador que dicte una sentencia favorable a sus intereses. Todo ello después de haberse desahogado las pruebas y antes de que se cite el asunto para oír sentencia.

No obstante lo anterior este derecho y formalidad esencial del procedimiento no se encuentra debidamente regulado por el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, hoy entendido para la Ciudad de México en términos del Decreto publicado el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, que señala en su Artículo Décimo Cuarto Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que todas las referencias que se hagan al Distrito Federal se deben entender hechas a la Ciudad de México. Tal como aparece a continuación:  

“ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO.- A partir de la fecha de entrada en vigor de este Decreto, todas las referencias que en esta Constitución y demás ordenamientos jurídicos se hagan al Distrito Federal, deberán entenderse hechas a la Ciudad de México.” [1]

Con el presente trabajo se busca demostrar la violación del legislador y el juzgador a la formalidad esencial del procedimiento consistente en el derecho de alegar que tienen las partes en todo proceso jurisdiccional. Toda vez que es obligación del legislador realizar su tarea para que en los códigos de procedimientos queden contenidos los derechos y las garantías de las partes, en un real y debido proceso legal, para que no queden en estado de indefensión[2]. Para lo cual se analizarán los siguientes aspectos: el concepto de alegatos, su regulación en diferentes normatividades adjetivas y se expresarán las conclusiones a que se llegue.   

No se omite señalar el problema que existen en torno a la figura en estudio tomando en cuenta que no existe bibliografía especializada al respecto. Problema a que me enfrenté cuando elaboré un trabajo anterior sobre el mismo tópico. Lo que demuestra la nula importancia que se le concede a dicha figura procesal. 

Concepto de alegatos
El vocablo alegato proviene del verbo latino adlego o allego, que quiere decir allegar, agregar o reunir. Es decir, dentro de un proceso jurisdiccional alegar significa, que las partes expongan sus argumentos con la finalidad de convencer al juez que con las pruebas aportadas se acreditaron los hechos, por ellas afirmados.[3]

Los alegatos también son definidos como las argumentaciones jurídicas encaminadas a acreditar al juzgador la aplicabilidad de la norma abstracta al caso concreto y por ello derecho a obtener una sentencia favorable.[4]

De lo anterior se desprende que los alegatos son razonamientos jurídicos que elaboran las partes después de desahogadas las pruebas y antes de que se dicte la sentencia definitiva, para convencer al juez de que ellas tienen la razón y la sentencia debe dictarse a su favor. Casi siempre son apoyados en jurisprudencia.

LOS ALEGATOS EN EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

A los alegatos en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal se les denomina así si se formulan verbalmente  (lo que nunca sucede), pero si se realizan por escrito los llama conclusiones.

En la práctica de la abogacía los alegatos que son una formalidad esencial del procedimiento, no tienen un carácter vinculante con el juez, de manera que aun cuando los abogados muchas veces hacen verdaderos estudios procesales sobre sus litigios, el juzgador normalmente no los lee y mucho menos los toma en cuenta.

Además de conformidad con el Código de referencia no se da importancia a esta figura procesal, lo cual se puede constatar de la lectura del artículo 393, que ordena que cuando se hayan desahogado todas las pruebas, las partes podrán sucesivamente alegar cada una por un tiempo de quince minutos en primera instancia y de media hora en segunda instancia, pero prohíbe en el artículo 394 que éstos sean dictados. Tal como se lee a continuación:

“Artículo 393.- Concluida la recepción de las pruebas, el tribunal dispondrá que las partes aleguen por sí o por sus abogados o apoderados, primero el actor y luego el demandado; el Ministerio Público alegará también en los casos en que intervenga, procurando la mayor brevedad y concisión. No se podrá hacer uso de la palabra por más de un cuarto de hora en primera instancia y de media hora en segunda.

Artículo 394.- Queda prohibida la práctica de dictar los alegatos a la hora de la diligencia. Los alegatos serán verbales y pueden las partes presentar sus conclusiones por escrito.”[5]

Por lo tanto, de qué sirve que las partes argumenten durante el tiempo concedido, si los alegatos no quedarán asentados en las actuaciones judiciales, además de que no obliga al juez, ni al secretario de acuerdos correspondiente a escucharlos.

Cebe explicar que el argumento que realizan (o deberían realizar) las partes al alegar, es un razonamiento lógico que busca convencer al juez, sobre una propuesta de lo que se afirma o se niega.[6]

Mediante la argumentación y el alegato las partes tienen la posibilidad de ejercer su derecho de defensa dentro de un proceso jurisdiccional.

En la vida real ninguna de las partes alega y formulan sus conclusiones de alegatos por escrito y los presentan al juzgado al celebrarse la audiencia de desahogo de pruebas. Sin embargo en la copia que se entrega a las partes para su resguardo de la audiencia de desahogo de pruebas, aparece literalmente que las partes alegaron lo que a su derecho convino.[7] Cuando es del conocimiento del juez, del secretario de acuerdos y de los abogados que de hecho no se cumplió con la etapa de alegatos. Sin que ninguno de los sujetos del proceso pugne o defienda que se cumpla con esa etapa del proceso.

En caso de que el juez no dicte el auto para oír sentencia y las partes no le soliciten al juez que lo haga, podría operar la caducidad de la instancia por haber transcurrido 120 días sin promoción de alguna de las partes tal como se lee a continuación:

“Artículo 137 bis.-Operará de pleno derecho la caducidad de la primera instancia cualquiera que sea el estado del juicio desde el primer auto que se dicte en el mismo hasta antes de que concluya la audiencia de pruebas, alegatos y sentencia, si transcurridos ciento veinte días hábiles contados a partir de la notificación de la última determinación judicial no hubiere promoción que tienda a impulsar el procedimiento de cualquiera de las partes.”[8]

Por lo anterior, podría ser remitido al Archivo Judicial el expediente. Otra posibilidad por la que el juez no dicte el auto para oír sentencia, puede ser en el caso de que se haya cambiado de juez y éste considere no tener elementos suficientes para dictar una sentencia y ordene pruebas para mejor proveer.[9]

Sin embargo, hay una tendencia reciente en la jurisprudencia a revalorar este acto procesal que constituye el momento más importante de la argumentación jurídica en el proceso, desde la perspectiva de las partes.[10]

Con la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 11 de junio de 2011,[11] se modificó el título primero que ahora se llama “De los derechos humanos y sus garantías”, dentro de los cuales se encuentra el artículo 14 que señala que en todo proceso jurisdiccional deben cumplirse las formalidades esenciales del procedimiento entendiendo por éstas todas las garantías para que las partes puedan tener un juicio en el que se les respeten: el debido proceso legal, las garantías de audiencia y de prueba, así como la oportunidad de alegar, entre otras, tal como lo señala la Suprema Corte de Justicia de la Nación.[12]  

En virtud de que no existe una lista de las formalidades esenciales del procedimiento  en ningún código de procedimientos del país, se tendrán que tomar en cuenta las contenidas en el artículo 172 de la Ley de Amparo, interpretadas en sentido contrario en cuya fracción VIII expresamente determina que: “En los juicios tramitados ante los tribunales administrativos, civiles, agrarios o del trabajo, se considerarán violadas las leyes del procedimiento y que afectan las defensas del quejoso trascendiendo al resultado del fallo, cuando: VIII. Previa solicitud, no se le muestren documentos o piezas de autos para poder alegar sobre ellos.”[13]

Lo anterior significa que es una formalidad esencial del procedimiento el hecho de que las partes aleguen y el que se prohíba dictarlos, hace que no quede constancia de ellos y que no los tome en cuenta el juez, aun cuando se hayan presentado por escrito, consecuentemente es una violación al debido proceso, que deja en estado de indefensión a las partes.
Pues en la práctica normalmente el juez no los toma en cuenta pues no los menciona en su sentencia definitiva.

De acuerdo con la tesis de jurisprudencia P./J.47/95, FALTA NOTA DE TESIS “Formalidades esenciales del procedimiento. Son las que garantizan una adecuada y oportuna defensa previa al acto privativo”, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, t. II, diciembre de 1995, p. 133; se publica también en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, t. I, materia constitucional, jurisprudencia, tesis 218, p. 260., los alegatos constituyen una de las formalidades esenciales del procedimiento, por lo que las leyes procesales que no prevean una oportunidad razonable para expresarlos o los juzgadores que no la otorguen, violarían la garantía de audiencia que establece el párrafo segundo del artículo 14 de la Constitución Política.[14]

Ubicación, contenido y objeto de los alegatos.

El juicio ordinario civil consta de diversas etapas tal como aparece a continuación:

ETAPAS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL

PREJUDICIAL



EXPOSITIVA

PROBATORIA
ALEGATOS
CITACIÓN PARA SENTENCIA

RESOLUTIVA

IMPUGNATIVA

EJECUTIVA


Del cuadro que antecede no se aprecia cual es la etapa donde se debe alegar. Sólo se aprecia que en la práctica se introducen inmediatamente después del desahogo de pruebas. Sin embargo tiene que decirse que no está bien definida la etapa, pues si bien en el artículo 393 del Código Adjetivo se señala que concluida la recepción de las pruebas las partes podrán hacer uso de la palabra no podrán hacerlo por más de un cuarto de hora en primera instancia y media hora en segunda instancia. Lo que significa que la etapa de alegatos es casi una ilusión pues tiene una duración de minutos para convencer al juez de que tienen la razón, cuando el proceso en la mayoría de las ocasiones tuvo una duración de 4 ó 5 años en el mejor de los casos.

La etapa conclusiva se encuentra ubicada entre la probatoria y la resolutiva. Es decir desahogándose la última prueba y antes de citarse para oír sentencia deben las partes alegar. 

Cabe preguntar aquí quién está violando la formalidad esencial del procedimiento consistente el derecho de las partes de alegar?

Considero que el legislador viola la formalidad esencial del procedimiento consistente en los alegatos por las siguientes razones:

a).- No abre un periodo suficiente para que las partes estudien el expediente y vean lo probado en juicio desde su punto de vista para poder alegar.
b).- Prohíbe se dicten los alegatos no quedando constancia de ellos en el expediente 
c).- Al presentar las partes sus conclusiones de alegatos por escrito no obliga al juez a que los analice en la sentencia definitiva que dicte en el juicio respectivo.

Por otra parte el juez viola la formalidad esencial del procedimiento de los alegatos por las siguientes razones:
a).- Legalmente está obligado a estar en las audiencias y oír los alegatos y de hecho no está en los juicios de primera instancia.
b).- No toma en cuenta las conclusiones de alegatos presentados por escrito, porque no se refiere a ellos en la sentencia.
c).- En cuanto a los alegatos verbales y el tiempo otorgado para ello por parte del legislador. El juez cumple con lo que establece el Código Adjetivo.   

LOS ALEGATOS EN DIVERSAS LEGISLACIONES

El Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal en su artículo 1006 que se refiere a la audiencia de juicio dentro del juicio oral civil señala expresamente:
“En la audiencia sólo se concederá el uso de la palabra, por una vez, a cada una de las partes para formular sus alegatos.”[15]
 
Considero que el hecho de que el juez de oralidad civil sea el Director del proceso está bien, que debe darse celeridad al juicio, está perfecto. Sin embargo, pienso que ello no debe ir en perjuicio de una formalidad esencial del proceso como son los alegatos. Es cierto que es una ventaja que todos los actos procesales que se realizan en esa audiencia y en la preliminar queden registrados, pero opino que si se indica que el juez les dará el uso de la palabra a las partes por una sola vez, también debería señalarse en el Código Adjetivo, por cuanto tiempo las partes pueden alegar. Ello sin perjuicio de que una o las dos partes se desistan de ese derecho. Situación que también quedará registrada.

Cabe hacer notar que hay legislaciones que conceden un plazo mayor a las partes para la propuesta de sus alegatos así se tiene a la Ley Federal del Trabajo en su artículo 884, fracción V expresamente señala:

“Artículo 884. La audiencia de desahogo de pruebas se llevará a cabo conforme a las siguientes normas: 
V. Al concluir el desahogo de las pruebas, la Junta concederá a las partes un término de dos días para que presenten sus alegatos por escrito.”[16]

Aquí puede verse que el legislador concede un plazo de dos días, plazo más amplio que el de 15 minutos que aparece en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Tiempo en el que las partes pueden estudiar el resultado del desahogo de sus pruebas y preparar los argumentos que consideren necesarios para que sirvan de alegatos, a fin de que el juzgador les conceda la razón en sus planteamientos y dicte una resolución a su favor. 

Por otra parte la Ley Federal del Procedimiento Administrativo regula a los alegatos tal como aparece a continuación:

“Artículo 47. El Magistrado Instructor, cinco días después de que haya concluido la sustanciación del juicio y/o no existiere ninguna cuestión pendiente que impida su resolución, notificará a las partes que tienen un término de cinco días para formular alegatos de lo bien probado por escrito. Los alegatos presentados en tiempo deberán ser considerados al dictar sentencia; dichos alegatos no pueden ampliar la litis fijada en los acuerdos de admisión a la demanda o de admisión a la ampliación a la demanda, en su caso. Al vencer el plazo de cinco días a que se refiere el párrafo anterior, con alegatos o sin ellos, quedará cerrada la instrucción del juicio, sin necesidad de una declaratoria expresa, y a partir del día siguiente empezarán a computarse los plazos previstos en el artículo 49 de esta Ley.”[17]

En esta ley el legislador va más allá de sólo otorgar un plazo más mayor:
a).- Dentro de los 5 días de concluida la instrucción analiza si no hay algo que le impida dictar su sentencia
b).- Dentro del plazo anterior notifica a las partes que tienen 5 días para alegar por escrito.
c).-  Los alegatos se tomarán en cuenta en la sentencia que se dicte al efecto.   

Como puede verse en esta ley el legislador concede un plazo mayor a las partes para expresar sus alegatos. Tomando en cuenta los 5 en que analiza que no haya algo que impida el dictado de la sentencia y 5 días a partir de la notificación de dicho plazo. Convirtiéndose en realidad en 10 días para preparar los alegatos tanto en la argumentación como en la fundamentación.

Por su parte el Código Federal de Procedimientos Civiles establece que el periodo de alegatos

“se lleva a cabo en la audiencia final del juicio, esto es, que una vez terminado el desahogo de pruebas, y al no haber alguna diligencia por realizar, se procede a abrir la etapa de alegatos, cuyo procedimiento se sujeta a las reglas establecidas en el artículo 344.

Dicho artículo expresa que para la presentación de los alegatos, el actor es el primero en formularlos y que al terminar su exposición, es turno del demandado.

En caso de que el ministerio público actúe en el asunto, también alega. Las partes tienen la oportunidad de alegar dos veces, expresando su réplica y dúplica a las cuestiones que son de fondo del asunto o de los incidentes que se hayan presentado durante el juicio.

Se menciona en la fracción sexta del mismo artículo que las partes deben realizar su exposición de forma breve y concisa, puesto que no puede exceder el tiempo de treinta minutos por turno, sin embargo el juzgador puede permitir que se amplíe el tiempo marcado. Esto es un desafío para el exponente que lo haga oralmente, debido a que ha de tener la habilidad de sintetizar de forma precisa sus ideas al formular los alegatos, y al mismo tiempo, el defensor requiere de darle fuerza a sus palabras por medio de la argumentación jurídica.”[18]

Aquí las partes pueden formular sus alegatos por escrito denominados por el Código como apuntes de alegatos, pero la oralidad puede llegar a conmover al auditorio (en caso de que lo hubiera).

Si bien este Código Procesal Federal prevé un momento autónomo para los alegatos, pues son formulados en la audiencia del mismo nombre al terminar el desahogo de pruebas. No obstante las partes no tienen tiempo suficiente para formularlos y pensar en la argumentación tanto escrita como oral según sea el caso. Por lo que resulta ilógico que los apuntes de alegatos se elaboren antes de haberse desahogado en su totalidad las pruebas. Por otra parte al no estar prohibido dictarlos, las partes pueden dictarlos, aunque no se obliga al juzgador a tomarlos en cuenta, ni siquiera mencionarlos en la sentencia que en su caso dicte.    

FINALIDAD DE LOS ALEGATOS
Los alegatos tienen por finalidad que las partes presenten sus argumentos y motivos respecto de la tesis que sostienen en juicio.[19] Son razonamientos jurídicos que buscan convencer al juez de que les asiste la razón. Las partes pueden apoyarlos en jurisprudencia y en doctrina.

Por lo anterior, se puede sostener que los alegatos son un silogismo, mediante el cual se concluye que la norma sustantiva tiene aplicación a los hechos controvertidos del caso concreto y en la forma que quedó demostrado.

Señala el maestro José Becerra Bautista que el ilustre procesalista español Niceto Alcalá Zamora afirmó que la poca importancia que muestra el juez hacia los alegatos, redunda en detrimento de la abogacía, cuya actividad finaliza con ellos, en igual o menor medida que los escritos polémicos de la fase expositiva y que en la conducción de la prueba a lo largo de la fase demostrativa.

De ninguna manera puede afirmarse que alegar sea una obligación de las partes, más bien se trata de una carga procesal, cuya omisión acarrea consecuencias negativas.[20]

La citación a las partes para oír sentencia. Sus efectos

La citación para sentencia es una resolución judicial mediante la cual el juez anuncia la conclusión de la actividad de las partes e informa que procede dictar la sentencia.[21]

El auto de citación para sentencia que debe dictar el juez cuando no haya prueba pendiente por desahogar, tiene varios efectos:
• Señalar que la actividad de las partes concluyó
• No hay posibilidad de recusar al juzgador
• No opera la caducidad de la instancia
• Obligar al juez a dictar sentencia definitiva dentro del plazo que la ley le señala[22]
• No se puede promover ya prueba confesional
• Ya no se admitirá ningún documento
• Los jueces al estudiar el expediente para dictar su sentencia, si tienen dudas, pueden ordenar pruebas para mejor proveer.[23]


Suponiendo que el juez no dicta el auto de citación para sentencia, no obstante haberse desahogado todas las pruebas en el proceso, dejaría en estado de indefensión a las partes, pues no le correría ningún plazo al juez para dictar la sentencia definitiva.



CONCLUSIONES

PRIMERA.- Toda vez que no existe en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni en ningún Código de Procedimientos una lista de las denominadas formalidades esenciales del procedimiento se tienen que entender como tales las contenidas en el artículo 172 de la Ley de Amparo, en sentido contrario.

SEGUNDA.- De acuerdo con la fracción VIII del artículo 172 de la Ley de Amparo, los alegatos son una formalidad esencial del procedimiento que debe ser respetada por el legislador. 

TERCERA.- EL legislador debe reformar los artículos 393 y 394 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal a fin de que se conceda a las partes un plazo de 3 días para poder preparar sus alegatos y puedan presentarlos para que que sean tomados en cuenta en la sentencia que se dicte, con fundamento en el artículo 137 fracción V del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

CUARTA.- La etapa de alegatos debe ser definida claramente por parte del legislador en los artículos 393 y 394 del Código Procesal Local.

ETAPAS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL
EXPOSITIVA
PROBATORIA
ALEGATOS

RESOLUTIVA
IMPUGNATIVA
EJECUTIVA


QUINTA.-  EL juez viola las conclusiones de alegatos que presentan las partes por escrito, pues no hace referencia a ellos en ninguna parte de la sentencia.



























FUENTES REFERENCIALES

BIBLIOGRAFÍA

Alonso y Fernández de las Redondas, D. Dámaso, Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, 19 edición, Madrid, 1979.

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Suprema Corte de Justicia de la Nación, Formalidades esenciales del procedimiento, son las que garantizan una adecuada y oportuna defensa previa al acto privativo, https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/205/205679.pdf, consulta 15 de diciembre 2018.

Ovalle Favela, José, “Los alegatos como formalidad esencial del procedimiento”, en Cuestiones constitucionales. Revista mexicana de derecho constitucional [en línea], ttp://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/cconst/cont/8/cj/cj7.htm

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LEGISLACIÓN

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Ley Federal del Trabajo, https://www.juridicas.unam.mx/legislacion/ordenamiento/ley-federal-del-trabajo#32764. Consulta 15 de diciembre 2018.



[1]Diario Oficial de la Federación del 29 de enero 2016, Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política de la Ciudad de México, http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5424043&fecha=29/01/2016, Consulta 15 de diciembre 2018. 
[2] Salinas Garza, Juan Ángel, El debido proceso de las partes débiles y grupos vulnerables, Editorial Fontamara, 1a. Ed., México, 2018, p. 15.
[3] Torres Zárate, Fermín, et al., Temas selectos de derecho procesal, Universidad Autónoma Metropolitana, Azcapotzalco, Ediciones EÓN, 2012. México, p. 185.
[4] Becerra Bautista, José,  El proceso civil en México, 19a. ed., México, Porrúa, 2006, p.154.

[5] Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, http://www.aldf.gob.mx/archivo-ab814182c8da973b9fba2cabed6183b5.pdf, 18 de julio 2018. Consulta 15 de diciembre 2018
[6] Alonso y Fernández de las Redondas, D. Dámaso, Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, 19 edición, Madrid, 1979, p. 116.
[7] Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, Op.cit.
[8] Idem.
[9] Bucio Estrada, Rodolfo, Derecho procesal civil, México, Porrúa, 2012, p. 325.
[10] Ovalle Favela, José, “Los alegatos como formalidad esencial del procedimiento”, en Cuestiones constitucionales. Revista mexicana de derecho constitucional [en línea], ttp://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/cconst/cont/8/cj/cj7.htm
[11] Decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5194486&fecha=10/06/2011
[12] Formalidades esenciales del procedimiento, son las que garantizan una adecuada y oportuna defensa previa al acto privativo, https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/205/205679.pdf, consulta 15 de diciembre 2018.
[13]  Ley de Amparo, https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/conoce_la_corte/marco_normativo/documento/pdf/2018-01/Ley-de-Amparo-Ref-Pub-2018-01-19.pdf



[14] Ovalle Favela, José, “Los alegatos como formalidad esencial del procedimiento”, op. cit.
[15] Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, http://www.aldf.gob.mx/archivo-ab814182c8da973b9fba2cabed6183b5.pdf, 18 de julio 2018. Consulta 15 de diciembre 2018
[16] Ley Federal del Trabajo, https://www.juridicas.unam.mx/legislacion/ordenamiento/ley-federal-del-trabajo#32764. Consulta 15 de diciembre 2018.
[17] Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPCA_270117.pdf. Consulta 15 de diciembre 2018.

[18] Bravo Durán, Javier Andrés, Tesis: La importancia de los alegatos en el juicio, UNAM, México, 2018, pp.89-90.
[19] Couture, Eduardo J., Vocabulario jurídico, 2a. reimp., Buenos Aires, Ediciones Depalma,1988., p. 86.
[20] Becerra Bautista, José, El proceso civil en México, 16a. ed., México, Porrúa,1999., pp. 165-167.
[21] Ibidem, 147.
[22] Bucio Estrada, Rodolfo, Derecho procesal civil, op. cit., p. 325.
[23] Becerra Bautista, José, op. cit., p. 180.


322 comentarios:

  1. Maestra es verdad que en el juicio ordinario Civil pese a que la legislación menciona que se deben de formular en el momento oportuno los alegatos en la practica no se realizan en lo que respecta al juicio ordinario civil

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  2. Buenas tardes Sandino. Exactamente. En el Juicio Ordinario. Al final del desahogo de pruebas ponen la frase siguiente: no habiendo prueba pendiente por desahogar se pasa al periodo de alegatos, en el que las partes alegaron lo que a su derecho convino. La realidad es que las partes no alegaron nada. Es una meta frase. Lean el trabajo que les mandé y que pueden leer en este blog sobre los alegatos. Todas las dudas formulen las por este medios saludos.

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  3. Buenas noches a mis alumnos de Teoría del Proceso escolarizado y abierto.

    Les envío el siguiente cuadro. Cualquier duda formulenla por este medio. Saludos. MSYAZ

    UNIDAD 10
    JURISDICCIÓN

    1.- Señale 4 teorías que explican la naturaleza de la jurisdicción.
    a).-
    b).
    c).-
    4.-

    2.- Los elementos de la jurisdicción son los siguientes.
    Notio. Competencia. Definir que significa
    Vocatio.- Emplazamiento
    Iuditium. Juzgamiento
    Coertio. Amenaza. Apercibimiento
    Executio.- Ejecución.

    Explique el contenido del cuadro que aparece a continuación:
    DIFERENCIA ENTRE JURISDICCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
    JURISDICCIÓN ADMINISTRACIÓN
    Poder judicial Poder Ejecutivo
    Es provocada No es provocada
    No hay dependencia Hay dependencia
    Es triangular Es líneal descendente
    Litigio No hay litigio
    Sentencia Resolución
    Cosa juzgada No hay cosa juzgada


    Explique el contenido del cuadro que aparece a continuación: Ver artículos Títulos de los juicios previstos en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y Código Federal de Procedimientos Civiles
    DIFERENCIA ENTRE JURISDICCIÓN CONTENCIOSA Y VOLUNTARIA
    JURISDICCIÓN CONTENCIOSA
    La función que aplica el juzgador cuando resuelve un litigio de trascendencia jurídica. JURISDICCION VOLUNTARIA
    Procedimientos no litigiosos
    JUICIO ORDINARIO CIVIL
    Nombramiento de tutor
    JUICIOS ESPECIALES Autorización de venta de inmuebles de menores.
    Pérdida de la patria potestad Aviso de terminación de contrato de arrendamiento.
    Juicio ejecutivo Adopción.
    Juicio hipotecario Informaciones ad perpetuam.
    Controversias de arrendamiento inmobiliario
    Controversias del orden familiar
    Juicio oral civil
    Juicio oral familiar
    Pago de pesos por accidente automovilístico
    Las acciones colectivas
    Entre otros.

    CONFLICTOS DE ATRIBUCIONES
    VER EL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.


    ORGANOS JURISDICCIONALES INDEPENDIENTES DEL PODER JUDICIAL

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    Respuestas
    1. Juárez López Ricardo Adrian.
      Juicios Orales en Materia Civil.

      Respuestas:

      1. De acuerdo a lo establecido en el Boletín Judicial, los Juzgados Civiles de Cuantía Menor conocerán de los negocios de jurisdicción contenciosa cuya cuantía no exceda de los $682,646.89

      En lo referente a las multas:
      —Art. 62CPC
      Multa hasta por $8.191.76
      Multa hasta por $40.957.45
      Multa hasta por $81,914.89
      —Art. 65-Bis.CPC
      Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $40,957.45
      —Art. 119CPC
      Multa hasta por $1,365.51
      —Art. 168CPC
      Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
      —Art. 189CPC
      Multa no inferior a $4,095.88 ni superior a $6,826.46
      Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
      Multa no inferior a $16,385.75 ni superior a $27,304.96
      —Art. 347-VI CPC
      Multa no inferior a $682.74 ni superior a $4,095.88
      —Art. 352 y 357 CPC
      Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
      —Art. 391 CPC
      Multa no inferior a $2,733.82 ni superior a $6,826.46
      —Art 483CPC
      Multa no inferior a $2,730.58 ni superior a $8,191.44
      —Art.746CPC
      Multa no inferior a $2730.58 ni superior a $6,826.46
      —Art. 948CPC
      Multa no inferior a $682.74 ni superior a $2,730.58

      2.Que actos contiene la audiencia preliminar
      Según el articulo 1000 de Código de Procedimientos Civiles.
      Depuración de procedimiento.
      Conciliación de las partes por conducto del juez.
      Fijación de acuerdos probatorios
      Admisión de pruebas y
      Citación para audiencia de juicio.

      3.La depuración del procedimiento:Momento procesal en el cual se reciben o desahogan los medios de prueba, respecto de las excepciones procesales que serán procedentes o no según lo determine el secretario junto con la legitimación de las partes.

      4. Es la facultad de poder actuar en el proceso como actor, como demandado o como tercero, o representando a estos.

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  4. Buenas noches a mis alumnos de Juicios Orales Civiles.

    PREGUNTAS

    1.- De acuerdo con el Boletín Judicial del 10 de enero del presente año 2020 cuales son los montos competencia de los juicios orales civiles. Tanto para demandar, como para aplicar multas.

    2.- Que actos contiene la audiencia preliminar

    3.- Explique ampliamente en que consiste la depuración del Procedimiento.

    4.- Que se entiende por legitimación procesal.


    Saludos a todos. Buenas noches. MSYAZ

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    2. Orea León Frida — Juicios Orales en Materia Civil

      1. De acuerdo a lo establecido en el Boletín Judicial, los Juzgados Civiles de Cuantía Menor conocerán de los negocios de jurisdicción contenciosa cuya cuantía no exceda de los $682,646.89

      En lo referente a las multas:
      —Art. 62CPC
      Multa hasta por $8.191.76
      Multa hasta por $40.957.45
      Multa hasta por $81,914.89
      —Art. 65-Bis.CPC
      Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $40,957.45
      —Art. 119CPC
      Multa hasta por $1,365.51
      —Art. 168CPC
      Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
      —Art. 189CPC
      Multa no inferior a $4,095.88 ni superior a $6,826.46
      Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
      Multa no inferior a $16,385.75 ni superior a $27,304.96
      —Art. 347-VI CPC
      Multa no inferior a $682.74 ni superior a $4,095.88
      —Art. 352 y 357 CPC
      Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
      —Art. 391 CPC
      Multa no inferior a $2,733.82 ni superior a $6,826.46
      —Art 483CPC
      Multa no inferior a $2,730.58 ni superior a $8,191.44
      —Art.746CPC
      Multa no inferior a $2730.58 ni superior a $6,826.46
      —Art. 948CPC
      Multa no inferior a $682.74 ni superior a $2,730.58

      2. De conformidad con el artículo 1000 del CPC los actos que contiene la audiencia preliminar son:
      — Depuración del procedimiento
      — Conciliación de las partes por conducto del Juez
      — Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos
      — Fijación de acuerdos probatorios
      — Admisión de pruebas
      —Citación de audiencia de juicio

      3. La depuración del procedimiento es realizada por el juez y consiste en analizar las cuestiones relativas a la legitimación procesal de las partes y la resolución de las excepciones procesales, para lo cual habrán de aplicarse en lo conducente las reglas generales del artículo 35 CPC (para los juicios orales en materia civil), con el objetivo de resolver los obstáculos procesales que pudiesen existir en el procedimiento y que hicieran imposible seguir con el mismo.
      —Legitimación:
      a. Legitimación ad procesum: Es el objeto de estudio de esta audiencia. Se debe de analizar si la persona que realizó los actos procesales posee la aptitud para realizarlos, ya sea porque hubiera comparecido ante el órgano jurisdiccional en lo personal, o bien a través de representante o apoderado. El análisis versará sobre si se cuenta con la capacidad de ejercicio (ser mayores de edad y no tener limitados sus derechos civiles).
      b. Legitimación ad causa: No es parte del objeto de estudio de esta audiencia. Esta vertiente de la legitimación se refiere a sí la persona que reclamó determinadas prestaciones tiene la titularidad del derecho cuestionado en juicio.
      —Excepciones procesales: previo a la celebración de esta audiencia, el juez se pronunciará respecto de las pruebas que se hubieren ofrecido para acreditar o bien para desvirtuar las excepciones procesales opuestas, poniendo a disposición del oferente los oficios que en su caso procedan, con el propósito de que dichas pruebas se encuentren debidamente preparadas para su desahogo en la audiencia preliminar.

      4. La legitimación procesal es la aptitud que posee una persona para actuar en proceso ya sea en ejercicio de un derecho propio o en representación de otro.

      FUENTES REFERENCIALES

      Bibligrafia
      ed. AZAR, Edgar Elias. Oralidad civil-mercantil: audiencia preliminar y audiencia de juicio, México, Instituto de Estudios Juidiciales, 2013.
      OVALLE FAVELA, José. Teoría general del proceso. 7a edición, México, Oxford, 2016.

      Legislación
      Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal
      Boletín Judicial del 10 de enero de 2020

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    3. Puente Cisneros Martha Elena.
      Juicios orales en materia Civil.
      Horario de 11 a 1 MJ.

      1.- De acuerdo con el Boletín Judicial del 10 de enero del presente año 2020 cuales son los montos competencia de los juicios orales civiles. Tanto para demandar, como para aplicar multas.

      Según el boletín Judicial, para los juzgados de cuantía menor solo pueden conocer de asuntos que no sean mayores a $682,646.89
      Multas:
      Para aplicar las multas estas no pueden ser menores a $2,730 ni mayores a $8,191.58.

      2.- Que actos contiene la audiencia preliminar
      Según el articulo 1000 de Código de Procedimientos Civiles.
      Depuración de procedimiento.
      Conciliación de las partes por conducto del juez.
      Fijación de acuerdos probatorios
      Admisión de pruebas y
      Citación para audiencia de juicio.


      3.- Explique ampliamente en que consiste la depuración del Procedimiento.
      Según lo mencionado en el articulo 1002 del Código de procedimientos civiles es cuando el juez examina todas las cuestiones referentes a la legitimación y resuelve las excepciones procesales.

      4.- Que se entiende por legitimación procesal.
      Es la facultad de ser parte de un proceso ya sea como actor, demandado o tercero.
      O bien como un representante de cualquiera de los dos.

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    4. CHÁVEZ JUÁREZ ISABEL ASTRID
      JUICIOS ORALES EN MATERIA CIVIL

      De acuerdo con el Boletín Judicial del 10 de enero del presente año 2020 cuales son los montos competencia de los juicios orales civiles. Tanto para demandar, como para aplicar multas

      NO SE DEBE DE EXCEDER DE LA CANTIDAD $682,646.89 YA QUE SE SOBRESERIA EL ASUNTO Y SE MANDARÍA A UN JUICIO ORDINARIO CIVIL

      Que actos contiene la audiencia preliminar

      DEPURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
      CONCILIACIÓN
      FIJACIÓN DE ACUERDOS DE HECHOS NO CONTROVERTIDOS
      FIJACIÓN DE ACUERDOS PROBATORIOS
      ADMISIÓN DE PRUEBAS
      CITACIÓN PARA AUDIENCIA A JUICIO

      Explique ampliamente en que consiste la depuración del Procedimiento

      DEPURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: CONSISTE EN QUE EL JUEZ EXAMINARÁ LAS CUESTIONES RELATIVAS A LA LEGITIMACIÓN PROCESAL Y PROCEDERÁ, EN SU CASO, A RESOLVER LAS EXCEPCIONES PROCESALES CON EL FIN DE DEPURAR EL PROCEDIMIENTO; SALVO LAS CUESTIONES DE INCOMPETENCIA (ART. 1002 CPCCDMX)
      MIENTRAS QUE EL SECRETARIO RESOLVERÁ LAS EXCEPCIONES QUE SE PRESENTEN ESTABLECIDAS EN EL ART. 35 CPCCDMX
      LA DEPURACIÓN TAMBIÉN APLICA EN LA FALTA DE PERSONALIDAD (COSA JUZGADA, IMPROCEDENCIA DE LA VÍA) O EN LA FALTA DE CUMPLIMIENTO DEL PLAZO QUE ESTA SUJETA A OBLIGACIÓN
      EN LA LITISPENDENCIA, CONEXIDAD Y COSA JUZGADA. SON EXCEPCIONES PROCESALES PERO NO POR FALTA DE PRESUPUESTO SINO PORQUE EXISTEN 2 JUICIOS IDÉNTICOS

      Que se entiende por legitimación procesal

      ES LA CAPACIDAD INDIVIDUALIZADA Y CONCRETA CON LOS PARTICIPANTES EN UN JUICIO O QUE TENGAN UN INTERÉS JURÍDICO (ACTOR, DEMANDADO O TERCERO) YA SEA POR PROPIA REPRESENTACIÓN O POR UN APODERADO

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    5. Alumno: GONZÁLEZ HERNÁNDEZ JUAN ANDRÉS
      Materia: JUICIOS ORALES CIVILES.
      Grupo: 0006
      1. El monto de competencia del juicio oral civil para demandar no podrá exceder de $ 682,646.89 y para aplicar sanciones no podrá ser inferior de $2,730.58 ni superior a $8,191.76.
      2. El articulo 1000 CPCDF:
      A. Depuración del Procedimiento.
      B. Conciliación de las partes por conducto del juez.
      C. Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos.
      D. Fijación de acuerdos probatorios.
      E. Admisión de pruebas.
      F. Citación para audiencia de juicio.
      3. El órgano jurisdiccional debe depurar el procedimiento, por lo que deben analizarse las cuestiones relacionadas con la legitimación procesal; una vez examinado dicho punto debe pronunciarse sobre las excepciones procesales cuando estas hayan sido promovidas (salvo las cuestiones de incompetencia, que se tramita conforme a la parte general del CPCDF). En este sentido, autores como Fabian Mondragón y Jesus de la Fuente indican que una de las finalidades de la audiencia preliminar es evitar que en el pleno debate oral se presente inconvenientes que obstaculicen una rápida solución y que alarguen el procedimiento, es por ello que a través de la audiencia preliminar se limpia y resuelve el proceso de obstáculos a fin de evitar interrupciones en el debate sobre el fondo de la controversia.
      4. La legitimación procesal "es la facultad de poder actuar en el proceso. como actor, como demandado o como tercero, o representando a és- tos"

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    6. Sánchez Hernández Andrea Valentina
      Juicios Orales en Materia Civil.

      1: Conforme a lo publicado en el Boletín Judicial el 10 de Enero del presente año, será del conocimiento de los juzgados de oralidad al ser juzgados de cuantía menor solamente conocerán de los asuntos cuyo monto no exceda los $682 646.89 en moneda nacional.

      2. De acuerdo a lo establecido en la sección tercera ¨De la audiencia preliminar¨ del capítulo II ¨Del procedimiento oral¨ del código de procedimientos civiles para el Distrito Federal los actos que contiene la audiencia preliminar son los relativos a la depuración del procedimiento, la conciliación de las partes por conducto del juez, la fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos, la fijación de acuerdos probatorios, la admisión de pruebas y la citación para audiencia de juicio.

      3:entendemos por "depuración
      procesal" la tarea que se realice, dentro del proceso civil, tendiente a eliminar las
      imperfecciones y defectos. En ese sentido el Código de
      Procedimientos Civiles previene, después de la demanda y la contestación, al lado
      de la etapa forzosa de la conciliación, la posibilidad de que el juzgador realice la
      depuración procesal, en ejercicio de facultades discrecionales para ese efecto.

      Fijada la litis, mediante la demanda y su respectiva contestación y, en su caso la
      reconvención, el juez señala la fecha y lugar de una audiencia previa y de
      conciliación (artículo 272-A).
      Conforme al artículo 272-A la audiencia deberá realizarse
      dentro de los diez días siguientes a la contestación de la demanda y, en su caso,
      la reconvención.
      Además, para las partes es obligatorio asistir a la audiencia previa y de
      conciliación. La falta de concurrencia de ellas a la citada audiencia, sin causa
      justificada, se sanciona con una multas.
      De cualquier manera, si una de la partes, o ambas, dejan de concurrir, la audiencia se inicia para el efecto de imponer las mencionadas sanciones y para
      que el juez examine las cuestiones referentes a la depuración del juicio (artículo
      272-A).

      4: Es la facultad que otorga la ley a quien forma parte de determinado proceso para actuar dentro de este.

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    7. Mondragón Pérez Samanta Araceli
      Juicios Orales en Materia Civil

      PREGUNTAS

      1.- De acuerdo con el Boletín Judicial del 10 de enero del presente año 2020 cuales son los montos competencia de los juicios orales civiles. Tanto para demandar, como para aplicar multas.

      De acuerdo a lo establecido en el Boletín los montos son los siguientes:
      1. Los juzgados civiles de cuantía menos conocerán de los negocios cuya cuantía no exceda de $682,646.89 (seiscientos ochenta y dos mil seiscientos cuarenta y seis pesos 89/100 M.N.).
      2. Monto de multas
      2.1. Artículo 62 Código de Procedimientos Civiles:
      Multa: Hasta por $8,191.76 en primera instancia
      Hasta por $40,957.45 en el Tribunal de Alzada
      2.2. Artículo 65 Bis. Multa por tratar de burlar el turno: No inferior a $8,191.76 ni superior a $40,957.45.
      2.3. Artículo 119. Multa por que testigos en notificación se niegan a firmarla: Hasta por $1,365.51
      2.4. Artículo 168. Multa por promover incidente de incompetencia para dilatar el juicio: No inferior a $8,191.76, ni superior a $13,652.48.
      2.5. Artículo 189. Multa por declararse improcedente la recusación si fuere secretario o juez de paz: No inferior a $4,095.88, ni superior a $6,826.46
      Si fuere secretario o juez de primera instancia: Multa no inferior a $8,191.76, ni superior a $13,652.48.
      Si fuera magistrado: Multa no inferior a $16,385.75, ni superior a $27,304.96
      2.6. Artículo 347 VI. Multa a peritos que no presenten dictamen en termino concedido: No inferior a $682.74, ni superior a $4,095.88.
      2.7. Artículo 352. Multa por desechar recusación interpuesta de mala fe en contra de prueba pericial: No inferior a $8,191.76, ni superior a $13,652.48.
      2.8. Artículo 357. Multa por inexactitud en domicilio de testigos con la intención de retardar el procedimiento: No inferior a $8,191.76, ni superior a $13,652.48.
      2.9. Artículo 391. Multa a peritos que no concurran a audiencia en la que se les citó: No inferior a $2,733.82, ni superior a $6,826.46.
      2.10. Artículo 483. Apercibimiento de juez a testigos si no comparecen a declarar: Multa no inferior a $2,730.58, ni superior a $8,191.44.
      2.11. Artículo 746. Multa al síndico que no presente el informe al inicio de la junta: No inferior a $2,730.58, ni superior a $6,826.46.
      2.12. Artículo 948. Apercibimiento de juez a peritos y testigos que no se presenten a audiencia pospuesta: Multa no inferior a $682.74, ni superior a $2,730.58.


      2.- Que actos contiene la audiencia preliminar.
      De acuerdo al artículo 1000 del código de procedimientos civiles para el Distrito Federal la audiencia preliminar tendrá por objeto los siguientes actos:
      1) La depuración del procedimiento.
      2) La conciliación de las partes por conducto del juez.
      3) La fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos.
      4) La fijación de acuerdos probatorios.
      5) La admisión de pruebas.
      6) La citación para audiencia de juicio.


      3.- Explique ampliamente en que consiste la depuración del Procedimiento.

      De acuerdo al artículo 1002 del código de procedimientos civiles para el Distrito Federal, depurar el procedimiento significa resolver las excepciones procesales.


      4.- Que se entiende por legitimación procesal.
      De acuerdo al maestro Eduardo pallares la legitimación procesal es la facultad o poder para actuar en el proceso ya sea como actor, cómo demandado, cómo tercero, o bien, representando a estos. Pues la legitimación se refiere al lugar o posición que guarda la persona respecto del acto o del litigio y no de sus características o cualidades personales.

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    8. Estrada Barrón Karen
      Juicios Orales Civiles, M y J de 11 a 1

      1.- De acuerdo con el Boletín Judicial del 10 de enero del presente año 2020 cuales son los montos competencia de los juicios orales civiles. Tanto para demandar, como para aplicar multas.


      Los juzgados de cuantía menor solo pueden conocer de asuntos que no sean mayores a $682,646.89
      Y para aplicar las multas estas no pueden ser menores a $2,730 ni mayores a $8,191.58

      2.- Que actos contiene la audiencia preliminar

      Se encuentran en el artículo 1000 del CPC
      a)Depuración de procedimiento.
      b)Conciliación de las partes por conducto del juez.
      c)Fijación de acuerdos probatorios
      d)Admisión de pruebas y
      e)Citación para audiencia de juicio.

      3.- Explique ampliamente en que consiste la depuración del Procedimiento.

      Está regulado en el artículo 1002 del Código de procedimientos civiles, dentro de la depuración el juez examina todas las cuestiones referentes a la legitimación y resuelve las excepciones procesales.

      4.- Qué se entiende por legitimación procesal.
      Es la facultad de poder actuar en algún proceso ya sea como actor, demandado o como tercero, o bien como representante de alguno de los anteriores

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  5. Buenas noches. Al contestar cada uno deberá poner su nombre y la materia para que le vaya poniendo un punto por su participación. Saludos.

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    Respuestas
    1. Cabral Pérez Aidin Estefania
      Juicios Orales


      1.- Los Juzgados Civiles de Cuantía Menor conocerán de los negocios de jurisdicción contenciosa cuya cuantía no exceda de los $682,646.89


      2.- De acuerdo con el artículo 1000 de Código de Procedimientos Civiles.
      Depuración de procedimiento, conciliación de las partes por conducto del juez, fijación de acuerdos probatorios, admisión de pruebas y citación para audiencia de juicio.

      3.- Es el momento procesal en el cual se reciben o desahogan los medios de prueba, respecto de las excepciones procesales que serán procedentes o no según lo determine el secretario junto con la legitimación de las partes.

      4.- Es la facultad de poder actuar en el proceso como actor, como demandado o como tercero, o representando a estos.

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  6. JIMENEZ ESPINOZA ZULEIMA PAOLA
    MATERIA: JUICIOS ORALES
    1.Monto sera cuando la suerte principal no exceda de $682,646.89.
    2. Contiene la depuración del procedimiento, conciliación,fijación de acuerdos de hechos no controvertidos,fijación de acuerdos probatorios, admisión de pruebas, citación para audiencia a juicio, acta mínima y cierre de audiencia.
    3. La depuración del procedimiento:Momento procesal en el cual se reciben o desahogan los medios de prueba, respecto de las excepciones procesales que serán procedentes o no según lo determine el secretario junto con la legitimación de las partes.
    4. La legitimación procesal: Es la facultad que tiene una persona para actuar en el proceso en el ejercicio de un derecho; ya sea como parte actora, demandada o un tercero.

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  7. Respuestas:
    1. El monto de competencia del juicio oral civil para demandar no podrá exceder de $ 682,646.89 y para aplicar sanciones no podrá ser inferior de $2,730.58 ni superior a $8,191.76

    2. Los actos de la audiencia preliminar según el artículo 1000 del CPCDF son:
    *Depuración del Procedimiento.
    *Conciliación de las partes por conducto del juez.
    *Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos.
    *Fijación de acuerdos probatorios.
    *Admisión de pruebas.
    *Citación para audiencia de juicio.

    3. Depuración del procedimiento: De acuerdo al artículo 1002 del CPCDF se refiere a que el juez examinará las cuestiones sobre legitimación procesal y procederá a resolver las excepciones procesales que se hayan hecho valer.

    4. Legitimación procesal: de acuerdo al maestro Cipriano Gómez Lara es aquella que tienen los sujetos facultados o autorizados para actuar por sí o en representación de otros y que además tienen la capacidad de ejercicio.
    Sería entonces que la persona idónea pueda válidamente activar el órgano jurisdiccional.

    Alumna: Salazar Nicolás Alejandra.
    Materia: Juicios Orales Civiles (Martes y jueves 11:00-13:00)

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  9. Respuestas:

    Pregunta 1: El monto del Juicio Oral Civil para demandar no podrá exceder de $682,646.89 y en cuanto a la aplicación de sanciones, estas no podrán ser inferiores a $2,730.58 ni superiores a $8,191.76.

    Pregunta 2: El artículo 1000 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal (CPCDF) señala que los actos de la Audiencia Preliminar son:

    a) Depuración del procedimiento.
    b) Conciliación de las partes.
    c) Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos.
    d) Fijación de acuerdos probatorios.
    e) Admisión de pruebas.
    f) Citación para audiencia de juicio.

    Pregunta 3: Conforme el artículo 1002 del CPCDF la depuración del procedimiento se refiere a que el juez examinará las cuestiones relativas a la legitimación y resolverá las excepciones procesales.

    Pregunta 4: Es la facultad de poder actuar en el proceso como actor, como demandado o como tercero, o representando a estos.

    Flores Jacinto Eleazar
    Juicios Orales en Materia Civil - MJ 11:00-13:00

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  10. Francisco Soledad Barney. Juicios Orales en Materia Civil MJ 11:00-13:00

    1. El monto que determina la competencia de los juicios orales en materia civil es de $682, 646. 89 y se excluyen los familiares y arrendamientos.

    2. De acuerdo con el artículo 1000 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal consiste en la depuración del procedimiento, la conciliación de las partes por conducto del Juez, la fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos, la fijación de acuerdos probatorios, la admisión de pruebas y la citación para audiencia de juicio.

    3. El Juez estudiará la legitimación de las partes (tanto en la causa como en el proceso), es decir, que las partes tengan interés jurídico en el procedimiento jurisdiccional entablado, o sea, que tengan una relación directa de titularidad con el derecho personal o real en el que entablan sus pretensiones. Y estudiará que las partes reúnan los requisitos necesarios para poder accionar el aparato jurisdiccional (legitimación en el proceso). También estudiará las excepciones procesales.

    4. La doctrina maneja legitimación en la causa y legitimación en el proceso o legitimación procesal. Por legitimación en la causa entiendo lo siguiente: que las partes tengan interés jurídico en el procedimiento jurisdiccional entablado, o sea, que tengan una relación directa de titularidad con el derecho personal o real en el que entablan sus pretensiones. Por legitimación procesal entiendo que el juez estudiará que las partes en el proceso reúnan los requisitos necesarios para accionar el aparato jurisdiccional, tales como legitimación en la causa, las cédulas profesionales de los representantes de las partes, que la demanda tenga los requisitos necesarios para que sea considerada como tal, etc. Lamentablemente ni la ley ni la doctrina dan una definición clara y precisa de lo que es “legitimación procesal” por lo que me vi obligado a sacar mi propia conclusión, obviamente, basado en la doctrina y, principalmente, en el libro “Teoría general del proceso” de Gonzalo M. Armienta Calderón.

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  11. Rábago Ramírez Luis Daniel
    JOC 11-1

    1.- De acuerdo con el Boletín Judicial del 10 de enero del presente año 2020 cuales son los montos competencia de los juicios orales civiles. Tanto para demandar, como para aplicar multas.

    El monto máximo para demandar es de $682,646.89

    En cuanto a las multas refiere:

    —Art. 62CPC
    Multa hasta por $8.191.76
    Multa hasta por $40.957.45
    Multa hasta por $81,914.89

    —Art. 65-Bis.CPC
    Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $40,957.45

    —Art. 119CPC
    Multa hasta por $1,365.51

    —Art. 168CPC
    Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48

    —Art. 189CPC
    Multa no inferior a $4,095.88 ni superior a $6,826.46
    Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
    Multa no inferior a $16,385.75 ni superior a $27,304.96

    —Art. 347-VI CPC
    Multa no inferior a $682.74 ni superior a $4,095.88

    —Art. 352 y 357 CPC
    Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48

    —Art. 391 CPC
    Multa no inferior a $2,733.82 ni superior a $6,826.46

    —Art 483CPC
    Multa no inferior a $2,730.58 ni superior a $8,191.44

    —Art.746CPC
    Multa no inferior a $2730.58 ni superior a $6,826.46

    —Art. 948CPC
    Multa no inferior a $682.74 ni superior a $2,730.58

    2.- Que actos contiene la audiencia preliminar

    El artículo 1000 del CPCDF enuncia los siguientes:
    I. Depuración del Procedimiento
    II. Conciliación de las Partes por conducto del Juez
    III. Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos
    IV. Fijación de acuerdos reparatorios
    V. Admisión de pruebas
    VI. Citación para audiencia a juicio

    3.- Explique ampliamente en que consiste la depuración del Procedimiento.

    Consiste en la búsqueda de excepciones que impidan o vicien el proceso. Esto es, se revisa que no existan hechos que hagan suponer que los sujetos procesales carezcan de legitimación, que exista incompetencia judicial o que exista otro procedimiento o un procedimiento ya terminado bajo las misma pretensiones, hechos y sujetos.

    4.- Que se entiende por legitimación procesal.

    Eduardo Pallares la define como la facultad de ser parte de un proceso, actuando como actor, demandado, 3ero. Interesado o en representación de alguno de los dos primero.

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  12. SANCHEZ NICOLAS LUIS YAMIR
    TEORÍA DEL PROCESO ESCOLARIZADO

    Buenas tardes profesora tengo una duda acerca de la UNIDAD 9 EXCEPCIÓN Y DEFENSA.
    Checando el libro del DR. JOSÉ OVALLE FAVELA
    1. La EXCEPCIÓN PROCESAL es aquel DERECHO QUE TIENE EL DEMANDADO PARA HACERLE FRENTE A LA ACCIÓN O PRETENSIÓN DE LA PARTE ACTORA.
    2. LA EXCEPCIÓN SUSTANCIAL SON AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS QUE TIENE LA PARTE DEMANDA ANTE LA FALTA DE PRESUPUESTOS PROCESALES (TEMA QUE VIMOS EN CLASE ) FALTA DE COMPETENCIA, DE FIRMA, QUE LA VÍA NO SEA LA CORRECTA, ETC.
    **MI DUDA ES, SI ES CORRECTO MI ANÁLISIS O ESTOY CONFUNDIENDO LAS EXCEPCIONES.
    SALUDOS.

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  13. BUENAS NOCHES PARA MIS ALUMNOS DE LA MATERIA DE DERECHO PROCESAL CIVIL

    PREGUNTAS
    1.- Que es un presupuesto procesal.
    2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    5.- Explique que se entiende por reconvención.
    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.


    LES PIDO QUE POR FAVOR EXPRESEN CON CLARIDAD SUS IDEAS Y QUE NO LAS COPIEN DE NINGUNA PARTE. ESTUDIEN Y EXPRÉSENSE. SALUDOS BUENAS NOCHES.

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    Respuestas
    1. Alumna: Fragoso Pérez Katia Fabiola
      Materia: Derecho Procesal Civil
      Grupo: 0010
      PREGUNTAS
      1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
      Son los requisitos o elementos que se requieren para poder iniciar un proceso; éstos deben estar plasmados en la demanda, y son: competencia, legitimación, capacidad, personalidad, aparente licitud de la pretensión, firma, copias de traslado, identidad del objeto.

      2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
      Cuando en la demanda falta un presupuesto procesal el demandado hará notar la falta de éste oponiendo una excepción procesal, que están previstas en el artículo 35 del CPCDF.

      3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      Será quien se encargue de resolver las excepciones procesales que se opongan.

      4.- Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      En esta etapa no hay litigio, puede o no existir. En esta etapa se encuentran los medios preparatorios que deben promoverse antes del proceso jurisdiccional, los cuales son:
      a) Medios preparatorios a juicio general (art. 193-200 CPCDF).
      • Se promueve en 1ª instancia.
      • Consta de nueve fracciones que regulan las distintas posibilidades para preparar un juicio; algunas de ellas son:
       Se pide que el futuro demandado comparezca al juzgado para que declare acerca de un hecho.
       Se puede pedir la exhibición de cosa mueble, testamento, o una pretensión que se vaya a reclamar posteriormente.
       Se prepara el documento fundatorio que nunca se firmó.
      b) Medios preparatorios a juicio ejecutivo (art. 201-204 CPCDF).
      c) Separación de personas como acto prejudicial (art. 205-219 CPCDF).
      d) Preparación del juicio arbitral (art. 220-223 CPCDF).
      e) Preliminares de consignación (art. 224-234 CPCDF).
      f) Providencias precautorias (art. 235-254 CPCDF).

      5.- Explique qué se entiende por reconvención:
      Demanda en contra del actor que lleva a cabo el demandado en su escrito de contestación, en la que se reclaman pretensiones relacionadas con la demanda principal.

      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión
      En la confesión se aceptan los hechos controversiales, mientras que en el allanamiento sólo se aceptan las pretensiones, es decir, el demandado no se resiste a cumplir con las pretensiones que reclama el actor, puede aceptarlas total o parcialmente.

      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta
      I. Se deben promover pretensiones relacionadas con la demanda principal.
      II. Tiene que ser en la misma vía.
      III. Se hará al contestar la demanda.
      IV. Sólo habrá un emplazamiento (el de la demanda principal)
      V. Debe cumplir con los requisitos de forma de la demanda, señalados en el artículo 255 del CPCDF.

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    2. Alumna: Juarez Hernandez Jocelyn Ivette
      Materia: Derecho Procesal Civil
      Grupo: 0010 Lunes, miercoles y viernes de 11:00am a 12:20
      1.- Que es un presupuesto procesal.
      Lo que entiendo por presupuesto procesal, es que son una lista de requerimientos esenciales ue dan validez para poder iniciar un proceso, los cuales deben estar contenidos en la demanda, así mismo, por el hecho de ser esenciales, si falta alguno de estos, (legitimación, identidad del objeto, capacidad, aparente licitud de la pretensión, firma, personalidad copias de traslado, competencia) el juez debe prevenir y el actor deberá corregir.

      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
      Para saber cuál es la relación entre estos dos , primero debemos saber que es una excepción procesal. Es un instrumento que el demando puede utilizar a manera de defensa contra la parte actora.
      La relación que encuentro es que cuando existe la falta de un presupuesto procesal el demandado debe señalarlo, y emplear una excepción procesal para hacer valer sus derechos de defensa.

      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      La función principal de la audiencia previa de conciliación es que las dos partes (actora y demandada) lleguen a un acuerdo para que se resuelva el problema por el cual se inició el proceso, respecto a los presupuestos procesales, si es que existe la falta de alguno de estos, y se indican las excepciones procesales en esta etapa se resuelven y se abre el periodo de 10 días para el ofrecimiento de pruebas (en divorcio non se abre este periodo)

      4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Esta esta también llamada, previa al proceso, se pueden llevar a cabo algunos de los medios preparatorios a juicio, actos prejudiciales, etc. Su finalidad es preparar los presupuestos procesales para iniciar el juicio.
      A. En general. (art. 193 del CPC)
      B. En especial. (a juicio ejecutivo art. 201 – 204 del CPC)
      C. Separación de personas (art. 205 a 2019)
      D. Preparación del juicio arbitral (art. 220- 223 del CPC )
      E. Preliminares de la consignación (art. 224 al 234)
      Providencias precautorias o cautelares, 1. Embargo precautorio. 2 arraigo civil
      Actos provocatorios (requisitos de procebilidad) por ejemplo, la jurisdicción voluntaria

      5.- Explique que se entiende por reconvención.
      Entiendo por reconvención a la contestación del demandado a la demanda hecha por el actor, es decir, son las pretensiones que el demandado hace valer contra el demandante junto con la contestación en el proceso pendiente, fundada en el mismo o diferente título que la del actor, para que sea resuelta en el mismo proceso y mediante la misma sentencia.

      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      La diferencia que puedo encontrar es que el allanamiento es un acto procesal en el cual la parte demandada reconoce expresamente la procedencia de la acción de la parte actora. Mientras que en el allanamiento tiene que ver con una confesión de los hechos en los que se sustenta la demanda con algo más, porque la confesión sólo concierne a los hechos y el allanamiento comprende también los derechos invocados por la parte actora.
      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
      La reconvención debe cumplir con los mismos requisitos de forma de la demanda, del el artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.

      1. La competencia judicial. Juzgado ante el que se tramita
      2. Tramitación procesal: La pretensión reconvencional
      3. Que derive de la misma relación jurídica o sea conexa con la pretensión originaria
      4.El demandante debe ser emplazado para que pueda contestar a la reconvención.
      5. debe tramitarse por la misma vía

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    4. Alumna: Pérez Contreras Areli Jhoselyn
      Materia: Derecho Procesal Civil
      Grupo: 0010
      RESPUESTAS:

      1. ¿Qué es un presupuesto procesal?
      Es el requisito que se necesita para realizar un proceso, es una condición para que se consiga un pronunciamiento favorable o desfavorable sobre la demanda, es impredecible y necesario, ya que determina el nacimiento válido del proceso, su desarrollo y su culminación con la sentencia.

      2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
      La excepción es una herramienta que sirve para corregir o depurar el proceso, puede dirigirse a los presupuestos procesales, la falta de un presupuesto procesal da lugar a una excepción la cual también es procesal.

      3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      La función de la Audiencia Previa y de Conciliación, consiste en llegar a generar un arreglo o un convenio procesal entre las partes, será propuesto por un conciliador adscrito al juzgado y en dado caso que los interesados lleguen a un convenio, el juez aprobará o no si procede de manera legal dicho convenio.
      La función de las excepciones procesales respecto de los presupuestos consiste en que si falta un presupuesto, el demandado puede alegar que existe una excepción y ésta última debe resolverse ante el juez.

      4. Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase
      - Medios preparatorios a juicio: Son procedimientos prejudiciales que se promueven antes de un proceso jurisdiccional, ya sea para prepararlo o cuando no se cuenta con el documento fundatorio, generalmente el actor es quien las realiza.
      - Medios preparatorios del juicio ejecutivo: Es un proceso que se tramita a instancia de parte, solicitando la ejecución forzosa de obligaciones, cuya existencia y exigibilidad se deducen de documentos que conceden a su titular la acción ejecutiva.
      - Separación de personas como acto prejudicial: Consiste en autorizar legalmente la separación de los cónyuges cuando uno de éstos intenta demandar o denunciar al otro, para protegerse y para proteger la integridad de los menores. Esto se da cuando existe violencia familiar.
      - Preparación del juicio arbitral: El árbitro es particular, se contrata por acuerdo de las partes, es quien los hará llegar a un acuerdo o conciliación.
      - Diligencias preliminares de consignación: Son una serie de actos llevados a cabo ante el juez, mediante los cuales el deudor solicita al tribunal que cite a su acreedor para que reciba el pago que le ofrece, en caso de que éste llegara a rehusarse a recibir la prestación debida o dar el documento justificativo de pago.
      - Providencias precautorias: Son disposiciones que determina el juez para garantizar la reparación del daño, la víctima, el ofendido o el Ministerio Público podrán solicitar estas medidas al juez.

      5. Explique qué se entiende por reconvención.
      Es una contrademanda, la cual la lleva a cabo el demandado contra el actor, es la contestación que realiza en donde reclama pretensiones relacionadas con las de la demanda principal.

      6. Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      El allanamiento es el acto procesal que sólo puede realizar el demandado, consiste en la aceptación de las pretensiones que le reclama el actor en la demanda, puede llegar a ser total o parcial.
      La confesión es la admisión por parte del demandado sobre hechos propios que le perjudiquen, mientras que el allanamiento se refiere a la pretensión, independientemente de la justificación de los hechos.

      7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
      I. Que la demanda ya esté emplazada.
      II. Se debe notificar la reconvención para que comience a correr el plazo para contestar.
      III. Se promuevan las pretensiones acorde a la demanda principal.
      IV. Se deben seguir los mismos pasos de la demanda.
      V. Se dicte un plazo para contestar la demanda.

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    5. Derecho Procesal Civil Grupo:0010
      Rojas Balderas José Eduardo

      1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?

      Los presupuestos procesales son las bases de un proceso jurisdiccional, a fin de cumplir con su objetivo, resolver un litigio, para dictar una sentencia de fondo y el juicio sea válido, son aquellos requisitos reunidos antes de presentar una demanda para que esta sea válida.
      Estos son; la competencia, capacidad, legitimación, personalidad, vía, aparente licitud de la pretensión, firma, copias de traslado, identidad del objeto, documento original (o público certificado) y firma.


      2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?

      Si falta alguno de los presupuestos procesales, y el juez no lo detecta (si lo hace previene a la parte actora) el demandado puede oponer una excepción procesal (defensa del demandado) en la contestación de la demanda.


      3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?

      El conciliador del juzgado propone soluciones alternativas para la resolución del litigio para que las partes puedan llegar a un convenio.
      A falta de conciliación por las partes, se analizan y resuelven las excepciones procesales opuestas, con el fin de que los presupuestos correspondientes a las excepciones presentadas sean respetados en el proceso.

      4.-La etapa prejudicial es antes del juicio, y puede o no existir. Su contenido es el siguiente:
      A) Medios preparatorios a juicio en general (Art: 193-200 CPCDF)
      B) Medios preparatorios a juicio en ejecutivo (Art: 201-204 CPCDF)
      C) Separación de personas como acto prejudicial (Art: 205-219 CPCDF)
      D) Preparación al juicio arbitral (Art: 220-223 CPCDF)
      E) Preliminares de consignación (Art: 224-234 CPCDF)
      F) Providencias Precautorias (Art: 235-254 CPCDF)


      5.- Explique que se entiende por reconvención.

      La reconvención es un acto procesal que lleva a cabo el demandado contra el actor del juicio principal en las que demanda pretensiones relacionadas a este juicio. Es decir, es la contrademanda que hace la parte demandada.

      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.

      La confesión es la actitud de las partes aceptando expresa o tácitamente los hechos controvertidos. En el allanamiento no se confiesan los hechos, más bien el demandado no se resiste a las pretensiones (total o parcialmente) de la parte actora.

      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

      I. Que se promuevan pretensiones relacionadas con la demanda principal
      II.Debe cumplir con los requisitos de forma del Art 255 del CPCDF
      III.Tiene que ser la misma vía
      IV.Solo se emplaza en el primer juicio
      V. Se tiene que contestar,se plantea en el escrito de la contestación de la demanda

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    6. Cervantes Ponce Mariana Paola
      Derecho Procesal Civil
      Grupo 0010

      1.-¿Que es un presupuesto procesal?

      Son una serie de requisitos que contienen elementos que pueden iniciar un procedimiento, con la finalidad de resolver un litigio. Sin los presupuestos procesales el juez no puede establecer una sentencia.

      2.-¿Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?

      Estos se encuentran relacionados ya que si hace falta un presupuesto procesal, da lugar a la oposición de las pretensiones del actor por parte del demandado y que se pueda alegar la existencia de una excepción procesal.

      3.-¿Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?

      La Audiencia Previa de Conciliación es una etapa en la que ambas partes pueden llegar a un arreglo o a un convenio procesal y el juez aprobará o no dicho convenio al que lleguen las partes; las excepciones procesales van a detener el procedimiento, en caso de que falte un presupuesto procesal el demandado puede promover este recurso.

      4.-¿Cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase?

      Medios Preparatorios a Juicio
      Se promueve esta etapa cuando no existe denuncia o contrato.

      Juicio Ejecutivo
      Se solicita la ejecución forzosa de obligaciones cuya existencia y exigibilidad se deducen de documentos que conceden a su titular fuerza ejecutiva.

      Separación de Personas
      Es la autorización de separar legalmente a los cónyuges cuando uno de estos intenta demandar al otro.

      Preparación del Juicio Arbitral
      El arbitro va a ser un particular que va a hacer llegar a las partes a un acuerdo o conciliación.

      Preliminares de Conciliación
      Son los actos llevados a cabo ante el juez por el deudor con el fin de que el acreedor reciba el pago que se le ofrece.

      Providencias Precautorias
      Son las disposiciones que dicta el juez para garantizar la reparación del daño.

      5.-Explique que se entiende por reconvención.

      Es la "acción" del demandado (contrademanda), consiste en otra demanda hecha por el demandado dirigida hacia el actor, para que pueda existir una reconvención el demandado tuvo que haber contestado la demanda.

      6.-Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.

      La confesión es aceptar los hechos que se le imputan al demandado, pero esto no significa que se aceptan las pretensiones del actor.
      El allanamiento consiste en que el demandado acepte las pretensiones que está exigiendo el actor, se pueden aceptar todas las pretensiones o solo una parte de ellas

      Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

      *Que la demanda ya se encuentre emplazada
      *Se debe dictar un plazo para contestar la reconvención
      *Se debe notificar la reconvención para que comience a correr el plazo para contestar
      *Se deben seguir los mismo pasos que los de una demanda
      *Que las pretensiones promovidas en la reconvención sean acorde a la demanda principal

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    7. Alumno: DURÁN CRUZ MARCOS
      Asignatura: DERECHO PROCESAL CIVIL;
      Grupo: 0010
      PREGUNTAS
      1.- Que es un presupuesto procesal.
      Los presupuestos procesales son las condiciones mínimas para que se produzca y mantenga la legalidad de un proceso jurisdiccional. Podríamos decir que son “las reglas del juego” y son aquellos factores o circunstancias necesarios para que pueda producirse y sostenerse un proceso. Tienen que satisfacerse o demostrarse desde el momento en que presentamos la demanda. Dicho de otra forma, son las bases de un proceso jurisdiccional, con la finalidad de que se pueda dictar una sentencia de fondo y que el juicio sea válido para conseguir la resolución de un litigio.

      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
      Que la falta de algún presupuesto procesal acarrea la posibilidad de que el demandado, en la contestación a la demanda, oponga excepciones procesales. V.gr. Si considera que el juez no es competente va a oponer la excepción de incompetencia, ya por inhibitoria, ya por declinatoria; o si se da cuenta que no acreditaste la personalidad, opondrá la excepción de falta de personalidad.

      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      El artículo 272-A estipula que una vez contestada la demanda, y en su caso, la reconvención, el juez señalará fecha y hora para la celebración de la audiencia previa y de conciliación, en la cual, el juez examinará las cuestiones relativas a la legitimación procesal y luego procederá a procurar la conciliación a cargo del conciliador.
      Es en esta audiencia que se resolverán todas las excepciones procesales, a excepción de la de incompetencia. Estas excepciones son aquellas que opuso el demandado al darse cuenta que no se cumplió con algún presupuesto procesal.

      4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Primero es importante aclarar que la etapa prejudicial puede o no puede existir y son aquellos procedimientos que se promueven antes de un proceso jurisdiccional para prepararlo o cuando no se cuente con el documento fundatorio. Comprende: los medios preparatorios a juicio en general; medios preparatorios del juicio ejecutivo; separación de personas como acto prejudicial; de la preparación del juicio arbitral; de los preliminares de la consignación y; de las providencias precautorias.

      5.- Explique que se entiende por reconvención.
      En sentido llano podríamos decir que es la demanda que el demandado hace contra el actor del juicio principal inmediatamente después de contestar a la demanda, para reclamarle ahora él, pretensiones relacionadas con el juicio principal. Se hace en la misma vía pero con otro rubro y 1 solo emplazamiento. Se tiene que ajustar a lo prevenido en el artículo 255, es decir, tiene la misma estructura que la demanda. No necesariamente tiene que re convenir el demandado.

      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      El allanamiento es la aceptación, total o parcial, de las pretensiones del actor, no se defiende y no opone excepciones. No oponer obstáculos y no resistirse a cumplir con las pretensiones de la demanda.
      La confesión es una actitud de las partes, aceptando expresa o tácitamente los hechos controvertidos. No cumplir con la carga procesal de contestar la demanda trae como consecuencia la confesión ficta del demandado, salvo en materia familiar.

      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
      I. Que las pretensiones tengan que ver con la demanda principal;
      II. Se haga en la misma vía (controversia de arrendamiento, controversia familiar, vía ordinaria civil)
      III. Que se haga en un solo emplazamiento la demanda y la reconvención (en juicio oral sí se emplaza la reconvención);
      IV. Que se plantee en el escrito de contestación de la demanda y nunca después, con la misma estructura que la demanda;
      V. Darse traslado al actor para que conteste en un plazo de 9 días.

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    8. Ramos Jiménez Katia.
      Derecho Procesal Civil.
      1.- Que es un presupuesto procesal.
      son las reglas del proceso. Son las bases de un proceso jurisdiccional para que cumplan con su finalidad y para que las dos partes tengan las mismas cargas. Para que el juicio sea válido.
      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
      Si falta uno de los presupuestos procesales, el juez va a prevenir, acarreando una oposición de excepciones proceales.
      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      En la audiencia previa y de conciliacion se busca exhotar a las partes para que dejen de pelear, el secretario conciliador del juzgado les presenta diferentes opciones para ver si de entre ellas alguna les parece correcta o idonea para celebrar un convenio, dictar las clausulas y concluir con el litigio planteado en la demanda. Está audiencia se encuentra prevista en el art. 272 A del CPCDF.
      Se entiende por excepciones, al poder juridico del demandado de oponerse a la relación personal iniciada por la parte actora o en contra de las pretensiones que se le reclaman en la demanda. Es un medio de resistecia del demandado, las excepciones procesales estan previstas por el art. 35 del CPCDF, aquí se resolveran en la Audiencia Previa de Conciliacion y de Excepciones Procesales.
      4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Ocurre antes del juicio y sin contenido litigioso
      1. Medios preparatorios a juicio. Art 193-200.
      2. Medios preparatorios a juicio ejecutivo. Art. 201-204.
      3. Separación de personas como acto prejudicial. Art. 205-219.
      4. De la preparación del juicio arbitral. Art. 200-223.
      5. Preliminares de consignación. Art. 224-234.
      6. Providencias precautorias. Art. 235-254.

      5.- Explique que se entiende por reconvención.
      Es el acto procesal que lleva a cabo el demandado contra el actor, inmediatamente despues de contestar la demanda, en la que reclama pretensiones relacionadas con las de la demanda principal.
      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      Allanamiento es la conducta autocompositiva del demandad, en virtud de la cual acepta las pretensiones del actor. Implica un instar sin resistencia procesal, ni sustantiva, que a su vez tiene a dar muerte al proceso. Es el acto procesal que solo puede realizar el demandado en un proceso jurisdiccional y consiste en el sometimiento y aceptacion de este a las pretensiones que le reclama el actor en la demanda, es decir, no hay oposicion de su parte. Puede ser parcial o total.
      La confesión es la admisión por parte del demandado de determinados hechos afirmativos por el actor. Solo se pueden confesar los hechos. Es el reconocimiento de hechos propios. La confesion es el acto procesal que lleva a cabo el demandado y en el que acepta los hechos narrados por la parte actora, se puede llevar a cabo por las partes en sus escritos subsecuentes o en la prueba confesional.
      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
      1. Ha de plantearse en el escrito de contestacion de demanda
      2. Debe cumplir con los requisitos de forma de una demanda
      3. Las pretensiones deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal
      4. No se admitira cuando el juzgado no sea de la misma competencia objetiva
      5. Con el escrito de contestacion a la reconvecion se le da vista a la contraria por el termino de tres dias para que la desahogue.

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    9. GARCÍA HERNÁNDEZ KARINA JAZZEL
      DERECHO PROCESAL Y CIVIL
      GRUPO 11:00-12:20

      1.- Un presupuesto procesal, interpretado de una manera entendible pero no precisamente correcta son las reglas que tiene que seguir un proceso, dicho formalmente son bases para un proceso jurisdiccional y para ello existe una finalidad que es la resolución de un proceso y esto de igual forma para que el juicio tenga validez. También pueden ser entendidos como supuestos que deben de estar presentes antes de presentar una demanda, para que después de determinado proceso se pueda dictar una sentencia de fondo.
      2.- Las excepciones son oposiciones de parte del demandado realizada en contra de la demanda, precisamente por falta de algún presupuesto procesal, como se vio en la pregunta anterior, es esencial y de gran importancia su cumplimiento. Entonces la excepción es formulada haciendo notar la falta de un presupuesto procesal, por la falta de una figura, va a surgir la otra. El artículo 35 del código de procedimientos civiles para el D.F, hace mención de cuáles son las excepciones procesales.
      3.- En la audiencia previa de conciliación y de excepciones procesales se resuelven las excepciones de las que ya se habló anteriormente salvo incompetencia del órgano jurisdiccional, esto es señalado en el artículo 36 del Código de Procedimientos civiles para el DF.
      4.- En la etapa prejudicial se encuentran los medios preparatorios, que se dan antes del proceso jurisdiccional precisamente y como el nombre lo indica es para preparar dicho proceso y en todo caso si falta el documento fundatorio, en esta etapa también se encuentran los actos prejudiciales y la separación de personas como acto prejudicial, cabe mencionar que el título V del Código de Procedimientos civiles del DF se refiere a los actos preparatorios.
      5.- La reconvención de igual forma es una demanda, pero en este caso por parte del demandado, en donde demandara las pretensiones del juicio principal, las que manifestó el actor en un inicio, para que el demandado pueda reconvenir es necesario su contestación y aquí mismo es donde formula la reconvención.
      6.- El allanamiento es el acto por el cual el demandado demuestra su conformidad para el cumplimento de las pretensiones total o parcialmente de la demanda que se ha formulado en su contra, mientras que la confesión es la admisión igualmente por parte del demandado de determinados HECHOS que afirmo el actor.
      7.-La reconvención debe de formularse en el escrito de contestación de la demanda, las pretensiones de la misma deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal, el juzgado debe ser de la misma competencia objetiva, debe señalarse en esta el objeto u objetos que se reclamen, fundamentos de derecho y la clase de acción, entre otros requisitos en cuanto a formalidad mencionados en el artículo 255 del Código Civil de Procedimientos Civiles del D.F.

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    10. Alumno: Delgado Escobar Luis Daniel.
      Materia: Derecho Procesal Civil.
      Grupo: 0010 (lunes, miércoles y viernes de 1100 a 1220)


      PREGUNTAS

      1.- Que es un presupuesto procesal.

      R: Son las reglas del proceso; las directrices y bases. Ambas partes deben de cumplir con los presupuestos procesales pues estos se requieren para brindarle validez al juicio, si algún presupuesto falta es juez deberá prevenir.

      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.

      R: En caso de que falte un presupuesto procesal, el juez debe de prevenir y si no previene, la contraparte podrá interponer la expecion procesal correspondiente. Podemos entonces hablar de que una excepción procesal no es más que la falta de un presupuesto procesal. Sin embargo existen excepciones procesales que surgen como consecuencia de las existencia de dos juicios y no por la falta de presupuestos procesales.

      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?

      R: Es precisamente en esta audiencia donde se resuelven las excepciones procesales, siempre y cuando estás se hayan interpuesto en la contestación de la demanda o en su caso, en la reconvención, a esto se refiere el artículo 272-A del CPCDF.

      4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.

      En esta etapa no existe litigio y puede o no existir, pues se trata de una etapa previa al proceso y sirve para preparar los presupuestos proceslaes para posteriormente dar inicio al juicio. Su contenido está constituido por:

      • Los medios preparatorios a juicio.
      • El juicio ejecutivo.
      • La separación de personas.
      • La preparación del juicio arbitral.
      • Las preliminares de conciliación.
      • Las providencias precautorias.


      5.- Explique que se entiende por reconvención.

      R: Podemos definirla como la acción que ejerce el demandado en el escrito de contestación de demanda, en el cual fórmula sus propias pretensiones basándose en la demanda principal para, de está manera, darselas a conocer al juez.

      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.

      R: En el allanamiento, el demandado declara expresamente su voluntad de aceptar o someterse parcial o totalmente a las pretenciones del demandante, dictandose consecuentemente la sentencia correspondiente, al no existir oposición. En la confesión el demandado da por verdadero un hecho que puede producirle consecuencias jurídicas.


      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

      • Al tratarse de una nueva demanda deberá de cumplir con los requisitos del artículo 255 del CPCDF.
      • Debe de interponerse en el escrito de contestación de la demanda.
      • Sus pretensiones deben de relacionarse con las de la demanda principal.
      • Debe de interponerse en la misma vía que la demanda principal.
      • Debe de notificarse al actor, para que esté pueda contestar en los próximos nueve días.

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    11. Perla Luciano de la Rosa
      Derecho Procesal Civil
      Grupo 0010

      1.- Que es un presupuesto procesal.
      Son las condiciones y/o requisitos que son exigidos por la Ley para dar validez a un juicio.
      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
      La excepción procesal será una expresión de defensa por la parte demandada dado que fue omitida por la parte actora.
      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      La audiencia previa de conciliación tiene como finalidad reducir el número juicios, lo anterior a partir de convenios generados entre las partes involucradas siempre y cuando éstos se encuentren dentro del marco legal, además de que se busca estos sean más cercanos a sus necesidades y circunstancias particulares con el objeto de que sus cláusulas tengan mayor posibilidad de cumplimiento voluntario. Además de ser el momento en que se han de resolver las excepciones procesales que expresé el demandado ante la inexistencia de presupuestos procesales.
      4.- Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Es una etapa la cual puede o no existir de acuerdo a las características de las pretensiones y su contenido e implementación esta expresado en el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal de la siguiente manera:
      A) Medios preparatorios a juicio en general (Art: 193-200)
      B) Medios preparatorios a juicio en ejecutivo (Art: 201-204)
      C) Separación de personas como acto prejudicial (Art: 205-219 )
      D) Preparación al juicio arbitral (Art: 220-223 )
      E) Preliminares de consignación (Art: 224-234 )
      F) Providencias Precautorias (Art: 235-254)

      5.- Explique qué se entiende por reconvención.
      Reconvención son las pretensiones que se relacionan al juicio que son consideradas por el demandado como necesarias para resolverse en el mismo juicio y que han sido omitidas por la parte actora en su demanda principal.


      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.

      El allanamiento es la expresión estar de acuerdo con las pretensiones que se señalen en la demanda o en la reconvención, mientras que la confesión hace referencia al reconocimiento y veracidad de los hechos.
      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

      Es necesario complementar los requisitos prescriptos para el escrito de demanda en cuanto a la exposición de los hechos, derecho, cosa demandada, petición y prueba documental.
      Deducirla en el mismo escrito de la contestación de demanda.
      El tribunal que interviene en la demanda principal debe tener competencia para conocer de la reconvención, o ser admisible la prórroga de competencia. El juez debe ser competente por razón de materia para las dos pretensiones prescindiendo de distinguir las materias civil y comercial.
      Que sea susceptible de ventilarse por los mismos trámites de la demanda principal, por razones de orden procesal.
      Que derive de la misma relación jurídica o sea conexa con la pretensión originaria y que se funde en un interés directo del reconviniente en contra del actor.
      Para que la demanda de reconvención produzca efectos no es necesario que se desestimen las pretensiones de la demanda inicial. Es decir, la demanda de reconvención no tiene que atacar directamente la demanda inicial, de modo que al final, el juez, decidirá sobre ambas demandas sin que una excluya a la otra.

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    12. Derecho Procesal Civil
      Grupo: 0010
      Alumna: Perez Cruz Andrea Yazmin
      1.- ¿Qué es un Presupuesto Procesal?
      Son las reglas de un proceso jurisdiccional a fin de cumplir su objetivo, es decir, resolver el litigio.En otras palabras, son aquellos antecedentes necesarios para que el juicio tenga existencia jurídica y validez formal.
      2.-¿Qué relación existe entre un Presupuesto y una Excepción Procesal?
      Una excepción es el poder jurídico que tiene el demandado de oponerse a las pretensiones del actor. Su relación con un Presupuesto Procesal se da en el momento en que falte alguno de estos y el Juez debe de prevenir, en caso de no hacerlo, el demandado podrá hacer notar la excepción procesal correspondiente.
      3.-¿Cuál es la función de la Audiencia Previa de conciliación y de Excepciones Procesales respecto de los Presupuestos?
      En esta etapa se puede llegar a un convenio para poder concluir con el litigio.
      4.-Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Esta etapa se da antes del proceso:
      -Medios preparatorios a juicio
      -Juicio ejecutivo
      -Separación de personas
      -Preparación del juicio arbitral
      -Preliminares de conciliación
      -Providencias precautorias
      5.-Explique que se entiende por Reconvención.
      Es el acto procesal del demandado que lleva a cabo el mismo contra el actor en el que reclama pretensiones. Solo si contesta puede reconvenir.
      6.-Señale cuál es la diferencia entre el Allanamiento y la Confesión.
      El Allanamiento consiste en que el demandado acepta las pretensiones del actor. Puede ser total o parcial.
      La confesión es la aceptación expresa o tácitamente de los hechos. Solo se confiesan los hechos.
      7.-Exprese 5 requisitos que debe cumplir la Reconvención para tenerla por interpuesta.
      -Contestación de la demanda
      -Las pretensiones deben tener relación con la demanda principal
      -El juzgado debe ser competente
      -Debe ser por la misma vía
      -Cumplir con la forma de la demanda

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    13. Buenas noches profesora, esperando que se encuentre bien, inserto mis respuestas.
      Alumna: García González Yarenci
      DERECHO PROCESAL CIVIL
      Grupo: 0010
      Horario: LMV de 11:00 AM a 12:20 PM.
      PREGUNTAS:
      1.¿Qué es un presupuesto procesal?
      Son las bases, requisitos o directrices de un proceso jurisdiccional a fin de que pueda cumplir su objetivo (resolver el litigio), y se dicte sentencia para que el juicio sea válido.
      2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
      Todos los presupuestos procesales deben estar contenidos en la demanda, la falta de uno de ellos acarrea excepciones procesales y se oponen en la debida contestación que el demandado tiene que elaborar. Art. 35 del CPCDF.
      3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      Es una etapa especial para el convenio, su objetivo es invitar a las partes a que dejen el litigio, por medio del secretario conciliador el cual les brindará opciones para que dentro de ellas encuentren la que los lleve a celebrar el convenio si es que ambas partes están de acuerdo.
      4. Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      La etapa prejudicial se lleva a cabo antes del juicio y esta puede o no existir, es donde se preparan los presupuestos procesales para después dar inicio al juicio.
      a) Medio preparatorios a juicio en general: Procedimientos prejudiciales los cuales se promueven para preparar un proceso jurisdiccional o cuando no se cuenta con el documento fundatorio. Arts. 193-200 CPCDF.
      b) Medios preparatorios a juicio ejecutivo: Proceso que se tramita a instancia de parte, donde se solicita la ejecución forzosa de obligaciones y se deducen documentos que conceden a su titular la acción ejecutiva. Arts. 201-204 CPCDF.
      c) Separación de personas como acto prejudicial: Se da cuando existe violencia familiar, se debe autorizar legalmente la separación de los cónyuges para protegerse o proteger a los menores de edad. Arts. 205-219 CPCDF.
      d) De la preparación del juicio arbitral: Cuando ambas partes contratan a un árbitro el cual es particular y él los llevará a un acuerdo o conciliación. Arts. 220-223 CPCDF.
      e) Preliminares de consignación: Serie de actos que se llevan a cabo ante el juez, el deudor solicita al tribunal que cite a su acreedor para que reciba el pago que le ofrece, en caso de que se llegue a rehusar de recibir la prestación debida o dar el documento justificativo de pago. Arts. 223-234 CPCDF.
      f) Providencias precautorias: Actos procesales que pretenden asegurar el resultado práctico de la pretensión. Arts. 235-254 CPCDF.
      5. Explique qué se entiende por reconvención.
      Se entiende por reconvención a la demanda o también como contrademanda, que realiza el demandado en su contestación, ya que si no contesta no puede reconvenir.
      6. Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      El allanamiento es la aceptación parcial o total por parte del demandado de las pretensiones del actor y la confesión es un medio de prueba donde se admiten los hechos propios.
      7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta:
      1. La reconvención se debe de plantear en el escrito de la contestación de la demanda.
      2. Cumplir con los requisitos de forma de una demanda.
      3. Las pretensiones que se planteen en la reconvención deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal.
      4. Quien promueve debe contestar en los próximos 9 días hábiles.
      5. Debe ser interpuesta en el juzgado de la misma competencia

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    14. Mendoza Rodríguez Karla
      Derecho Procesal Civil
      Grupo:0010

      1.- Son la base de todo proceso jurisdiccional que se deben de reunir en toda demanda para que pueda ser efectiva y aceptada, son la competencia, legitimación, capacidad, personalidad, vía, aparente licitud de la pretensión, firma, copias de traslado e identidad del objeto.
      2.- La existencia de la excepción procesal depende de la inexistencia de un presupuesto procesal, es decir, cuando el actor por alguna circunstancia no pone un presupuesto en su demanda y en caso de que el juzgador no se diere cuenta, el demandado deberá oponer una excepción, haciendo notar al juez la inexistencia de un elemento para el efectivo desarrollo del proceso.
      3.- Aquellos que se encargan de resolver todas aquellas excepciones procesales que existan en los procesos jurisdiccionales.
      4.-.Esta etapa puede o no existir en un proceso, pues todo dependerá de las pretensiones emitidas por el actor. Se lleva a cabo antes de que se expongan los problemas al juez para su resolución. Podemos decir, entonces, que son medidas que se aplican antes de un proceso para que su desarrollo pueda ser efectivo. Su contenido es:
      a) Medios preparatorios a juicio
      b) Medios preparatorios a juicio ejecutivo
      c) Separación de personas como acto prejudicial
      d) De la preparación de juicio arbitral
      e) Preliminares de conciliación
      f) Providencias precautorias
      5.- Es un acto procesal que lleva a cabo el demandado contra el actor por sus pretensiones emitidas, el demandado podrá llevar a cabo la reconvención solamente por medio de su contestación, por lo que sus pretensiones deberán de tener relación con las pretensiones reclamadas en el juicio principal.
      6.-.El allanamiento existe cuando el demandado acepta las pretensiones que son reclamadas por parte del actor, por lo que no se resiste en cumplirlas, de alguna manera se compromete a seguirlas. La confesión va encaminada a aceptar los hechos controversiales que son emitidos
      7.- Uno de los requisitos que son implícitos acerca de sus requisitos son:
      a) Se deberán reconvenir pretensiones con relación al juicio principal
      b) Se deberá presentar en la misma vía que el juicio principal
      c) Ambos serán en un solo emplazamiento, es decir, solo se emplaza la demanda principal pero la segunda no
      Sin embargo, hay requisitos que se encuentran implícitos en el Art. 255 del Código de Procedimientos Civiles como:
      d) Nombre y apellidos del actor y del demandado
      e) Señalar los objetos que se reclamen con sus accesorios
      f) Fundamentos del derecho

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    15. Alumno: Morales Retana Abel
      Derecho Procesal Civil.
      PREGUNTAS
      1.- Que es un presupuesto procesal.
      Un presupuesto procesal es aquella condición o requisito que debe contener la demanda.
      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
      La relación existente entre ambos recae en que, a falta de un presupuesto procesal en la demanda, da como consecuencia que el demandado oponga excepciones procesales.
      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      Su función en cuanto a las excepciones procesales es la de resolverlas salvo la incompetencia del órgano de conformidad con el artículo 36 CPCDF.
      4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Esta etapa puede o no existir. No es dentro del juicio, es un procedimiento, no un proceso. Se promueve cuando:
      - No se tiene el documento fundatorio.
      - Medios preparatorios en general.
      - Los medios preparatorios en juicio ejecutivo.
      - Separación de personas como acto prejudicial.
      - Preparación de juicio arbitral.
      - Preliminares de consignación.
      - Providencias precautorias.
      5.- Explique que se entiende por reconvención.
      Es aquel acto procesal que lleva a cabo el demandado al momento de contestar la demanda. Y en ella reclama pretensiones relacionadas con las de la demanda principal
      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      El allanamiento es la conducta por la cual el demandado acepta las pretensiones del actor. La confesión es la admisión por parte del demandado de determinados hechos afirmados por el actor. La diferencia radica en que allanamiento es para pretensiones y confesión para los hechos.
      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
      Son los mismos que los de la demanda. Art 260 CPCDF:
      - Tribunal ante el que conteste.
      - Referirá cada uno de los hechos en el que el actor funde su petición.
      - Misma vía.
      - Pretensiones relacionadas con las de la demanda principal.
      - Derive de la misma relación jurídica.

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    16. Materia: Derecho Procesal Civil.
      Alumno: Cristian Cruz Soledad
      1.- ¿Que es un presupuesto procesal?
      Conforme a lo dispuesto por el Dr Hector Molina y la Dra Marcela Sosa y Ávila Zabre ¨Poder Jurídico del que se haya investido el demandado que le habilita para oponerse a la acción promovida en su contra¨.
      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
      Conforme al artículo 35 del CPCDF En todos los presupuestos procesales deben estar contenidos en la demanda, la falta de uno de ellos acarrea excepciones procesales y se oponen en la debida contestación que el demandado tiene que elaborar.
      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      Tiene como función principal es que la parte actora y la parte demandada lleguen a un acuerdo para que se resuelva el problema por el cual se inició el proceso, respecto a los presupuestos procesales, si es que existe la falta de alguno de estos, y se indican las excepciones procesales en esta etapa se resuelven y se abre el periodo de 10 días para el ofrecimiento de pruebas la única excepción es el divorcio en el cual no se abre periodo de pruebas.

      4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Es una etapa la cual puede o no existir de acuerdo a las características de las pretensiones y su contenido e implementación esta expresado en el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal de la siguiente manera:
      A) Medios preparatorios a juicio en general (Art: 193-200)
      B) Medios preparatorios a juicio en ejecutivo (Art: 201-204)
      C) Separación de personas como acto prejudicial (Art: 205-219 )
      D) Preparación al juicio arbitral (Art: 220-223 )
      E) Preliminares de consignación (Art: 224-234 )
      F) Providencias Precautorias (Art: 235-254)

      5.- Explique que se entiende por reconvención.
      Es la demanda que formula el demandado en su escrito de contestación, en contra del que actor principal, plantenado al juez una cuestión compatible, distinta de la formulada inicialmente, para que se resuelva en la misma sentencia del juicio principal.
      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
      Son exactamente los mismos que la demanda, conforme al artículo 260 del CPCDF:
      1. Tribunal ante el que se contesta;
      2. Hechos a los que se refiere el actor fundados en la petición;
      3. Misma vía;
      4. Pretensiones relacionadas con la demanda principal;
      5. Que la reconvención derive del juicio pricipal;

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    17. Materia: Derecho Procesal Civil.
      Alumno: Cristian Cruz Soledad
      1.- ¿Que es un presupuesto procesal?
      Conforme a lo dispuesto por el Dr Hector Molina y la Dra Marcela Sosa y Ávila Zabre ¨Poder Jurídico del que se haya investido el demandado que le habilita para oponerse a la acción promovida en su contra¨.
      2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
      Conforme al artículo 35 del CPCDF En todos los presupuestos procesales deben estar contenidos en la demanda, la falta de uno de ellos acarrea excepciones procesales y se oponen en la debida contestación que el demandado tiene que elaborar.
      3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
      Tiene como función principal es que la parte actora y la parte demandada lleguen a un acuerdo para que se resuelva el problema por el cual se inició el proceso, respecto a los presupuestos procesales, si es que existe la falta de alguno de estos, y se indican las excepciones procesales en esta etapa se resuelven y se abre el periodo de 10 días para el ofrecimiento de pruebas la única excepción es el divorcio en el cual no se abre periodo de pruebas.

      4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
      Es una etapa la cual puede o no existir de acuerdo a las características de las pretensiones y su contenido e implementación esta expresado en el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal de la siguiente manera:
      A) Medios preparatorios a juicio en general (Art: 193-200)
      B) Medios preparatorios a juicio en ejecutivo (Art: 201-204)
      C) Separación de personas como acto prejudicial (Art: 205-219 )
      D) Preparación al juicio arbitral (Art: 220-223 )
      E) Preliminares de consignación (Art: 224-234 )
      F) Providencias Precautorias (Art: 235-254)

      5.- Explique que se entiende por reconvención.
      Es la demanda que formula el demandado en su escrito de contestación, en contra del que actor principal, plantenado al juez una cuestión compatible, distinta de la formulada inicialmente, para que se resuelva en la misma sentencia del juicio principal.
      6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
      El allanamiento es la conducta por la cual el demandado acepta las pretensiones del actor. La confesión es la admisión por parte del demandado de determinados hechos afirmados por el actor. La diferencia radica en que allanamiento es para pretensiones y confesión para los hechos.
      7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
      Son exactamente los mismos que la demanda, conforme al artículo 260 del CPCDF:
      1. Tribunal ante el que se contesta;
      2. Hechos a los que se refiere el actor fundados en la petición;
      3. Misma vía;
      4. Pretensiones relacionadas con la demanda principal;
      5. Que la reconvención derive del juicio pricipal;

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  14. Buenas noches.
    Ángel Eduardo Cadena Saucedo
    Juicios Orales en materia Civil 11:00 - 13:00

    1: El monto del Juicio Oral Civil para demandar no podrá exceder de $682,646.89 y en cuanto a la aplicación de sanciones, estas no podrán ser inferiores a $2,730.58 ni superiores a $8,191.76.

    2: De acuerdo al artículo 1000 del CPCDF los actos que contiene la audiencia preliminar son:
    I. Depuración del Procedimiento
    II. Conciliación de las Partes por conducto del Juez
    III. Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos
    IV. Fijación de acuerdos reparatorios
    V. Admisión de pruebas
    VI. Citación para audiencia a juicio

    3: En cuanto a la depuración del procedimiento, en el CPCDF se menciona que el Juez examinará las cuestiones relativas a la legitimación procesal y procederá,
    en su caso, a resolver las excepciones procesales con el fin de depurar el
    procedimiento.

    4: La legitimación procesal de acuerdo con el Doctor Eduardo Pallares, es la facultad de poder actuar en el proceso.
    como actor, como demandado o como tercero, o representando a éstos.

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  15. Rodríguez Barrón Cristian
    Juicios Orales en materia Civil
    Respecto a la pregunta uno: De acuerdo a lo establecido en el Boletín Judicial, los Juzgados Civiles de Cuantía Menor conocerán de los negocios de jurisdicción contenciosa cuya cuantía no exceda de los $682,646.89.
    Por lo que refiere a las multas:

    *Art. 62CPC
    Multa hasta por $8.191.76
    Multa hasta por $40.957.45
    Multa hasta por $81,914.89

    *Art. 65-Bis.CPC. Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $40,957.45

    *Art. 119CPC. Multa hasta por $1,365.51

    *Art. 168CPC
    Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48

    *Art. 189CPC
    Multa no inferior a $4,095.88 ni superior a $6,826.46
    Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48
    Multa no inferior a $16,385.75 ni superior a $27,304.96

    *Art. 347-VI CPC
    Multa no inferior a $682.74 ni superior a $4,095.88

    *Art. 352 y 357 CPC
    Sanción pecuniaria no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48

    *Art. 391 CPC
    Multa no inferior a $2,733.82 ni superior a $6,826.46

    *Art 483CPC
    Multa no inferior a $2,730.58 ni superior a $8,191.44

    *Art.746CPC
    Multa no inferior a $2730.58 ni superior a $6,826.46

    *Art. 948CPC
    Multa no inferior a $682.74 ni superior a $2,730.58

    Respecto a la segunda pregunta: Según dispone el artículo 1000 del CPC, la AUDIENCIA PRELIMINAR comprende:
    I. La depuración del procedimiento;
    II. La conciliación de las partes por conducto del Juez;
    III. La fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos;
    IV. La fijación de acuerdos probatorios;
    V. La admisión de pruebas, y;
    VI. La citación para audiencia de juicio.

    Por lo que respecta a la pregunta tres:
    La depuración del procedimiento consiste en que el secretario resolverá las excepciones procesales señaladas en el artículo 35 CPC, ésta ayudará a determinar si las excepciones son procedentes. Las excepciones se regirán por las reglas establecidas para el juicio ordinario.

    Por último, la legitimación procesal.
    Es una autrización conferida por la Ley, en virtud de que el sujeto de derecho se ha colocado en un supuesto normativo y tal autorización implica el facultamiento para desarrollar una actividad o conducta.
    La legitimación puede ser de fondo, es decir, causal, la cual es la que tiene toda parte material, y esta vinculada con la capacidad de goce.
    La legitimación puede ser activa o pasiva.
    -Activa: Entendida como la facultad que posee un sujeto para iniciar un proceso.
    -Pasiva: Refiere a la situación de aquel sujeto de derecho en contra del cual se quiere enderezar el proceso.
    La legitimación es la fundamentación de la pretensión, o sea, su razón legal, por lo que deducimos que las reglas relativas a la legitimación están destinadas a establecer qué sujetos y en qué condiciones pueden pretender la sujeción de otros intereses ajenos a los suyos y, consecuentemente, a impulsar o instalar las decisiones jurisdiccionales respectivas relacionadas con dichas pretensiones.
    GÓMEZ, Lara Cipriano, Teoría General del Proceso, 10a ed., Oxford University Press, 2004, p. 222.

    Couture define la legitimación procesal como la “aptitud o idoneidad para actuar en un proceso, en ejercicio de un derecho propio o en representación de otro”.
    OVALLE, Fabela José, Teoría General del Proceso, 7ª ed., México, Oxford University Press, 2016, p.289.






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  16. Profesora, respecto del artículo a mi me gustaría señalar lo siguiente:
    Si bien del texto contenido en el artículo 14 Constitucional párr. segundo no desprende una definición de lo que debería entenderse por "Formalidades esenciales del procedimiento", la SCJN las ha definido en su jurisprudencia (misma que cito en la parte de inferior), y que conforme a lo establecido por nuestro máximo tribunal, en éstas sí se encuentra la oportunidad de alegar lo que a su derecho convenga, por lo que, cuando no permite ofrecer a las partes sus alegatos, y al no considerar éstos el juez, en efecto se violan dichas formalidades, por lo que se actualiza el supuesto establecido en la Ley de Amparo en su artículo 172.

    Tesis P./J. 47/95, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena época, t.II, diciembre de 1995, p.133.

    Rodríguez Barrón Cristian
    Juicios Orales en materia Civil

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  17. Buenas noches Christian. Estoy de acuerdo contigo. En el trabajo que está transcrito en este blog explico que al ser una formalidad esencial del procedimiento los alegatos. La forma en que están redactados los artículos que ahí analizo y que se refieren al juicio ordinario civil y al juicio oral civil. Estamos en presencia de una violación a las formalidades esenciales del procedimiento.

    Lo que no hace la SCJN es analizar los alegatos tal como yo lo hago en el trabajo y a que me refiero en este blog. Saludos buenas noches.

    Espero haber sido clara en mi exposición. buenas noches

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  18. 1.- De acuerdo con el Boletín Judicial del 10 de enero del presente año 2020 cuales son los montos competencia de los juicios orales civiles. Tanto para demandar, como para aplicar multas.
    - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1339 y 1340 del Código de Comercio, los Juzgados Civiles de Cuantía

    Menor de la Ciudad de México, conocerán de los negocios de jurisdicción contenciosa, común o concurrente, cuya cuantía no exceda de $682,646.89 (seiscientos ochenta y dos mil seiscientos cuarenta y seis pesos 89/100 M.N)
    Articulo del Código de Monto actualizado para el año 2020

    Procedimientos Civiles

    Art. 62 Multa hasta por $8,191.76

    Multa hasta oor $40 957.45
    Multa hasta por $81 914.89

    Art. 65-Bis Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $40 957.45

    Art.119 Multa hasta por $1.365.51

    Art.168 Sanción pecuniaria no inferior a $8 191.76 ni superior a $13 652.48

    Art.189 Multa no inferior a $4,095.88 ni superior a $6,826.46

    Multa no inferior a $8,191.76 ni superior a $13,652.48

    Multa no inferior a $16,385.75 ni superior a $27 304.96

    Art. 347-VI Multa no inferior a $682.74 ni superior a $4 095.88

    Art. 352 Sanción pecurnana no inferior a $8 191.76 ni superior a $13 652.48

    Art. 357 Sanción pecurnana no Inferior a $8 191.76 ni superior a $13 652.48

    Art. 391 Multa no inferior a $2,733.82, ni superior a $6 826.46

    Art. 483 Multa no inferior a $2,730.58 ni superior a $8 191.44

    Art. 746 Multa no inferior a $2,730.58 ni superior a $6 826.46

    Art. 948 Multa no inferior a $682. 74 ni superior a $2,730.5
    2.- Que actos contiene la audiencia preliminar.
    Los actos contenidos como objeto de la audiencia preliminar de acuedo al articulo 1000 del Codigo de Procedimientos Civiles del Distrito Federal (Ciudad de México), son los siguientes:
    Artículo 1000.- La audiencia preliminar tiene por objeto:

    I. La depuración del procedimiento;

    II. La conciliación de las partes por conducto del Juez;

    III. La fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos;

    IV. La fijación de acuerdos probatorios;
    V. La admisión de pruebas, y;

    VI. La citación para audiencia de juicio.

    VI. La citación para audiencia de juicio.
    3.- Explique ampliamente en que consiste la depuración del Procedimiento.
    Es aquella que se da en la audiencia preliminar y la consignación, en la cuál se pueden oponer excepciones, legitimación del procedimiento, litispendencia, conexidad, improcedencia de la vía, falta del cumplimiento del plazo que está sujeta a la obligación y cosa juzgada.

    4.- Que se entiende por legitimación procesal.
    Según el Diccionario Jurídico de Rafael de Pina y Rafael de Pina Vara, dice que;
    Es la posibilidad legal en que se encuentra una persona para ser sujeto procesal, en relación con un caso en concreto, como demandante, como demandado o como tercerista.
    Las normas relativas a la legitimación están destinadas a establecer qué sujetos pueden pretender una decisión por parte de los órganos jurisdiccionales y frente a qué sujetos puede formularse la pretensión.
    Bibliografía: DE PINA VARA RAFAEL Y DE PINA RAFAEL. "Diccionario Juridico". 37a Edición. 2018. Edit Porrúa. P 353.


    ROMERO JAIMES EDUARDO

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  19. Rueda Gatica Karla Itzel
    Derecho Procesal Civil.

    1. Los presupuestos procesales son los requisitos necesarios para que el juicio tenga validez formal y existencia jurídica.
    2. La relación existente entre estos dos términos es que, para que las excepciones se puedan llevar a cabo se necesita que exista un incumplimiento o que falte un presupuesto procesal, para solicitar al juez que verifique dicho proceso.
    3.Intentar la conciliación de las pretensiones y excepciones de las partes; fijar el objeto del proceso y de la prueba;resolver sobre la admisión de las pruebas que se hubiesen ofrecido en los escritos iniciales; y resolver las condiciones de la acción, las excepciones y presupuestos procesales.
    5.La reconvención es la pretensión del demandado en contra del actor (contrademanda) con el fin de que las pretensiones se resuelvan en una sentencia.
    6.El allanamiento es la figura jurídica por la cual el demandado decide someterse a las pretensiones del actor. Ya no es necesario realizar las etapas probatorias y de alegatos, se pasa directamente a la sentencia.Mientras que la confensión es cuando el demandado admite los hechos demandados en su contra por parte del actor. Sólo puede referirse a los hechos.
    7.-Debe presentarse dentro del plazo para contestar la demanda.
    - Como es una nueva demanda debe contar con los requisitos expresados en el art 255 del Código de Procedimientos Civiles para el DF.
    - Deberá ir acompañado de los documentos señalados en el art 95 del Código de Procedimientos Civiles para el DF.
    - El escrito en el que se exprese la contestación de la demanda y la reconvención debe estar dividido en dos partes: en la primera, la contestación de la demanda y en otra parte, la reconvención.
    - Debe expresar las prestaciones que se reclaman, así como los hechos y el derecho en que se funde la contrademanda.

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  20. GARCIA FIERRO JAQUELINE.
    DERECHO PROCESAL CIVIL
    Preguntas parte 1.
    1.- ¿QUE ES UN PRESUPUESTO PROCESAL?
    Son los requisitos exigidos por la ley necesarios en una demanda (art 255 CPC-DF); para que esta a su vez de inicio a un proceso o juicio; el cual tendrá validez formal y existencia jurídica.
    2.- ¿QUE RELACIÓN EXISTE ENTRE UN PRESUPUESTO Y UNA EXCEPCIÓN PROCESAL?
    La relación radica principalmente; en que a falta de algún presupuesto procesal este dará como consecuencia que el demandado oponga excepciones procesales.
    3.- ¿CUAL ES LA FUNCIÓN DE LA AUDIENCIA PREVIA, DE CONCILIACIÓN Y DE EXCEPCIONES PROCESALES RESPECTO DE LOS PRESUPUESTOS?
    La principal función de esta audiencia es exhortar a las partes para que resuelvan su conflicto por otros medios que no impliquen una confrontación, Para ello el Secretario Conciliador del juzgado les presenta diferentes opciones a elegir y llegar a un convenio; en caso que se opte por este, será aprobado por el juez y elevado a calidad de cosa juzgada.
    La audiencia continuara en caso de que las partes no opten por el convenio; y como el proceso continuara se analizaran y resolverán las excepciones procesales que en su caso se hagan valer conforme al artículo 35 CPC-DF: litispendencia, conexidad de causa, falta de personalidad, falta de cumplimiento del plazo a que esté sujeta la obligación, improcedencia de vía y la cosa juzgada, a excepción de la incompetencia de órgano articulo 36CPC-DF.
    4.-¿CUAL ES EL CONTENIDO DE LA ETAPA PREJUDICIAL VISTO EN CLASE?
    El contenido de esta etapa incluye:
    *MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO: Son procedimientos que se promueven antes de un proceso con el objetivo de prepararlo o en una hipótesis diferente cuando no se cuenta con un documento fundatorio.
    El título V del CPC-DF en sus 9 capítulos refiere a los medios preparatorios:
    •Medios preparatorios del juicio en general art 193-200.
    •Medios preparatorios del juicio ejecutivo art-201-204.
    •Preparación del juicio arbitral art 220-223.
    •Preliminares de la consignación art 224-234.
    *PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS O CAUTELARES; contempladas en los art 235 -237 y que el actor solicita al juez para prevenir un daño o garantizar una reparación del daño y estas podrán dictarse conforme lo establecido en el art 235 en los siguientes casos;
    I.Cuando hubiere temor de que se ausente u oculte la persona contra quien deba entablarse o se haya entablado una demanda;
    II.Cuando se tema que se oculten o dilapiden los bienes en que debe ejercitarse una acción real;
    III.Cuando la acción sea personal, siempre que el deudor no tuviere otros bienes que aquéllos en que se ha de practicar la diligencia y se tema que los oculte o enajene.
    Un ejemplo de estas providencias precautorias son: el embargo y arraigo civil.
    *ACTOS PROVOCATORIOS: Refiere a los requisitos de procebilidad por ejemplo; la jurisdicción voluntaria.

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  21. GARCIA FIERRO JAQUELINE.
    DERECHO PROCESAL CIVIL.
    Preguntas parte 2.
    5.-¿QUÉ SE ENTIENDE POR RECONVENCIÓN?
    La reconvención o contrademanda como también se le ha denominado incorrectamente es un acto procesal que lleva a cabo el demandado en contra del actor. Es una demanda que se presenta enseguida de la contestación de la demanda y contiene el reclamo de pretensiones relacionadas a la demanda principal, es decir; en un proceso se resuelven dos juicios mediante una sentencia
    6.- SEÑALE LA DIFERENCIA ENTRE EL ALLANAMIENTO Y LA CONFESIÓN.
    En el allanamiento el demandado acepta total o parcialmente las pretensiones que le reclama el actor, por otro lado en la confesión el demandado admite determinados hechos afirmados por el actor en el escrito de demanda
    7.- EXPRESE 5 REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA RECONVENCIÓN PARA TENERLA POR INTERPUESTA
    •Debe plantearse en el escrito de contestación de demanda.
    •Cumplir con los requisitos de forma de la demanda previstos en el art 255 CPC-DF.
    •Debe tener pretensiones relacionadas a la demanda principal.
    •De acuerdo a los artículos 260 fracción VI y 272 CPC-DF el demandado que oponga reconvención o compensación, lo debe hacer al contestar la demanda y nunca después.
    •Tiene que ser ante el mismo juzgado de la demanda principal (misma competencia objetiva).
    FUENTEs CONSULTADAs: Sosa y Ávila Zabre Marcela y Molina González Héctor, Derecho procesal civil, Ciudad de México: UNAM, Facultad de Derecho, Editorial Porrúa,2017.
    Codigo de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

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  22. ALUMNA: Bazan Ortega Atziri Yahara.
    MATERIA: Derecho Procesal Civil/Escolarizado.
    GRUPO: 0010, Lunes, miércoles y viernes 11:00-12:20 hrs.
    RESPUESTAS.
    1) Los presupuestos procesales son los requisitos indispensables para que pueda iniciar y desarrollarse un proceso. Necesariamente deben estar contenidos en la demanda al momento de presentarla.

    2) Ante la falta de un presupuesto procesal en la demanda, el demandado puede oponer una excepción procesal al momento de contestar la demanda.

    3) Es aquí donde el conciliador resuelve las excepciones procesales que hayan sido opuestas por el demandado.

    4) La etapa prejudicial contiene:
    a. Medios preparatorios.
    b. Medios preparatorios a juicio ejecutivo.
    c. Separación de personas como acto prejudicial.
    d. Preparación de juicio arbitral.
    e. Preliminares de consignación.
    f. Providencias precautorias.
    g. Audiencia previa de Conciliación y Excepciones Procesales.

    5) La reconvención es “la demanda del demandado”, esta va en contra del actor del juicio principal.

    6) El allanamiento se refiere a la aceptación que hace el demandado respecto a las pretensiones de la parte actora, es decir, se compromete a cumplirlas total o parcialmente, mientras que la confesión es la aceptación de los hechos que me son imputados.

    7) 1. La reconvención debe estar deducida en el mismo escrito que la contestación a la demanda. 2. La reconvención se debe llevar en la misma vía que la demanda inicial. 3. Las pretensiones contenidas en la reconvención deben estar relacionadas con la litis principal. 4. Se debe presentar ante el mismo juzgado que se presentó la demanda inicial 5. Cumplir con los requisitos estipulados en el artículo 255 del CPCDF.


    BIBLIOGRAFÍA:
    SOSA Y AVILA ZABRE, Marcela; MOLINA GONZÁLEZ, Héctor, Derecho procesal civil, México: UNAM: Porrúa, 2017.
    OVALLE FAVELA, José, Derecho procesal civil, 10a. ed., México, Oxford, 2013
    Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

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  23. Buenos Días
    Ortiz Torres Jafet
    Derecho Procesal civil L,M,V de 11:00-12:20

    1. ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son requisitos de validez de un proceso judicial que se deben ajotar para que un juicio pueda iniciar, de los cuales los principales son: Juez competente, Capacidad de las partes, Legitimación procesal, Personalidad, aparente licitud de la pretensión, vía, firma del actor, copias de traslado e identidad del objeto.
    2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    Los presupuestos procesales son supuestos que se deben ajotar para que el proceso pueda iniciar de formal valida, además del fondo del negocio al cual se refiere el escrito según a cada caso, pero las excepciones procesales son medios de resistencia por parte del demandado para que el proceso continúe.
    3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    La audiencia previa de conciliación y excepciones procesales en primer grado se analiza la legitimación, se ser así la audiencia tiene como finalidad dar fina al proceso a través de un acuerdo entre partes de no lograrse, se dará observación a las excepciones procesales las cuales contravienen a los presupuestos y según sea el caso termine el proceso.
    4. Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Son los medios preparatorios a juicio:
    I) Medidas preparatorias a juicio (Art. 193 – 200 CPCDF)
    II) Medidas preparatorias a juicio ejecutivo (Art. 201 -2014 CPCDF)
    III) Separación de personas (Art. 205-219 CPCDF)
    IV) Preparación de juicio arbitral (Art. 220-223 CPCDF)
    V) Preliminares de la consignación (Art. 224 – 234 CPCDF)
    VI) Providencias precautorias (Art. 235 – 254 CPCDF)

    5. Explique qué se entiende por reconvención
    La reconvención es una contra demanda en la cual se invierten la calidad de los sujetos en juicio, el acto procesal es realizado por el demandante el cual exigirá pretensiones relacionada a la demanda principal

    6. Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    El allanamiento es un acto más amplio que la confesión se limita a dar por aceptado los hechos señalados por el actor en la demanda, pero el allanamiento también puede dar por aceptado por parte del demandado las pretensiones y las disposiciones legales en las que se basan las pretensiones.
    La confesión puede ser un comportamiento de forma pasiva cuando el demandado no contesta la demanda y se encuentra confeso de los hechos.
    7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

    a) Debe de ser por escrito al contestar la demanda, de tal forma que la otra parte se notificada con ella.
    b) Debe cumplir con los requisitos de forma de la demanda, debido a que cumple con el papel de un doble emplazamiento en un solo juicio
    c) Debe de haber competencia objetiva de las pretensiones del juzgado del que se trate
    d) Las pretensiones deben ser relacionadas a las de la demanda inicial
    e) Se dará plazo de 9 días para que la otra parte conteste

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  24. ALUMNA: BAUTISTA RODRIGUEZ MARLENE
    DERECHO PROCESAL CIVIL
    GRUPO: 010
    PREGUNTAS
    1.- Qué es un presupuesto procesal.
    Son los requisitos sin los cuales no se puede iniciar ni proceder un proceso, los cuales son competencia, legitimación capacidad, personalidad, aparente licitud de la pretensión, firma, copias de traslado e identidad del objeto.
    2.- Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    La demanda debe contener todos los presupuestos procesales a falta de estos, se opondrá la excepción procesal del demandado presenta frente a la demanda. Art 35 CPCDF.
    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Se busca que las partes dejen de pelear, aquí el secretario conciliador les presenta diferentes opciones para celebrar un convenio siempre y cuando estén de acuerdo las partes
    4.- Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    En la etapa prejudicial no hay litigio, puede o no existir, su función es garantizar el resultado del juicio próximo, aquí se encuentran los medios preparatorios a juicio general, previstos en los artículos 193-200 CPCDF.
    >MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO GENERAL (Arts. 193-200 CPCDF)
    Consta de 9 fracciones en las cuales se establecen las posibilidades para preparar un juicio, se promueve en primera instancia.
    >MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO (Arts. 201-204 CPCDF)
    >SEPARACIÓN DE PERSONAS COMO ACTO PREJUDICIAL (Arts. 205-219 CPCDF)
    >DE LA PREPARACION DEL JUICIO ARBITRAL (Arts.220-223 CPCDF)
    >PRELIMINARES DE CONSIGNACIÓN (Arts. 224-234 CPCDF)
    >PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS (Arts. 235-254 CPCDF)
    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Es la demanda que formula el demandado en su escrito de contestación, en contra del actor principal, se plantea una cuestión distinta a la principal, para que se resuelva en la misma sentencia del juicio principal.
    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    El allanamiento es la manifestación de conformidad de la parte demandada para cumplir las pretensiones que el actor plantea en la demanda.
    La confesión es un medio de prueba en el cual se reconoce los hechos propios dentro del proceso.
    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    1. La reconvención ha de plantearse en el escrito de contestación de demanda.
    2. Debe cumplir con los requisitos de forma de una demanda. (Art 255 CPCDF)
    3. Las pretensiones de la reconvención deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal.
    4. Debe ser la misma vía.
    5. Sólo hay un emplazamiento (demanda principal)

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  25. DERECHO PROCESAL CIVIL.
    GARCÍA MIGUEL BERENICE.
    PREGUNTAS
    1.Son las reglas o condiciones mínimas que deben cumplir ambas partes en su primer acto procesal (demanda y contestación) para que el juez pueda resolver válidamente el litigio dictando la sentencia de fondo.

    2. A falta de uno de los presupuestos procesales en en el escrito inicial (Demanda) el juez va a prevenir para que se subsane la falta o error. En caso de que el juez no se haya percatado de la falta de alguno de los presupuestos procesales y haya admitido la demanda, el demandado pueden promover las excepciones procesales en el momento de la Contestación de Demanda, dichas excepciones procesales se encuentran previstas en el art 35 CPCDF, las cuales se resolverán en la Audiencia previa de Conciliación y de excepciones (art 272 “A” CPCDF) excluyendo la excepción de la de incompetencia del órgano jurisdiccional (art. 36 CPCDF) y la de cosa juzgada que se promueve en un incidente (art. 42, párrafo 2º CPCDF).

    3.-De acuerdo con el art 272 “A” CPCDF.
    1) El juez resolverá las excepciones procesales previniendo a la parte que corresponda para que este las conteste y rinda las pruebas que considere oportunas, por el termino de tres días con el objetivo de regular o bien, depurar e proceso.
    2) El juez examinará y confirmará la legitimación procesal de ambas partes.

    4.Esta etapa que puede o no llevarse a cabo, tiene como objetivo el preparar y perfeccionar el litigo cuando existe alguna ineficiencia, para así construir y resolver válidamente el proceso jurisdiccional, en ella se encuentran a realización de:
    Medios preparatorios:
    El título V del CPCDF.
    1) Medios preparatorios a Juicio en General (art. 193-200 CPCDF)
    2) Medios preparatorios a Juicio Ejecutivo (art. 201-204 CPCDF)
    3) Separación de personas como acto prejudicial. (art. 205-2019 CPCDF)
    4) Preparación del Juicio Arbitral (art. 200-223 CPCDF). Se inicia el proceso como lo indica el Título VIII
    5) Preliminares de Consignación (art- 224-234 CPCDF) Sirven para comprobar un pago en algún juicio futuro.
    6) Providencias Precautorias (art- 235-254 CPCDF) pueden dictase cuando hay temor de que el futuro demandado se ausente u oculte sus bienes.
    +Arraigo de acuerdo con el art. 236 al 254 CPCDF para que no salga del país, por lo menos 15 días.
    +Secuestro provisional (muebles)
    +Embargo precautorio (inmuebles)

    5. Es el segundo acto procesal que tiene como posibilidad el demandado de realizar en contra del actor, lo realiza al contestar la demanda, en donde se reclaman las pretensiones relacionadas con la demanda principal.
    Es como si fuera una “Contrademanda” y debe cumplir con los requisitos de la demanda (art 255 CPCDF) y así se le da 9 días al actor para que conteste la Reconvención (art 272 CPCDF).
    6. Allanarse es una forma de resolver el litigio, es una conducta autocompositiva unilateral realizada por el demandado en donde acepta cumplir las pretensiones reclamadas por el actor, puede ser total o parcial el cumplimiento de dichas pretensiones, pero no con ello está confesando, la confesión es aceptar los hechos propios que expone el actor en la demanda, un “si” es una confesión.
    7.- Requisitos que debe cumplir la reconvención
    1) Se debe presentar al contestar la demanda, no se puede hacer después de haber contestado.
    2) Se deben promover pretensiones que tengan relación con la demanda inicial.
    3) Debe cumplir con los requisitos de demanda (art. 255 CPCDF). Así como no olvidar los documentos que deben exhibirse con estos escritos (art 95 CPCDF)
    4) Se debe presentar en la misma vía que la demanda inicial.
    5) El documento lleva el título de “RECONVENCION” para que se entienda que está reconviniendo, es decir, es un documento separado de la contestación.

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  26. Alumna: Mendoza Villafuerte Ximena Nayeli
    Derecho Procesal Civil
    1.- Un presupuesto procesal es un antecedente o requisito necesario para que un juicio tenga formalidad y validez, podríamos decir que son los requisitos mínimos para iniciar un proceso. Son las bases del proceso jurisdiccional

    2.- La excepción es el derecho del demandado ante la acción si a ésta le falta un presupuesto para fundar su proceder. A cada presupuesto corresponde una excepción procesal.

    3.- La audiencia previa de conciliación y de excepciones procesales, busca alternativas para solucionar el conflicto sin llegar al litigio. En ésta se esclarecen los presupuestos, las excepciones si es el caso y se proponen convenios que favorezcan las peticiones e intereses de ambas partes.

    4.- La etapa prejudicial contempla los medios preparatorios a juicio en general, los medios preparatorios de juicio ejecutivo, la separación de personas como acto prejudicial, la preparación del juicio arbitral, los preliminares de la consignación y las providencias precautorias.

    5.- La reconvención es lo que se conoce como “contrademanda” o la demanda que pone el demandado contra el actor. Cuando se emite una demanda, y se contesta, el demandado puede reconvenir, pero sólo si ya contestó la demanda emitida en su contra.

    6.-. En el allanamiento, el demandado acepta las pretensiones que le reclama el actor de manera parcial o total, debe ratificarlo frente al juez, pero no implica que está aceptando los hechos de la demanda, simplemente se abstiene de contestar a lo que se le reclama y acepta las consecuencias que esto le traiga. Por otro lado, la confesión es la admisión de los hechos que reclama el actor, reconociendo que los realizó.

    7.-1. Se deben promover pretensiones que tengan relación con el primer juicio
    2. Debe ser por medio de la vía ordinaria o por la misma en la que esté la primer demanda
    3. Se debe notificar la reconvención para que se pueda contestar
    4. Se hará al momento de contestar la demanda, nunca después.
    5. Se deberá cumplir con los requisitos del artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles, es decir, debe expresar el tribunal ante el que se promueve, el nombre y apellido del actor y el domicilio para recibir notificaciones, el nombre del demandado y su domicilio, el objeto que se reclame, los hechos en los que el actor funde su petición y la narración de los hechos, la clase de acción y la firma del actor o su representante legítimo.

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  27. Alumna: Lara Colmenares Minerva Itzel.
    Materia: Derecho Procesal Civil.
    Grupo: 0010.

    1. ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son las reglas del proceso, es decir, las bases del proceso para que cumpla con su finalidad (el cual es resolver un litigio).

    2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y con una excepción procesal?
    Los presupuestos procesales son requisitos esenciales para la creación de una demanda, por lo que si falta alguno se puede pedir una excepción procesal.

    3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Es aquella que se desarrolla una vez que ha sido contestada la demanda, donde se resolverán las excepciones que se hubieran expresado.

    4.Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    La etapa prejudicial consiste en 6 puntos:
    a. Medios preparatorios a juicio. (art. 193-200)
    b. Medios preparatorios a juicio ejecutivo. (art. 201-204)
    c. Separación de personas como actos prejudiciales. (art. 205-219)
    d. De la preparación del juicio arbitral. (art. 200-223)
    e. Preliminares de consignación. (art. 204-234)
    f. Providencias precautorias. (art. 235-254)

    5. Explique qué se entiende por reconvención.
    Consiste en una acción nueva realizada por el demandado frente al actor, del cual solo tiene derecho si contesta la demanda. Buscará que, dentro del mismo proceso, se incline la balanza a su favor (tomando como base la demanda inicial).
    Debe hacerse en el escrito de contestación a la demanda y se acomodará a lo que para la demanda se establece en la ley. La reconvención habrá de expresar con claridad la concreta tutela judicial que se pretende obtener respecto del actor y, en su caso, de otros sujetos.

    6. Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    En el allanamiento supone la declaración expresa de voluntad del demandado de no formular oposición, de conformarse con la pretensión planteada por el demandante, y, en consecuencia, de que se dicte sentencia, mientras que la confesión es aquella en la que una persona da por verdadero un hecho que puede producir contra ella consecuencias jurídicas.

    7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    a) Competencia.
    b) Se tiene derecho a ella una vez que se haya contestado la demanda.
    c) Se responderá a la misma pretensión o aquella (s) que tenga relación con la principal.
    d) Misma vía.
    e) Se someterá a lo establecido por el articulo 255 del CCP de la Ciudad de México.

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  28. MIRELES LIRA KAREN JOANNA
    Derecho Procesal Civil
    Grupo 0010
    1.- Un presupuesto procesal es el requisito fundamental para la valida constitución del proceso jurisdiccional.
    Estos son: Competencia, Legitimación, Personalidad, Aparente licitud de la pretensión, Documento fundatorio, copias de traslado y firma.
    2.- Una excepción procesal es el poder del demandado de oponerse a las pretensiones o en su caso a la falta de un presupuesto procesal. En resumen, su relación consiste en que si falta algún presupuesto procesal da lugar a la excepción procesal.
    Según el art.35 CPCDF son:la incompetencia del juez, litispendencia, conexidad de la causa, falta de personalidad del actor, falta de cumplimiento del plazo, improcedencia de la vía y la cosa juzgada.
    3.-Existen 2 clases de excepciones: las procesales y las sustanciales o de fondo.
    Las excepciones procesales son las que se resuelven en la Audiencia previa y de conciliación, estas se promueven contra la falta de un presupuesto procesal.
    Según el art.272A del CPCCDMX si se declaran procedentes su efectos sera: dejar a salvo el derecho para que se haga valer cuando cambien las circunstancias que afectan su ejercicio y continuar el procedimiento en la vía que se considere procedente declarando validez de lo actuado.
    La Audiencia previa y de conciliación sirve para ver la legitimación de las partes y que estas lleguen a un convenio judicial, y así resolver las excepciones procesales.
    4.- *Medios preparatorios a juicio
    *Medios preparatorios a juicio ejecutivo
    *Separación de personas como acto prejudicial
    *Preparación del juicio arbitral
    *Preliminares de consignación
    *Providencias precautorias
    5.- Acto procesal que formula el demandado en contra del actor del juicio principal, también se le puede llamar "contrademanda"
    6.- El allanamiento es el reconocimiento y la aceptación por parte del demandado, en donde cumplirá con las pretensiones que le reclama el actor, sin ninguna resistencia u oposición.En cambio, la confesión es la actitud que llevan a cabo las partes aceptando los hechos controvertidos.
    7.- *El demandado debe contestar la demanda para poder reconvenir.
    *Debe contener pretensiones relacionadas con el primer juicio.
    *Al reconvenir el demandado deberá presentar todos los documentos que funden sus excepciones o que le sirvan como pruebas en el juicio.
    *El tribunal que tramite la causa inicial debe ser competente y así poder conocer el objeto de la reconvención. No se va admitir la reconvención en vía oral.
    *Se fijara un plazo para contestar la reconvención, se trasladara inmediatamente al actor para que la conteste.

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  29. Nombre: Bernabe Cruz Leonardo
    Grupo: 0010 Hora: 11:00-12:20pm
    Materia: Derecho Procesal

    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son aquellos requisitos necesarios para dar inicio y proseguir un proceso válidamente.

    2.-¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    Podría decir que la relación o en lo que se asemejan entre es que son necesarios para validar un proceso o que se desarrolle de la mejor manero; en otras acepción, las excepciones procesales emanan de los presupuestos procesales.

    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Dar legitimación procesal
    Resolver las excepciones procesales

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Medios preparatorios.
    Medios preparatorios a juicio ejecutivo.
    Separación de personas como acto prejudicial.
    Preparación de juicio arbitral.
    Preliminares de consignación.
    Providencias precautorias.

    5.- Explique que se entiende por reconvención.
    Podríamos entenderla como la “demanda” del demandado (no es la contestación de este)

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    Allanamiento: Es el sometimiento del demandado a las pretensiones, ya sea de manera parcial o total
    Confesión: Esta es la aceptación de los hechos, y no de las pretensiones

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    Esta se plantear en el escrito de contestación de la demanda.
    Cumplir con los requisitos de la forma de la demanda previstos en el art 255 CPCCDMX (Aunque en unos requisitos cambian)
    Las pretensiones deben relacionarse entorno a la demanda principal.
    Se debe interponer ante el mismo juzgado de la demanda principal
    Debe de ir acompañado de los documentos que enmarca el artículo 95 del CPCCDMX

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  30. Alumna: Jessica Monserrat Pérez Noguez
    Grupo 0010

    Preguntas:
    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son aquellas reglas del proceso, es decir, ciertos requisitos que la ley necesita para que el juicio sea válido y posteriormente resolverlo.

    2.-¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    Los presupuestos procesales deben de cumplirse desde que se presenta la demanda. Ante la falta de uno de estos, atrae como consecuencia una excepción procesal.

    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Cuando se contesta la demanda, esta audiencia tiene como función resolver las excepciones que se presentaron en la demanda.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    1. Medios preparatorios a juicio en general
    2. Medios preparativos a juicio ejecutivo
    3. Separación de personas como acto pre judicial
    4. Preparación a juicio arbitral
    5. Preliminares de consignación
    6. Providencias precautorias

    5.- Explique que se entiende por reconvención
    Es un acto procesal que se lleva a cabo por el demandado contra el actor en la que se reclaman pretensiones en relación con la primer demanda.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    Allanamiento: cuando no se ponen obstáculos, ni resistencia, ni se causan problemas.
    Confesión: cuando las partes aceptan los hechos.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    1. Que se promuevan pretensiones que tengan que ver con la primer demanda.
    2. Se debe realizar por escrito para que el actor pueda realizar la contestación (9 días)
    3. Cumplir con los requisitos del artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
    4. Debe realizarse por la misma vía.
    5. Se realizará inmediatamente después de contestar la demanda.

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  31. Alumna: Valdivia Bazán Zaira
    Materia: Derecho Procesal Civil
    Grupo: 0010

    1.Los presupuestos procesales son requisitos con los que debe cumplir la demanda al momento de presentarse, y así poder iniciar un proceso. Estos requisitos son: competencia, legitimación, personalidad, aparente licitud de la pretensión, documento fundatorio, copias de traslado, firma, vía, capacidad procesal e identidad en el objeto.

    2. Las excepciones procesales previstas en el artículo 35 del CPCDF las podrá promover el demandado contra la falta de un presupuesto procesal

    3. Busca resolver el conflicto por medio de un convenio, de lo contrario podrán recurrir al artículo 35 del CPCDF y promover las excepciones procesales pertinentes.

    4.La etapa prejudicial consiste en:
    * Medios preparatorios a juicio
    * Medios preparatorios del juicio ejecutivo
    * Separación de personas como acto prejudicial
    * Preparación del juicio arbitral
    * Preliminares de consignación
    * Providencias cautelares

    5. La reconvención es un vehículo para mis pretensiones. Es un tipo de demanda en la cual el demandado se vuelve "actor reconvencionista" y el actor se vuelve "demandado en la reconvención".

    6.En la confesión el demandado admiten los hechos expresados por el actor en la demanda. En el allanamiento el demandado puede aceptar las pretensiones reclamadas por el actor de forma total o parcial.

    7.Requisitos:
    * La reconvención debe tramitarse a través de la misma vía que la demanda
    * Debe presentarse dentro del plazo fijado
    * Las pretensiones deben estar relacionadas a las expresadas en la demanda principal
    * Deberá cumplir con lo establecido en el artículo 255 del CPCDF
    * La reconvención debe ser emplazada

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  32. Rojas Hernandez Ricardo Antonio
    Derecho Procesal Civil grupo: 010

    1- Los presupuestos procesales son requisitos indispensables que debe de cumplir el proceso jurisdiccional para que este pueda tener validez y se pueda ejecutar una sentencia que pueda modificar la esfera jurídica de las partes.
    Las partes deben de cumplir con todos y cada uno de los prepuestos, ya que en caso de no hacerlo, el juez previene su demanda y en caso de que el juez no note la falta de un presupuesto procesal, la parte demandada podrá oponer excepciones procesales en la audiencia previa de conciliación y excepciones procesales.
    Entre los presupuestos procesales encontramos :Competencia, Legitimación, Capacidad procesal, Vía, Aparente licitud de las pretensiones, Firma, Copias de Traslado.

    2- La relación que existe entre un presupuesto procesal y una excepción procesal, consistiría en que la excepción procesal se genera a causa de la falta de un presupuesto procesal en primer lugar, por lo que que para que exista una excepción, es necesario que haya faltado algún presupuesto procesal que sea indispensable.
    Lo que es cierto es que ambos intentan que el proceso se lleve de la mejor forma, por lo que los presupuestos sirven para conducir el proceso correctamente y las excepciones para intentar arreglar las fallas que tenga.

    3- La función que tiene la audiencia previa de conciliación y de presupuestos procesales, seria dar una forma en la que el demandado pueda defenderse de la demanda del actor. Por lo que la audiencia previa de conciliación y excepciones procesales, es un mecanismos que tiene el demandado para hacerle ver al juez que no es valida la demanda del actor por la falta de un requisito indispensable del proceso.

    4- La Etapa prejudicial, es como su nombre lo dice, se realiza antes de que se comience con el juicio, ya sea para generar un documento fundatorio para así poder demandar, o pedir ciertas medidas que hagan que no estes en riesgo a la hora de comenzar el juicio.
    En esta etapa se encuentra: Medios preparatorios para a juicio en general, Medios preparatorios a juicio ejecutivo, Separación de personas como acto prejudicial, De la preparación del juicio arbitral, Preliminares de consignación, Providencias precautorias.

    5- La reconvención es la demanda que realiza el demandado en la que formula sus propias pretensiones con base en la demanda principal que es la del actor. Es un mecanismo por el cual, el actor puede darle a conocer al juez pretensiones que el considera que el juez debe tomar en cuenta para el caso.

    6- El allanamiento es una forma en la que el puede el demandado actuar en el proceso, en el allanamiento, el demandado esta de acuerdo con las pretensiones que le pide el actor en su demanda, sin oponer resistencia a ellas.
    puede allanarse de forma Parcial (solo estar de acuerdo en cumplir las pretensiones que el demandado señale), o Total (obligándoselo a cumplir con todas y cada una de las pretensiones). esto no quiere decir que el demandado acepta que el realizo o no los hechos que el actor dijo, sino que solo esta de acuerdo en cumplir con las pretensiones de este.

    En cambio la confesión, es aceptar de forma expresa o tacita hechos que estas seguro que pasaron, es decir, das una declaración de lo que consideras que fue la forma en la que aconteció un hecho, según a tu perspectiva.

    7- Algunos requisitos con los que debe de cumplir la reconvención es:
    a) Debe de formularse solo después de haber contestado la demanda principal, no se puede realizar si no se contesto con esta demanda
    b) Debe de cumplir con los requisitos de la demanda del articulo 255 del CDPCDF.
    c) Las pretensiones que pida el demandado en la reconvención deben de estar relacionadas con la demanda principal
    d) se le debe de dar vista a la pacte actora para que conteste en un plazo de 9 días hábiles
    e) debe de llevarse en la misma vía en la que se llevo a cabo la demanda principal

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  33. Cabello Sánchez Alexa Jire
    Procesal civil grupo:11:00 a 12:20


    1.-Los presupuestos procesales son los requisitos indispensables para que pueda iniciar y desarrollarse un proceso. Necesariamente deben estar contenidos en la demanda al momento de presentarla.

    2.- La relación radica principalmente; en que a falta de algún presupuesto procesal este dará como consecuencia que el demandado oponga excepciones procesales.

    3.- La audiencia previa de conciliación y de excepciones procesales,busca que el actor y el demandado lleguen a un convenio para solucionar el conflicto sin llegar al litigio.

    4.- En esta etapa se ven los medios preparatorios a juicio.
    Medios preparatorios a juicio ejecutivo.
    Separación de personas como acto prejudicial.
    Preparación del juicio arbitral.
    Preliminares de consignación.
    Providencias precautorias.

    5.-Es el acto procesal que lleva abajo el demandado contra el actor, después de contestar la demanda.

    6.-La confesión es aceptar los hechos que se le imputan al demandado, pero esto no significa que se aceptan las pretensiones del actor.
    El allanamiento consiste en que el demandado acepte las pretensiones que está exigiendo el actor, se pueden aceptar todas las pretensiones o solo una parte de ellas.

    7.-
    1.Se deben promover pretensiones que tengan relación con el primer juicio
    2. Debe ser por medio de la vía ordinaria o por la misma en la que esté la primer demanda
    3. Se debe notificar la reconvención para que se pueda contestar
    4. Se hará al momento de contestar la demanda, nunca después.
    5. Se deberá cumplir con los requisitos del artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles, es decir, debe expresar el tribunal ante el que se promueve, el nombre y apellido del actor y el domicilio para recibir notificaciones, el nombre del demandado y su domicilio, el objeto que se reclame, los hechos en los que el actor funde su petición y la narración de los hechos, la clase de acción y la firma del actor o su representante legítimo.



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  34. Alumna: Sánchez Aguilar Mercedes
    Grupo 0010
    Derecho Procesal Civil
    1.-¿Qué es un presupuesto procesal?
    Los presupuestos procesales son los requisitos sin los cuales no puede iniciarse ni desenvolverse válidamente un proceso y son, entre otros, la competencia, capacidad de las partes, legitimación procesal, personalidad, demanda regular, aparente licitud de la pretensión, firma del autor, copias de traslado.
    También puede definirse como los supuestos previos que deben existir al presentar la demanda, a fin de que pueda llegar a dictarse una sentencia de fondo.
    2.- Relación entre presupuesto y excepción procesal.
    El demandado se encuentra investido de un poder jurídico que le habilita para oponerse a la acción promovida en su contra, y esta oposición que formula el demandado frente a la demanda puede interponerla haciendo notar la falta de un presupuesto procesal, tal es el caso de las excepciones procesales.
    Sin embargo, también existen las excepciones sustanciales, en las cuales se niega que el actor tenga derecho a la pretensión que se le reclama.
    En conclusión, la relación que hay entre una excepción procesal y un presupuesto procesal, es que a falta de un presupuesto el demandado puede oponerse mediante las excepciones procesales.
    3.- Función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos.
    La Audiencia Previa de Conciliación y de excepciones procesales tiene varios fines, entre ellos se encuentra intentar la conciliación de las pretensiones y excepciones de las partes, como una forma de solucionar la controversia, evitando agotar todo el proceso y gastos y costas, es decir, se intenta llegar a un convenio. También tiene como función examinar y resolver tanto las condiciones de la acción como las excepciones y presupuestos procesales.
    Por lo tanto, la función de la Audiencia Previa de Conciliación y de excepciones procesales es resolver precisamente a las excepciones procesales que se opusieron por la falta de un presupuesto procesal y que por ello no se puede desenvolver válidamente el proceso.
    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    I. Medios preparatorios a juicio en general.
    II. Medios preparatorios del juicio ejecutivo.
    III. Separación de personas como acto prejudicial.
    IV. Preparación a juicio arbitral.
    V. Preliminares de consignación
    VI. Providencias precautorias
    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Es la demanda que formula el demandado en su escrito de contestación en contra del actor principal, planteando al juez una cuestión compatible, distinta de la formulada inicialmente, para que se resuelva en la misma sentencia del juicio principal.
    6.- Diferencia entre allanamiento y confesión.
    El allanamiento es el acto realizado por la parte demandada dentro de un proceso jurisdiccional, en el que manifiesta su conformidad en cumplir con las pretensiones que se le reclaman en la demanda formulada en su contra. Es decir, el demandado se somete a las pretensiones.
    La confesión es el medio de prueba que consiste en el reconocimiento que hace el litigante sobre hechos propios dentro del proceso y que produce efectos en todo lo que le perjudica.
    Por lo tanto la diferencia es que en el allanamiento el demandado se somete a las pretensiones que se le demandan y no se defiende, mientras que la confesión es una actitud de las partes aceptando tácitamente los hechos controvertidos. Uno es un acto del demandado y el otro es un medio de prueba.
    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    1. Se demandan diferentes pretensiones, pero deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal.
    2. Se plantea en el escrito de contestación de demanda.
    3. Debe cumplir con los requisitos de forma de una demanda.
    4. La reconvención debe de ser de la misma competencia objetiva que la demanda principal.
    5. Después de que se le da vista a la parte actora con el escrito, debe contestar en un término de 9 días.

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  35. Nombre: Cuevas Crisóstomo Tamara Vanesa
    Grupo: 0010 Hora: 11:00-12:20 pm
    Materia: Derecho Procesal Civil
    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son aquellos requisitos sin los cuales no pudiera iniciarse o desarrollarse debidamente un proceso jurisdiccional con el fin de cumplir el objetivo de este, dictar una sentencia de fondo para que el juicio sea válido. Estos se tienen que cumplir en la demanda, y son los siguientes: la competencia, legitimación, capacidad, personalidad, aparente licitud de la pretensión, firmas y copias de traslado.

    2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    Su relación recae en que la ausencia de algún presupuesto procesal conlleva a oponer excepciones procesales, estas se encuentran previstas en el artículo 35 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; los cuales podemos entender como el poder jurídico que tiene el demandado con el objetivo de oponerse al proceso alegando así que no se han satisfecho los presupuesto procesales.

    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Se realiza con el fin primordial de evitar el litigio y depurar el procedimiento, puede derivar de un arreglo o convenio entre las partes.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    • Medios preparatorios a juicio general.
    • Medios preparatorios de juicio ejecutivo
    • Separación de personas como acto prejudicial
    • Preparación de juicio arbitral
    • Preliminares de consignación
    • Providencias precautorias

    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Es el acto procesal, demanda en la cual el demandado alega pretensiones del acto principal en contra el actor, después de llevar a cabo la contestación.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    Por allanamiento podemos entender como la renuncia o sometimiento por parte del demandado a la resistencia o pretensiones del actor; mientras que, la confesión, es la aceptación que realizan las partes sobre los hechos controvertidos.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    - Las pretensiones que se promuevan deben estar directamente relacionadas con la demanda principal.
    - Se tiene que estar notificado de la reconvención para tener un plazo (9 días) y contestar.
    - No debe haber vías diferentes, estas serán determinadas por las pretensiones.
    - Se deben cumplir con los requisitos del artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
    - Se debe realizar inmediatamente después de contestar la demanda.

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  36. Alumno: Vazquez Rosas Donovan Jafet
    Materia: Procesal Civil
    PREGUNTAS.
    1. Son las directrices, reglas o bases de todo proceso para cumplir su objetivo, (resolver el litigio) a fin de que se pueda dictar una sentencia de fondo y el juicio sea válido.

    2. Precisamente cuando no hay o no se cumple como se debe con uno de los presupuestos procesales, las excepciones se pueden interponer en ese punto y hacer notar la falta de estos elementos indispensables para demanda. Se oponen las excepciones en la contestación a la demanda justo después de responder a los hechos.

    3. La función o fin primordial de la Audiencia Prevía de Conciliación es evitar el litigio o limitar su objeto y depurar el procedimiento. Favorece el principio de la justicia pronta y expedita además depura la litis, centrando el pleito de manera específica. Puede derivar en un arreglo, un convenio procesal entre las partes, que será preparado y propuesto por un conciliador adscrito al juzgado y si los interesados llegan a un convenio el juez lo aprobará si procede legalmente.

    4. Etapa prejudicial (se puede dar en cualquier juicio).

    Medio preparatorios a juicio en general. Dentro del contenido de la demanda, es poseer el contenido adecuado para la misma.

    Medios preparatorios a juicio ejecutivo.Acumulación de pruebas para respaldar el juicio, demanda, sin iniciar un proceso aún en realidad.

    Separación de personas como acto pre-judicial.El juez autoriza la separación con el fin de poder demandar acreditando otro domicilio al iniciar el proceso.

    De la preparación del juicio arbitral. El arbitraje de conviene por las partes, ellos pueden elegir al árbitro o al llevar el inicio del arbitraje a juicio, el juez únicamente determina quién va a ser el árbitro.

    Preliminares de consignación. Son formas de evitar sanciones por incumplimiento atraves del juzgado, por ejemplo los pagadores de renta y se le notifica al acreedor que el Estado tiene su pago.

    Preliminares precautorias. Se promueven cuando por ejemplo no se recibe el pago del arrendamiento por el acreedor, se elabora un escrito estilo demanda para comenzar el pago en el juzgado atraves de la Nacional Financiera.

    5. Se puede denominar como la demanda del demandado, se concentra en el art. 255. Es la demanda contra las pretensiones del juicio principal. Si no se contesta la demanda no se puede reconvenir. Acción procesal del demandado que lleva acabo contra el actor. Pretensiones que quiere hacer valer contra el actor en el juicio principal. Se lleva acabo inmediatamente después de la contestación.

    6. La contestación versa sobre todo el contenido de la demanda y se pueden aceptar o no los hechos ahí plasmados, además de muchas otras acciones que puede llevar acabó el demandado al contrastar y el allanarse significa no oponer obstáculos o problemas, no resistirse a cumplir las pretensiones de la demanda. El allanamiento puede ser parcial, en tal caso se señala qué del total de las pretensiones se cumplirán y el resto sigue en juicio; o puede ser total en cuyo caso cumplirá con todas las pretensiones.

    7. - Legitimación
    - Capacidad
    - Personalidad
    - Firma
    - Copias de traslado.

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  37. Nombre: Torres Alquicira Bryan Santiago
    Grupo: 0010
    Materia: Derecho Procesal Civil

    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
    R=Básicamente son los supuestos previos que ha de contener dicho escrito para iniciar válidamente un proceso jurisdiccional y pueda llegarse a dictar una sentencia de fondo.
    2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    R= La falta de un presupuesto acarrea que se pueda oponer una excepción procesal ya que estos últimos son el poder de resistencia del demandado con respecto a las pretensiones del actor.
    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa de Conciliación y de Excepciones Procesales respecto de los presupuestos?
    R= Se les exhorta a las partes a que deja dejen de pelear, así como proponerle varias alternativas, además se podrán resolver aquí los presupuestos procesales.
    4.-Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase
    R=
    a. Medios preparatorios a juicio.
    b. Medios preparatorios a juicio ejecutivo.
    c. Separación de personas como actos prejudiciales.
    d. De la preparación del juicio arbitral.
    e. Preliminares de consignación.
    f. Providencias precautorias.

    5.- Explique qué se entiende por reconvención
    R= Es la demanda del demandado, es el acto procesal que realiza contra el actor, después de contestar la demanda, en la que reclama pretensiones relacionadas con la demanda principal.
    6.- Señale cual es la diferencia entre allanamiento y la confesión
    R=Allanarse es la conducta propia del demandado cuando este acepta las pretensiones del actor y la confesión es cuando el demandado admite los hechos afirmados por el actor.
    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla interpuesta
    R=
    a) El juzgado debe ser de la misma competencia objetiva
    b) Se plantea en el escrito de contestación de demanda
    c) Se hará al momento de contestar la demanda y nunca podrá hacerse después.
    d) Si se demandan diferentes pretensiones, deben tener que ver con la demanda principal.
    e) Después de que se le da vista a la parte actora con el escrito, debe contestar en un término de 9 días.

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  38. Nombre: Barbosa Rodríguez Rosa Aline
    Grupo 0010
    horario 11:00-12:20
    Materia: Derecho procesal civil


    1.- Que es un presupuesto procesal:
    Son aquellos elementos que deben estar escritos en la demanda, los cuales son de suma importancia para poder efectuar o validar e iniciar el proceso, los cuales son la legitimación, identidad del objeto, capacidad, personalidad, aparente licitud de la pretensión, firma, copias de traslado.

    2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    En caso de que falte algún elemento de los presupuestos procesales, el demandado al realizar la contestación opondrá excepciones procesales

    3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    El objetivo de dicha audiencia es llegar a un convenio en donde el conciliador planteará diferentes alternativas de solución, de manera que las dos partes no salgan perjudicadas y así poder dar fin al litigio. Dicho convenio deberá de ser aprobado por el juez, y se considerará como cosa juzgada.

    Si se da la situación en donde ninguna de las partes logren efectuar el acuerdo, entonces se continuará con el litigio.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Medios preparatorios a juicio en general- art. 193-200 CPCDF
    Medios preparatorios a juicio ejecutivo-art. 201-204 CPCDF
    Separación de personas como acto prejudicial-art. 205-219 CPCDF
    Preparación del juicio arbitral. Art. 200-223 CPCDF
    preliminares de conciliación. Art. 204-234 CPCDF
    Providencias precautorias. Art. 235-254 CPCDF

    5.- Explique que se entiende por reconvención.
    También conocida como contrademanda, es el acto que efectúa el demandado contra el actor posteriormente de contestar la demanda, y contiene aquellas pretensiones que tienen relación con lo escrito en la demanda principal.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    Allanamiento: el demandado asume, admite sin oponer resistencia la pretensiones hechas por el actor.
    Confesión: el demandado reconoce solamente algunos hechos afirmados por el actor.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

    1.Debe plantearse en la contestación de la demanda
    2.Cumplir con los mismos requisitos de forma de la demanda
    3. La parte actora deberá contestar en los próximos 9 días hábiles
    4. Debe ser interpuesta en el juzgado de la misma competencia
    5. Todo lo que se pretenda en la reconvencional deberá estar estipulado/mencionado en la demanda principal

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  39. Garduño López Tania Alejandra
    Derecho procesal civil
    11:00- 12:20

    1. ¿Qué es un presupuesto procesal?
    - Son las bases de un proceso jurisdiccional, requisitos que debe de tener la demanda desde el momento en que se presenta, con el fin de cumplir un objetivo: resolver el litigio. Para que se pueda dictar una sentencia de fondo.
    Son: competencia, legitimación, personalidad, capacidad, vía, aparente licitud de la pretensión, firma, copia de traslado, identidad del objeto.

    2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    - A falta de un presupuesto procesal, como requisito para que el juicio inicie válidamente, el demandado podrá oponer una excepción procesal.

    3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa de Conciliación y Excepciones Procesales?
    - El conciliador del juzgado va a invitar a las la partes a resolver el litigio con soluciones alternas, si se llega a un convenio, debe ser aprobado por el juez y elevarse a calidad de cosa juzgada.
    Cuando no se llegue a un convenio la ausencia proseguirá y las excepciones interpuestas por las partes se analizarán.

    4. Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial vista en clase.
    -Es una etapa que se desenvuelve antes de que comience el juicio, puede o no existir. Se promueven antes el proceso jurisdiccional, para prepararlo, o cuando no se cuenta con algún instrumento indispensable para proceder con el juicio.
    Se encuentran contenidos en el título V del CPCDF
    Son:
    Medios preparatorios del juicio en general (193- 200)
    Medios preparatorios del juicio ejecutivo (201- 204)
    Separación de personas como acto prejudicial (205- 219)
    De la preparación del juicio arbitral (220- 223)
    De los preliminares de consignación (224- 234)
    De las providencias precautorias (235- 254)

    5. Explique qué se entiende por reconvención.
    - El escrito por medio del cual el demandado plantea sus pretensiones en contra del actor, que solo pueden tener un contendido relacionado a la demanda. Es una nueva cuestión litigiosa de un proceso preexistente.

    6. Señale la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    - El allanamiento se refiere a él no resistirse a las pretensiones imputadas al demandado.
    - Es la aceptación de hechos propios imputadas por la parte contraria.

    7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    - Debe tramitarse por la misma vía.
    - Contestarse en un plazo de nueve días.
    - Plantearse en el escrito de contestación a la demanda.
    - Cumplir con los requisitos de una demanda, art. 255.
    - Pretensiones en relación a la demanda principal.

    Lindo día profesora, espero que se encuentre bien 😀

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  40. Perla Luciano de la Rosa
    Derecho Procesal Civil
    Grupo 0010

    1.- Que es un presupuesto procesal.
    Son las condiciones y/o requisitos que son exigidos por la Ley para dar validez a un juicio.
    2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    La excepción procesal será una expresión de defensa por la parte demandada dado que fue omitida por la parte actora.
    3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    La audiencia previa de conciliación tiene como finalidad reducir el número juicios, lo anterior a partir de convenios generados entre las partes involucradas siempre y cuando éstos se encuentren dentro del marco legal, además de que se busca estos sean más cercanos a sus necesidades y circunstancias particulares con el objeto de que sus cláusulas tengan mayor posibilidad de cumplimiento voluntario. Además de ser el momento en que se han de resolver las excepciones procesales que expresé el demandado ante la inexistencia de presupuestos procesales.
    4.- Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Es una etapa la cual puede o no existir de acuerdo a las características de las pretensiones y su contenido e implementación esta expresado en el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal de la siguiente manera:
    A) Medios preparatorios a juicio en general (Art: 193-200)
    B) Medios preparatorios a juicio en ejecutivo (Art: 201-204)
    C) Separación de personas como acto prejudicial (Art: 205-219 )
    D) Preparación al juicio arbitral (Art: 220-223 )
    E) Preliminares de consignación (Art: 224-234 )
    F) Providencias Precautorias (Art: 235-254)

    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Reconvención son las pretensiones que se relacionan al juicio que son consideradas por el demandado como necesarias para resolverse en el mismo juicio y que han sido omitidas por la parte actora en su demanda principal.


    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.

    El allanamiento es la expresión estar de acuerdo con las pretensiones que se señalen en la demanda o en la reconvención, mientras que la confesión hace referencia al reconocimiento y veracidad de los hechos.
    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

    Es necesario complementar los requisitos prescriptos para el escrito de demanda en cuanto a la exposición de los hechos, derecho, cosa demandada, petición y prueba documental.
    Deducirla en el mismo escrito de la contestación de demanda.
    El tribunal que interviene en la demanda principal debe tener competencia para conocer de la reconvención, o ser admisible la prórroga de competencia. El juez debe ser competente por razón de materia para las dos pretensiones prescindiendo de distinguir las materias civil y comercial.
    Que sea susceptible de ventilarse por los mismos trámites de la demanda principal, por razones de orden procesal.
    Que derive de la misma relación jurídica o sea conexa con la pretensión originaria y que se funde en un interés directo del reconviniente en contra del actor.
    Para que la demanda de reconvención produzca efectos no es necesario que se desestimen las pretensiones de la demanda inicial. Es decir, la demanda de reconvención no tiene que atacar directamente la demanda inicial, de modo que al final, el juez, decidirá sobre ambas demandas sin que una excluya a la otra.

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  41. Gutiérrez Mata Xóchitl Jacqueline.
    Derecho Procesal Civil
    0010
    1.- ¿Que es un Presupuesto Procesal?
    Son los supuestos previos que ha de contener dicho escrito de la demanda al momento de que se presenta a la oficialía de partes común de que se trate, para iniciar válidamente un proceso jurisdiccional para que se dicte una sentencia de fondo. Sin ellos no se puede iniciar o desenvolverse válidamente un proceso.
    2.- ¿Qué relación existe entre un Presupuesto Procesal y una Excepción Procesal?
    En el momento en que el demandado opone una excepción procesal a causa de la falta de un Presupuesto Procesal en el escrito de la demanda para que este pueda desenvolverse válidamente. Si el Juez no se da cuenta de la falta de un Presupuesto Procesal el Demandado lo hará oponiendo sus excepciones.
    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa de Conciliación y de Excepciones Procesales respecto de los presupuestos?
    Con la finalidad de que un conciliador del juzgado proponga a las partes diversas alternativas que les sean favorables para llegar a una solución y ponerle fin al litigio. Sin necesidad de prolongarlo más tiempo exhortando a las partes a que pongan un alto a sus discusiones, se celebre un convenio, se dicten las clausulas y finalmente concluir con el litigio. El mismo convenio debe ser aprobado por el juez y ser elevado a la calidad de cosa juzgada. Siendo también este el momento en el que se resuelven las excepciones procesales planteadas por el demandado a causa de la inexistencia de Presupuestos Procesales. En caso de que no se llegue a dicho convenio, la audiencia proseguirá y las excepciones interpuestas se analizarán previamente.
    4.- Diga cuál es el contenido de la Etapa Prejudicial visto en Clase.
    A. Contiene los medios preparatorios a juicio.
    Son procedimientos prejudiciales, que son promovidos ante un proceso jurisdiccional, para prepararlo o cuando no se cuenta con el documento fundatorio.
    B. Actos Prejudiciales.
    Se deben considerar como actos o requisitos jurídicos que puede o debe realizar una de las partes, generalmente el futuro demandante para iniciar con eficacia un proceso posterior.
    Se encuentran contenidos en el título V del CPCDF, los cuales son:
    • Medio preparatorios del juicio en general (artículos 193 al 200)
    • Medios preparatorios del juicio ejecutivo (artículos 201 al 204)
    • Separación de personas como acto prejudicial (artículos 205 al 219)
    • De la preparación del juicio arbitral (artículos 220 al 223).
    • De los preliminares de consignación (artículos 224 al 234)
    • De las providencias precautorias (artículos 235 al 254)
    C. Separación de personas como acto prejudicial.
    La persona que promueva la demanda, denuncia o querella contra el demandado deberá solicitar su separación ante el Juez, pudiendo ser escrito o verbal expresando las causas y presentando copia certificada de las actas respectivas.
    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Acto principal del demandado que lleva a cabo contra el actor en la que reclama pretensiones de acuerdo con la demanda principal.
    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    El allanamiento es un acto procesal en el que el demandado reconoce, se conforma y no formula oposición expresamente ante la procedencia de la acción promovida por el actor (sus pretensiones) y la confesión es el reconocimiento expreso y tácito del el demandado sobre los hechos que el actor promovió.
    7.-Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para terna por interpuesta.

    -Las pretensiones de la reconvención deber tener relación con las pretensiones de la demanda principal.
    - Debe plantearse en el escrito de contestación de la demanda. No después.
    -Debe contener los mismos requisitos de forma y fondo que la demanda plasmados en el articulo 255 del Código de Procedimientos Civiles.
    - El juzgado en el que se presente la reconvención debe de ser de la misma competencia objetiva de acuerdo al asunto que pretende desenvolverse.
    -La parte actora cuenta con 9 días hábiles para contestar la reconvención.

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  42. Varela Cuellar Sayra Mariana
    DERECHO PROCESAL CIVIL
    Grupo: 0010
    PREGUNTAS
    1.- Que es un presupuesto procesal.
    Son los requisitos para cumplir la forma de la demanda al momento de su presentación ante la oficialía de partes común para que así el juicio sea válido.

    2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    En que en la falta de uno o varios presupuestos procesales trae como consecuencia que el demandado presente una reconvención señalando las excepciones procesales de las mismas.

    3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    En caso de que se llegue a conseguir una audiencia previa de conciliación, el conciliador será el encargado de presentar opciones para solucionar las excepciones procesales que se hayan interpuesto para así llegar a un convenio.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    *Medios preparatorios a juicio en general
    *Medios preparatorios del juicio ejecutivo.
    *Separación de personas como acto prejudicial.
    *Preparación al juicio arbitral.
    *Preliminares de consignación.
    *Providencias precautorias.

    5.- Explique que se entiende por reconvención.
    Acto procesal del demandado que lleva a cabo en contra del actor, exigiendo sus pretensiones o señalando excepciones procesales.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    En el allanamiento el demandado acepta las pretensiones y el cumplimiento de las obligaciones que hayan surgido de estas sin ningún resistimiento, mientras que en la confesión solo acepta o confiesa los hechos ocurridos.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    *Debe tener la misma forma que la demanda
    *Debe ser la misma vía
    *Sólo la puede hacer el demandado
    *Debe estar integrada en la contestación de la demanda
    *Las pretensiones del demandado deben ser con respecto a la litis principal.


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  43. ALUMNA: PEÑA ORTEGA NATALIA
    GRUPO: 0010
    1. Son una serie de requisitos que debe reunir el actor para que el juez pueda darle entrada a la demanda, a falta de estos el juez previene para que pueda subsanarse la falta de los mismos.
    2. Cuando hay una falta de presupuesto y el juez le dio entrada a la demanda porque no se dio cuenta, el demandado puede oponer una excepción procesal por falta de alguno de los presupuestos.
    3. En esta audiencia se resuelven las excepciones procesales.

    4. Esta etapa puede existir o no en cualquier juicio y sus contenidos son medios preparatorios a juicio en general, medios preparatorios a juicio ejecutivo, separación de personas como acto prejudicial, preparación del juicio arbitral, preliminares de consignación y providencias precautorias, es preciso recordar que en esta etapa aún no hay litigio porque esta fuera del juicio.

    5. Es una contrademanda, es la demanda del demandado contra al actor principal del juicio, aquí el demandado reclama pretensiones contra la demanda principal.

    6. El allanamiento se refiere a que el demandado acepta las pretensiones y admite que va a cumplir con ellas, no pone obstáculos, puede allanarse total o parcialmente mientras que la confesión es cuando las partes aceptan los hechos controvertidos.

    7. Requisitos:
    1. Solo puede reconvenir si contesta la demanda del actor.
    2. Las pretensiones que se promueven en esta contrademanda deben tener relación con el juicio principal.
    3. Debe llevarse en la misma vía que el juicio principal.
    4. Son dos juicios que se llevan juntos pero hay un solo emplazamiento.
    5. Se hace dentro del escrito de la contestación a la demanda principal.

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  44. ¡Buenas tardes profesora!
    Alumno: Sarmiento Castellanos Fernando Alberto
    Materia: Derecho Procesal Civil
    Grupo: 0010 LMV 11:00 – 12:20 hrs.
    PREGUNTAS
    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Un presupuesto procesal son todas aquellas directrices o guías que sigue un proceso jurisdiccional con el objetivo de llegar a su principal fin, que es dirimir una controversia, resolver un litigio. Deben de ir expresas al momento de la presentación de una demanda, de lo contrario esta puede ser prevenida por el juez.

    2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    Las excepciones procesales se relacionan directamente con los presupuestos procesales, ya que, la simple falta de estos últimos suele ir siempre acompañada por una excepción procesal opuesta por la parte demandada en un litigio.

    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    La Audiencia Previa, de Conciliación y de Excepciones Procesales, contemplada en el artículo 272 A del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (CPCDF) tiene 3 principales funciones:
    -Para analizar la legitimación procesal de las partes.
    -Para que les sean propuestas a las partes formas alternativas de solución de controversias y estas lleguen a un acuerdo.
    -Para dar resolución a las excepciones procesales, siendo este el punto que se relacionada, nuevamente, con los presupuestos procesales.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Esta etapa es previa al juicio y en ella no hay litigio. También puede darse o no en cualquier juicio. En ella se contienen principalmente:
    1) Medios preparatorios a juicio. (Arts. 193-200 CPCDF)
    2) Medios preparatorios a juicio ejecutivo. (Arts. 201-204 CPCDF)
    3) Separación de personas como acto prejudicial. (Arts. 205-219 CPCDF)
    4) De la preparación del juicio arbitral. (Arts. 220-223 CPCDF)
    5) Preliminares de la consignación. (Arts. 224-234 CPCDF)
    6) Providencias precautorias. (Arts. 235-254 CPCDF)

    5.- Explique, ¿qué se entiende por reconvención?
    La reconvención es aquel acto que realiza el demandado y consiste en una demanda que contesta a aquella realizada primeramente por el actor. En ella se contemplan las pretensiones del demandado que se relacionan con la demanda principal.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    El allanamiento consiste en la asunción de las pretensiones del actor por parte del demandado, quien se compromete a cumplirlas por medio de un escrito y no se resiste a las mismas. La confesión es una actitud que asume cualquiera de las partes y que consiste en una aceptación tácita o expresa de los hechos sobre los que versa el litigio. Se diferencian porque en el allanamiento se acepta el cumplir las pretensiones, más no necesariamente los hechos que originaron el litigio.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    I. Debe estar planteada por escrito.
    II. Las pretensiones que reclame el demandado en la misma deben estar relacionadas con la demanda principal.
    III. El juzgado donde se presente debe tener la misma competencia objetiva.
    IV. Debe cumplir con todos los requisitos de forma de una demanda.
    V. Se debe realizar específicamente al contestar la demanda y jamás después de la contestación.
    ¡Muchas gracias profesora! Siga pasando buen día y cuídese mucho. Saludos.

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  45. Buenas tardes Profesora, espero se encuentre bien.
    Alumno: Godinez Guzmán Bruno Daniel
    Derecho Procesal Civil
    Grupo: 010
    Horario: 11:00 AM – 12:20 PM
    PREGUNTAS
    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son los requisitos que deben cumplirse en el momento de ejercitar las partes su derecho de acción o de defensa para que el juez pueda entrar a conocer del objeto del proceso o fondo del asunto y que condicionan tanto su admisibilidad como la validez de la sentencia por la que se resuelva el conflicto jurídico material planteado.
    2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    El presupuesto da pie a que todas aquellas deficiencias o errores que posee se hagan notar a través de las excepciones, las cuales se oponen en la contestación que formula el demandado.
    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    El objetivo principal de esta etapa es exhortar a las partes para que dejen el litigio, para ello se les propone diversas opciones para ver si dentro de estas encuentran aquella que más les complazca para la celebración del convenio.
    4.- Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    La finalidad de la etapa prejudicial es el preparar todos los presupuestos procesales para dar inicio al juicio. Estos son:
    • Medio preparatorios a juicio en general. Pruebas que el actor y el demandado necesitan llevar a cabo antes de iniciarse el juicio, para que este proceda legalmente o para afianzar mejor sus derechos
    • Medios preparatorios a juicio ejecutivo. Confesión judicial del deudor que implica el reconocimiento de la deuda en disputa ante la autoridad pertinente.
    • Separación de personas como acto prejudicial. Solicitud que se realiza de manera verbal o escrita ante el Juez de lo Familiar para que, dadas las circunstancias, se separe a un cónyuge o menores de edad.
    • De la preparación del juicio arbitral. Cuando las partes desean someter sus diferencias ante un árbitro.
    • Preliminares de consignación. Serie de actos llevados a cabo ante la autoridad judicial, mediante los cuales el deudor solicita al tribunal, cite a su acreedor para que reciba el pago que le ofrece.
    • Providencias precautorias. Actos procesales que pretenden asegurar el resultado práctico de la pretensión, garantizando la existencia de bienes sobre los cuales haya de cumplirse la sentencia judicial que se dicte en un proceso.

    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Acto procesal del demandado que se lleva a cabo en contra de quien demanda para así exigirle pretensiones que están ligadas a la primera demanda que se llevó a cabo. La podemos entender también como una “contrademanda”.
    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    El allanamiento es la aceptación parcial o total por parte del demandado de las pretensiones de quien lo demanda, en cambio, la confesión surge durante el procedimiento de la demanda en la cual el demandado admite los hechos de los cuales habla el actor.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    1. Debe plantearse de manera escrita en la contestación de la demanda
    2. Cumplir con los mismos requisitos de forma que cualquier otra demanda
    3. Quien promueve deberá contestar en los próximos 9 días hábiles
    4. Debe ser interpuesta en el juzgado de la misma competencia
    5. Todo lo que se pretenda en la contrademanda debe de estar relacionado conforme a lo disputado en la primera demanda.

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  46. CUESTIONARIO

    1.- Que es un presupuesto procesal.
    Son las directrices y bases del proceso. Ambas partes deben de cumplir con los presupuestos procesales pues estos se requieren para brindarle validez al juicio, el juez deberá prevenir si falta algún presupuesto.

    2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    Cuando un juez no previene la falta de un presupuesto, el demandado puede imponer excepciones procesales con relación a ésto

    3.-¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    -analizar la legitimación procesal de las partes.
    -que les sean propuestas a las partes formas alternativas de solución de controversias y estas lleguen a un acuerdo.
    -dar resolución a las excepciones procesales, siendo este el punto que se relacionada, nuevamente, con los presupuestos procesales.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Esta etapa puede o no existir, es una etapa que se lleva a cabo antes del litigio y sirve para dar inicio a éste
    . Está formada por:
    • Los medios preparatorios a juicio.
    • El juicio ejecutivo.
    • La separación de personas.
    • La preparación del juicio arbitral.
    • Las preliminares de conciliación.
    • Las providencias precautorias.


    5.- Explique que se entiende por reconvención.
    Podemos definirla como el acto que ejerce el demandado después de la contestación, la reconvención funciona como una demanda y está compuesta de pretensiones relacionadas con la demanda original.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    En el allanamiento, el demandado declara expresamente su voluntad de aceptar parcial o totalmente a las pretensiones de la parte activa antes de que inicie el litigio, al no existir oposición, se dicta sentencia. En la confesión solo se dan por verdaderos los hechos planteados.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

    • Al tratarse de una nueva demanda deberá de cumplir con los requisitos del artículo 255 del CPCDF.
    • Debe ser interpuesta en el juzgado de la misma competencia
    • Sus pretensiones deben de relacionarse con las de la demanda principal.
    • Debe de interponerse en la misma vía que la demanda principal.
    • Debe de ser por escrito, inmediatamente después de la contestación.

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  47. Alumna: Seemann Martínez Shaury Mireya
    Grupo: Procesal civil 11:00-12:20
    PREGUNTAS
    1.- Que es un presupuesto procesal.
    Un presupuesto procesal es un requisito necesario exigido por ley para que pueda ser válido un proceso. Son condiciones que deben existir para que un juez pueda emitir la sentencia. Estos deben ser observados antes de que surja el proceso.

    2.- Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    Cuando falta un presupuesto procesal, se da lugar a una excepción. Esta puede ser por falta de capacidad, incompetencia, etc. Estas deben ser resueltas en la primera audiencia previa de conciliación y de excepciones procesales.
    Cuando hay una excepción en el modo en el que se efectuó la demanda, esta puede no ser admitida y no nacerá el proceso.

    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    La función de la audiencia previa, de conciliación y excepciones procesales es intentar llegar a un acuerdo, que dejen de pelear para poder llegar a un convenio, esto es para evitar llegar a juicio y que haya una sentencia. Respeto a los presupuestos, las cuestiones de la competencia y las excepciones procesales se van a analizar en esta audiencia previa de conciliación y de excepciones procesales.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    -medios preparatorios a juicio
    - actos prejudiciales
    -separación de personas como acto prejudicial

    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Es un acto que lleva a cabo el demandado contra el actor. Este se efectúa después de contestar la demanda, en la que va a reclamar pretensiones relacionadas con la demanda principal. Es una contrademanda que va a tener efectos en la misma sentencia.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión
    El allanamiento y la confesión tienen en común que ambas reconocen los hechos de la demanda, la diferencia es que el allanamiento se refiere a la pretensión, es decir, a la procedencia de la pretensión y como el derecho lo protege, independientemente de la justificación de los hechos.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

    La reconvención debe cumplir con los requisitos de forma de una demanda y las pretensiones de la reconvención deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal, es decir:
    1) El nombre del demandado y su domicilio
    2) El objeto que se reclama
    3) Los hechos en que el actor funde su petición, los cuáles se fundarán en documentos que tengan relación con el hecho, además de narrar los hechos con claridad.
    4) Principios jurídicos aplicables
    5) Nombre de los testigos que hayan presenciado los hechos
    Estos están establecidos en el artículo 255 del código de procedimientos civiles del distrito federal


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  48. Fernanda Aime Ayala Ramírez Horario 11:00 -12:20 P.m.

    1. ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son los requisitos establecidos por la ley, que se deben cumplir de manera estricta y que son indispensables para que se inicie y se desarrolle un proceso jurisdiccional y de esta manera se pueda resolver el litigio de manera correcta llegando a una sentencia dictada por un juez competente.

    2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto procesal y una excepción procesal?
    la relacion entre Los presupuestos procesales (competencia, via, legitimacion, personalidad, aparente licitud de la pretension, las copias de traslado y la firma) y la excepción procesal es que cuando el demandado ya ha sido emplazado pero se da cuenta que falta algún presupuesto procesal para que el juicio realmente sea valido, promueve alguna excepción establecida en el artículo 35 CPCDF dependiendo el caso concreto en la contestación de la demanda. Ejemplo: Me demanda Juanito el cual tiene 15 años, como es menor de edad no tiene capacidad de ejercicio, por lo que en la contestación de la demanda promuevo la excepción por falta de capacidad.
    3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?

    De acuerdo al Articulo 272 A,la función de La audiencia previa de conciliación y excepciones procesales, consiste en que se analice la legitimación de las partes que es un presupuesto procesal) y para que las partes puedan llegar a un convenio a través del conciliador, el cual, da una serie de propuestas para que las partes lleguen a un acuerdo, y ademas otra de las funciones es que se resuelvan las excepciones procesales.
    4. 4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Esta parte del juicio no es litigiosa, y se llama prejudicial porque aparece ANTES de juicio y puede existir o no, esta etapa contiene varias pasos:
    1) Medios preparatorios (Artículo 193- 200 del CPCDF)
    2) Medios preparatorios a juicio ejecutivo (Artículos 201-204 CPCDF)
    3) Separación de personas (Art. 205-219 CPCDF)
    4) Dela preparación de juicio arbitral (Art 220-223 CPCDF)
    5) Preliminares de consignación (Art. 224-234 CPCDF)
    6) Providencias precautorias (Art. 235-254 CPCDF)

    5.Explique que se entiende por reconvención
    Primeramente si no hay contestación de la demanda, no se puede reconvenir, así pues, la reconvención es un acto derivado del demandado, para demandar ciertas pretensiones al actor principal, las pretensiones tienen que ser sobre el mismo tema del litigio. Se puede decir que es la demanda del demandado hacia el actor, pero con el nombre "Reconvención". Entonces, demanda y reconvención se promueven ante el mismo juez y los dos se resuelven en el mismo juicio.

    6.Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión
    El allanamiento consiste en no oponerse a la demanda y cumplir con las pretensiones. No se refiere a allanarse a la demanda, porque en realidad se allana a las pretensiones, el allanamiento puede ser parcial (Solo acatar ciertas retenciones) o total (allanarse a todas las pretensiones) y en la confesión solo darán por verdad los hechos, a través de preguntas hechas por el articulante y el absolvente resuelve, las preguntas se denominan posiciones, al final se hace una calificación del pliego de posiciones.
    7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta

    I. Que las pretensiones en la reconvención tengan relacion con el primer juicio
    II. Se debe promover en las misma vía ej: vía oral civil.
    III. Se promueve al contestar la demanda y nunca después
    IV. Debe cumplir con los requisitos que establece el CPCDF en el artículo 255.
    V. Solo se emplaza en la demanda, en la reconvención no se emplaza al actor principal, pero cuando se entera de la reconvención tiene un plazo de 9 días para responder.

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  49. Pérez Carrillo Areli Paola
    Derecho procesal civil
    LMV 11:00 - 12:20
    1.- Que es un presupuesto procesal.
    Los requisitos mínimos para iniciar un proceso jurisdiccional

    2.- Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    Que si no se cumplen con los presupuestos procesales el juez va a prevenir, pero si no se da cuenta, el demandado puede interponer una excepción

    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    En esta audiencia el juez les propone a las partes varias alternativas para solucionar el conflicto, si no se llega a ningún convenio, la audiencia continua y se revisan las excepciones que se hayan hecho valer.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    - medios preparatorios a juicio.
    - medios preparatorios a juicio ejecutivo.
    - separación de personas.
    - preparación del juicio arbitral.
    - preliminares de conciliación.
    - providencias precautorias.

    5.- Explique qué se entiende por reconvención.
    Es un acto procesal que lleva a cabo el demandado en contra del actor principal después de contestar la demanda, las pretensiones tienen que ver con la demanda principal
    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    El allanamiento es el sometimiento del demandado a las pretensiones del actor y la confesión es aceptar los hechos, pero no las pretensiones

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    Debe cumplir con los requisitos que se establecen en el 255 CPC
    Debe plantearse en el escrito de contestación de la demanda
    Las pretensiones deben estar relacionadas con las pretensiones de la demanda principal
    Solo se admitirá si el juzgado es de la misma competencia objetiva
    Debe presentarse en la misma vía que la demanda principal

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  50. Buenas noches Profesora
    Alumna: Ivonne Abigail De los Santos Monroy
    Materia: Derecho Procesal Civil
    Grupo: 0010

    1° ES la base (o reglas) de un proceso jurisdiccional que la ley establece con el fin de resolver el litigio.

    2° La falta de alguno de los presupuestos procesales,da pie a que la parte demandada se oponga, presentando en la contestación de la demanda las excepciones procesales establecidas en el art. 35 del CPCDF

    3° Analiza la legitimación de las partes y resuelve las excepciones procesales, para que las partes puedan llegar a un convenio.

    4° Medios preparatorios del juicio general (Art. 193-200)
    Medios preparatorios del juicio ejecutivo (Art. 201-204)
    Separación de actos de personas como acto prejudicial
    (Art. 205-219 (derogado))
    De la preparación del juicio arbitral
    (Art. 220-223)
    De los preeliminares de consignación
    (224-234)
    De las providencias precautoria
    (235-254)

    5° Reconvención: ES la demanda que interpone el demandado después de recibir la demanda, esta va en contra del actor.

    6° La diferencia entre el allanamiento y la confesión, es en el primero se aceptan las pretensiones, mientras que en el segundo el demandado acepta los hechos narrados por la parte actora.

    7° Debe ser la misma competencia
    Se plantea en la contestación de la demanda
    Debe cumplir con los requisitos de una demanda.
    Las pretensiones de la reconvención deben tener
    relación con las pretensiones de la demanda original.
    La demanda debe estar emplazada.





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  51. Nombre: Kevin Ali Carrillo Reyes
    Materia: Derecho Procesal Civil
    Horario: 11:00 - 12:20
    Grupo: 0010

    1. Qué es un presupuesto procesal
    Son los cimientos del proceso jurisdiccional, esas bases necesarias para que pueda cumplir su objetivo que es resolver el litigio, ambas partes tanto la actora como la demandada van a tener que cumplir con esto para que se pueda dictar una sentencia de fondo para que de esa manera el juicio sea válido.

    2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    La relación que existe es que las excepciones son de acuerdo al presupuesto procesal porque a diferencia de las excepciones sustanciales que van contra las pretensiones las excepciones procesales van contra el fondo.

    3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    La función es que las partes puedan llegar a un acuerdo "convenio" y otra de las funciones es que se resuelvan las excepciones procesales para no llegar a juicio todo esto se hace a través de un conciliador según el Art. 272 A del CPCDF.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    Esta etapa se da antes del juicio "puede existir en cualquier juicio"
    1-Medios preparatorios a juicio Art.193-200
    2-Medios preparatorios a juicio ejecutivo Art.201-204
    3-Separación de personas como acto prejudicial Art.205-219
    4-De la preparación del juicio arbitral Art.220-223
    5-Preliminares de consignación Art. 224-234
    6-Providencias precautorias Art. 235-254

    5.- Explique que se entiende por reconvención.
    Es un acto procesa, es una demanda pero no es la principal (Art.260 VI) una demanda donde el demandado demanda pretensiones contra el actor del juicio principal, la cual se hace inmediatamente después de la contestación.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    El allanamiento es a las pretensiones y la confesión es a los hechos.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    I. Que se promuevan pretensiones que tengan relación con el primer juicio.
    II. La misma vía, si es vía oral civil reconvengo en la vía oral (debe haber relación en los juicios.)
    III. Los 2 en un mismo emplazamiento.
    IV. Se promueve al contestar la demanda nunca después.
    V. Debe cumplir con los requisitos que establece el CPCDF en el artículo 255.

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  52. Nombre: SAMUEL ALEJANDRO PÉREZ GALINDO
    Grupo: 0010
    Horario: 11:00/12:20
    CUESTIONARIO
    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?

    Todas aquellas directrices o guías que sigue un proceso jurisdiccional con el objetivo, resolver un litigio(s).
    Es necesario expresarse al momento de la interposición de una demanda, pues en caso de no ser asi podrá ser prevenida por el juez.

    2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?

    Las excepciones procesales y los presupuestos procesales están relacionados porque como vimos en clase, la falta de los presupuestos procesales suele ir acompañada de una excepción procesal opuesta por la parte demandada en un litigio.

    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?

    La Audiencia Previa de Conciliación y de Excepciones Procesales se encuentra en el artículo 272 A del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y tiene 3 principales funciones las cuales son:
    1. Analizar la legitimación procesal de las partes.
    2. Que sean propuestas a las partes formas alternativas de solución de controversias y estas puedan considerlas para llegar a un acuerdo; y
    3. Dar resolución a las excepciones procesales.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.

    Esta etapa es previa al juicio y en esta etapa no hay litigio. ¿Qué contiene? Contiene:
    1. Medios preparatorios a juicio. En los artículos 193 al 200.
    2. Medios preparatorios a juicio ejecutivo. En los artículos 201 al 204.
    3. Separación de personas. En los artículos205 al 219.
    4. De la preparación del juicio arbitral. En los artículos 220 al 223.
    5. Preliminares de la consignación. En los artículos 224 al 235; así como
    6. Providencias precautorias. En los artículos 235 al 254.

    5. ¿Qué se entiende por reconvención?

    Es el acto que realiza el demandado y consiste en una demanda que contesta a la realizada primero por el actor. En ella se contemplan las pretensiones del demandado que se relacionan con la demanda principal.

    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.

    El allanamiento consiste en la asunción de las pretensiones del actor por parte del demandado, quien se compromete a cumplirlas por medio de un escrito y no se resiste a las mismas.
    Mientras que la confesión es una actitud que asume cualquiera de las partes que comsiste en una aceptación (tácita o expresa) los hechos sobre los que versa el litigio.


    Su diferencia radica en que en el allanamiento se acepta el cumplir las pretensiones, más no los hechos que originaron el litigio.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.

    I. Planteada por escrito.
    II. Las pretensiones que reclame el demandado en la misma deben estar relacionadas con la demanda principal.
    III. El juzgado donde se presente debe tener la misma competencia objetiva.
    IV. Debe cumplir con todos los requisitos de forma de una demanda; y
    V. Se debe realizar al contestar la demanda y no después de la contestación.

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  53. Nombre: DE LA CRUZ GARCIA MARIANA
    Grupo: 0010
    Horario: 11:00/12:20
    CUESTIONARIO
    1.- ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Los presupuesto procesales son condiciones que deben satisfacerse a lo largo del juicio.
     Son los requisitos necesarios para que un juicio tenga una formal validez y existencia jurídica

    2.- ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    la falta de un presupuesto procesal da lugar a una excepción,  también procesal
    3.- ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Aquí la Audiencia sirve para corregir, y en todo caso lograr llegar a un convenio.
    Aquí es buen momento para presentar la decepciones procesales que surgieron a partir de la falta de algún presupuesto procesal.
    5. ¿Qué se entiende por reconvención?

    La reconvención consiste en el ejercicio, por el demandado, de una acción nueva frente al actor, para que se sustancie en el mismo proceso y se decida en la misma sentencia que resolverá la demanda inicial.
    Es la demanda que hace el demandado.
    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.

    El allanamiento consiste en la asunción de las pretensiones del actor por parte del demandado, mientras que la confesión es una actitud que asume cualquiera de las partes que comsiste en una aceptación (tácita o expresa) los hechos sobre los que versa el litigio. 
    el allanamiento se acepta el cumplir las pretensiones, más no los hechos que originaron el litigio.

    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    -Debe cumplir con los requisitos que establece el CPCDF en el artículo 255. 
    -Solo se emplaza en la demanda, en la reconvención no se emplaza al actor principal, pero cuando se entera de la reconvención tiene un plazo de 9 días para responder. 
    -Se debe promover en las misma vía
    -Que las pretensiones en la reconvención tengan relacion con el primer juicio 
    -Se promueve al contestar la demanda y nunca después

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  55. Alumna: Hernández Reyes Pamela.
    Grupo: 0010 horario 11:00- 12:20
    1.¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son las reglas del proceso, bases de un proceso jurisdiccional para que cumpla con su finalidad a fin de que se pueda dictar una sentencia para que el juicio sea válido.


    2.¿Qué relación existe entre un presupuesto procesal y una excepción procesal?
    Faltando alguno se los presupuestos procesales se podrá interponer una excepción procesal.

    3.¿Cuál es la función de la audiencia previa de conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Sirve para llegar a un convenio, aquí se resuelven las excepciones y analiza la legitimación procesal de las partes. (art 272 A CPCDF)

    4.Diga cuál es el tipo de la etapa prejudicial vista en clase.
    -Medios preparatorios a juicio (193 al 200. CPCDF)
    - Medios preparatorios a juicio ejecutivo (201 al 204 CPCDF)
    - Separación de personas (205 al 219 CPCDF)
    - De la preparación del juicio arbitral (220 al 223CPCDF)
    - Preliminares de la consignación (224 al 235 CPCDF)
    -Providencias precautorias (235 al 254 CPCDF)

    5.Explique qué se entiende por reconvención
    •Acto procesal que lleva a cabo el demandado contra el actor, inmediatamente después de contestar la demanda, en la que reclama pretensiones relacionadas con la demanda principal.

    6.Señale la diferencia entre allanamiento y confesión.
    •El allanamiento es la conducta autocompositiva del demandado en donde acepta las pretensiones del actor. Acto procesal que solo puede realizar el demandado en un proceso jurisdiccional y consiste en el sometimiento o aceptación de las pretensiones.
    Este no significa que el demandado haya aceptado los hechos o confesado
    •La confesión de la demanda es la admisión por parte del demandado de determinados hechos afirmados por el actor. Se pueden confesar los hechos no el derecho.

    7.Exprese 5 requisitos con los que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    •Debe plantearse en el escrito de contestación de la demanda
    • Se debe hacer al contestar la demanda, nunca después.
    •Cumplir con los requisitos de forma de la demanda.
    •Las pretensiones de la reconvención deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal.

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  57. Sarahí Santillan de la Torre
    Derecho Procesal Civil

    1. Los presupuestos procesales son la base de un proceso jurisdiccional, las reglas que determinan cómo es que éste se debe llevar a cabo para resolver el litigio, entre ellas se encuentran la competencia, legitimación, capacidad, personalidad, entre otras. Tanto actor como demandado deben cumplir con los presupuestos que les correspondan y de no hacerlo el juez tiene la obligación de prevenir.

    2. Las excpciones procesales, entendidas como el poder jurídico del demando de oponerse a la relación procesal iniciada por la parte actora según Claria Olmedo, actúan como un medio para oponer resistencia a las pretensiones que se reclaman en la demanda. Entran en el juicio al momento de no encontrarse un presupuesto procesal, cosa que normalmente tendría que prevenir el juez, pero de no hacerlo esto trae como consecuencia la oposición de ellas por parte del demandado.

    3. Las excepciones a los presupuestos procesales, explicadas en la respuesta anterior, se resuelven precisamente en la Audiencia Previa de Conciliación que solo se puede llevar a cabo en caso de haber sido interpuestas con la contestación de la demanda, de ser así el juez exhorta a las partes a legar a un convenio y los motivos de las pruebas irán encaminadas a demostrar estas excepciones.

    4. En la etapa prejudicial, como su nombre lo indica, es previa al proceso por lo que aún no existe un juicio en sí. Su función es la preparación de los presupuestos anteriormente mencionados y se conforma de medios preparatorios a juicio(s) general/ejecutivos, separación de personas como acto prejudicial, preparación del juicio arbitral, preliminares de consignación y providencias precautorias.

    5. "La demanda que hace valer el demandado inmediatamente después de haber contestado la misma, en la que le reclama diferentes pretensiones para que se sustancie en el mismo proceso y se resuelvan ambos juicios en una sentencia." (Sosa y Ávila Zabre). En resumen, la reconvención no es más que lo que se conoce comúnmente como contrademanda, que es lo que formula el demandado posterior a la contestación de lo que reclama el actor.

    6. El allanamiento es una "conducta autocompositiva del demandado, en virtud de la cual acepta las pretensiones del actor. Implica un instar sin resistencia procesal, si sustantiva, que a su vez tiene a terminar el proceso". En el juicio ordinario civil este acto solo lo puede hacer el demandado y refiere que éste acepta y no se oponer a las pretensiones reclamadas por el actor; mientras que la confesión consiste en que el demandado admita o reconozca los hechos afirmados por el actor. La diferencia radica en que, en el primero el demandado no se resiste a cumplir con las pretensiones reclamadas por el actor pero esto no quiere decir que confiese o acepte tácitamente que tales hechos sean ciertos, lo que sucede con la última.

    7. Debe plantearse en el escrito de contestación de la demanda
    Debe cumplir con los requisitos de forma de la demanda (CPCDF art 255)
    Las pretensiones deben estar relacionadas con las de la demanda inicial
    Debe interponerse por la misma vía que la demanda principal para así resolver ambos juicios mediante una sola sentencia
    Se debe dar traslado al actor para su contestación en un plazo de nueve días

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  58. Profesora,muy buena tarde, soy Ivonne Valderrama de la materia de Teoría del Proceso, modalidad SUA, ante la contingencia varios profesores nos han indicado que la forma de evaluar podría cambiar, de qué forma nos podríamos comunicar con usted, cree que sea posible el que nos pudiera impartir asesorías virtuales? Sería un placer. Gracias y saludos.

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  59. Buenas tardes profesora, soy alumna del SUA, varios compañeros y yo, la hemos estado buscando y no encontramos alguna manera de contactarnos con usted

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  60. Martinez Morales Maria Fernanda
    Procesal Civil LIV 11:00 a 12:20

    1.- Que es un presupuesto procesal.
    R. Los presupuestos procesales son aquellas bases del procesos, son requisitos necesarios que exige la ley para que pueda ser válido un proceso
    2.- Que relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal.
    R. Si falta alguno de los presupuestos procesales, la parte contraria podrá interponer una excepción
    3.- Cual es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    R. Su función es servir como vía para poder llegar a un convenio o en dado caso, corregir si es que se tiene un error.

    4.- Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    R. Esta etapa contiene; los medios preparatorios a juicio, medios preparatorios a juicio ejecutivo, separación de personas, la preparación del juicio arbitral, los preliminares de la consignación y las providencias precautorias

    5.- Explique que se entiende por reconvención.
    R. La reconvencion es la demanda judicial que ejerce el demandado. Es una contrademanda.
    6.- Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión.
    R. .La confesión se contrae a afirmaciones de hecho y el Allanamiento a la pretensión jurídica, por eso puede darse el caso de que confesando una de las partes todos los hechos afirmados por la otra, no se allane; por el contrario el Allanamiento no implica necesariamente confesión de los hechos afirmados por el demandante.
    7.- Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    R.-Debe plantearse en el escrito de contestación de la demanda
    -Se debe hacer al contestar la demanda, nunca después.
    -Cumplir con los requisitos de forma de la demanda.
    -Las pretensiones de la reconvención deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal.
    -Se debe promover en la misma vía

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  61. Guzmán Torres Karen. DERECHO PROCESAL CIVIL
    1. ¿Qué es un presupuesto procesal?
    Son las bases del proceso, en caso de que falte alguno el juez debe prevenir o la parte demandada opondrá la excepción correspondiente.

    2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    Que la falta de algún presupuesto procesal le dará pie al demandado para poner una excepción procesal.

    3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    Tiene como función resolver las excepciones procesales a excepción de la incompetencia del órgano, ya que esta se resuelve en sala. También sirve para que las partes lleguen a un convenio el cual se le equipara a cosa juzgada, esta audiencia surgirá siempre y cuando el demandado haya contestado la demanda.

    4. Diga cuál es el contenido de la etapa prejudicial.
    Medios preparatorios a juicio (primera instancia): crear/preparar el documento fundatorio. Ejem: arrendamiento sin contrato.
    Medios preparatorios a juicio ejecutivo: cosas para prepararme a juicio. Ejem: embargo.
    Separación de personas como acto prejudicial: procede cuando una persona pretende demandar, denunciar o querellarse contra su cónyuge o concubino. Ejem: violencia familiar, para que la víctima no corra peligro, separarse y demandar a los 15 días máx.
    Preparación del juicio arbitral: para designar al árbitro. Ejem. ir con el juez para que designe a un árbitro.
    Preliminares de consignación: para la entrega de la cosa al acreedor. Ejem: si no me quiere recibir el pago o no sé donde pagarlo puedo ir al Nacional financiera a pagar para no caer en mora.
    Providencias precautorias: para evitar que la persona no comparezca o no tenga para cumplir sus obligaciones. Ejem: arraigo (cuando exista temor de que una persona desaparezca en un futuro juicio), embargo.

    5. Explique qué se entiende por reconvención.
    Es un acto procesal que realiza el demandado en contra del actor en la que se reclama pretensiones que van relacionadas con la demanda principal. Para poder reconvenir primero se debe contestar la demanda.

    6. Diferencia entre allanamiento y confesión.
    Allanarse significa aceptar las pretensiones del actor, mientras que en la confesión el demandado acepta determinados hechos afirmados por el actor.

    7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta.
    * Debe ser de la misma competencia que la demanda principal.
    * Debe hacerla al contestar la demanda.
    * Las pretensiones de la reconvención deben tener relación con las pretensiones de la demanda principal.
    * Debe tener el mismo formato que la demanda principal.
    * Solo se le notifica al actor, más no se realiza un emplazamiento.

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  62. Mondragón Vargas Samuel
    Derecho Procesal Civil L/V 11:00-12:20
    1. Que es un presupuesto procesal.
    Son los requisitos para cumplir la forma de la demanda al momento de su presentación ante la oficialía de partes común para que así el juicio sea válido.
    2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    La relación existente entre estos dos términos es que, para que las excepciones se puedan llevar a cabo se necesita que exista un incumplimiento o que falte un presupuesto procesal, para solicitar al juez que verifique dicho proceso.
    3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    En caso de que se llegue a conseguir una audiencia previa de conciliación, el conciliador será el encargado de presentar opciones para solucionar las excepciones procesales que se hayan interpuesto para así llegar a un convenio.
    4. Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    *Medios preparatorios a juicio en general
    *Medios preparatorios del juicio ejecutivo.
    *Separación de personas como acto prejudicial.
    *Preparación al juicio arbitral.
    *Preliminares de consignación.
    *Providencias precautorias.
    5. Explique qué se entiende por reconvención.
    La reconvención es la pretensión del demandado en contra del actor (contrademanda) con el fin de que las pretensiones se resuelvan en una sentencia.
    6. Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión
    El allanamiento es la figura jurídica por la cual el demandado decide someterse a las pretensiones del actor. Ya no es necesario realizar las etapas probatorias y de alegatos, se pasa directamente a la sentencia. Mientras que la confesión es cuando el demandado admite los hechos demandados en su contra por parte del actor. Sólo puede referirse a los hechos.
    7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta
    Debe presentarse dentro del plazo para contestar la demanda.
    Debe tener la misma forma que la demanda
    Sólo la puede hacer el demandado
    El escrito en el que se exprese la contestación de la demanda y la reconvención debe estar dividido en dos partes: en la primera, la contestación de la demanda y en otra parte, la reconvención
    Debe expresar las prestaciones que se reclaman, así como los hechos y el derecho en que se funde la contrademanda.

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  63. Santiago Vargas Nancy Anel.
    DERECHO PROCESAL CIVIL
    Grupo: 0010
    Horario: 11:00 a 12:20
    CUESTIONARIO
    1. ¿Que es un presupuesto procesal?
    Son las condiciones que deben existir para que el proceso jurisdiccional sea válido, en caso contrario el juez deberá prevenir; entre ellas destacan: la personalidad, la competencia, la capacidad y la legitimación.
    2. ¿Qué relación existe entre un presupuesto y una excepción procesal?
    La relación entre ambas se da en consecuencia; es decir, cuando falta uno de los presupuestos se hace uso de la excepción procesal.
    3. ¿Cuál es la función de la Audiencia Previa, de Conciliación y de excepciones procesales respecto de los presupuestos?
    La audiencia previa de conciliación surge únicamente si el demandado contesta la demanda, en caso contrario no se podrá dar. Su función además de resolver las excepciones procesales, es lograr que las partes lleguen a un acuerdo que los beneficie, dándole así la calidad de cosa juzgada.
    4. Diga cual es el contenido de la etapa prejudicial visto en clase.
    La etapa prejudicial, como su nombre lo indica, se da previa al proceso y su contenido es: a)Medios preparatorios a juicio en general B)Medios preparatorios del juicio ejecutivo c)Separación de personas como acto prejudicial d)Preparación al juicio arbitral e)Preliminares de consignación f)Providencias precautorias.
    5. Explique qué se entiende por reconvención.
    Por reconvención entendemos el acto procesal del demandado en contra del actor de la demanda principal; en la que le demanda diferentes pretensiones con el fin de que se sustancie en el mismo proceso y se resuelvan los dos juicios en una sentencia.
    6. Señale cual es la diferencia entre el allanamiento y la confesión
    El allanamiento es el acto procesal exclusivo del demandado, donde se somete y acepta las pretensiones que reclama el actor; este acto implica la muerte del proceso, a diferencia de la confesión donde el proceso seguirá y el demandado solo ha admitido determinados hechos afirmados por el actor.
    7. Exprese 5 requisitos que debe cumplir la reconvención para tenerla por interpuesta
    1. Debe plantearse en el escrito de contestación de la demanda
    2. Debe presentarse dentro del plazo para contestar la demanda.
    3. Debe cumplir con los requisitos de forma de la demanda.
    4. Las pretensiones de la reconvención deben estar relacionadas con las de la demanda principal.
    5. Debe ser interpuesta en el juzgado de la misma competencia.

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  64. FLORES RAMIREZ MARÍA FERNANDA
    GRUPO 1401 TEORIA GENERAL DEL PROCESO
    HORARIO:12:20-13:40
    SISTEMA ESCOLARIZADO
    JUICIOS EN LINEA EN MALTA
    LES ADJUNTO EL LINK DE MI DOCUMENTO
    https://drive.google.com/file/d/1p3Gj_UF5b576uBigE1OFIjPG8YAUNj5h/view?usp=drivesdk
    Juicios en línea en Malta

    Sí, en la página oficial de justiceservices.gov.mt siendo el 2 de junio de 2020, con la situación que vivimos actualmente de la pandemia de Coronavirus, donde está muy complicada la situación oficialmente no hay información que nos asegure que se tomaron
    algunas medidas extraordinarias para evitar contagios, pero la interrogante es ¿Qué pasa
    con los juicios? Son procesos que no se pueden dejar a un lado, porque sería un retraso
    para todas personas que necesitan iniciar o resolver su juicio, bueno, pero en dicha página
    aunque no la encontré regulada por el código de Malta nombrado CODE OF ORGANIZATION AND CIVIL PROCEDURE, pero podemos observar un apartado llamado
    Judgements online (juicios en línea) donde te pide cierta información como la fecha de
    juicio, referencias del caso, te permite elegir una corte, por ejemplo: Pocedimiento europeo
    de escasa cuantía, el tribunal de revisión administrativa, de apelación (civil, superior), de
    apelación (civil, inferior), de apelación penal, junta de arbitraje de tierras, et., te permite
    elegir un judicial y te brinda varios nombres de judiciales, después te pide los datos del
    quienes participan (actor y demandado), después te solicita el identificar europeo de
    derecho y también hay un apartado que se llama eCourts donde permite a profesionistas
    legales registrarse para brindar sus servicios o para tener acceso casos civiles, juicios,
    sentencias, notificaciones registros, al ministerio de justicia, etc.,
    El sitio web oficial del Ministerio de Justicia, Cultura y Administración Local presta diversos
    servicios en línea. Disponible en maltés e inglés, contiene información sobre el Ministerio
    de Justicia y Asuntos de Interior, así como sobre los tribunales de justicia, el sistema
    judicial y la judicatura, la Fiscalía General y los servicios judiciales y jurídicos.
    A continuación, figuran los enlaces a los diversos servicios judiciales y jurídicos:
    • Ministerio de Justicia, Cultura y Administración Local
    • Servicios judiciales
    • Servicios judiciales: sentencias en línea
    • Servicios judiciales: procesos judiciales
    • Servicios judiciales: uso de las salas
    • Servicios judiciales: estadísticas
    • Servicios judiciales: ventas judiciales por subasta

    Es un pequeño resumen, porque mi documento es muy grande

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  65. Perez Noguez Jessica Monserrat
    Derecho Procesal Civil
    Grupo 0010

    Juicios en línea en Portugal
    Aquí está un pequeño resumen del documento que realicé.

    Es importante mencionar que no se contempla algún juicio en línea, lo cual y con todas las herramientas tecnológicas que hoy en día se tienen, sería una alternativa eficaz para seguir administrando la justicia a distancia ante la actual pandemia que se está viviendo, por lo que hace a México, la ley de amparo sí contempla ciertos actos judiciales que pueden ser llevados a cabo en línea, cómo pueden ser presentación de demandas, presentación de promociones, consultar notificaciones electrónicas, consultar documentos de los acuerdos judiciales e impresión de acuses, a todo esto se puede tener acceso con una firma electrónica tramitada ante el poder Judicial de la Federación, sin embargo, el proceso no es en su totalidad en línea a diferencia del procedimiento contemplado en el capítulo X de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo en su artículo 58-A al 58-S, que a la letra dice: “ARTÍCULO 58-A.- El juicio contencioso administrativo federal se promoverá, substanciará y resolverá en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea que deberá establecer y desarrollar el Tribunal, en términos de lo dispuesto por el presente Capítulo y las demás disposiciones específicas que resulten aplicables de esta Ley. En todo lo no previsto, se aplicarán las demás disposiciones que resulten aplicables de este ordenamiento.” lo que es un paso más a tener diversas opciones para seguir garantizando el derecho humano de acceso a la justicia y son herramientas que tanto a las partes como a los órganos jurisdiccionales les es beneficioso ya que evitan el desgaste de acudir a tribunales únicamente para revisar un expediente, asimismo, los procesos no se detendrían ante cualquier emergencia, como en la actual pandemia causada por el Covid 19.
    Por lo que hace a Portugal la ley número 4-A/2020 del 06 de abril establece: “5. Los procesos urgentes continuarán siendo tramitados, sin suspensión ni interrupción de plazos, actos o diligencias, observándose en cuanto a estos lo siguiente:
    En las diligencias que requieran la presencia física de las partes, de sus mandatarios o de otros intervinientes procesales, la práctica de los actos procesales y procedimentales se realizará a través de medios de comunicación a distancia adecuados, particularmente teleconferencia, videoconferencia u otro equivalente;
    Cuando no sea posible la realización de las diligencias que requieran la presencia física de las partes, de sus mandatarios o de otros intervinientes procesales, de acuerdo con el apartado anterior, y esté en cuestión la vida, la integridad física, la salud mental, la libertad o la subsistencia inmediata de los intervinientes, la diligencia podrá realizarse presencialmente, siempre que esta no implique la presencia de un número de personas superior al previsto en las recomendaciones de las autoridades sanitarias y de acuerdo con las orientaciones fijadas por los consejos superiores competentes;
    En caso de que no sea posible, ni adecuado, asegurar la práctica de actos o la realización de diligencias en los términos previstos en los puntos anteriores, se aplicará también a esos procesos el régimen de suspensión antes citado para los procesos no urgentes en los apartados 1.º y 2.º.”
    Es claro que a los sistemas judiciales en el mundo les tomó por sorpresa la actual situación, por lo que es urgente establecer sistemas más eficaces que ayuden a lograr un correcto acceso a la justicia.

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  66. Juicios en línea en Kazajistán
    Ruiz Cabañas Gabriel Martin
    Derecho Procesal Civil

    A pesar de que en el sistema jurídico de Kazajistán no se encuentra regulado aún el juicio en línea, uno de los agentes económicos de éste país llevó recientemente uno ante los tribunales internacionales de comercio. Debido a la situación actual de la pandemia del covid 19, los tribunales se vieron ante la necesidad de adaptar sus sistemas de procedimiento con estricto apego a las medidas de confinamiento recomendadas por los gobiernos locales y la Organización Mundial de la Salud. Dada la trascendencia de ciertos casos, se consideró de extrema dificultad y con posibles consecuencias negativas para las partes involucradas en el proceso suspender el juicio por tiempo indefinido. Por este motivo, se tomó la decisión de continuar el proceso en línea. en el caso participaron el Banco Nacional de Kazajistán y la República de Kazajistán . 1 Este caso es probable que se convierta en precedente para el relativamente reciente sistema jurídico de Kazajistán y se adopte el uso de juicios en línea en un futuro, sobre todo ante situaciones como la pandemia que vivimos actualmente que, como a muchos otros países, lo hizo cerrar sus juzgados.

    Sistema Legal

    Derecho civil influenciado por el Derecho Romano Germánico al igual que el empleado por la Federación Rusa. Sus leyes están basadas en estatutos y la ley suprema es la Constitución, donde se reconocen los derechos humanos contenidos en ella y los establecidos en tratados internacionales 2


    Tribunales

    El poder judicial se divide en:
    Tribunales de Distrito y de la Ciudad
    Son de primera instancia y conocen sobre la mayoría de los casos.
    Tribunales de Oblast
    Existen 14 áreas administrativas conocidas como oblasts. Funcionan como órgano de apelación en la mayoría de los casos pero también ven algunos casos desde su primera instancia.
    El Tribunal Supremo
    Con un funcionamiento muy parecido a nuestra SCJN, el tribunal supremo de Kazajistán funciona como órgano de apelación y como revisor de los actos de autoridad que atenten contra la Constitución.
    Tribunales especializados


    El Juicio

    Los juicios, son llevados a cabo en público. El juicio consta de diferentes etapas. El juez determina si todas las partes se encuentran presentes y en caso de no estar alguna, determina si es viable continuar con la audiencia. El juez le explica el procedimiento a las partes y a los testigos y les comenta sus derechos y obligaciones. describe a los particulares el caso e interroga si ellos están dispuestos ir a juicio El juez llama a las partes a desarrollar sus argumentos, los testigos son examinados e interrogados, los jueces examinan la evidencia y desenvuelven las pruebas testimoniales, así como el interrogatorio a peritos en caso de requerirse Finalmente, las partes presenten sus conclusiones y el juez pregunta si las partes tienen materiales que ayuden a probar algún punto pendiente o que hayan aparecido hasta este momento en favor para alguna de las partes. El veredicto es pronunciado.

    Gastos y costas

    La Corte va a ordenar a la parte vencida en juicio el pago a la parte contraria de todos los gastos. En caso de que a ninguna de las partes se les dé la razón, ambas pagarán a prorrata. La parte ganadora podrá recuperar el 10% de las costas judiciales.

    Sentencia

    Ésta se encuentra limitada a lo que reclama la parte activa del juicio, no puede ser pospuesto su cumplimiento por más de 5 días. Previo a dictar sentencia, las partes entran a una audiencia de resolución del litigio aprobada por resolución de la Corte. Un acuerdo de conciliación, si llegaré a ser aprobado por el tribunal, termina el proceso judicial. Una vez que han terminado, ya sea debido a un acuerdo de conciliación o de lo contrario, el tribunal no aceptará otro reclamo entre los mismos partes sobre el mismo tema. 3

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  67. 1 The first virtual trial in the commercial court: Stewarts secures continuation of trial despite COVID-19, consultado en https://www.stewartslaw.com/news/the-first-virtual-trial-in-the-commercial-court-stewarts-secures-cont inuation-of-trial-despite-covid-19/, el 3 de junio del 2020

    2 CIA World FactBook. KAZAKHSTAN. https://www.cia.gov/library/publications/the-world-factbook/geos/kz.html, el 3 de junio 2020

    3 Cfr. Kuatbekov, Azamat, Dispute Resolution Around the World: Kazakhstan, Baker Mckenzie, 2009

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  68. Santillan de la Torre
    Derecho Procesal Civil

    Sistema jurídico en Suecia

    El sistema jurídico sueco encuentra su base el sistema germánico, con ciertos tintes del neorromanista y en menor cantidad del common law, existiendo como una combinación de los anteriores, cuya principal diferencia radica en dar mayor peso a la legislación (statuory law), no así al precedente y la práctica judicial, que se desempeñan en menor medida. La legislación como fuente primaria del derecho comprende leyes, decretos y disposiciones administrativas, y como fuentes complementarias los materiales legislativos preparatorios y la jurisprudencia. La legislación de Suecia, Noruega, Dinamarca, Finlandia e Islandia convergen en un sistema unitario conocido como el Derecho Escandinavo desde finales del Siglo XIX, mismo que ha posicionado a los países nórdicos en armonía judicial. Además, al pertenecer a la Unión Europea desde 1995, el sistema jurídico sueco se encuentra sujeto a la legislación comunitaria, sus directivos y decisiones. El país se constituye como una monarquía constitucional, basada en el principio de soberanía popular, el parlamentarismo y la autonomía local.. Las cuatro leyes fundamentales que rigen al país desde el año de 1809, son el fundamento de las otras leyes y constituyen el marco global jurídico sueco, son jerárquicamente superiores al resto de las leyes y por ende éstas no pueden ser contradictorias. Las conforman la Constitución Política, que regula la conformación del Estado sueco, reglamentación sobre el trabajo del Gobierno y el procedimiento de elecciones al Parlamento y sus cuatro estamentos (nobleza, clero, burguesía y terratenientes), así como de las libertades y derechos fundamentales de los que gozan sus ciudadanos; la Ley de Sucesión, que establece las normas sobre la línea al trono; la Ley Libertad de Prensa, que establece lo que se puede publicar en medios impresos y la Ley de Libertad de Expresión, que protege el derecho a expresar sus opiniones y sentimientos verbal. El sistema judicial divide a los tribunales en dos categorías, los generales y los administrativas. Los primeros conocen de derecho Civil y Penal, y los segundos se en- cargan de casos entre la autoridad pública y los individuos o entidades privados. Estos organismos actúan de forma paralela y ambos cuentan con un sistema triinstancial de apelación. Asimismo se tienen dos tipos de cortes especiales, las que se encuentran total o parcialmente integradas a las generales para casos específicos en común y los tribunales del Trabajo, del Mercado y de Apelación en materia de Patentes.

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  69. I. El procedimiento a Juicio
    Se encuentra regulado por el Código de Procedimiento Judicial de 1948.

    Presupuestos procesales
    El procedimiento comienza cuando la parte actora presenta la demanda al Tribunal de distrito que tenga jurisdicción lo cual tiene un costo mínimo. En ella se debe establecer las pretensiones que reclama y la carga de la prueba que respalde sus aseveraciones, el Tribunal la examina y de no cumplir con las formalidades esenciales o considerar que carece de fundamento, ésta es rechazada. En caso de admitirla, se entrega al acusado una orden para responder y decide si los medios preparatorios se llevaran a cabo de forma oral o escrita.

    Fase preparatoria y audiencia preliminar
    En la mayoría de los casos existen la fase preparatoria. Al demandado se le ordena su contestación por escrito en cierta fecha, y ésta se entrega al actor para comentarla. Después del intercambio de declaraciones, el tribunal asigna fecha para la audiencia preliminar donde el juez se asegura que éstas (declaraciones de ambas partes) están completas y son adecuadas. Su rol es esclarecer los hechos controvertidos y las pretensiones de cada una de las partes. De la misma manera, es competencia del juez intentar hacer llegar a las partes a un convenio antes de irse a juicio; de no ser así el Tribunal fijará las fechas de los procedimientos consecuentes.

    Sentencia en rebeldía y sentencia sin juicio
    Si el acusado ya ha sido llamado a comparecer a juicio y no responde o no asiste a la audiencia preparatoria, se puede dictar sentencia en rebeldía o por incumplimiento. Si a una de las partes se le ha sobreseído tiene derecho a solicitar que se le reincorpore. Si se dicta otra sentencia por incumplimiento en contra de la misma parte, ésta pierde cualquier derecho de restitución y es irrevocable (la sentencia).
    La sentencia sin juicio se puede también llevar a cabo en caso de llegar las partes a un acuerdo o que el acusado se allane y las partes soliciten comparecer ante el Tribunal para confirmarlo ante juez.

    El juicio
    Un litigio puede tardar varios meses en llegar a juicio después de la audiencia preliminar puesto que los juzgados usualmente se encuentran muy ocupados y las fechas de espera pueden llegar a ser muy largas. Se toma en cuenta le disponibilidad de los abogados, testigo e incluso peritos, según sea el caso. Dependiendo de la cosa juzgada, los juicios se pueden componer de hasta tres jueces; en casos simples de cuantía menor a los €2,000.00, no será necesario más que un juez.
    El juicio consta de tres momentos: el ofrecimiento de pretensiones y excepciones, audiencia de pruebas y los alegatos finales. Las partes y todo al que se le haya emplazado deberá estar presente en la audiencia, el Tribunal decidirá si alguna de ellas podrá participar a través de una video conferencia en caso de complicarse la asistencia personalmente. En algunos casos el juez dictará sentencia inmediatamente después del juicio, pero usualmente le toma algunas semanas. Los juicios suelen ser abiertos a todo público y podrán ser documentados y publicados en periódicos, televisión u otros medios en caso de ser de interés público.
    Pruebas y testigos
    Las partes deberán presentar las pruebas antes de la audiencia principal, de forma que ambas conozcan de antemano la evidencia que se ofrecerán en su contra y lo que intentan probar con ella. El Tribunal entrega a cada parte las pruebas documentales de su contraparte.
    Los testigos tendrán que ofrecer sus pruebas de manera oral. Sin embargo, se podrán aceptar declaraciones escritas bajo ciertas circunstancias, ya sea que las partes lo acepten y de esta forma no se afecte al proceso. Por regla general, el testigo deberá acudir de manera personal a la audiencia, pero como se mencionó anteriormente, cabe la posibilidad de comparecer de manera digital por video llamada.

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  70. 1. Puebla Smith Josephine, Breve introducción a la lengua y el sistema jurídico de Suecia. Recuperado de http://www.lalinternadeltraductor.org/n11/suecia.html#cabecera

    2. Administración Municipal de Göteborg y Diputación Provincial de Västra Götaland. (2018). Acerca de Suecia. Educación cívica en español. Recuperado de https://www.informationsverige.se/globalassets/dokument/boken-om-sverige/omsverige_v7_es.pdf

    3. Dispute Resolution Around the World: Sweden. Baker McKenzie Law Firm. Recuperado de https://www.bakermckenzie.com/-/media/files/insight/publications/2016/10/dratw/dratw_sweden_2011.pdf?la=en

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  71. NOMBRE: DURÁN MORA PAULINA
    MATERIA: TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
    SUECIA



    Los procesos penales en Suecia se llevan a cabo de la siguiente manera;
    Primero se denuncia el delito a la policía, y la policía lleva a cabo un proceso de investigación preliminar. En caso de que el delito sea muy grave, es investigada por un fiscal.
    Casi siempre se puede obtener un abogado de oficio, en caso de que haya reincidencia o sea un delito muy grave, el juez puede pedir que sea prisión preventiva; es así como se celebra una audiencia especial.
    El fiscal requiere el proceso ante el tribunal de primera instancia, esta es la audiencia principal.
    En caso de que alguna de las partes interponga apelación ante la sentencia, el Tribunal de Apelación analiza si esta debería de modificarse o de confirmarse, también puede ser revisada por el Tribunal Supremo pero esto sucede en muy pocos casos.
    La sentencia es firme y adquiere fuerza de cosa juzgada, así que se procede a ejecución cuando haya sido condenatoria.

    FUNCIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA

    No desempeña funciones en los procesos penales en los Estados miembros, así que no se puede presentar asistencia en caso de que se formule una queja.

    • OBTENCIÓN DEL ASESORAMIENTO JURÍDICO
    En caso de que el órgano jurisdiccional dicte “prisión preventiva” se nombra inmediatamente un juez de oficio. En caso de que no se le prive la libertad no se puede obtener un abogado de oficio hasta iniciar el proceso penal.
    Siempre se tendrá el derecho de solicitar a un abogado de oficio si se le imputa un delito de mínimo seis meses de prisión.
    Cada tribunal de primera instancia tiene una lista de letrados locales que suelen ser “abogados de oficio”.
    El estado paga los gastos del abogado de oficio, en caso de que se le juzgue culpable se tendrá que pagar total o parcialmente los gastos dependiendo de la situación económica.
    También se tiene la posibilidad de elegir un abogado privado, pagando los gastos y sus honorarios la persona que los requiere. En caso de que sea absuelto, estos gastos pueden ser reembolsados total o parcialmente.
    • DERECHOS DURANTE LA INVESTIGACIÓN DE UN DELITO Y ANTES DEL JUICIO
    Las condiciones para que comience la investigación penal es que antes se haya denunciado algún delito al fiscal o a la policía.

    • FASES DE LA INVESTIGACIÓN PENAL
    1. INTERROGATORIO
    Se interroga a personas que pueden ser útil para la investigación (testigos, víctimas, sospechosos, etc). Realizados por la policía y en presencia de un fiscal.
    Puede ser grabado o resumido. El sospechoso no puede ser amenazado.
    Si no este detenido no pueden ser más de 6 horas de interrogatorio.

    2. DETENCIÓN
    El fiscal determina la detención en caso de considerar muy sólidas las sospechas.
    En caso de detención, el fiscal debe dar un plazo para requerir al tribunal de primera instancia su prisión preventiva.

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  72. 3. PRISIÓN PREVENTIVA
    El fiscal puede pedirla al Tribunal de primera instancia, en caso de un delito grave o razones especiales. Teniendo una audiencia como máximo de días de su detención para definir si sigue en prisión preventiva (teniendo que ser reexaminado a intervalos predeterminados) o debe ser puesto en libertad.

    4. PROSECUCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL
    Independientemente de la privación de la libertad, la investigación prosigue para ver su hay sospechas fundadas para procesarle. Se llevará acabo con la mayor celeridad posible. Una vez completada se presenta al fiscal, al sospechoso y al abogado, siendo así que el abogado pueda solicitar que se incluyan ciertas cosas antes de que el fiscal proceda.

    5. PREPARACIÓN PARA LA DEFENSA
    El abogado y la persona sospechosa, tienen derecho a presentar pruebas en el juicio, al igual que pueden reunirse para la preparación de audiencias judiciales.

    6. PROCESAMIENTO
    Si el fiscal considera que se tienen pruebas para la condena se promueve un procedimiento, quedando claro en delito y la tipificación del delito.

    Existe una manera de ver los documentos judiciales siempre y cuando no estén protegidos, esto es un acto general. Así como podemos observar sentencias.

    En Suecia todos tienen oportunidad de que su caso sea juzgado en un tribunal imparcial, siendo un derecho fundamental.
    También se puede comunicar con los Tribunales para saber como va un caso o solicitar un fallo judicial. Pero no brindan asesoramiento legal.

    TRIBUNALES DE DISTRITO
    Primera instancia. Primer contacto en un caso penal. También maneja adopciones y divisiones de vivienda.

    TRIBUNALES DE APELACIÓN
    Segunda instancia. Casos penales y disputas relacionados con los Tribunales de Distrito.

    CORTE SUPREMA
    Tercera y última instancia de los Tribunales Generales. Examina los casos y establece decisiones orientadoras.

    En Suecia hay 3 tipos de tribunales:
    • Tribunales generales
    • Tribunales administrativos generales
    • Tribunales especiales

    INICIAR UN CASO
    Toda persona puede iniciar un caso; con la Agencia Tributaria Sueca a través de una solicitud o petición.

    FUENTES:
    https://www.domstol.se/domar-och-beslut/
    https://books.google.com.mx/books?id=u-Li8-jhVEIC&pg=PA5&lpg=PA5&dq=hur+%C3%A4r+online-f%C3%B6rs%C3%B6ken+i+sverige&source=bl&ots=MooqRXnXR4&sig=ACfU3U1GMdDbjNForzRToP6CqaBjUEPDqw&hl=es-419&sa=X&ved=2ahUKEwjKk4Lmn-fpAhUCC6wKHYH1C68Q6AEwAHoECAgQAQ#v=onepage&q=hur%20%C3%A4r%20online-f%C3%B6rs%C3%B6ken%20i%20sverige&f=false

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  73. Ortega Martínez Rafael
    GRUPO 1401 Teoría General del Proceso
    Horario: LMV 12:20 – 1:40
    SISTEMA ESCOLARIZADO
    Adjunto Link de mi documento en drive:
    https://drive.google.com/file/d/1dMvyIopkiNtRIt-agfUqTNI_NYdAGDXC/view?usp=sharing

    JUICIOS EN LINEA
    La situación de la pandemia del COVID-19 es algo que ha afectado en muchos aspectos en todo el mundo, incluyendo en el mundo jurídico, el hecho de que no podamos tener un contacto físico ha cambiado muchas cosas, algunos países han tomado medidas para poder sobre llevar lo que está ocurriendo.
    Han sido diferentes la formas en que se están tomando las precauciones, entre ellas tenemos a los juicios en línea o algunos otros están suspendiendo los procedimientos que no sean tan urgentes, esto lo hacen con el fin de evitar el contacto entre las personas, pero a la vez que no se retrasen mucho estos procedimientos.
    La pandemia ha traído muchas consecuencias, como la suspensión total o parcial de la actividad de los órganos jurisdiccionales y las autoridades que pudieran llegar a necesitar los ciudadanos y las empresas, la imposibilidad temporal de obtener asistencia jurídica gratuita, dificultades para recibir la información que normalmente proporcionan las autoridades competentes; otros problemas prácticos, retrasos en poder dar una resolución en algún asunto que incluya otro territorio o en la notificación o el traslado de un documento judicial y algunos ajustes temporales en


    términos de comunicación con el público (por correo electrónico, por teléfono o por correo postal).
    El hecho de que vivamos en un mundo globalizado y que además la tecnología es algo que ha ayudado mucho en esta situación, algunos países no toman todas
    herramientas para poder implementar las medidas adecuadas, como se mencionó anteriormente, algunos han optado por utilizar estos recursos para evitar los problemas en los procedimientos, a continuación, analizaremos algunos países y como han tomado esta situación, además que herramientas se usaron para poder sobre llevar esta cuarentena, como a su vez han permitido que algunas actividades continúen desde casa.

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  74. LUXEMBURGO
    En el caso de Luxemburgo, ha decidido no llevar a cabo los juicios, pero, se tomaron otras medidas que han ayudado a no crear conflictos después y durante esta cuarentena. para no retrasar tanto los procedimientos judiciales, por ejemplo.” Se dio una ayuda a las empresas suspendiendo la obligación de presentar ante un órgano jurisdiccional, en el plazo de un mes, una declaración oficial de suspensión de los pagos, que sería el inicio del procedimiento concursal. “
    En los casos de asuntos civiles, se hizo una suspensión de la actividad de los órganos judiciales competentes en materia concursal y las suspensiones procesales, esta medida pudo causar alguna repercusión para las personas que realizan estos procesos, pero la ventaja fue que se cambiaron los plazos para la hacer los trámites de los juicios de materia civil, el no poder tener un juicio de manera presencial o en línea, puede dar pie a algunos problemas en casa, incluso han subido los casos de violencia en casa.
    En el caso de este país, la información que encontré fueron estos dos ámbitos de resolución, extender los plazos y suspensión de actividades, no hay juicios en línea, es importante conocer cómo eran los de forma presencial para poder hacer la comparación de las consecuencias que esto ha traído.
    En los casos de materia penal, existe mucha información de cómo se puede llevar a cabo este proceso, desde el interrogatorio, la detención, además pude encontrar mucha información en la resolución de dudas, como una asesoría jurídica.
    Pienso que en este país no se han tomado las medidas adecuadas ya que no existe mucha información sobre los temas de los juicios en la pandemia, en general sólo se tiene información sobre cómo se puede llevar a cabo un procedimiento durante un delito además se resuelven muchas dudas respecto de la víctima y cómo debe actuar, cómo se debe de poner una denuncia y todos los alimentos que conlleva. Pero no existen medidas que ayuden a qué el proceso del juicio no se retrase, lo único que se implementó fue qué se pusieran todos los trámites, pero aun así esto afecta mucho a todas las personas que son parte de estos procesos y deben de tener una resolución pronta o inmediata. Hicieron falta la utilización de muchas herramientas tecnológicas, pienso que el utilizar la tecnología en estos casos es algo fundamental, ya que ayuda a que las actividades se mantengan y el proceso después de la cuarentena puedo hacer más fácil y así retomarlo de una manera más sencilla. En este país lamentablemente se aportó muy poca información sobre cómo se debe llevar un juicio en estos tiempos, existe gran variedad de información en cuanto a los juicios presenciales pero muy poca en esta situación.
    Es algo importante que se tengan medidas para este tipo de situaciones, porque es algo qué tiene que ver con el aspecto de la salud y algunos derechos de las personas.


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  75. Alumno: Toledo Mendoza Victor Hugo.
    Materia: Teoria del Proceso. Escolarizado
    Juicios en Croacia
    Les comparto el link de mi trabajo (seleccionan el link, lo introducen en el buscador y les abre directamente el archivo)

    Link:

    https://drive.google.com/file/d/1kcJAtu50Kv1PcLtDhQvZxC0qNwvj02Y1/view

    Breve Resumen de mi trabajo. Juicios en linea en Croacia.

    Juicios electrónicos

    El acceso público a la información básica sobre casos judiciales o e-Case es un servicio público y gratuito para las partes, representantes y otras personas interesadas que participan en los procedimientos judiciales.

    Se realiza una búsqueda en el tribunal y el número comercial del caso permitiendo al visitante “estar informado sobre el curso y la dinámica de resolver el caso en el procedimiento ordinario y el procedimiento de reparación legal” . El sistema actualiza los datos del caso una vez al día por lo que las partes reciben información casi instantánea sobre el estado de su caso y de esta manera se busca agilizar los tribunales minimizando tales consultas que se les realizan para que se puedan dedicar más tiempo a la resolución de litigios.

    Los datos disponibles para los visitantes a través de este navegador provienen del Sistema Integrado de Administración de Casos de la Corte: “eSpis”, un sistema de información en el que los tribunales municipales, comerciales y de condado manejan los casos.

    En primer lugar encontramos el “Rulebook sobre comunicación electrónica” donde se prevén las formalidades electrónicas ante los tribunales; la presentación, registro, organización y operación del sistema de información.

    En lo dispuesto en el artículo 5 de esta ley, “eSpis es un sistema de información único para la gestión y el trabajo en casos judiciales, que consiste en una aplicación estándar, equipos e infraestructura de computadoras y telecomunicaciones, software y herramientas del sistema, y todos los datos que este sistema ingresa, almacena y transmite desde todo tipo de registros a tribunales municipales, de condado y comerciales, el Tribunal Superior de Comercio de la República de Croacia y el Tribunal Supremo de la República de Croacia, de conformidad con las Reglas de Procedimiento vigentes en el sistema eSpis”. Además se manejan los conceptos de firma electrónica, buzón electrónico, marca de tiempo calificada (es una marca de tiempo electrónica que vincula la fecha y la hora a los datos de una manera que excluye razonablemente la posibilidad de cambios inadvertidos en los datos).

    El sistema de información es el punto de servicio (su página web es: usluge.pravosudje.hr) del sistema eSpis y el sistema de información de la Oficina del Fiscal del Estado que está directamente conectado a él. La comunicación electrónica se utiliza en todos los tribunales comerciales, municipales y de condado y en el Tribunal Superior de Comercio de la República de Croacia.

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  76. En estas páginas los abogados, fideicomisarios de bancarrota, notarios, expertos judiciales, tasadores judiciales y entidades legales pueden:

    • Enviar presentaciones y anexos a la corte
    • Recibir documentos de la corte.
    • Realizar una visión remota de los casos judiciales.
    • Recibir una advertencia de que se han abierto procedimientos de quiebra contra una de las partes en los casos en que son apoderados.

    Para iniciar sesión en este servicio y usarlo, necesita:

    1. Tener una cuenta de e-Citizens (al iniciar sesión en un servicio en particular, el sistema NIAS ofrece al usuario la opción de elegir solo aquellas credenciales que cumplan con el nivel mínimo de seguridad requerido).
    2. Solicite una credencial electrónica NIAS de nivel 3 o superior.
    3. Tener el certificado de firma apropiado (los emisores autorizados de certificados de firma en Croacia son Agencia Financiera (FINA), Agencia para la Actividad Comercial Ltd. (AKD) y MIA, indirectamente, en forma de emisión de una tarjeta de identidad electrónica (eOI)
    4. Ser inscrito en el registro interno del Ministerio de Justicia (realizado a través del sistema de información, por el Ministerio de Justicia).
    El Ministerio de Justicia proporciona requisitos técnicos previos para el servicio de comunicación electrónica. El pago de la tasa judicial antes de enviar la presentación al tribunal se realiza a través del Sistema de Recaudación de Beneficios Públicos de la República de Croacia.
    Posteriormente, podemos encontrar una ley denominada: “Ordenanza sobre el trabajo en el sistema eSpis” que tiene como objetivo garantizar la forma correcta de actuar en el sistema eSpis por parte de los usuarios. Además señala que cada tribunal determinará mediante una decisión del Ministro competente para asuntos judiciales el uso del sistema eSpis, cumpliendo previamente con una serie de condiciones .
    Lo que se busca con esta ordenanza es ingresar todos los datos del litigio, que haya una comunicación con las partes para que la sentencia, la resolución del conflicto se haga físicamente en los tribunales o en algún otro lado pactado por las partes; funciona en términos generales de la siguiente manera:
    Según el artículo 27, primeramente cada archivo puede presentarse en la sede de la corte o en las oficinas especiales de servicios permanentes, posteriormente si quieres que el archivo se siga mediante el sistema eSpis deberá contener los siguientes datos (las partes, representantes de las partes, tipo de sujeto, el tipo de disputa y el valor del tema de la disputa o la designación del delito penal y el derecho penal, solución de casos por casos establecidos en el tribunal municipal, fecha de inicio del proceso, la fecha de establecimiento del caso en el tribunal, presentaciones y otros anexos y la tasa judicial.

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  77. Conforme al artículo 35 de esta Ordenanza, el inicio del proceso en el sistema eSpis es el día en que se recibió por primera vez la presentación que establece el archivo en cualquier tribunal, es decir el día en que se presentó la demanda.
    Posteriormente la oficina de registro recibe el envío y establece el archivo, después de lo cual se inicia automáticamente el algoritmo para asignar elementos al sistema eSpis. Asi mismo, se realiza una asignación aleatoria automática que consiste en la asignación de casos a solucionadores de acuerdo con las especializaciones de cada juez acompañados de criterios de cuantía y territorio; estos criterios los podemos ver repartidos en las zonas que expresa el artículo 42 de esta ordenanza, dividiéndolas en cuatro A, B, C Y D.
    Después de todo el proceso en el sistema eSpis, conforme al artículo 44 la solución de los casos se determinará de acuerdo con la residencia o la sede de la persona contra la cual se llevan a cabo los procedimientos, y en los casos penales de acuerdo con el lugar donde se cometió el delito. Si el acuerdo del caso no se puede determinar de acuerdo con la residencia de la persona contra la cual se lleva a cabo el procedimiento, el acuerdo del caso se determinará de acuerdo con la residencia de la persona que inicia el procedimiento y finalmente, si no es posible determinar el acuerdo del caso, la sede del tribunal será el lugar donde se lleve a cabo la resolución del caso.
    Bibliografía.
    • Constitución de la República de Croacia. Consultado el 02 de junio de 2020. Disponible en: https://www.constituteproject.org/constitution/Croatia_2010?lang=en#565

    • Ministerio de Justicia de la República de Croacia, e-object. Disponible en: http://e-predmet.pravosudje.hr/?q=o

    • Naciones Unidad, Asamblea General, Informe nacional presentando de conformidad con el párrafo 15 a) del anexo de la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos. Croacia. Consultado el 03 de junio de 2020. Disponible en: https://lib.ohchr.org/HRBodies/UPR/Documents/session9/HR/A_HRC_WG.6_9_HRV_1_Croatia_spa.pdf pág. 03.

    • Narodne Novine, Sluzbeni List Republike Hrvatske, Rulebook sobre comunicación electrónica. Disponible en: https://narodne-novine.nn.hr/clanci/sluzbeni/2020_01_5_60.html

    • Portal Europeo de E-justicia. Croacia, Sistema judicial. Disponible en: https://e-justice.europa.eu/

    • Republika Hrvatska Ministarstvo pravosuda, Organización de la Justicia, Ley de áreas y asientos de los tribunales. Disponible en: https://pravosudje.gov.hr/pristup-informacijama-6341/ostale-informacije/zakoni-i-propisi-6354/organizacija-pravosudja-6443/6443

    • Tribunal Supremo de Croacia, Judicial. Consultado el 02 de junio de 2020. Disponible en: http://www.vsrh.hr


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  78. ALUMNA:LOZANO BUITRON KAREN ESTEFANIA
    MATERIA:TEORIA GENERAL DEL PROCESO
    PAÍS: EL VATICANO
    PRIMERA PARTE
    Es importante tener en cuenta un poco del contexto general respecto al Vaticano para de ahí partir y poder entender cómo funciona su sistema judicial:
    • Forma de Estado. La forma de Gobierno es una monarquía absoluta. La actividad política del Vaticano es conducida por el papa a través de la Secretaría de Estado.
    • Poder Ejecutivo. El jefe de Estado es el Sumo Pontífice, el papa, que tiene plenos poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Durante el período de sede vacante (muerte o renuncia papal), dichos poderes son ejercidos por el Colegio de Cardenales. El papa se apoya en su secretario de Estado (una suerte de primer ministro o canciller).
    • Poder Legislativo: ejercido por el sumo pontífice, quien dicta disposiciones legislativas o en su nombre lo hace la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano, el cual se integra por cardenales, con un periodo de cinco años, nominados por el papa en funciones. Las disposiciones legislativas son publicadas en un suplemento especial del Acta Apostolicae Sedis (AAS).
    • Poder Judicial: se compone por un Tribunal de Apelación y un Tribunal de Casación, que ejercen sus poderes en nombre del sumo pontífice.
    Su sistema no es tan complicado debido al tamaño de esta Ciudad-Estado. El Estado del Vaticano nació en 1929 a raíz de los Pactos Lateranenses firmados con el Gobierno italiano, y adoptó como ley penal el código italiano de 1889 y como ley procesal el código italiano de 1913. Esas vetustas legislaciones fueron modernizadas por Benedicto XVI en el 2008, pero necesitaban una nueva puesta al día para incorporar mayor rigor y rapidez, introduciendo, por ejemplo, la incautación preventiva de bienes y otros mecanismos habituales en la mayoría de los sistemas jurídicos.
    Por otro lado, la Iglesia católica tiene tribunales diocesanos para juzgar asuntos religiosos aplicando el Código de Derecho Canónico sobre temas como, por ejemplo, la validez o nulidad de un matrimonio. Lo mismo hace en Roma el Tribunal de la Rota, mientras que la Penitenciaria Apostólica juzga asuntos de conciencia. Son tribunales estrictamente religiosos.
    En cambio, el Estado del Vaticano tiene (como todos los países) tribunales de varios niveles para decidir sobre casos civiles y penales. Los casos civiles más frecuentes son controversias laborales sobre derechos adquiridos, indemnizaciones, etc. Los casos penales suelen ser, por fortuna, leves como las multas de tráfico y pequeños robos. La justicia vaticana está compuesta por un Juez Único para los casos más comunes (como multas) y de tres de los más graves; incluye también un Tribunal de segundo grado reservado para las apelaciones y un Tribunal Supremo integrado por tres cardenales, según informa la revista italiana Studio. Un dato interesante es que el Vaticano disponía de tres pequeñas celdas abiertas en 1929 pero fueron cerradas en el año 1955, debido a su escaso uso. Desde entonces, los detenidos están recluidos en el cuartel de la Gendarmería.

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  79. ALUMNA:LOZANO BUITRON KAREN ESTEFANIA
    MATERIA:TEORIA GENERAL DEL PROCESO
    PAÍS: EL VATICANO-segunda parte
    Por acuerdo internacional con Italia, los robos a cargo de carteristas en la plaza de San Pedro se juzgan en tribunales italianos. En cambio, un carterista que «actúa» dentro de la basílica de San Pedro o en los Museos Vaticanos acabará en el Tribunal del Vaticano.
    El poder judicial en general es ejercido en nombre del Sumo Pontífice por los órganos constituidos según el ordenamiento judicial del Estado. La ley fijará la competencia de estos singulares órganos, que ejercerán sus funciones únicamente sobre actos jurisdiccionales ocurridos dentro del territorio del Estado. En cualquier causa civil o penal, o en cualquier estado de la misma, el Sumo Pontífice puede deferirle la instrucción y la decisión a una instancia particular, con facultad de pronunciarse siguiendo la equidad y con exclusión de cualquier otro gravamen ulterior. Además, también prevé el artículo 17, de la Constitución vaticana, que cualquiera que considere lesionado un derecho propio o posea interés legítimo en un acto administrativo, puede proponer recurso jerárquico ante la autoridad judicial competente. Sin embargo, el recurso jerárquico precluye y de la misma manera la acción judicial, salvo que el Sumo Pontífice disponga otra cosa. Es bien curioso también encontrar en el artículo 18 de la Constitución, que las controversias laborales que se susciten al interior del Estado Vaticano, así como otras que dependan de la administración del Estado, serán de competencia de la Oficina del Trabajo (Ufficio del Lavoro) de la sede apostólica, según los estatutos que rigen la misma. Y, los recursos disciplinarios, podrán ser propuestos ante la Corte de Apelaciones del Estado Vaticano, según las normas propias de este tribunal.
    Actualmente debido al Coronavirus el Papa informo que esperaran a llevarse a cabo presencialmente cualquier situación controversial. De igual forma en el mes de Marzo El Papa Francisco promulgo una nueva ley (n. CCCLI) que aprueba el orden judicial del Estado de la Ciudad del Vaticano, reemplazando la de 1987 establecida por San Juan Pablo II. Son 31 los artículos que componen el nuevo texto que garantiza una mayor independencia de los órganos judiciales y los magistrados y revisa numéricamente la composición de la Corte (aumento de una unidad del personal de los magistrados). se ha redactado un jefe independiente para la Oficina del Promotor de Justicia, distinto del que se relaciona con el Tribunal, que prevé una serie de disposiciones reglamentarias detalladas, que anteriormente no existían. La nueva ley también prevé la posibilidad de que un caso sea juzgado en una universidad, es decir, con la adición de dos o más jueces aplicados nombrados por un período de tres años. En cuanto a los abogados, incluyendo los requisitos para la inscripción ha sido añadida a los abogados de la Rota Romana, la habilitación forense en el Estado de residencia. Por último, la defensa de las administraciones también se extiende a los jefes de oficina de los Dicasterios de la Curia romana y de la Gobernación, sujeto al mandato del superior jerárquico. El Papa Francisco ha establecido que el inicio del año judicial se posponga al 1de enero.

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  80. ALUMNA:LOZANO BUITRON KAREN ESTEFANIA
    MATERIA:TEORIA GENERAL DEL PROCESO
    PAÍS: EL VATICANO-TERCERA PARTE
    Para concluir como se puede observar su sistema judicial no es tan complejo, pero sí muy interesante, sin embargo, la nueva ley promulgada podría cambiar radicalmente su sistema e incluyendo talvez la tecnología para sus juicios (los cuales no son muchos) o simplemente para cualquier trámite que se requiera.
    FUENTE:
    • Stato Della Citta del Vaticano; Central Intelligence Agency Factbook, Holy See (Vatican City); y Ministerio de Asuntos Exteriores de España, Ficha País Santa Sede Estado de la Ciudad del Vaticano.
    • Chelminsky,Aliza: López González María Rosa; Zambrano Hernández Karla Viridiana. (2020). Diplomacia parlamentaria. 03/06/2020, de Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques Sitio web: https://centrogilbertobosques.senado.gob.mx/
    • Juan Vicente Boo. (16/07/2013). El Papa refuerza las leyes penales del Estado del Vaticano y la Curia romana. 03/06/2020, de ABCSociedad Sitio web: https://www.abc.es/sociedad/20130711/abci-papa-leyes-penales-vaticano-201307111304.html
    • Davide Dionisi. (16 marzo 2020). Francisco establece el nuevo Sistema Judicial para el Estado del Vaticano. 03/06/2020, de VaticanNews Sitio web: https://www.vaticannews.va/es/papa/news/2020-03/papa-francisco-sistema-judicial-vaticano.html
    • Hernán Alejandro Olano García. (2004). LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO VATICANO. 03/06/2020, de Red de Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal Sitio web: https://www.redalyc.org/pdf/825/82510702.pdf
    VINCULO EN DRIVE PARA QUE PUEDAN VER MI TRABAJO COMPLETO: https://drive.google.com/file/d/1lIp05WvgvOHBygC-HIdneu2WKqHZpxPw/view?usp=sharing

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  81. ALUMNA:PEREA VALDÉS ALONDRA
    MATERIA: TEORIA GENERAL DEL PROCESO
    PAÍS: FEDERACIÓN DE RUSIA - RUSIA
    El poder judicial de Rusia se rige bajo el ordenamiento jurídico de la Constitución. Maneja estructuras jerárquicas como el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, el Tribunal Supremo de Arbitraje, tribunales de distrito que son los que se consideran de primera instancia y los tribunales regionales que son en los que se pueden apelar, se integran por el Congreso de jueces de Rusia, el Ministerio de justicia y las cortes, con oficiales de la corte, miembros del jurado, el fiscal general por mencionar a algunos.
    En la Constitución de Federación de Rusia, 1993, con enmiendas hasta 2014 , establece en el artículo 11 de la Constitución Rusa el Poder Judicial y que la Judicatura se organiza en tres partes y una más que se añadió en 1998:
    1. Las Cortes de Jurisdicción Ordinaria: que se encargan principalmente de asuntos civiles, administrativos, y penales. (artículo 25 de la Constitución)
    2. Las Cortes Estatales de Arbitraje Comercial: que se encargan de resolver disputas civiles, administrativos y empresarios, son organizaciones no estatales. (artículo 127 de la Constitución)
    3. Corte Constitucional: que se encarga del control de Constitucional (artículo 126 de la Constitución), se compone de 19 jueces
    4. Tribunal Europeo de Derechos Humanos: se dio la ratificación del Convenio europeo a fin de proteger los derechos humanos
    En el artículo 18 de la Constitución Rusa se habla de la administración de justicia y las funciones de los tribunales, procedimientos judiciales.

    Las personas que son interesadas en un proceso llevan a cabo la promoción de actividad frente a un tribunal para que éste preste auxilio en el curso del procedimiento.
    I. La tramitación judicial; es un procedimiento ascendente con etapas:
    - Procedimiento en primera instancia: que va desde la presentación de la demanda, hasta el fallo o resolución definitiva.
    - Procedimiento de segunda instancia: en esta etapa se lleva a cabo la apelación, revisión de sentencias y resoluciones de los tribunales en la instancia de casación.
    - Procedimiento en el sistema de inspección judicial superior
    - Procedimiento para la revisión de fallos judiciales: son revisados por una declaración de las personas interesadas, ya sea de la Procuraduría o de los órganos del poder judicial, deberán fundar las nuevas circunstancias.
    - Procedimiento ejecutivo

    Las actuaciones en procedimientos civiles se regulan bajo las normas del Derecho Procesal Civil, que regulan los derechos y obligaciones procesales, se inician en los tribunales de primera Instancia que el procedimiento consiste en:
    • Examinar el asunto e intereses del pleito para pronunciar el fallo
    • Los derechos de las personas dentro del litigio tienen una defensa judicial que los protege
    • Derecho de presentación de demanda; es el nacimiento del cumplimiento del derecho o la obligación
    • Derecho de la parte demandada o contraria a defender sus intereses
    • Derechos de la procuraduría; consiste en examinar el litigio, la relación de los derechos a la protección judicial de las partes.

    VINCULO PARA VISUALIZAR TRABAJO COMPLETO. https://drive.google.com/drive/folders/1sICVp-48a_zyaQlncaJjRzOHR7LYgyRK

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  82. SÁNCHEZ RENDIVEZ DANIELA
    TEORÍA DEL PROCESO/ESCOLARIZADO
    ALEMANIA

    PARTE I
    JUICIOS EN ALEMANIA

    Hoy en día, Alemania ha sido algo un modelo, alternativamente admirado y envidiado en todo el mundo por su manejo del Coronavirus. Por una buena razón: la curva se ha aplanado. El número de personas recién infectadas cada día es estable. El número absoluto de muertes y la tasa de mortalidad siguen siendo bajos comparados con otros países. Y el factor de reproducción ronda alrededor de uno, lo que significa que, en promedio, una persona infectada infecta sólo a otra persona. La primera ola del virus ha pasado. Alemania está reabriendo con cautela.
    Para mediados de marzo, la vida pública se había detenido por completo. Escuelas y tiendas estaban cerradas, al igual que las fronteras. Se implementó el distanciamiento social y se prohibieron las reuniones de más de dos personas. Se instó a la gente a quedarse en casa, aunque aún podía salir a caminar, comprar comestibles y hacer ejercicio. Al mismo tiempo, Alemania aumentó su número de camas de terapia intensiva y cuadruplicó su capacidad de pruebas
    Para principios de mayo, las medidas habían funcionado y con esto acordaron salir del aislamiento pero con una condición: si el número de casos nuevos supera a los 50 en 100 mil habitantes a lo largo de siete días en un área, las autoridades locales deben volver a imponer las restricciones.
    Las medidas de confinamiento no fueron tan severas en Alemania como en otros lugares de Europa. A diferencia de España o Italia, los alemanes podían salir a pasear en familia siempre que mantuvieran 2 metros de distancia con extraños, o a reunirse con un amigo (pero solo uno). También tenían permiso para hacer deportes, ir al trabajo, al médico o a hacer compras y sin necesidad de entregar un documento a la policía.
    A continuación se presentaran algunas consecuencias del Covid-19 que hubieron en los procesos en Alemania: modificación de los plazos de suspensión de los juicios orales.



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  83. SÁNCHEZ RENDIVEZ DANIELA
    ALEMANIA
    Parte ll

    I. LA AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS DE SUSPENSIÓN DE LOS PROCESOS PENALES YA INICIADOS (PARA EVITAR TENER QUE REPETIRLOS)
    El 27 de marzo de 2020 se aprobó en Alemania la Ley para mitigar los efectos de la pandemia del COVID-19 en los procesos civiles, concursales y penales. Esta norma recoge en diferentes artículos las medidas que el legislador alemán ha considerado necesario abordar en el marco de los procesos mencionados para hacer frente a la situación excepcional generada por el COVID-19.
    Esta reforma, que adapta las normas que regulan la suspensión de los plazos de interrupción de los juicios orales a la situación generada por el COVID-19, tiene una vigencia limitada en el tiempo; lo que tiene todo su sentido puesto que la norma se aprueba para hacer frente a esta situación de emergencia.
    El acceso a la justicia se vio seriamente afectado como consecuencia de la imposibilidad de jueces y magistrados, fiscales, abogados, y el resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de desarrollar su trabajo con normalidad, pero la actividad judicial no se paralizo, sino simplemente ralentizado.
    En el marco del proceso penal, la reforma vino a hacer frente a uno de los problemas que la crisis del COVID-19 ha provocado en nuestra vida diaria: la imposibilidad de concentración de personas y la obligación (y necesidad) de mantener la adecuada distancia de seguridad entre personas, a la vez que se ha restringido con carácter general.
    Tanto desde el Ministerio de Justicia de la Federación (Bundesministerium der Justiz und für Verbraucherschutz), como desde los Ministerios de Justicia de los distintos Estados federados (Bundesländer), se recomendó la reducción de las actuaciones judiciales y de las audiencias públicas a aquellos casos en que sea estrictamente necesario; sin perjuicio de que parten del hecho de que se trata de una decisión que corresponde en exclusiva a cada uno de los jueces y tribunales en el ejercicio de la función jurisdiccional y en el ámbito de la independencia judicial constitucionalmente proclamada (art. 97.1 de la Ley fundamental alemana).
    La reducción de la actividad de los tribunales a los casos estrictamente necesarios, en la línea que se adoptó en el resto de actividades laborales, se combinó con el hecho de que estábamos ante un servicio esencial, ante el ejercicio de uno de los poderes del Estado, cuya limitación se atendió al principio de proporcionalidad en la adopción de cualquier medida que se lleve a cabo y que pueda interferir de alguna forma en el ejercicio de la potestad jurisdiccional.
    Los principios de oralidad, publicidad, inmediación y concentración, que son principios inherentes al proceso, no se vieron limitados ni siquiera en esos momentos excepcionales.
    Una vez que transcurrió el plazo de interrupción fijado, el proceso se reanudo desde el momento procesal en que se encontraba cuando se interrumpió. La interrupción no afecta, por tanto, a la actividad desarrollada en las sesiones orales que ya se han celebrado.
    El cómputo de los plazos de interrupción pudo quedar en suspenso, por un plazo máximo de dos meses, en los casos previstos en el apartado tercero del artículo 229 StPO.

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  84. SÁNCHEZ RENDIVEZ DANIELA
    ALEMANIA

    PARTE III

    La StPO las limita a los casos de enfermedad de alguno de los acusados; o de enfermedad del juez o de alguno de los miembros del tribunal, o de baja por maternidad o por cuidado de hijos durante un tiempo prolongado. Además, y esto es fundamental, la suspensión solo puede acordarse en aquellos procesos en los que ya se hubiesen celebrado al menos diez sesiones del juicio oral. Si no se había llegado a este número, y alguna de las partes o de los miembros del tribunal enfermaba, había que repetir el juicio desde el principio. Por tanto, no en todos los procesos era posible suspender el cómputo de los plazos de interrupción.
    El artículo 3 de la Ley de 27 de marzo de 2020 introdujo dos modificaciones esenciales en relación con la suspensión de los plazos de interrupción, que afectan tanto a los motivos de suspensión como a los procesos en los que se puede acordar. En primer lugar, añadió como nuevo motivo de suspensión la necesidad de evitar la propagación del COVID-19. En segundo lugar, elimino el requisito de que para suspender los plazos de interrupción durante dos meses tenían que haberse celebrado ya diez sesiones orales en dicho proceso. El artículo 10 de la Ley de Introducción a la StPO quedo redactado de la siguiente manera tras la reforma.
    «(1) Independientemente de la duración del juicio oral, el cómputo de los plazos de interrupción previstos en los párrafos 1 y 2 del artículo 229 de la StPO se suspenderá por un plazo máximo de dos meses, cuando el juicio oral no se pueda desarrollar como consecuencia de la adopción de medidas de protección para evitar la propagación del virus SARS-Cov-2-Virus. Estos plazos terminan al menos diez días antes de la finalización del plazo de interrupción. El inicio y finalización del plazo de suspensión lo acordará el tribunal por medio de auto irrecurrible.
    (2) Lo dispuesto en el párrafo primero es aplicable al plazo para dictar sentencia, del artículo 268 párrafo 3, frase 2 de la StPO».
    La decisión, por tanto, de suspender el proceso por causa del COVID-19 corresponde en exclusiva al juez o tribunal competente por medio de auto que no es susceptible de recurso (art. 229.3 de la StPO). Una vez transcurrido el plazo de suspensión, el juicio oral se reanudará a partir del momento en que se encontraba cuando se interrumpió.
    II. CRÍTICAS A LA REFORMA LEGAL
    La Asociación Nacional de Jueces alemanes (la Deutscher Richterbund - en adelante la DRB) y las asociaciones de abogados alemanes se mostró, con carácter general, favorables a la inclusión, entre las causas de interrupción de los plazos de suspensión de las vistas orales, de las medidas para evitar la propagación del COVID-19. Ello no impide, sin embargo, la existencia de críticas, entre las que destacan principalmente las siguientes.
    1. La extensión a todos los procesos penales independientemente de las vistas que se hubieran ya celebrado
    La inclusión de la pandemia del COVID-19 como causa general de suspensión de cualquier proceso penal, desvinculándolo de que se hubiera ya celebrado un número mínimo de diez sesiones, no se acepta de manera unánime. Los abogados consideran que no es necesario extenderlo a procesos penales en los que apenas se han desarrollado vistas orales. La Asociación Nacional de Abogados Alemanes (la Bundesrechtsanwaltkammer, en adelante BRAK), que no considera acertada la ampliación, apunta que como mucho se debería haber extendido a procesos en los que ya se hubieran desarrollado al menos cinco sesiones orales. Como dice la BRAK, limitando la suspensión a los casos en los que ya se han celebrado un número determinado de sesiones del juicio oral, se consigue que la suspensión supere la desventaja de un nuevo comienzo del proceso después de la pandemia.

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  85. SÁNCHEZ RENDIVEZ DANIELA
    ALEMANIA

    PARTE IV

    En ciertos momentos parece inevitable pensar que con esta reforma lo que el legislador ha pretendido es «animar» a los jueces y tribunales a adoptar la decisión de suspender los procesos ya iniciados, sin que pesara en ellos más el temor a tener que volver a reiniciarlos, con la consiguiente carga de trabajo que ello supondrá, una vez que se logre volver a la normalidad.
    2. La suspensión no puede acordarse más de una vez
    En segundo lugar, las asociaciones de abogados echan en falta que la suspensión del juicio por causa del COVID-19 se limite a una única vez. Es decir, que si una vez transcurridos los plazos máximos de suspensión no es posible reanudar las sesiones en el plazo previsto por la ley, se tendrá que ordenar la repetición de las actuaciones, sin que sea posible acordar una prórroga de la suspensión.
    En opinión de los abogados, es fundamental que el principio de concentración no quede aún más afectado por el hecho de que el nuevo motivo de suspensión pueda acordarse varias veces sucesivamente. Por ello la norma debería dejar claro que la suspensión solo se permite una vez por procedimiento.
    3. La posible arbitrariedad en la decisión de interrumpir el proceso
    Otro de los aspectos en los que han incidido los abogados es que la Ley deja abierto hasta qué punto el juez o tribunal tiene la obligación de acordar la interrupción del juicio oral. La Ley deja en manos de cada órgano judicial la decisión de la suspensión o no del proceso, sin imponerles ni siquiera la obligación de suspender todas las vistas que pudieran tener señaladas. Cada juez o tribunal, en el ejercicio de la función jurisdiccional y de su independencia, debe decidir en cada caso si celebra el proceso, o si acuerda la suspensión a causa del COVID-19. Esto al final se va a traducir en que no va a existir una línea uniforme a nivel nacional, ni dentro de cada Estado, ni siquiera en las mismas ciudades.
    No se trata en estos supuestos de enfermedad de alguno de los acusados o de los miembros del tribunal, sino de una situación excepcional de peligro que afecta a toda la sociedad, pero que no se tiene que concretar en ninguno de los que intervienen en el proceso en el que se acuerda la suspensión. En este sentido, por tanto, la Ley no exige al juez o tribunal que vincule la causa de suspensión al concreto proceso, sino al temor general (y no infundado) de que el virus se puede propagar. Por eso no es necesario que uno de los acusados o de los llamados a dictar sentencia se encuentre enfermo o en cuarentena, ni se va a exigir en ningún caso que se acredite la enfermedad. Bastará, por ejemplo, que existan síntomas sospechosos, que pertenezcan a alguno de los grupos de riesgo (ancianos, personas con patologías o con sistema inmunitario deficiente) o que, por ejemplo, alguna de las personas que trabajan en el tribunal se haya infectado.
    Por eso, en estos momentos a los jueces y tribunales habrá que exigirles que mantengan un criterio uniforme en la adopción de la suspensión. Es decir, que la suspensión de los juicios no sea una decisión aleatoria y que pueda causar indefensión a las partes. Mucho más si, además, la resolución que acuerda la suspensión es irrecurrible. La reforma permite, pero no impone, que un juez o tribunal acuerde la suspensión de todos los procesos penales pendientes.

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  86. SÁNCHEZ RENDIVEZ DANIELA
    ALEMANIA

    PARTE V

    Uno de los procesos en tramitación que se podía haber visto afectado por la crisis del Corona-Virus, y, por tanto, a los que se podría haber aplicado la nueva causa de suspensión, era al llamado «Cum-Ex Prozess», en el que se juzgaba el mayor escándalo fiscal de todos los tiempos en Alemania. Este proceso, que comenzó el 4 de septiembre de 2019, contra dos empleados de banca británicos, pudo concluirse en el mes de marzo en la Audiencia Provincial de Bonn. El proceso, con una duración de 44 sesiones, se enfrentó en las últimas semanas a la amenaza de tener que suspenderse como consecuencia del COVID-19. Entre las razones, por un lado, las medidas de seguridad para garantizar la salud de todos los intervinientes en el juicio, tanto jueces, jurados escabinados, partes, terceros intervinientes o el público asistente; y, por otro lado, el hecho de que los dos acusados volaban cada semana desde Inglaterra e Irlanda y se temía en cualquier momento un cierre total del espacio aéreo. El Magistrado-Presidente consciente del debate que se estaba produciendo en relación con la introducción de nuevos motivos de suspensión, aceleró la tramitación del proceso, concentró al máximo las sesiones, y finalmente consiguió terminarlo, evitando con ello una suspensión que, conforme a lo previsto en la Ley, podría extenderse hasta un máximo de tres meses y diez días.
    4. La suspensión del plazo para dictar sentencia
    En cuarto y último lugar, podemos resaltar la crítica que se hace a que el nuevo motivo de suspensión se haya extendido también al plazo para dictar sentencia del apartado tercero artículo 268 de la StPO, conforme al cual el juez o tribunal deberá dictar sentencia al finalizar el juicio oral. No obstante, podrá dictarla dentro de los diez días siguientes, pero si en el undécimo día tras la finalización del juicio no hay sentencia el juicio deberá comenzar de nuevo. El cómputo del plazo de diez días para dictar sentencia podrá ser suspendido en los casos de enfermedad o de baja por maternidad o por cuidado de hijos, previstos en el apartado tercero del artículo 229; siempre y cuando se tratase de procesos en los que se hubieran celebrado al menos diez sesiones. Pues bien, tras la reforma operada por la Ley de 27 de marzo de 2020, el legislador prevé también que el juez o tribunal suspenda el plazo para dictar sentencia cuando considere que ello es necesario para evitar la propagación del COVID-19.
    Como señala la DAV, el breve plazo que la Ley concede al órgano judicial para dictar sentencia está vinculado íntimamente a los principios de oralidad, inmediación y concentración del juicio oral, de tal manera que el juez o tribunal conserve en la memoria las actuaciones realizadas y tenga una visión global, y no fraccionada, del proceso. Los diez días extra que la StPO concede al órgano judicial para dictar sentencia son ya una excepción a la obligación de dictar sentencia al término del juicio oral, y es de aplicación en los casos complejos. Por ello, la DAV no entiende la extensión que se hace de este nuevo motivo al plazo para dictar sentencia que se extiende igualmente a todos los procesos penales, sin que se exija que sean casos complejos. El COVID-19 no puede ser utilizado como una cláusula general de ampliación de los plazos para dictar sentencia, sin perjuicio de que evidentemente la situación laboral de jueces y magistrados se ha complicado.

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  87. SÁNCHEZ RENDIVEZ DANIELA
    ALEMANIA

    PARTE VI

    III. CONCLUSIONES
    El legislador alemán, consciente de la excepcionalidad pero también de la gravedad de la pandemia del COVID-19, aprobó el 27 de marzo una ley para mitigar los efectos de esta pandemia en los procesos civiles, concursales y penales. En lo que se refiere al proceso penal, la reforma se concretó en una única medida directamente relacionada con uno de los principales efectos que esta pandemia ha traído a nuestra vida diaria: la necesidad de reducir al máximo nuestra vida social y de extremar las medidas de precaución para evitar contagios. El impacto que estas medidas tienen en el desarrollo normal de un proceso penal en el que son esenciales los principios de oralidad y publicidad es evidente. Las vistas orales, salvo en aquellos casos en los que se haya acordado la celebración a puerta cerrada, son públicas y requieren la intervención de un elevado número de personas: jueces, abogados, fiscales, acusados, testigos, peritos, los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y, por supuesto, el público que voluntariamente quiera acceder. Por ello, no será fácil en todos los casos garantizar la seguridad de los intervinientes y desarrollar el juicio oral con normalidad.
    Referencias
    https://www.clarin.com/new-york-times-international-weekly/alemania-sale-cuarentena-aprende-dura-leccion_0_SV9Gr8bF6k.html
    https://diariolaley.laleynext.es/dll/2020/04/27/consecuencias-del-covid-19-en-los-procesos-penales-en-alemania-modificacion-de-los-plazos-de-suspension-de-los-juicios-orales1

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  89. La tramitación de los juicios en Rusia

    Medina Gómez Axel Uriel. Juicios orales en materia civil. RUSIA.

    Con la caída de la Unión Soviética, Rusia transitó de familia jurídica, ya que la familia socialista estaba en declive y su sistema jurídico terminó encuadrando en la familia neorromanista; sin embargo conservó muchas características del Derecho Soviético como es el caso del sistema inquisitivo en Derecho Procesal que en la actualidad va migrando poco a poco al sistema acusatorio adversarial.
    La constitución de 1993 que sustituyó a la anterior ley fundamental soviética tuvo como reto principal armonizar los nuevos paradigmas legales de Rusia con las antiguas tradiciones y costumbres soviéticas, lo que dio como resultado la necesaria separación de poderes que antes no existía y como consecuencia de lo anterior la autonomía del poder judicial.
    Rusia es una federación, significa que su sistema normativo refleja claramente las diferencias entre leyes federales y leyes de las partes integrantes de la federación, mismas que han sido codificadas debido a la tradición romano-canónica que ha sido adoptada con la unificación soviético-rusa; los tribunales que son los encargados de la impartición de justicia y de la educación legal también tienen marcada la división.
    La profesión legal no se encuentra regulada, guarda similitud con los países que pertenecen a la familia del common law en virtud de que los abogados deben pertenecer a la barra para que sean considerados de prestigio y puedan ejercer.

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  90. MEDINA GÓMEZ AXEL URIEL. Juicios Orales en Materia civil. RUSIA.

    Derecho procesal civil ruso
    El Derecho Procesal Civil es la rama del Derecho que se ocupa de la realización de justicia en los litigios civiles.
    En la federación Rusia, para la impartición de justicia, dividimos los asuntos en civiles y criminales; los asuntos civiles contemplan diversas ramas como lo es el Derecho civil, administrativo, familiar, laboral, agrario, sucesorio, ambiental, económico, derechos políticos y demás derechos personales y patrimoniales.

    Tribunales
    Los tribunales en Rusia son especializados y se dividen en:
    - Suprema Corte de la Federación Rusa
    - Tribunal constitucional
    - Tribunales comerciales
    - Tribunales de justicia
    - Tribunales regionales
    - Juzgados de paz
    El tribunal constitucional conoce de procedimientos constitucionales y se pronuncia sobre la constitucionalidad de leyes, los tribunales comerciales conocen de asuntos comerciales, civiles y administrativos siempre y cuando tengan relación con el comercio, los tribunales de justicia tienen competencia por exclusión, es decir, conoce de todo lo que no abordan el tribunal constitucional y los tribunales comerciales, los tribunales regionales son los que conocen en primera instancia sobre derechos políticos, los juzgados de paz tienen competencia por cuantía en negocios cuyo valor no exceda los cien mil rublos.

    Principios procesales
    Los principios que rigen al proceso son:
    - Independencia de los jueces
    - Apertura
    - Naturaleza contradictoria de la prueba
    - Igualdad de las partes
    - Oportunidad

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  91. MEDINA GÓMEZ AXEL URIE. Juicios Orales en Materia civil. RUSIA.

    Tipos de procedimientos civiles
    La ley establece diferentes procedimientos dependiendo de la naturaleza del asunto, los criterios para fijar la competencia que se utilizan por regularidad son el territorio, la cuantía y la importancia del caso.
    Los procedimientos que existen son:
    - Procedimientos escritos
    - Procedimientos contradictorios
    - Procedimientos sobre asuntos que surjan de las relaciones públicas
    - Procedimientos especiales (por ejemplo, adopción, declaración de ausencia y declaración de muerte)
    - Procedimientos de ejecución
    La regla general es que los procedimientos civiles son escritos y mixtos, y se aplican a casos contenciosos, no ha lugar a estos procedimientos cuando estamos frente a una jurisdicción voluntaria.

    Etapas procesales
    1. Presentación de la demanda: por escrito y de conformidad con los requisitos legales.
    ¿Quién puede presentar la demanda? El solicitante, su representante, el fiscal velando por los intereses del Estado, un constituyente de la federación o los municipios.
    El actor debe adjuntar copias de traslado, documento que confirme el pago de la tasa estatal, documento fundatorio y el cálculo del negocio jurídico que se reclama.
    El juez al recibir la demanda puede (en un plazo de 5 días): admitirla e iniciar el procedimiento, desestimarla, devolverla a manera de prevención, abandonarla si no cumple con los requisitos legales.
    El demandado puede promover la reconvención con los requisitos de la demanda.
    El juez puede adoptar medidas precautorias como:
    - Secuestrar la propiedad del demandado
    - Prohibir al demandado realizar ciertas acciones
    - La suspensión de la venta de la propiedad
    - La ejecución legal para la recuperación de la propiedad

    2. Preparación del caso para juicio: en esta etapa se puede llegar a la conciliación si es deseo de las partes y el juez los puede conminar a reconciliarse, se da a conocer a las partes la demanda y la contestación (en su caso la reconvención y su contestación), se hace la fijación de la litis, se fijan las pruebas y se realiza el descubrimiento probatorio (las partes van a revelarse entre ellas las pruebas que pretenden ofrecer). El juez tiene la facultad para implementar medadas para obtener todas las pruebas necesarias para obtener un fallo adecuado. El juez puede conminar a una solución amistosa con la mediación.
    3. El juicio: El tiempo general para un juicio es de dos meses desde el día de la presentación de la demanda, hay casos como el juez de paz donde tienen un mes para resolver, o plazos más cortos como en el caso de una reinstalación de trabajo.
    El juicio comienza con la presencia de las partes, se resuelven las objeciones y las peticiones de las mismas, a continuación, se procede a examinar las pruebas y es el momento procesal oportuno para que las partes hagan su argumentación y defiendan su dicho; el juicio termina cuando el tribunal llega a un veredicto (en casos criminales el veredicto lo determina un jurado).

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  92. MEDINA GÓMEZ AXEL URIEL. Juicios Orales en Materia Civilo. RUSIA.

    El procedimiento de absentia
    Es lo que conocemos como procedimiento en rebeldía y se aplica cuando el demandado está ausente en las audiencias, se priva al demandado de presentar evidencias ante el tribunal y de argumentar, se le notifica el fallo para que, dentro de un plazo de 7 días presente, si así lo desea, la anulación de la absentia.
    Cualquier resolución puede ser apelada con el recurso de apelación, casación o supervisión.

    La tramitación de los juicios civiles en Rusia es similar al sistema jurídico mexicano, con ciertas salvedades como la duración de los juicios, que en teoría es mucho menor al tiempo que duran en México, ya que no se dan las prácticas dilatorias para retardar el proceso.
    En Rusia no observamos aun la introducción de los juicios orales como observamos en México, que comenzaron a funcionar en 2013; todavía existen los juzgados de paz para analizar asuntos de menor cuantía.
    Tampoco observamos la tramitación de los juicios en línea, que podría ser una manera de darle celeridad al proceso y de desahogar la carga de trabajo de los tribunales.
    Como corolario, la Doctora Consuelo Sirvent define al Derecho Comparado como la disciplina que confronta las semejanzas y diferencias de los diversos sistemas jurídicos que hay en el mundo; el Derecho Comparado nos ayuda a ver qué cosas funcionan en un sistema jurídico determinado y analizar si lo podemos implementar en el nuestro, Podemos tomar elementos que funcionen del Derecho Procesal ruso y aplicarlos en el sistema mexicano y viceversa, para así poco a poco darle eficiencia y eficacia a la tramitación de los procedimientos.
    _____________________
    Arkhipov, Vladislav et al. La judicatura en el sistema constitucional ruso. Revista de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. 2013. Pp 2-5
    2 Becerra Manuel. Derecho Procesal Civil Soviético. Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM. 1971
    3 Oropeza, Arturo (coord.), Voskobitova, Lidiya. México-Rusia Sistemas jurídicos Comparados. Derecho Procesal. Consejo Editorial H. Cámara de Diputados. 2013. Pp 179-189
    4 Sirvent, Consuelo. Sistemas Jurídicos Contemporáneos. Porrúa. 19 ed. 2017

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  93. ALARCÓN JIMÉNEZ YESSICA EDELHEID
    MATERIA: TEORÍA DEL PROCESO
    PAÍS: POLONIA

    PRIMERA PARTE

    Polonia

    La República de Polonia es el único país de todo el continente europeo que ha mudado por completo de países fronterizos ya que ha desaparecido la extinta URSS que actualmente es frontera con Letonia, Bielorrusia, Ucrania y Rusia, la extinta República Democrática Alemana que actualmente es Alemania y la extinta Checoslovaquia que ahora son dos Repúblicas de la Unión Europea.
    En Polonia los órganos encargados de la administración de justicia son el Tribunal Supremo, jurisdicción ordinaria, jurisdicción contenciosa- administrativa y los tribunales militares. La jurisdicción ordinaria hace referencia a los tribunales de apelación, los tribunales provinciales y los tribunales de distrito los cuales son los encargados de los asuntos penales, civiles, de familia y menores, mercantiles, laborales y de seguridad social, salvo los que corresponden a tribunales especializados, la jurisdicción contenciosa-administrativa se integra por el Tribunal Superior de lo contencioso-administrativo y los tribunales regionales de lo contencioso-administrativo por cada región, el Tribunal Supremo es el máximo órgano jurisdiccional que se encarga de supervisar judicialmente las resoluciones de los otros órganos jurisdiccionales y garantiza la coherencia en la interpretación de las leyes y en la práctica judicial, el Tribunal Constitucional se encarga de los recursos de constitucionalidad contra la legislación nacional y los tratados internacionales, de la observancia de los tratados internacionales sujetos a ratificación, de los recursos de constitucionalidad contra los reglamentos de la administración central, de la constitucionalidad de los objetivos y actividades de los partidos políticos y de los recursos de constitucionalidad presentados por particulares. El Tribunal de Estado se encarga de las acusaciones de vulneración de la Constitución o de otras disposiciones legislativas por parte de las personas que ocupan puestos altos del Estado. La ordenación jerárquica de los órganos jurisdiccionales comienza por los Tribunales de distrito que corresponden a los órganos de primera instancia, después se encuentran los tribunales provinciales que corresponden a los órganos de recurso y en determinadas asuntos de primera instancia, los tribunales de apelación que son órganos de recurso y el tribunal supremo que es el máximo órgano jurisdicción.

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  94. ALARCÓN JIMÉNEZ YESSICA EDELHEID
    MATERIA: TEORÍA DEL PROCESO
    PAÍS: POLONIA

    SEGUNDA PARTE

    La República de Polonia es un Estado Parlamentario Unitario, funciona con una sola corte que es la encargada de analizar si hay concordancia entre los actos normativos y la Carta Magna. El Tribunal Constitucional se compone de quince magistrados elegidos por un lapso de nueve años y para pertenecer a esta institución se requieren de diez años de ejercicio en una de las profesiones jurídicas, los magistrados son electos únicamente por la Cámara de diputados, el estatuto de magistrado se ajusta a cuatro principios que son independencia, inmovilidad, inmunidad e incompatibilidad. El Tribunal Constitucional cuenta con dos órganos: la Asamblea General y el presidente. La Asamblea General está integrada por todos los magistrados constitucionales y examina la actividad del Tribunal y los problemas originados por su jurisprudencia. El Tribunal Constitucional polaco es un órgano permanente que funciona solo a instancia de partes, referente al control concreto el único legitimado para accionarlo es una corte de justicia común, cinco magistrados revisan las leyes y los tratados internacionales, tres lo hacen cuando se trata de los actos infralegales. En la tramitación ante el Tribunal Constitucional polaco existe la fase de la admisión previa que es una etapa importante en el manejo de los recursos de amparo ya que el magistrado puede denegar un ulterior curso a la demanda si esta es evidentemente fundada, los asuntos siempre son sustanciados frente a una audiencia pública con debate donde participa el actor o demandante, el órgano que dicto el acto objetado y el fiscal general de la República, después los magistrados deliberan a puerta cerrada, la sentencia es tomada con base en la mayoría de votos.
    El guardián supremo de la Carta Magna polaca posee seis atribuciones que son el control abstracto de normas jurídicas a instancia de instituciones constitucionalmente determinadas, examen de las cuestiones de inconstitucionalidad, el conocimiento de recursos de amparo, la resolución de conflictos de competencias entre los órganos constitucionales centrales del Estado, la declaración sobre la constitucionalidad de los objetivos o actividades de los partidos políticos, o los impedimentos temporales del presidente de la República para ejercer su cargo. El control abstracto normativo a instancia de las instituciones corresponde a la acción del Tribunal Constitucional patrio, basada en la Carta Magna respecto a las leyes y acuerdos internacionales están sometidas todas las reglas de derecho provenientes del exterior y referente a las leyes sometidas a este control abarca todo genero de actos con rango legislativo, incluidos los decretos con fuerza de ley y las leyes de previa autorización legal de los tratados internacionales, otro control está constituido por los acuerdos internacionales ratificados que requiere la aprobación parlamentaria a través de una ley, la tercera parte de normas por el Tribunal Constitucional se encuentra conformada por la Carta Magna, por los acuerdos internacionales ratificados y las leyes.

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  95. ALARCÓN JIMÉNEZ YESSICA EDELHEID
    MATERIA: TEORÍA DEL PROCESO
    PAÍS: POLONIA

    TERCERA PARTE

    En Polonia el control de las normas tiene carácter sucesivo que se refiere sólo a los actos normativos vigentes. En el sistema constitucional polaco, la consecuencia de la inconformidad de la norma (acto) con la norma (acto) superior es tan sólo su condición “defectuosa” sin embargo, la inconstitucionalidad del acto (norma) no conlleva la invalidez, sino que es una base de su revocación, se presume, asimismo la validez de todas las decisiones individuales apoyadas en este acto o norma. Existen sentencias interpretativas que consisten en incorporar a su parte resolutiva un esclarecimiento del sentido por medio del cual la norma cuestionada es reputada como conforme a la ley fundamental, una inserción del fallo en la instrucción impide que los órganos administrativos puedan interpretarla de manera contraria a la Constitución, también existen las sentencias parcialmente inconstitucionales donde se considera en tales fallos que un precepto controlado es contrario a la Carta Magna apenas en un fragmento, definido en el fallo es decir en los fallos comentados se completa con la descripción de las situaciones en las cuales se aplica esta estipulación desde el punto de vista de su contenido, de los sujetos que abarca y de su ámbito temporal, en las sentencias de aplicación el Tribunal Constitucional resuelve acerca del impacto de una contradicción en las relaciones sociales es decir, en las acciones que en el pasado se llevaron a cabo con base en la norma impugnable. El recurso de amparo es una atribulación del Tribunal Constitucional que está dirigido exclusivamente contra la constitucionalidad de la norma violadora de los derechos o libertades constitucionales ya que no es un instrumento que permite juzgar la constitucionalidad de las resoluciones individuales, sino una demanda de cualquier persona para controlar la constitucionalidad de las normas abstractas y generales, para iniciar el procedimiento, un recurrente no puede esgrimir solo la vulneración de los derechos y libertades, tampoco puede ser una omisión legislativa o un acto jurídico no normativo, no le se puede interponer contra un precepto que no ha sido el fundamento de la decisión o dirigirse contra la aplicación incorrecta del derecho por los tribunales.

    FUENTES:
    - López Aguilar, Juan F. De nuevo (y todavía) Polonia: Rule of law y Art. 7 TUE en el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia (s.f) publicado y recuperado en: (https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/7144171.pdf). Consultado el día 3 de junio del 2020.
    - European Justice. Recuperado de (https://e-justice.europa.eu/content_judicial_systems_in_member_states-16-pl-es.do?member=1).
    - Complak, K. Erasé que se era: veinte años del tribunal constitucional polaco. Publicado y recuperado en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2556/11.pdf


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  96. CUEVAS LOPEZ MARCO ANTONIO
    TEORIA GENERAL DEL PROCESO/ ESCOLARIZADO
    JUICIOS EN ITALIA
    PARTE I
    VÍA CIVIL
    Un código civil es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado, es decir, un cuerpo legal que tiene por objetivo regular las relaciones civiles de las personas físicas, jurídicas, privadas o públicas. En este último caso siempre que actúen como particulares desprovistos de imperium.
    El sistema judicial italiano
    Jurisdicción ordinaria civil y penal
    La jurisdicción ordinaria civil y penal corresponde a los miembros de la magistratura, es decir, los jueces y los fiscales, desempeñando los primeros las funciones propiamente de enjuiciamiento y los segundos las de instrucción.
    Los tribunales civiles y penales se encuentran estructurados en cuatro niveles. Los niveles de los civiles son: pretura, tribunale, corte d’appello, y Corte de Cassazione Civile. En el caso de los penales: pretura, tribunale y corte d’assise, corte d’asisse d’appello, y Corte di Cassazione Penale

    Como funciona un juicio civil en italia
    El juicio civil consta de tres etapas:
    -La fase introductoria;
    -La discusión (educación y discusión de la causa);
    -La fase de toma de decisiones.
    -La fase introductoria es la que permite el establecimiento del procedimiento. El proceso tiene dos partes contrastadas:
    El demandante: el que formula el reclamo (por ejemplo, un reclamo por daños y perjuicios);
    El demandado: aquel contra quien se dirige la solicitud.
    Para comenzar el juicio, el demandante debe dirigir una citación al acusado, con la cual, de hecho, demanda a la otra parte para que acepte su solicitud. En este documento, el actor especifica sus solicitudes y le pide al juez que las acepte. Luego, invite a la otra parte a ir a la corte para discutir el caso. El acusado, por su parte, presenta una respuesta, es decir, un acto con el que se defiende de lo que solicitó el demandante, tomando una posición sobre todos los asuntos en la citación. Con la notificación de la convocatoria y la posterior presentación en el registro, comienza el proceso.
    La segunda fase es la de la discusión: las partes son convocadas a la audiencia ("audiencia de primera aparición y discusión") para tratar el caso oralmente (todo lo que sucede en la audiencia se redacta en minutos). Aquí, después de haber llevado a cabo algunas verificaciones preliminares, el juez autoriza a las partes, previa solicitud, a depositar algunos escritos (es decir, documentos con los cuales los respectivos abogados pueden especificar o modificar lo que se indicó en los documentos introductorios si es necesario).

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  97. CUEVAS LOPEZ MARCO ANTONIO
    TEORIA GENERAL DEL PROCESO/ ESCOLARIZADO
    JUICIOS EN ITALIA
    PARTE II
    Luego puede comenzar la fase preliminar, en la cual la evidencia solicitada por las partes se adquiere en la corte (testimonios, informes periciales, asesoramiento técnico, documentos, juramentos, etc.). Una vez que se ha completado la investigación, el juez invita a las partes a aclarar las conclusiones, es decir, aclarar definitivamente sus solicitudes, también a la luz de lo que surgió durante el proceso. Este es el último momento de la discusión de la causa. Sin embargo, las partes pueden pedirle al juez que establezca una nueva audiencia para la discusión final.
    Posteriormente, comienza la fase de toma de decisiones: el juez tiene todos los elementos para pronunciarse sobre la controversia y finalmente puede pronunciar la sentencia. Decide sobre todas las preguntas propuestas por las partes y ordena a la parte que pierda el pago de los costos de la corte (sin embargo, puede ordenar la compensación de los costos).
    Contra la sentencia del juez, quienes pierden pueden apelar ante el Tribunal de Apelación (segundo grado de sentencia). Contra la sentencia del juez de apelación, entonces, puede apelar ante el Tribunal de Casación (tercera y última instancia)
    A pesar de su limitado número de funciones, el Consejo Superior de la Magistratura ha llegado a ser el órgano que gobierna (organo di autogoverno) a los jueces civiles y penales. Este órgano debate los problemas jurídicos, aprueba las mociones sobre las políticas del Poder Judicial y actúa como Parlamento de los jueces.

    PROCEDIMIENTO EN LINEA
    Juicio civil telemático.
    El PCT permite el acceso independiente en línea a los archivos de los procedimientos en los que una parte está involucrada en ciudadanos, instituciones y empresas.
    De hecho, el sistema desarrollado por el Ministerio de Justicia en línea no tiene derecho a acceder solo a abogados y profesionales del derecho, sino (de conformidad con las disposiciones del Código de Administración Digital) también a ciudadanos, empresas y entidades. para obtener de forma independiente información relacionada con los procesos en los que está "involucrado".
    Cómo consultar los archivos del caso de forma gratuita
    El Portal de Servicios Telemáticos pone a disposición del público el acceso a través de Internet a cualquiera que desee consultar el archivo de los archivos presentes en el registro de las diversas autoridades en forma "anónima": desde el juez de paz, hasta los tribunales de apelación y, a partir de desde el pasado 15 de febrero, también del Tribunal de Casación.
    Para acceder, no se necesita autenticación, solo conéctese al sitio pst.giustizia.it, seleccione el elemento "Consulta pública" de los registros, elija el área geográfica, la oficina judicial y el tipo de procedimiento que le interesa consultar (por ejemplo, litigios civiles, leyes laborales, jurisdicción voluntaria, ejecuciones de valores, etc.).
    El sistema propone una serie de parámetros de búsqueda para el procedimiento según el tipo de registro seleccionado. También será necesario tener una referencia al caso a buscar (número de rol, sentencia, nombre del juez, fecha de citación, etc.).
    Una vez que se haya completado el procedimiento, tendrá acceso a los datos solicitados.
    En cualquier caso, tenga en cuenta que este método solo permite una vista parcial de los datos, es decir, se limita a cierta información del archivo (como: el número de rol general y la fecha de registro como rol; el objeto, la sección y el juez; la fecha de la citación y la próxima audiencia; el estado del proceso; etc.).

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  98. CUEVAS LOPEZ MARCO ANTONIO
    TEORIA GENERAL DEL PROCESO/ ESCOLARIZADO
    JUICIOS EN ITALIA
    PARTE III
    La información se devuelve al usuario y se muestra de forma anónima, mientras se oscurece: los datos personales de las partes del juicio y sus agentes; los detalles del archivo desde el cual es posible rastrear información personal y confidencial, también a través de la consulta de otras bases de datos.
    La lista completa de los tipos de consulta gratuita, los criterios de búsqueda y la información que se puede mostrar se encuentra en el archivo práctico "Criterios de búsqueda e información disponible".

    Consulta completa de expedientes
    Para la parte que en su lugar quiere ver todo el archivo por completo, el llamado "identificación fuerte", permitida solo para aquellos que tienen un certificado de identidad digital (a través de un token criptográfico, por ejemplo, tarjeta inteligente, memoria USB o lector, emitido por una administración pública local o central o por un certificador acreditado cuando se emite la firma digital).
    Incluso en este caso, no necesariamente tiene que ser abogados o profesionales del derecho, sino también particulares, empresas y entidades privadas que deseen ver los archivos en los que están parcialmente involucrados, pueden hacerlo, utilizando el dispositivo de autenticación adecuado (es decir, si los profesionales, como abogados y auxiliares del juez, también se inscribirá en el Reginde, el registro general de direcciones electrónicas).
    El sistema permite la consulta, de acuerdo con diferentes niveles de visibilidad, del estado de los procedimientos y de los datos contenidos en los registros de registro, así como el acceso a documentos digitales (archivados por los defensores) y a las disposiciones del juez contenidas en el archivo de la computadora.
    Cómo hacer pagos electrónicos
    Nuevamente a través del acceso al Portal de Servicios Telemáticos, es posible que los usuarios con "autenticación fuerte" realicen pagos relacionados con los costos de justicia, derechos y contribución unificada de manera electrónica y autónoma.
    Simplemente autentíquese y use su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, luego envíe el recibo a su abogado, quien lo adjuntará al depósito electrónico.
    Los distintos tipos de órganos jurisdiccionales son:
    Órganos de primera instancia
    Jueces de paz (giudici di pace), es decir, jueces legos no pertenecientes a la carrera judicial. Conocen de las faltas y de asuntos civiles de pequeña cuantía.
    Tribunales ordinarios (tribunali), que conocen de los asuntos de mayor entidad.
    Jueces de vigilancia (uffizi di sorveglianza), que se ocupan en primera instancia de asuntos penitenciarios (en lo relativo, por ejemplo, a los internos en establecimientos penitenciarios, condenas, etc.).
    Tribunales de menores (tribunali per i minorenni).
    Órganos de segunda instancia
    Se ocupan de los recursos presentados, por cuestiones de hecho o de Derecho, contra sentencias dictadas en primera instancia:
    Tribunales de apelación (corti d’appello).
    Tribunales de vigilancia (tribunali di sorveglianza), que son órganos jurisdiccionales de segunda instancia (en algunos casos de primera instancia) en asuntos penitenciarios
    Órgano de tercera instancia
    Representa el nivel más alto al que se puede recurrir por infracción de ley:
    Tribunal Supremo (corte di cassazione), que tiene competencia universal y constituye la última instancia judicial.
    Dentro de los principales órganos jurisdiccionales existen también salas especializadas: Los tribunales del jurado (corti d’assise) están compuestos por dos jueces de carrera y seis jurados, estos últimos elegidos entre los ciudadanos para un mandato breve y en representación de los distintos sectores de la sociedad. Tienen competencia para el enjuiciamiento de delitos graves (homicidio, lesiones graves y casos similares).
    El Ministerio Fiscal está constituido por los siguientes

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  99. CUEVAS LOPEZ MARCO ANTONIO
    TEORIA GENERAL DEL PROCESO/ ESCOLARIZADO
    JUICIOS EN ITALIA
    PARTE IV
    Fiscales de primera instancia (procuratori della Repubblica presso il Tribunale) y sus suplentes (sostituti procuratori).
    Fiscales de segunda instancia (procuratori generale presso la Corte d’appello) y sus suplentes (sostituti procuratori generali).
    Fiscal General del Tribunal Supremo (procuratore generale presso la Corte di cassazione) y sus suplentes (sostituti procuratori generali).
    Los fiscales son magistrados de carrera, que actúan bajo la supervisión de un Fiscal Jefe. Esto supone una cierta organización jerárquica.
    Ordenación jerárquica de los órganos jurisdiccionales
    Jurisdicción civil
    Jurisdicción penal
    Jurisdicción de menores
    Jurisdicción penitenciaria
    1ª instancia
    Juez de paz o tribunal ordinario
    Juez de paz o tribunal ordinario
    Tribunal de menores
    Juez de vigilancia
    2ª instancia
    Tribunal ordinario
    Tribunal ordinario
    Sala especializada del Tribunal de apelación
    Tribunal de vigilancia
    Tribunal de apelación
    Tribunal de apelación
    Infracción de ley
    Tribunal Supremo (o Tribunal de Casación)
    Tribunal Supremo (o Tribunal de Casación)
    Tribunal Supremo (o Tribunal de Casación)
    Tribunal Supremo (o Tribunal de Casación)
    JUICIOS POR COVID-19
    ITALIA: En lo que se refiere a las vistas, todos los procesos pendientes se han aplazado de oficio hasta el 15 de abril, o hasta el 30 de junio si así lo han decidido los secretarios judiciales, excepto en los casos que el juez o magistrado haya declarado urgentes tras un análisis particular o los considerados de la máxima prioridad por la Ley. En estos casos, la participación efectiva de las partes y la protección de sus derechos procesales, en especial en lo que se refiere a los reclusos, se garantizan mediante sistemas de videoconferencia, con vídeos y audios simultáneos de todas las personas presentes, así como mediante sistemas de comunicación confidencial entre el acusado y su letrado.
    1. Derecho civil
    La RJE (en materia civil y mercantil)
    Puede haber situaciones en las que los ciudadanos y las empresas necesiten realizar una acción procesal en un asunto transfronterizo, pero no puedan hacerlo debido a las medidas de emergencia adoptadas en un Estado miembro de la UE a fin de contrarrestar la propagación de la COVID-19. Estas medidas pueden dar lugar a:
    la suspensión total o parcial de la actividad de los órganos jurisdiccionales y las autoridades que pudieran necesitar los ciudadanos y las empresas; la imposibilidad temporal de obtener asistencia jurídica gratuita; dificultades para recibir la información que normalmente proporcionan las autoridades competentes; otros problemas prácticos, por ejemplo, retrasos en la ejecución de una resolución en un contexto transfronterizo o en la notificación o el traslado de un documento judicial; ajustes temporales en términos de comunicación con el público (por correo electrónico, por teléfono o por correo postal).
    EFECTO DE LA PANDEMIA DE COVID-19 EN LOS PLAZOS
    Las medidas especiales adoptadas por los Estados miembros no afectan directamente a los plazos establecidos en la normativa de la UE en materia judicial civil y mercantil.
    La mayoría de los plazos que se rigen por el Derecho de la Unión no tienen consecuencias directas cuando llega su fecha de vencimiento y, en la mayoría de los casos, su vencimiento no tendrá ninguna consecuencia directa para las autoridades, los órganos jurisdiccionales o los ciudadanos, a lo sumo podrán ocasionar algún retraso.
    En otros casos, los instrumentos de la UE que establecen plazos fijos también pueden contemplar exenciones en circunstancias excepcionales, que podrían comprender la situación extraordinaria actual, por ejemplo, cuando las actividades de las autoridades o los órganos jurisdiccionales se vean gravemente perturbadas o incluso se paralicen.

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  100. Eduardo Avila Guerrero TGP FINLANDIA parte 1
    1.- ¿Es posible iniciar procedimientos judiciales vía Internet en Finlandia?
    Sí.

    2.- ¿Para qué tipos de asuntos puede utilizarse? ¿Hay algún procedimiento que solo se pueda iniciar vía Internet?
    Puede tramitarse electrónicamente la presentación de solicitudes de citación en el caso de las demandas sin oposición, las solicitudes de asistencia jurídica gratuita y de designación de un abogado defensor y de un abogado de oficio, y la solicitud de reembolso de sus honorarios y gastos por el Estado y las demandas de ejecución (en el caso de las demandas de Derecho privado) para la ejecución de deudas basadas en sentencias o resoluciones de juzgados de distrito (käräjäoikeus).
    Finlandia no contempla procedimientos exclusivamente por Internet.

    3.- ¿Está disponible el tratamiento automatizado en cualquier momento?
    El servicio está abierto en todo momento las 24 horas del día, los 7 días de la semana, los 365 días del año.

    4.- ¿Debe facilitarse el contenido de la demanda en algún formato concreto?
    Hay una plantilla ‘’XML” que es el formato para las sociedades y las organizaciones que presentan frecuentemente solicitudes de citación. Hay un formulario electrónico en línea específico para particulares y empresas.

    5.- ¿Cómo se garantiza la seguridad de la transmisión y del almacenamiento de los datos?
    La tramitación automática ante los órganos jurisdiccionales finlandeses está asegurada mediante un protocolo de transferencia encriptada de ficheros “https.” Los datos remitidos por los órganos jurisdiccionales se mantienen en un servidor seguro desde el cual pueden descargarlos las partes interesadas.


    6.- ¿Es necesario utilizar algún tipo de firma electrónica o de registro de la fecha y la hora?
    Para descargar ficheros del servidor seguro, los usuarios tienen que registrarse.

    7 ¿Deben abonarse tasas judiciales? ¿Cómo se abonan y en qué medida difieren de las que se aplican a los procedimientos no electrónicos?
    Los procedimientos electrónicos y convencionales están sujetos a las mismas tasas. Los juzgados de distrito cobran tasas a los solicitantes y demandantes al final del procedimiento. La cuantía de las tasas depende de la naturaleza del caso y la complejidad del procedimiento.

    8.- ¿Es posible retirar una demanda que se ha interpuesto vía Internet?
    El mismo principio se aplica a los procedimientos electrónicos y a las demandas presentadas por medios convencionales.

    9.-Cuando el demandante inicia un procedimiento vía Internet, ¿El demandado puede, o debe, responder también vía internet?
    Los demandados pueden responder por Internet, aunque no es obligatorio hacerlo por esta vía.

    10 En términos de procedimiento electrónico, ¿Qué sucede si el demandado contesta a la demanda?
    En los asuntos civiles no hay diferencia entre los procedimientos electrónicos y convencionales.

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  101. CUEVAS LOPEZ MARCO ANTONIO
    TEORIA GENERAL DEL PROCESO/ ESCOLARIZADO
    JUICIOS EN ITALIA
    PARTE V
    Sin embargo, el vencimiento de otros plazos establecidos por los instrumentos de la UE puede privar a los ciudadanos o a los órganos jurisdiccionales de la posibilidad de realizar actuaciones procesales, como interponer un recurso contra una resolución, con consecuencias irreversibles dentro del proceso y sin que pueda aplicarse una prórroga o exención contemplada en el instrumento concreto de la UE. En tales casos de efecto preclusivo, no puede presuponerse desde un primer momento que las circunstancias derivadas de esta crisis justifican una excepción del Derecho de la Unión aplicable en materia de plazos. Al mismo tiempo, es obvio que la crisis de la COVID-19 crea una situación excepcional que plantea dificultades importantes tanto para los ciudadanos como para las autoridades y que puede originar situaciones en las que no sea posible temporalmente, o sea excesivamente difícil, respetar las obligaciones establecidas por el Derecho de la Unión.
    Por esta razón, la protección del acceso efectivo a la justicia debe ser un criterio importante a la hora de valorar: si un plazo ha vencido; qué consecuencias procesales pueden surgir de su vencimiento.
    Por ejemplo, las restricciones generales a la vida social que afectan a los órganos jurisdiccionales, pero también a los servicios postales, así como a la posibilidad de consultar a un abogado y preparar escritos o alegaciones judiciales podrían poner en peligro el acceso de los ciudadanos a la justicia. Como resultado, en función de las circunstancias específicas, puede estar justificado que la duración de la crisis no cuente a efectos de los plazos procesales. Esto puede variar en función de diferentes situaciones: si los órganos jurisdiccionales operan con normalidad respecto de asuntos urgentes de Derecho de familia, debido a que tienen carácter prioritario, también se pueden mantener los mismos plazos.
    Al realizar esta valoración, la decisión del Estado miembro sobre la interrupción de los plazos en el ámbito nacional puede servir como punto de referencia importante (incluso si no afecta directamente a los plazos establecidos por el Derecho de la Unión, desde el punto de vista jurídico) a fin de tener en cuenta si el acceso efectivo a la justicia se ve obstaculizado de tal manera que la suspensión de los plazos también pueda considerarse justificada para los plazos establecidos por el Derecho de la Unión.
    En particular con respecto a la cooperación entre autoridades u órganos jurisdiccionales, por ejemplo, los plazos establecidos en el artículo 6 del Reglamento (CE) n.º 1393/2007, para que el organismo receptor remita el acuse de recibo, o en el artículo 13, apartado 4, de la Directiva 2003/8/CE, sobre la justicia gratuita.
    artículo 11, apartado 3, del Reglamento Bruselas II bis o el artículo 18 del Reglamento relativo a la orden europea de retención de cuentas.
    artículo 15, apartado 5, del Reglamento Bruselas II bis, que establece un plazo de seis semanas para que otro órgano jurisdiccional se declare competente; de lo contrario, es competente el primer órgano jurisdiccional al que se presentó la demanda; el artículo 8 del Reglamento relativo a la notificación y el traslado de documentos establece un plazo de una semana para que el organismo receptor se niegue a aceptar el documento que deba notificarse o trasladarse; el artículo 19, apartado 2, del Reglamento en materia de obligaciones de alimentos establece un plazo de 45 días para solicitar el reexamen de una resolución en materia de alimentos, etc.
    Derechos procesales de los sospechosos y acusados
    La pandemia de COVID-19 también afecta al ejercicio de los derechos procesales de los sospechosos y acusados. La comunicación directa con abogados, intérpretes o terceros (mientras los sospechosos o acusados estén privados de libertad) es más difícil.

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  102. Eduardo Avila Guerrero TGP Parte 2

    11 ¿Qué ocurre a efectos del procedimiento electrónico si el demandado no contesta a la demanda?
    En los asuntos civiles no hay diferencia entre los procedimientos electrónicos y convencionales.

    12 ¿Es posible presentar documentación ante un tribunal por vía electrónica?
    Sí. Las solicitudes de citación, las respuestas y otros documentos judiciales pueden enviarse también al tribunal por correo electrónico.

    13 ¿Pueden los documentos judiciales, y, en concreto, las sentencias, notificarse vía Internet?
    Los documentos que no requieren acuse de recibo (como respuestas, citaciones para vistas preliminares y principales y resúmenes judiciales) pueden enviarse a las partes interesadas por correo electrónico.

    14 ¿Pueden comunicarse electrónicamente las resoluciones judiciales?
    Las resoluciones judiciales pueden enviarse a las partes interesadas por vía electrónica, previa solicitud. El destinatario o su agente deben registrarse para descargarlas del servicio en línea.

    15 ¿Es posible presentar un recurso y notificar la decisión al respecto vía Internet?
    Actualmente no es posible presentar recursos por vía electrónica.

    16 ¿Es posible iniciar procedimientos de ejecución vía Internet?
    Las solicitudes de ejecución de deudas reconocidas en resoluciones judiciales pueden presentarse electrónicamente. Pueden tramitarse electrónicamente las solicitudes de Derecho privado para la ejecución de deudas basadas en resoluciones o sentencias de los juzgados de distrito.

    17 ¿Están facultadas las partes o sus representantes legales para consultar en línea los asuntos? ¿cómo pueden hacerlo?
    Sí. Los demandantes pueden seguir la marcha del caso registrándose en un servicio en línea si el procedimiento se ha iniciado por Internet.

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  103. CUEVAS LOPEZ MARCO ANTONIO
    TEORIA GENERAL DEL PROCESO/ ESCOLARIZADO
    JUICIOS EN ITALIA
    PARTE VI
    Se recomienda el uso de llamadas y videoconferencias u otros instrumentos de comunicación a distancia. Además, deben adoptarse medidas de seguridad, tales como protecciones de cristal en las comisarías o en los centros de detención, a fin de facilitar el ejercicio del derecho de asistencia letrada o a contar con un intérprete.
    Asimismo, en estos momentos de crisis de la COVID-19, los derechos procesales de los sospechosos y acusados deben respetarse para garantizar un proceso justo. Las autoridades competentes deben interpretar de manera restrictiva las excepciones limitadas establecidas en las directivas en vigor para cuando existan razones imperiosas; no deben aplicarse a gran escala.
    Víctimas de delitos: apoyo y protección durante la crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19
    En virtud de la Directiva sobre los derechos de las víctimas, los Estados miembros tienen la obligación de garantizar que todas las víctimas de delitos tengan acceso a servicios de apoyo general y especializado, que sean confidenciales y gratuitos y que respondan a las necesidades individuales de las víctimas. El acceso a un apoyo y una protección que respondan a las necesidades específicas de las víctimas debe estar disponible en cualquier circunstancia, inclusive la situación específica ocasionada por la pandemia de COVID-19.
    La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea ha publicado un boletín sobre las repercusiones de la pandemia de COVID-19 en los derechos fundamentales. Incluye ejemplos de buenas prácticas de varios Estados miembros sobre cómo garantizar el apoyo y la protección de las víctimas de violencia doméstica.
    A finales de marzo de 2020, EuroPris puso en marcha un grupo de correo electrónico que reúne a expertos (actualmente hay un total de 84 expertos) y comparte actualizaciones diarias de todas las preguntas y respuestas recibidas.
    3. Uso de herramientas digitales por parte del poder judicial
    Varios Estados miembros han tomado medidas para reforzar el uso de herramientas digitales por parte del poder judicial a raíz de la crisis ocasionada por el coronavirus.


    FUENTES:
    https://picchieassociati.it/ENG/more-details/the-italian-law-system (italiano)
    https://www.laleggepertutti.it/139078_come-funziona-un-processo (italiano)
    https://e-justice.europa.eu/resultManagement.do?stext=Juicios+en+italia (español)
    http://pst.giustizia.it/PST/ (italiano)
    https://www.laleggepertutti.it/139078_come-funziona-un-processo (italiano)
    https://www.altalex.com/documents/codici-altalex/2015/01/02/codice-di-procedura-civile (italiano) CODICE DI PROCEDURA CIVILE

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  104. TGP parte 3
    “Organización de la justicia: Sistema judicial.
    El sistema judicial finlandés está formado por:
    • Los órganos jurisdiccionales ordinarios, los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa y los órganos jurisdiccionales especiales, todos los cuales gozan de independencia.
    • El Ministerio fiscal.
    • Las autoridades con facultades coercitivas (encargadas de velar por la ejecución de las decisiones judiciales).
    • Las instituciones penitenciarias (que velan por el cumplimiento de las penas privativas de libertad).
    • Los servicios de justicia gratuita, los abogados y los consejeros jurídicos autorizados.
    • En sentido estricto, el sistema judicial comprende exclusivamente los tribunales de justicia.

    El artículo 98 de la Constitución enumera los tribunales de justicia. El Tribunal Supremo, los tribunales de apelación y los tribunales de distrito conocen de
    asuntos de carácter general.

    El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo y los restantes tribunales administrativos conocen de los asuntos administrativos.
    El Tribunal Supremo (Korkein oikeus) es la máxima instancia judicial en materia civil y penal, mientras que en materia contencioso-administrativa lo es el Tribunal Supremo de lo Contencioso-administrativo (Korkein hallinto-oikeus). Estos dos órganos velan asimismo por la administración de la justicia en sus ámbitos respectivos.

    En Finlandia existen asimismo órganos jurisdiccionales especializados que se rigen por sus respectivas leyes constitutivas.
    La independencia y autonomía de los jueces está garantizada por la Constitución, según la cual solamente se puede apartar a un juez de sus funciones mediante sentencia de los tribunales. Tampoco es admisible su traslado de un puesto a otro sin su consentimiento, salvo que el traslado sea consecuencia de una reorganización del sistema judicial.”

    Administración de los órganos jurisdiccionales
    Muchas de las obligaciones y responsabilidades relacionadas con la administración de justicia y el desarrollo de las actividades de los tribunales competen en primer lugar al Ministerio de Justicia.

    Los tribunales ejercen el poder judicial, es decir, deciden casos individuales. Los tribunales son independientes: están obligados solo por la ley vigente. Ninguna parte externa puede intervenir en la toma de decisiones de los tribunales. La independencia de los tribunales está garantizada por la Constitución.

    Los tribunales de distrito se ocupan de casos penales y civiles. La decisión de un tribunal de distrito normalmente se puede apelar en un tribunal de apelación. Las decisiones de los tribunales de apelación, entonces, pueden ser apeladas en el
    Tribunal Supremo, siempre que el Tribunal Supremo otorgue permiso para apelar.

    Los tribunales administrativos revisan las decisiones de las autoridades. Las decisiones de los tribunales administrativos pueden apelarse en el Tribunal Administrativo Supremo.

    También hay ciertos tribunales especiales. Estos son el Tribunal de Mercado, el Tribunal Laboral, el Tribunal de Seguros y el Tribunal Superior de Enjuiciamiento.

    Las agencias de administración judicial prestan servicios en los idiomas finlandés y sueco.

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  105. fuentes:
    https://e-justice.europa.eu/content_automatic_processing-280-FI-es.do?clang=es

    https://e-justice.europa.eu/content_impact_of_the_covid19_virus_on_the_justice_field-37147-es.do

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  106. Rodríguez Sánchez Samuel parte 1
    BOSNIA
    En el caso de este país, pude ver que se implementaron muchas medidas más para poder combatir esta pandemia, por un comentario transmitido por la presidenta del Tribunal Cantonal de Novi Travnik aun continuaran algunos juicios, pero, habrá la menor cantidad de personas que sea posible, utilizando cubre bocas y manteniendo una sana distancia, algunas de las medidas que se tomaran son las siguientes.
    Se retrasaron las audiencias que estaban programadas para estos meses en los que estamos en cuarentena, solo las que sean urgentes y que tengan que ver con la prescripción, en los tribunales se restringe el paso de algunas personas, para tratar de concentrar la menor cantidad de gente que se pueda.
    También trataron de implementar medidas donde se utilizan algunas medidas tecnológicas, como, por ejemplo, la notificación de algunas cosas importantes del juicio, a través de mensajes o correo electrónico, esto también se usa para poder dar información al público en general, puede que esto reduzca de una manera considerable que haya una comunicación entre los tribunales y las personas, pero, a ha ayudado a sobre llevar la situación para que no se pierda por completo los comunicados.
    Para no estar afectados en la salud, pero, a la vez no haya un retraso en actividades de decidió que se debían “acortar las horas de trabajo” esto de manera parcial, además, se dio la opción de que muchas puedan hacer su trabajo desde casa, dando prioridad a la salud de las personas, el tribunal toma todas las medidas, como la desinfección del edificio, proporcionando máscaras y guantes de protección a los jueces y al personal del tribunal, para que este virus no se siga transmitiendo entre las personas, así poder regresar a las actividades normales lo más pronto posible.
    Con base en las instrucciones de exportación de documentos de la HJPC y la decisión del tribunal de autorizar la exportación de documentos, el funcionario de TIC exportó los documentos y los casos se entregaron a los jueces electrónicamente, teniendo en cuenta la seguridad de la entrega de documento, es la forma en la que se ha tratado de resolver algunos casos, porque el hecho de que haya un atraso en la resolución de estos, puede perjudicar a la víctima, o a los interesados dentro del caso. La organización que se tiene en los tribunales es algo muy importante, en el caso de Bosnia, se decidieron posponer las audiencias que son de materia penal, excepto en los casos siguientes: en el que la detención ha sido ordenada
    o solicitada, donde existe el riesgo de que expire el plazo de prescripción o en otros casos urgentes establecidos en los códigos penales en Bosnia y Herzegovina.
    En los delitos que no sean tan graves o menores, se puede posponer, excepto los que son casos iniciados sobre la base del incumplimiento informado de las decisiones y órdenes emitidas por las autoridades competentes durante la emergencia declarada por el brote del virus corona (COVID-19) . El juez de turno asignado a casos de delitos menores también puede decidir tomar medidas en otros casos por razones de urgencia, esto pienso que fue con el fin de que no haya más problemas legales durante esta cuarentena, son aquellos conflictos que se producen en esta situación y se tienen que tratar de resolver lo más pronto posible, esto es en cuanto a la materia penal, pero en la civil se posponen casi todos , menos los que se decida un apego al prejuicio.
    Otra cosa que se tomó como medida es que algunos tribunales deben organizar una lista de jueces para los casos de delitos penales, civiles y de delitos menores mencionados en los artículos primero, segundo y tercero y las oficinas del fiscal deben organizar una lista de turnos con el número requerido de fiscales para manejar los casos de alguna de las materias.

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  107. RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SAMUEL PARTE 2
    También aquellos jueces y fiscales que estén de servicio en un día en particular de acuerdo con la lista de servicio deberán presentarse en la oficina del tribunal / fiscal ese día, os jueces de turno asignados a casos civiles pueden decidir individualmente la necesidad urgente de manejar casos individuales con base en una evaluación del caso y su urgencia. Es necesario organizar y facilitar el trabajo desde casa para los jueces de segunda y tercera instancia, y las reuniones de los paneles de jueces pueden organizarse de manera ad hoc a discreción del presidente del tribunal. Los tribunales y las oficinas del fiscal deben organizar una lista de turnos para el desempeño de las tareas administrativas. El incumplimiento de esta decisión da lugar a responsabilidad. Los presidentes de los tribunales y los fiscales principales deben evaluar los riesgos para la salud humana y tomar decisiones ad hoc que sean más restrictivas con respecto a los procesos de trabajo en los tribunales y las fiscalías que las medidas previstas en esta decisión. Las medidas de esta decisión se consideran medidas restrictivas mínimas. Esta decisión sigue siendo efectiva mientras persistan las circunstancias extraordinarias causadas por el COVID-19 en Bosnia y Herzegovina, esto ha ayudado a que se mantenga el orden durante la pandemia, a ayudado a mantener el control entre a las personas para la realización de los juicios.
    En el caso de este país pienso que se tomaron las medidas adecuadas para poder sobre llevar la situación, ya que la información sobre qué hacer en esta pandemia se llevó de manera adecuada, además se preocupa procuro la salud de las personas cómo se trató de llevar a cabo las actividades de una manera más normal tratando de hacer que no hubiera tanto contacto entre la gente y pudieran continuar con el trabajo , además muchos juicios se pudieron llevar a cabo, los más importantes y que se tenían que resolver de manera inmediata, estoy hizo que se pudiera llevar un mejor control de los aspectos legales en estos tiempos-
    FUENTES
    • Europan justice. (2020). Repercusión de la pandemia de COVID-19 en la justicia. mayo 3, 2020, de Europa Justice Sitio web: https://e-justice.europa.eu/content_impact_of_the_covid19_virus_on_the_justice_field-37147-es.do
    CONCLUSION
    En conclusión puedo decir , que las herramientas que actualmente tenemos, respecto de la tecnología ha ayudado a poder sobre llevar la pandemia, ha afectado en muchos aspectos y pienso que algunos países han tomado las medidas adecuadas para tratar de seguir con las actividades desde casa, para evitar el contagio entre las personas, son cosas que pueden esperar, la salud es un derecho fundamental, la vida es lo principal y es por eso que se deben aplicar todas las medidas necesarias, además, para poder retomar todas las actividades diarias después de la cuarentena. En los dos países que estuvimos analizando, pienso que pudieron implementar medidas más eficaces, en especial Luxemburgo, ya que existe muy poca información de procesos jurisdiccionales en esta pandemia, en cuanto Bosnia, me parece que fue adecuado las medidas que implemento, tomando en cuenta y tratando de favorecer a todos. A las personas que estén involucradas en estos procesos, algo que me pareció muy interesante es que han aumentado los casos de violencia en la causa, esto puede causar muchos conflictos, ya que después de que pase todo esto habrá un poco de desorganización en la resolución e investigación de estos casos.

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  108. Zamora Nava Estanislao TGP LMV
    Juicios en Gran Bretaña Parte 1

    Antes de iniciar es importante señalar que el ordenamiento jurídico que se describe a continuación solo es aplicable en los países de Inglaterra y Gales, ya que Irlanda y Escocia tienen su propio sistema jurídico independiente pese a formar también parte de Gran Bretaña.
    A diferencia de lo que ocurre en otros ordenamientos jurídicos, el Derecho Civil Breton está formado por la legislación aprobada por el Parlamento y las sentencias de los tribunales. Los tribunales ingleses interpretan la legislación y, por lo general, están obligados a seguir las sentencias que un tribunal del mismo rango o superior haya dictado sobre el mismo asunto.
    Organización Jurisdiccional
    La organización jurisdiccional inglesa se divide entre el Tribunal Superior (High Court) y los juzgados de (county courts).
    El Tribunal Superior es el órgano jurisdiccional competente para la mayoría de los asuntos a través de sus (District Registries) y los Reales Tribunales de Justicia (Royal Courts of Justice) en Londres. Está estructurado en tres divisiones: la Sala de la Cancillería (Chancery), la Sala de lo Civil (Queen's Bench) y la Sala de Familia (Family).
    La Sala de la Cancillería conoce de los asuntos mercantiles en general y de cuestiones especializadas como testamentos, «trusts», insolvencia e impuestos. La Sala de lo Civil (Queen's Bench Division) conoce del resto de asuntos civiles, incluyendo litigios contractuales, demandas por lesiones, accidentes industriales, demandas por indemnización y reclamaciones por negligencia.
    El Tribunal de Apelación (Court of Appeal) conoce de las apelaciones de sentencias del juez de un Tribunal Superior. En aquellos asuntos que se consideren de orden público, existe una fase posterior y final de la apelación, ante el Tribunal Supremo (Supreme Court), en la que la apelación será resuelta normalmente por una sala de cinco magistrados.
    Civil Procedure Rules
    La Ley de Enjuiciamiento Civil "Civil Procedure Rule” fueron creadas en 1998 para regir el proceso del sistema judicial civil inglés. La Ley de Enjuiciamiento Civil exige que todos los casos sean tramitados de una forma que permita al tribunal tratarlos debidamente. Esto incluye:
    • garantizar que las partes se encuentren en igualdad de condiciones;
    • tramitar los casos de forma proporcionada a la cuantía del procedimiento, la importancia del caso, la complejidad de las cuestiones procesales y la situación financiera de cada parte;
    • garantizar que el caso se trate con diligencia y equidad.

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  109. Zamora Nava Estanislao TGP LMV
    Juicios en Gran Bretaña Parte 2

    Tramitación de una demanda
    Una demanda típica ante el "High Court" tardará aproximadamente de 12 a 18 meses en llegar a juicio desde la fecha de la presentación del escrito de demanda.
    -Cuestiones preliminares: antes de que se inicie el procedimiento, se pide a las partes que intenten resolver sus diferencias sin tener que recurrir a la vía judicial, actuando de forma razonable mediante el intercambio de información y documentos. Pueden imponerse sanciones a las partes que incumplan estos requerimientos: por ejemplo, una parte puede ser condenada a pagar las costas de la otra por haber incumplido el mandato de actuar razonablemente.
    -Iniciación de los procedimientos y escritos procesales: el procedimiento se inicia cuando el demandante interpone el escrito de demanda que debe contener o adjuntar todos los elementos de su pretensión denominados "particulars of claim". El escrito de demanda y los "particulars of claim" deben presentar un resumen de los hechos básicos en los que se basa la demanda contra el demandado. De lo contrario, el demandado podría lograr la desestimación de la demanda. El demandante tendrá que pagar una tasa para presentar la demanda, cuyo importe dependerá del valor y la naturaleza de la misma.
    Una vez que el demandado reciba la notificación de la demanda, debe indicar si se allana o si pretende contestar a la demanda, oponiéndose. Esto debe hacerse dentro de los plazos establecidos y debe darse traslado al tribunal. Si el demandado desea oponerse a la demanda, debe presentar la contestación de la demanda, incluyendo cualquier demanda reconvencional. Si no se presenta una contestación, el demandante podrá ganar el caso por rebeldía del demandado.
    -Exhibición de documentos: cada parte debe facilitar a la otra los documentos (incluidos los documentos electrónicos, por ejemplo, los correos electrónicos) en los que pretende basarse, así como los documentos contrarios a su caso o que pueden apoyar la pretensión de otra parte. Esto puede incluir documentos confidenciales si son relevantes para el litigio.
    -Declaraciones de los testigos: si una parte quiere proponer la prueba oral en el juicio, debe presentar esta prueba de forma escrita. La declaración testifical debe enumerar los hechos sobre los que el testigo testificará en el juicio. El testigo debe certificar su veracidad. Se produce un intercambio de declaraciones varias semanas antes del juicio. Los testigos pueden ser interrogados por el abogado de la parte contraria en el juicio.
    -Prueba pericial: si una parte necesita apoyarse en la opinión de un perito para una cuestión determinada, necesitará la autorización del tribunal. El testigo-perito debe ser independiente, con el deber primordial hacia el tribunal más que hacia la parte que ha solicitado su testimonio, y el tribunal puede ordenar a las partes compartir la prueba de un perito sobre una cuestión en concreto.

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  110. Zamora Nava Estanislao TGP LMV
    Juicios en Gran Bretaña Parte 3
    -Juicio: con la excepción de las demandas por fraude civil y por difamación, no se contempla derecho a juicio con jurado; el juez será el único que resuelva el caso.
    Los juicios ingleses son eminentemente orales, lo que requiere que los abogados de cada una de las partes presenten sus alegaciones de forma oral ante el juez y le señalen las pruebas y normas pertinentes.
    Antes del inicio del juicio, por lo general, el juez habrá leído los escritos procesales, las declaraciones de los testigos, los informes periciales y las líneas de argumentación generales redactadas por los abogados. El juez no lleva a cabo sus propias investigaciones, pero puede interrogar tanto a los abogados como a los testigos.
    El juicio consiste en la presentación del caso por parte de los abogados de cada una de las partes y la presentación de las declaraciones de los testigos y peritos en los que se apoyan. Los testigos pueden ser interrogados por el abogado de la parte contraria. El juicio concluirá con la recapitulación de las pruebas por parte de los abogados de ambas partes y la presentación de conclusiones sobre la legislación pertinente. El juez tomará su decisión basándose en las pruebas y en los argumentos que se le presenten.
    La sentencia podrá dictarse de forma inmediata después del juicio o, en los casos más complicados, ser aplazada hasta una fecha posterior. Si una parte pretende apelar la sentencia, deberá obtener la autorización del tribunal; esta autorización solo se concederá en circunstancias limitadas.
    Costas
    Aunque queda a la voluntad del tribunal, la regla general es que la parte que pierda el proceso sea condenada al pago de las costas de la parte que lo gane. Cualquier incumplimiento de la Ley de Enjuiciamiento Civil o del objetivo primordial puede resultar en la imposición de una sanción en materia de costas a la parte "infractora", aunque esa parte ganara el juicio.
    Ejecución de las sentencias
    Cuando se dicta sentencia, la parte condenada puede pagar de forma voluntaria. Si no lo hace, existen varios procedimientos de ejecución, incluida la puesta en marcha de procedimientos de incautación y venta de bienes o la obtención de una orden de embargo sobre las propiedades de la parte condenada. También existe la opción de obligar a dicha parte a declararse insolvente si no se abona el importe indicado en la sentencia.

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  111. Zamora Nava Estanislao TGP LMV
    Juicios en Gran Bretaña Parte 4
    Procesos en Línea
    Durante la tramitación del caso también se permite al tribunal animar a las partes a resolver sus controversias sin la necesidad de acudir a juicio, a través de los métodos alternativos de resolución de conflictos (ADR, por sus siglas en inglés) como la mediación.
    Uno de estos métodos alternativos de resolución de conflictos es la ODR (Online Dispute Resolution); resolución de disputas en línea.
    Los tribunales de Inglaterra y Gales pueden resolver los pleitos civiles por debajo de las 25.000 libras sin necesidad de presentarse ante el juez. Hoy en día se está implementando en Inglaterra y Gales, así como en países de la unión europea.
    El sistema, fue propuesto en Gran Bretaña por el profesor de Oxford Richard Suskind, en calidad de asesor para la modernización del sistema judicial, prevé la creación de "facilitadores online" que intentan que las partes lleguen a un acuerdo económico, usando un sistema similar al que funciona en eBay.
    El juez 'online' delegaría gran parte del trabajo a los "facilitadores" y sólo intervendría en el caso de que no se alcanzaran acuerdos en litigios por debajo de las 25.000 libras y sin necesidad de convocar a las partes.
    El sistema a lo eBay sirve para que los facilitadores 'online' puedan agilizar el "gran atasco" causado por los pequeños pleitos civiles, de modo que los jueces puedan centrarse en los grandes litigios. De momento, la justicia 'online' solo se aplica solamente en la rama civil, no en la penal.
    En el proceso en línea, se lleva a cabo la mayor parte del procedimiento de resolución de disputas en línea, incluida la presentación inicial, el nombramiento neutral, los procesos probatorios, las audiencias orales si es necesario, las discusiones en línea y incluso la prestación de acuerdos vinculantes. Por lo tanto, la ODR es un medio diferente para resolver disputas, de principio a fin, respetando los principios del debido proceso.
    En Gran Bretaña (Inglaterra y Gales) solo se utiliza para resolver litigios menores. Los procedimientos de reclamos menores proporcionan un punto medio entre el litigio formal y el ODR, donde las disputas que involucran reclamos de pequeño valor pueden resolverse en los tribunales de manera más rápida, económica y menos formal.
    Bibliografía:
    -HM courts and Tribunal service. (2018). Court and Tribunal forms. 03/06/2020, de Her Majesty's Courts and Tribunals Service.
    https://www.gov.uk/government/organisations/hm-courts-and-tribunals-service.
    - Out-Law Legal Update. (2019). Summary of civil proceedings in England and Wales. 03/06/2020, de Pinsent Masons
    - European Justice. (2020). Organos jurisdiccionales ordinarios de Inglaterra y Gales. 03/06/2020, de European Justice
    https://e-justice.europa.eu/content_ordinary_courts-18-ew-es.do?member=1
    - European Comission. (2019). Online Dispute Resolution. 2020, de Official Web Site of European Union.
    - UK European Consumer Center. (2019). Online Dispute Resolution. 03/06/2020, de UK European Consumer Center.

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  112. Alguien podría explicarme cómo subir un archivo de word? Por favor

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  113. SASSÓN ESPARZA KARINA MARIELLE
    TEORÍA DEL PROCESO
    SUIZA: RESÚMEN PARTE I

    TRIBUNAL FEDERAL

    El artículo 188.1 de la Constitución, dispone que el Tribunal Federal es la autoridad judicial suprema de la Confederación.
    Se establece que este Tribunal, con sede en Lausana, estará compuesto por entre 35 y 45 jueces ordinarios, además de jueces suplentes, en los términos que se concreten por ordenanza de la Asamblea Federal.

    COMPETENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL

    El artículo 189 de la Constitución, enumera las tres siguientes:


    1. El Tribunal Federal tiene que enjuiciar los procesos que se interpongan por vulneración del derecho federal, del derecho internacional, del derecho intercantonal, de los derechos constitucionales cantonales, de la autonomía comunal y de otras garantías concedidas por los cantones a las corporaciones de derecho público, como las disposiciones federales y cantonales sobre derecho político.

    2. Debe resolver las diferencias entre la Confederación y los cantones o entre los cantones.

    3. Se establece una lista abierta, porque la ley podrá atribuirle otras competencias.

    Al existir en Suiza una importante descentralización de la justicia, la mayor parte de las autoridades judiciales son cantonales.



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    Respuestas
    1. SASSÓN ESPARZA KARINA MARIELLE
      TEORÍA DEL PROCESO
      SUIZA: RESÚMEN PARTE II

      ¿CÓMO SE LLEVAN A CABO LOS JUICIOS?

      Normalmente los juicios se llevan a cabo únicamente de manera presencial, lo único que se puede hacer vía internet es verificar en que tribunal y de qué cantón se debe presentar la demanda.
      Aunque actualmente, debido a la contingencia que estamos atravesando a nivel mundial, Suiza suspendió todo tipo de trámites presenciales por seguridad de todos.
      El Tribunal Federal hace unos días comunicó que debido a las medidas de seguridad que se tomaron, se han podido controlar los contagios, anunciaron un posible seguimiento de casos legales a través de internet pero aún no lo han confirmado, solamente es una propuesta que se hizo.


      PRESUPUESTOS PROCESALES

      1. Comienza cuando la parte actora presenta la demanda al Tribunal según el cantón correspondiente. Se deben establecer las pretensiones que reclama, tiene que cumplir con los requisitos correspondientes, si no es así, la demanda quedará nula.
      Si se admite, se le hace saber al acusado.

      FASE PREPARATORIA Y AUDIENCIA PRELIMINAR

      2. El demandado tiene que contestar por escrito en la fecha que el Tribunal establece.
      Después de esto, el Tribunal establece una fecha para la audiencia preliminar donde el juez verifica que las declaraciones estén completas y cumplan con los requisitos.
      El juez intentará resolver la controversia, si no lo logra, el Tribunal establecerá la fecha de la siguiente audiencia.

      SENTENCIA EN REBELDÍA Y SENTENCIA SIN JUICIO

      3. Si el demandado ya fue llamado a comparecer a juicio y no responde o no asiste a la audiencia preparatoria, se dicta sentencia en rebeldía o por incumplimiento. Si una de las partes se le ha sobreseído puede solicitar que se le reincorpore.
      Si se dicta otra sentencia por incumplimiento en contra de la misma parte, esta pierde cualquier derecho de restitución y es irrevocable.
      La sentencia sin juicio se puede llevar a cabo en caso de llegar las partes a un acuerdo o que el acusado se allane y las partes soliciten comparecer ante el Tribunal para confirmarlo ante el juez.

      EL JUICIO

      4. Dependiendo de la cosa juzgada, los juicios se pueden componer de hasta tres jueces, eso se establece dependiendo de la cuantía.
      El juicio consta de tres momentos: el ofrecimiento de pretensiones y excepciones, audiencia de pruebas y los alegatos finales.

      Las partes tienen que estar presentes en la audiencia, En un caso de fuerza mayor, el Tribunal decidirá si alguna de ellas puede participar a través de una video conferencia.
      En algunos casos el juez dictará sentencia inmediatamente después del juicio, pero usualmente le toma unas semanas.


      PRUEBAS Y TESTIGOS

      5. Las pruebas se deben presentar antes de la primera audiencia, así ambas partes conocerán las pruebas que se ofrecerán en su contra.
      El Tribunal entrega a cada parte las pruebas documentales de su contraparte.
      Los testigos ofrecen las pruebas de manera oral. Sin embargo, se pueden aceptar declaraciones escritas cumpliendo ciertos requisitos, ya sea que las partes lo acepten y así no se afecte el proceso.
      Por lo general, el testigo acude de manera personal a la audiencia.

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  114. MARTINEZ SANCHEZ ANDREA ITZEL
    PARTE I
    FRANCIA
    Nadie duda que la pandemia provocada por el Covid-19 ha llegado por sorpresa a una gran mayoría de países, pero gracias a esto es que la resistencia que han ofrecido algunos a esa necesaria transición hacia la digitalización de la justicia obliga ahora a actuar con precipitación para colocar parches que minimicen la desprotección que están padeciendo el tejido social y económico.
    La parálisis de la administración de justicia impide el acceso de los ciudadanos a la misma, agravando por momentos su futuro y el de la sociedad en su conjunto. Es autoritario que los resortes del Estado asocien esfuerzos no solo para dotarla de los medios personales y electrónicos necesarios y que recupere su normal funcionamiento sino con objeto de prepararla para la nueva “normalidad”.
    El acceso a la justicia es, como decimos, un principio básico reconocido por Naciones Unidas y un derecho fundamental recogido en nuestra Carta de Derechos de la Unión Europea (UE). Porque sin acceso a la justicia las personas no pueden ejercer sus derechos.
    En este sentido, el estudio realizado por el Departamento de Política del Parlamento Europeo para los Derechos de los Ciudadanos y Asuntos Constitucionales identifica algunos problemas principales que impiden dicho acceso en gran número de países y que pueden agruparse en dos:
    Organización desfasada del sistema judicial: carente de recursos financieros, tecnológicos, materiales y humanos, con cobertura geográfica insuficiente y/o descoordinada, problemas logísticos, limitaciones en el acceso a la información y falta de transparencia.
    Obstáculos legales y procedimentales: formalismos procesales excesivos, normas rígidas en materia de notificación, plazos, legitimación y admisibilidad, producción de pruebas y carga probatoria, ausencia de tribunales especializados y carentes de mecanismos alternativos integrados ADR/ODR.
    En definitiva, una modernización inaplazable que pasa por cierta transformación, con simplificación, reducción de plazos y costes, accesibilidad por medios digitales sin perder de vista la calidad del resultado. Lo que conlleva a abrir la mente de todos los operadores jurídicos para repensar el sistema, con objeto de que responda a las necesidades de hoy y de esta nueva “normalidad” en una sociedad que está en constante transformación.
    El Covid-19 ha roto muchos prejuicios. Por lo pronto, y tras haber podido constatar en algunos países la viabilidad de celebrar juicios en línea, audiencias públicas y declaraciones por videoconferencia, acompañados de gestión procesal remota, nos debiéramos preguntar si todavía tiene sentido estar presentes todos en un lugar para resolver los problemas.
    La evolución de la sociedad hacia la digitalización implica que el derecho fundamental de acceder a la justicia debe evolucionar también con objeto de eliminar barreras físicas y temporales. Porque hoy la auténtica limitación no es el acceso a los medios en línea –tan popularizados en todos los órdenes gracias la tecnología móvil y las apps– sino la inexistencia de dicho acceso, obligando a los ciudadanos a costosos desplazamientos y largas esperas en despachos y dependencias judiciales.2
    Resultan honorables los esfuerzos del Gobierno a través de sus Medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia por recobrar un cierto grado de normalidad en la actividad judicial durante el estado de alarma, con la incorporación de nuevas tecnologías en las actuaciones procesales para que la presencia de los intervinientes se efectúe preferentemente vía telemática, con deliberaciones de los tribunales en régimen de presencia telemática, con acceso remoto a las aplicaciones de gestión procesal fomentando el teletrabajo y la atención al público mediante correo electrónico evitando la presencialidad y celebrando juicios y vistas en horarios de mañana y tardes. Pero ello lo limita a los supuestos estrictamente necesarios durante dicho periodo.

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  115. MARTINEZ SANCHEZ ANDREA ITZEL
    PARTE II
    FRANCIA
    El Tribunal judicial y Tribunal de proximidad. La reforma 2019.
    Para simplificar los procedimientos judiciales y adaptarse a los nuevos desarrollos digitales, a partir del 1 de enero de 2020 en Francia se ha implantado una reforma judicial sobre la organización y el funcionamiento de los tribunales. Los tribunales de instancia y de Grande Instancia que existían en una misma ciudad se agrupa en una sola jurisdicción: el TRIBUNAL JUDICIAL, tribunal judiciarie.3
    Los antiguos “tribunal d’instance” son juzgados locales, donde se resuelven la mayoría de los asuntos de orden civil de cuantía inferior a 10.000 euros, accidentes de tráfico, deudas impagas, obligaciones y contratos, entregas no conformes, trabajos mal ejecutados o daños. También son responsables de los asuntos relacionados con la tutela. Su jurisdicción es exclusiva por la materia en ciertos casos, sea cual sea la cuantía.
    Los antiguos tribunales “de Grande Instance”, son un tribunal colegiado, compuesto por tres magistrados, denominados ahora tribunal judiciarie, deciden asuntos civiles de cuantía superior a 10.000 euros o según la especialidad de la materia como familia, divorcios y separaciones.
    El tribunal de commerce
    El tribunal de comercio resuelve disputas entre individuos y comerciantes o entre comerciantes y empresas comerciales. También resuelve conflictos relacionados con actos de comercio entre empresas, pero también entre personas. El Tribunal de Comercio está compuesto por jueces legos, llamados “jueces consulares”
    Le conseil de prud’hommes
    Es el tribunal laboral que resuelve las disputas entre los empleados y sus empleadores durante la vigencia de un contrato de laboral. El tribunal laboral debe tratar de conciliar a las partes opuestas. Si la conciliación falla, entonces se irá a juicio. El conseil de prud’hommes está compuesto por jueces legos, por jueces elegidos que representan, a partes iguales, a empresarios y trabajadores.
    LA JURISDICCIÓN PENAL
    Tribunal de pólice
    Competentes para conocer las infracciones leves o faltas (contraventions). Se clasifican en 5 categorías, desde la menos grave contravención de 1ª clase a más grave 5ª clase. Ejemplos: daños leves a la propiedad, lesiones leves, sin seguro de circulación, sin licencias
    Tribunal correctionnel
    Es el Juzgado penal que conoce de los delitos (délits) tales como robo, fraude, lesiones graves, etc) con penas de hasta 10 años de prisión. El Tribunal Penal está compuesto por tres magistrados profesionales asistidos por un secretario
    Cour d’assises
    Es un tribunal penal con jurados. Le corresponde enjuiciar los delitos más graves (crimes): asesinato, violación, robo con violencia, etc.…. Es una jurisdicción departamental. Se compone de tres jueces profesionales y un jurado de seis ciudadanos elegidos por sorteo.

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  116. MARTINEZ SANCHEZ ANDREA ITZEL
    PARTE III
    FRANCIA
    TRIBUNALES DE APELACIÓN O DE RECURSO
    Cour d’appel
    Si el litigante no está de acuerdo con la primera sentencia dictada, puede apelar. El caso se juzgará por segunda vez: es el principio del doble grado de jurisdicción.
    Cour de cassation
    Es el tribunal más alto en la estructura judicial francesa. Tiene su sede en París y ejerce su competencia en todo el territorio francés. Es un tribunal de casación y solo verifica que la ley se haya aplicado correctamente. La función fundamental de este órgano jurisdiccional no es efectuar un control sistemático de las decisiones de los tribunales del fondo, sino del Derecho, así como velar por su interpretación uniforme.
    De acuerdo con un informe emitido por el presidente Emmanuel Macron, menciona:
    la Ley Núm. 2020-290 de 23 de marzo de 2020 de emergencia para hacer frente a la epidemia de Covid-19 faculta al gobierno para tomar dentro de los tres meses posteriores a su publicación, cualquier medida que puede entrar en vigor a partir del 12 de marzo de 2020, para hacer frente a las consecuencias, en particular de carácter administrativo o judicial, de la propagación de covid-19 y medidas para limitar esta propagación (Título II Artículo 11, I 2 °).4
    Con el fin de facilitar la reanudación de la actividad judicial a pesar de las medidas de emergencia de salud tomadas para frenar la propagación del virus covid-19, adapta las normas aplicables a los tribunales de la orden judicial que resuelven en asuntos no penales y a los contratos de los fideicomisarios de copropiedad.
    El artículo 1 de esta ordenanza modifica el artículo 1 de la ordenanza n ° 2020-304 para no limitar a los asuntos no penales el alcance del artículo 6-1 relacionado con el acceso a jurisdicciones
    El Artículo 2 de esta Ordenanza modifica el Artículo 2 de la Ordenanza No. 2020-304 con el fin de establecer que los plazos para los procedimientos de ejecución hipotecaria se suspendan, ya no hasta el final del período legalmente protegido, pero hasta el 23 de junio de 2020.5
    La sección 3 de esta orden modifica la sección 5 que permite que el tribunal se pronuncie como un solo juez en primera instancia y en apelación.
    Con respecto al tribunal industrial que puede, en virtud del artículo 5, dictar un fallo en formación restringida, indica que, en caso de separación, el caso se remite a la misma oficina de juicio en formación restringida, presidido por un juez del tribunal judicial en cuya jurisdicción se encuentra la sede del tribunal industrial. Se da la misma precisión en caso de desempate o ante la oficina de conciliación, este mismo artículo también hace posible imponer un juez informante en un procedimiento escrito ordinario ante el tribunal.
    Finalmente, este artículo especifica que estas disposiciones son aplicables tan pronto como la fecha de la audiencia o la fecha en que se reserva el caso, en el caso de procedimientos sin audiencia, se fije durante el período legalmente protegido
    El artículo 4 de esta ordenanza elimina las disposiciones del artículo 6 de la ordenanza n ° 2020-304 siempre que el presidente del tribunal pueda decidir que los procedimientos se llevarán a cabo en publicidad restringida y, si es necesario, en privado, el artículo 5 crea un artículo 6-1 que limita el acceso al tribunal y a las salas de audiencia a las personas que designe. Sin embargo, se especifica que los jefes de los tribunales pueden autorizar el acceso al tribunal, en particular a los servicios que acogen al público, en las condiciones que fijen para garantizar el cumplimiento de las normas sanitarias. Este artículo también especifica que, de conformidad con estas condiciones, las personas autorizadas por el juez o el presidente del panel de juicio, así como los periodistas, pueden asistir a las audiencias.6

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  117. MARTINEZ SANCHEZ ANDREA ITZEL
    PARTE IV
    FRANCIA
    La sección 6 de esta orden modifica la sección 7 de la que brinda la posibilidad de celebrar audiencias y audiencias desmaterializadas. En primer lugar, especifica que este artículo se aplica cuando la audiencia o audiencia tiene lugar durante el período legalmente protegido. Luego amplía la posibilidad de utilizar un medio de telecomunicación audiovisual al autorizar su uso entre el tribunal y los técnicos, así como para llevar a cabo una audiencia durante el período legalmente protegido. Extiende la posibilidad de utilizar cualquier medio electrónico, incluido el teléfono, para las audiencias. Finalmente, establece que cuando se utiliza un medio de comunicación audiovisual u otro medio de comunicación electrónico para celebrar una audiencia, los participantes en la audiencia pueden estar en lugares separados.
    El artículo 8 de la ordenanza n ° 2020-304 , que permite al tribunal dictaminar sin audiencia, de acuerdo con un procedimiento escrito cuando la representación por un abogado es obligatoria o cuando las partes están representadas o asistidas por un abogado, es enmendada por el Artículo 7 de esta orden. Establece que la decisión de proceder bajo el procedimiento sin audiencia puede tener lugar en cualquier momento durante el procedimiento. Luego excluye la posibilidad de que el juez de libertad y detención imponga el procedimiento sin una audiencia en asuntos de atención psiquiátrica sin consentimiento.7
    El artículo 8 de esta ordenanza modifica el artículo 10 de la ordenanza n ° 2020-304 Especifica que las decisiones pueden presentarse por cualquier medio al conocimiento de las partes interesadas y no solo al de las partes en el procedimiento. También reemplaza las invitaciones y notificaciones por carta certificada con solicitud de acuse de recibo de la oficina de la corte con una simple carta. Por lo tanto, extrae las consecuencias del decreto del 15 de abril de 2020, que modifica temporalmente el decreto del 7 de febrero de 2007, que fija los términos relacionados con el depósito y la distribución de artículos postales al eliminar la firma del destinatario de la carta registrada para reemplazarlo. Después de la verificación oral de su presencia, una declaración de honor redactada por el empleado responsable de su distribución que acredite la distribución de la carta en el buzón.8

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  118. MARTINEZ SANCHEZ ANDREA ITZEL
    PARTE V
    FRANCIA
    El artículo 9 de esta ordenanza crea cuatro artículos (11-1, 11-2, 11-3, 11-4) Dentro de la misma en primer lugar, permite la comunicación, después de la sentencia, de la decisión de abrir una medida y el archivo de adultos protegidos a representantes profesionales, por vía desmaterializada (se encuentra en el artículo 11-1). Luego, especifica que la duración de las medidas de acceso y entrega de niños fijadas en el espacio de la reunión por decisión del juez de asuntos familiares se considera suspendida desde el cierre del establecimiento hasta la reanudación Medición efectiva por el espacio de reunión (establece el artículo 11-2). También establece que, cuando la oficina de conciliación y orientación no haya actuado dentro de los 3 meses posteriores a la remisión al tribunal industrial, el caso se transfiere, a menos que el solicitante objete expresamente, ante la oficina del juicio en una fecha que el registro indique a las partes por cualquier medio (establece el artículo 11-3). Y finalmente, esta disposición brinda la posibilidad de entregar documentos de procedimiento al servicio de recepción individual de la persona sujeta a litigio por cualquier medio, incluso por correo electrónico, por parte de la parte para regularizar el envío desmaterializado mediante la presentación del original a más tardar la audiencia. En este artículo se incluyen todos los actos no penales que se pueden presentar ante el servicio de recepción individual del acusado de acuerdo con el artículo R 123-28 del COJ, incluidas las solicitudes de asistencia jurídica (artículo 11-4). incluso por correo electrónico, la parte responsable de regularizar el envío desmaterializado depositando el original a más tardar en la audiencia, incluso por correo electrónico, la parte responsable de regularizar el envío desmaterializado depositando el original a más tardar en la audiencia. En este artículo se incluyen todos los actos no penales que se pueden presentar en el servicio de recepción individual de la persona sujeta a litigio de acuerdo con el artículo R 123-28 del COJ, incluidas las solicitudes de asistencia jurídica (artículo 11-4).
    Se hace referencia también a la asistencia educativa y lo podemos encontrar en los artículos 10 a 13 de esta Ordenanza. Las nuevas disposiciones relativas a la asistencia educativa tienen por objeto conciliar la rápida reanudación del funcionamiento normal de la justicia de menores con el cumplimiento de las normas de distanciamiento social. Toman en cuenta los diferentes contextos locales y la necesidad de organizar en salas más grandes que las oficinas de los magistrados, audiencias de asistencia educativa que a menudo reúnen a muchas personas. Esta es la razón por la cual la mayoría de las disposiciones de la ordenanza se han conservado, con la excepción de las relacionadas con las ubicaciones y las relativas a la suspensión de los derechos de visita y alojamiento, que deben estar sujetos a las audiencias.
    Por lo tanto, el artículo 10 modifica el artículo 13 de la ordenanza n ° 2020-304 al limitar la extensión automática a una sola vez y solo a las medidas de entorno abierto y la asistencia en la gestión del presupuesto familiar.9

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  119. MARTINEZ SANCHEZ ANDREA ITZEL
    PARTE VI
    FRANCIA
    El artículo 11 modifica el artículo 14 de la ordenanza n ° 2020-304, que permite al juez renovar una medida educativa sin una audiencia con el acuerdo por escrito de al menos uno de los padres se limita a medidas ambientales abierto.10
    La Sección 12 elimina la sección 19 de la Ordenanza No. 2020-304 que autorizó al juez a suspender o modificar un derecho de acceso o alojamiento sin escuchar a las partes.
    El artículo 13 elimina el segundo párrafo del artículo 21 que hizo posible tomar sin refrendar y notificar electrónicamente las decisiones que suspenden o modifican los derechos de visita o alojamiento.
    Debido a la epidemia de covid-19 y las prohibiciones de reagrupación que implica, los condominios están en la imposibilidad material de celebrar asambleas generales en condiciones normales. Como esta situación continuará más allá del período de emergencia del estado de salud, es importante permitir que los sindicatos de copropietarios tomen las decisiones necesarias para el correcto funcionamiento de los condominios sin que sea necesario convocar una asamblea general por presencia física, que la ley del
    Se crea un artículo (22-2) que encaja en el adaptando las reglas aplicables a las jurisdicciones de la orden judicial que rige en asuntos no penales y a los contratos de los fideicomisarios de copropiedad, abriendo la posibilidad de que el fiduciario convoque una reunión general, sin presencia física, los copropietarios pueden participar en la reunión por videoconferencia o voto por correo (artículo 14).11
    Este artículo también prevé permitir, en los casos en que el uso de videoconferencia no sea posible, que las decisiones del sindicato de copropietarios se tomen únicamente por voto postal.
    También se permite al administrador que ya hubiera convocado una reunión general que recurra a estas nuevas posibilidades con la condición de informar a los copropietarios al menos quince días antes de la celebración de esta reunión.
    El 1 de junio del presente año, entraron en vigor las disposiciones relativas al voto postal provistas por la orden antes mencionada. También parece necesario que este sistema pueda aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2020, fecha hasta la cual se aplican las demás disposiciones derogatorias relacionadas con la copropiedad.
    Para completar ese sistema, se han creado tres artículos, los cuales son:
    El Artículo 22-3, por un lado, establece las reglas para convocar y celebrar reuniones generales cuando Se aplica el sistema previsto en el artículo 22-2.
    El Artículo 22-4, por otro lado, aumenta hasta un 15% en lugar del 10% el número de votos disponibles para el agente que recibe más de tres delegaciones con derecho a voto de los copropietarios.
    Finalmente, el artículo 22-5 permite el uso de videoconferencia sin que la asamblea general haya decidido previamente las modalidades de su implementación.
    El artículo 15 finalmente establece que la orden entra en vigor inmediatamente, que se aplica a los procedimientos en curso y el artículo 16 que la orden es aplicable a Wallis y Futuna.

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  120. MARTINEZ SANCHEZ ANDREA ITZEL
    PARTE VII
    FRANCIA

    Trabajos citados
    1 (2018), D. d. (1 de Junio de 2020). e-justice.europa.eu. Obtenido de https://e-justice.europa.eu/content_legal_notice-365-es.do
    2Derechos reservados. (02 de 05 de 2020). rance25.com/es/20200502-covid19hoy-espana-salida-cifras-coronavirus. Obtenido de www.france24.com/es/francia/
    3france24. (02 de Junio de 2020). france14.com/es/20200502-covid19hoy-espana-salida-adultos-cifras-coronavirus. Obtenido de www.france24.com/es/francia/
    4justicie. (30 de Mayo de 2020). justicie.gouv.frlconsequences-juridiques-etat-durangence-sanitare-12982/. Obtenido de www.justicieportal.com
    5Texte categorielien . (2 de Junio de 2020). Obtenido de hhttp://www.legufrance.gouv.frl
    6Texte categorielien . (2 de Junio de 2020). Obtenido de hhttp://www.legufrance.gouv.frl
    7Texte categorielien . (2 de Junio de 2020). Obtenido de hhttp://www.legufrance.gouv.frl
    8Texte categorielien . (2 de Junio de 2020). Obtenido de hhttp://www.legufrance.gouv.frl
    9Texte categorielien . (2 de Junio de 2020). Obtenido de hhttp://www.legufrance.gouv.frl
    10Texte categorielien . (2 de Junio de 2020). Obtenido de hhttp://www.legufrance.gouv.frl
    11Texte categorielien . (2 de Junio de 2020). Obtenido de hhttp://www.legufrance.gouv.frl



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  121. LÓPEZ GARCÍA NATALIA
    PARTE 1
    TURQUÍA

    -Política en Turquía-
    Turquía es una democracia parlamentaria y la constitución dispone que es un Estado democrático, laico, social y de derecho.
    Su constitución actual fue adoptada el 7 de noviembre de 1982, después de un período de gobierno militar, y está firmemente basada en los principios del laicismo kemalista. El poder ejecutivo reside en un presidente.
    El poder legislativo está integrado por los 550 escaños de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (Türkiye Büyük Millet Meclisi), que representa 81 provincias y es elegido con los votos de los ciudadanos turcos mayores de 18 años.1

    -Funcionamiento de la justicia-
    Lo principal es que haya una equidad de la justicia; La igualdad de trato de nacionales y extranjeros es igual de importante, Turquía es un Estado de derecho; únicamente se incluyen las reformas que son necesarias con vistas a la adhesión a la Unión Europea. Los residentes extranjeros pueden esperar un trato imparcial en materia jurídica.
    La corrupción es un problema serio y está presente en todos los ámbitos. El gobierno está instaurando leyes para combatirla, pero todavía no están suficientemente implantadas. Por lo general, hay entre la población una cultura de tolerancia hacia la corrupción. El idioma de la justicia es el Turco.

    -Similitudes legales-
    Existen similitudes legales. La principal fuente de ley es la Constitución de 1982. El sistema judicial del país se basa en un sistema de derecho civil derivado de varios sistemas de la Europa continental:
    - Derecho civil y de sociedades cercano al modelo alemán.
    - Derecho de obligaciones inspirado en el Código Suizo.
    - Derecho Penal inspirado en el Código Penal italiano.
    - Derecho Administrativo inspirado en el francés.
    Turquía es miembro del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH).

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    Respuestas
    1. LÓPEZ GARCÍA NATALIA
      PARTE 2
      TURQUÍA

      -Códigos en Turquía-
      1)Código de Comercio de Turquía
      °Normativa bancaria
      °Derecho de sociedades
      °Derecho de inversiones
      2)Código Civil turco y Código de Enjuiciamiento Civil (CCP)
      °Derecho de contratos y propiedad privada
      3)Código Laboral
      °Derecho Laboral
      4)Nuevo Código Penal (TCK) y Ley de Enjuiciamiento Criminal (CMK)
      °Derecho penal
      5)Código aduanero
      °Derecho de Aduanas

      -Las diferentes jurisdicciones en Turquía-
      Tribunal Constitucional-Verifica la conformidad con la Constitución de las leyes votadas en el Parlamento.
      Consejo de Estado y Tribunales Administrativos-Litigios contra el Estado, la Administración o los Colectivos locales a propósito de sus decisiones.
      Tribunal de Magistrados, Juzgado de Primera Instancia y Corte de Apelaciones-Responsabilidad civil y aseguradora (daños a terceros), estado civil de las personas, propiedad inmobiliaria.
      Tribunal de Casación-Encargado de revisar decisiones y sentencias dictadas por los tribunales de justicia desde el punto de vista de la conformidad con la ley, con la finalidad de asegurar la unificación en la práctica legal y para esclarecer la interpretación de las distintas disposiciones de los códigos.
      Tribunal Penal-Responsabilidad penal (bancarrota, desvío de fondos, complicidad, etc.)
      Tribunal de Comercio (Ticaret Mahkemesi)-Competente en litigios comerciales.
      Tribunal Laboral (Is mahkemesi)-Competente para resolver litigios relativos a contratos de trabajo o diferencias entre empresarios / empleados.
      Tribunal de Cuentas (TCA)-Auditorías. Puede dar una opinión consultiva a petición del Ministerio de Hacienda.
      Alto Tribunal de Justicia Militar-Tribunal de Justicia especial reservada para militares.

      -La profesión jurídica en Turquía-
      °Abogado (Avukat):
      El abogado informa a sus clientes sobre sus derechos y obligaciones. También puede alegar en su favor ante un tribunal.
      °Secretario judicial (Zabit katibi):
      Es el encargado de anotar cambios, declaraciones y observaciones durante todo el proceso judicial.
      °Alguacil (Icra):
      Funcionario ministerial encargado de notificar las actas de los procesos y de ejecutar las sentencias.
      °Juez (Hakim):
      Encargado de decidir si ha habido infracción de la ley y las sanciones que se derivan.
      °Procurador de la República (Cumhuriyet Savcisi):
      Magistrado encargado de representar al Ministerio Público ante un Tribunal de gran instancia.








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    2. LÓPEZ GARCÍA NATALIA
      PARTE 3
      TURQUÍA

      -Procedimiento Penal del Asunto Salduz C. Turquía (Demanda nº 36.391/02)-
      1. El asunto tiene su origen en una demanda presentada contra la República de Turquía ante este Tribunal de conformidad con el artículo 34 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (“el Convenio”) por un ciudadano turco, el señor Yusuf Salduz (“el demandante”), el 8 de agosto de 2002.
      2. El demandante alegaba, en esencia, que sus derechos de defensa fueron violados por no serle comunicado el informe del Fiscal Jefe en el Tribunal de Casación y habérsele negado la asistencia de un abogado durante su detención. En apoyo de estas alegaciones invoca el artículo 6, apartados 1 y 3 c) del Convenio.
      3. La demanda fue asignada a la Sección Segunda del Tribunal (artículo 52, apartado 1 del Reglamento del Tribunal).
      4. Por decisión de 28 de marzo de 2006, la demanda fue declarada parcialmente inadmisible por una sala de dicha sección, compuesta por los jueces Jean-Paul Costa, Andras Baka, Rıza Türmen, Karl Jungwiert, Mindia Ugrekhelidze, Antonella Mularoni y Elisabet Fura-Sandström y por el Secretario de la Sección, Sally Dollé.
      5. En su sentencia de 26 de abril de 2007 (“la sentencia de la Sala”), la Sala, integrada por los jueces Françoise Tulkens, Andras Baka, Ireneu Cabral Barreto, Rıza Türmen, Mindia Ugrekhelidze, Antonella Mularoni y Danutė Jociene, y por el Secretario de la Sección, Sally Dollé, apreció, por unanimidad, que se había producido una violación del artículo 6, apartado 1 del Convenio a causa de la falta de comunicación del informe del Fiscal Jefe y, por cinco votos contra dos, que no había habido una violación del artículo.
      6, apartado 3 c) del Convenio debida a la falta de asistencia legal al demandante durante su detención.
      6. El 20 de julio de 2007, el demandante solicitó la remisión del asunto a la Gran Sala (artículo 43 del Convenio).
      7. El 24 de septiembre de 2007, un colegio de la Gran Sala decidió aceptar la solicitud (artículo 73 del Reglamento).
      8. Se determinó la composición de la Gran Sala de acuerdo con las previsiones del artículo 27, apartados 2 y 3 del Convenio y del artículo 24 del Reglamento.
      9. Tanto el demandante como el Gobierno presentaron observaciones sobre el fondo del asunto.
      10. El 19 de marzo de 2008 se celebró una audiencia pública en el Palacio de los Derechos Humanos, en Estrasburgo (artículo 59, apartado 3 del Reglamento).

      -Comparecieron ante el Tribunal-
      (a) por el Gobierno:
      Sr. M. ÖZMEN, Coagente,
      Sra. N. ÇETIN,
      Sra. A. ÖZDEMIR,
      Sra. I. KOCAYIĞIT,
      Sr. C. AYDIN, Asesores;
      (b) por el demandante
      Sr. U. KILINÇ, Abogado,
      Sra. T. ASLAN, Asesora.

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    3. LÓPEZ GARCÍA NATALIA
      PARTE 4
      TURQUÍA

      -Las circunstancias del caso-
      A. La detención e ingreso en prisión provisional del demandante.
      El demandante fue detenido por policías de la sección antiterrorista de la Dirección de Seguridad de Esmirna bajo sospecha de haber participado en una manifestación ilegal en apoyo del PKK, fue trasladado al Hospital Universitario Atatürk, donde fue examinado por un médico, el demandante fue interrogado en las dependencias de la sección antiterrorista sin la presencia de un abogado y el demandante fue llevado ante el fiscal y, posteriormente, ante el juez de instrucción.
      B. El proceso
      El fiscal del Tribunal de Seguridad del Estado de Esmirna presentó una querella ante dicho tribunal acusando al demandante, el Tribunal de Seguridad del Estado celebró una audiencia preliminar, acordó que el demandante permaneciese en prisión preventiva y le instó a preparar su defensa, se recibió testimonio del acusado en persona, quien negó los cargos en su contra también rechazó la declaración policial, alegando que había sido obtenida bajo coacción, el tribunal tomó declaración a otros imputados, el demandante presentó su escrito de defensa, negó los cargos y solicitó su puesta en libertad, el mismo día, el Tribunal de Seguridad del Estado de Esmirna dictó sentencia, en la condena al demandante, el Tribunal de Seguridad del Estado valoró sus declaraciones ante la policía, el fiscal y el juez de instrucción.
      C. El recurso
      La abogada del demandante interpuso un recurso contra la sentencia del Tribunal de Seguridad del Estado de Esmirna, el Fiscal Jefe ante el Tribunal de casación presentó un informe a la División Novena del Tribunal de Casación instando a que este órgano confirmase la sentencia del Tribunal de Seguridad del Estado de Esmirna. Dicho informe no fue notificado al demandante ni a su representante, la División Novena del Tribunal de Casación, confirmando la valoración de la prueba y la motivación de la sentencia del Tribunal de Seguridad del Estado de Esmirna, desestimó el recurso del demandante.

      -Fuentes-
      1 “Situación Política en Turquía” tomado de la página http://www.avanza.com.tr/turquia/situacion-politica-turquia/

      2 “Diferentes Jurisdicciones en Turquía” tomado de la página https://santandertrade.com/es/portal/establecerse-extranjero/turquia/entorno-legal

      3 “GRAN SALA, ASUNTO SALDUZ c. TURQUÍA (Demanda nº 36.391/02) del Ministerio de Justicia SENTENCIA ESTRASBURGO del 27 de noviembre de 2008” tomado del documento https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/1292429063662?blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadername2=Grupo&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DSentencia_SALDUZ_c._TURQU%C3%8DA.pdf&blobheadervalue2=Docs_TEDH

      4 IBIDEM (3)

      5 IBIDEM (3)

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  122. Alumna: Valdivia Bazán Zaira
    Materia: Teoría General del proceso
    Grupo: 1401
    Link de mi trabajo en drive: https://drive.google.com/file/d/1QtLfSN3_MIYP8fND4iXE-4MTy0UhI0di/view?usp=sharing

    MOLDOVA
    (PARTE I)
    Autoridad judicial: características
    -La justicia se administra en nombre de la ley solo por los tribunales.
    -La justicia se administra a través de la Corte Suprema de Justicia, los tribunales de apelación y los jueces [1].
    -Para ciertas categorías de casos, los jueces especializados pueden funcionar, de acuerdo con la ley.
    -El establecimiento de tribunales extraordinarios está prohibido.
    -La organización de los tribunales, su competencia y el procedimiento de juicio están establecidos por la ley orgánica. [2]

    Estado de los jueces
    -Los jueces de los tribunales son independientes, imparciales e inamovibles, de acuerdo con la ley.
    -Los jueces de los tribunales serán nombrados hasta que se alcance el límite de edad establecido de conformidad con la ley.
    -Los presidentes y vicepresidentes de los tribunales son nombrados por el presidente de la República de Moldova, a propuesta del Consejo Superior de la Magistratura, por un período de 4 años.
    -El presidente, los vicepresidentes y los jueces de la Corte Suprema de Justicia son nombrados por el Parlamento a propuesta del Consejo Superior de la Magistratura. Deben haber sido jueces durante al menos 10 años.
    -La promoción y transferencia de jueces se realizará solo con su consentimiento.
    -La sanción de los jueces se hará de conformidad con la ley.
    -El cargo de juez es incompatible con el ejercicio de cualquier otro cargo remunerado, excepto la actividad didáctica y científica.

    La naturaleza pública de los debates judiciales
    -Las audiencias judiciales son públicas en todos los tribunales. El juicio de los procedimientos en sesión cerrada solo se permite en los casos establecidos por la ley, de conformidad con todas las reglas de procedimientos. [3]

    Lengua de caso y derecho a un intérprete
    -El procedimiento judicial se lleva a cabo en rumano.
    -Las personas que no poseen o no hablan el idioma rumano tienen derecho a familiarizarse son todos los documentos y trabajos del archivo, a hablar en la corte a través de un intérprete.
    -Según la ley, el procedimiento judicial puede llevarse a cabo en un idioma aceptable para la mayoría de las personas que participan en el juicio.

    Naturaleza obligatoria de las sentencias y otras decisiones judiciales finales
    -Es obligatorio cumplir con las sentencias y otras sentencias finales de los tribunales, así como con la cooperación solicitada por ellos durante el juicio, la ejecución de las sentencias y otras sentencias finales.
    -Contra las decisiones judiciales, las partes interesadas y los organismos estatales competentes pueden ejercer los medios de apelación, de conformidad con la ley.





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  123. Alumna: Valdivia Bazán Zaira
    Materia: Teoría general del proceso
    MOLDOVA
    (PARTE II)

    Justicia Pandémica:
    El estado de emergencia generado por la epidemia de coronavirus ha alterado el programa de tribunales, en algunos casos la actividad de la corte generalmente se suspendió. Los representantes del poder judicial están trabajando en un régimen más especial, limitando el acceso público al máximo para evitar la propagación del nuevo virus.

    De acuerdo con las nuevas reglas, se da prioridad a los casos que no sufren aplazamiento por varias razones: detención, protección de la víctima o testigo, para la protección de la seguridad del estado, entre otros. Con el establecimiento del estado de emergencia, varios derechos y libertades fueron limitados, y las autoridades de Chisinau, capital de Moldova, notificaron al Secretario General del Consejo de Europa al respecto. Según varios abogados, durante este período los ciudadanos no pueden quejarse de ciertas categorías de posibles abusos porque hay “circunstancias importantes que han llevado a la limitación de los derechos humanos”. Entre las posibles restricciones puede estar el acceso a la justicia, debido a la incertidumbre sobre la forma en que operan actualmente los tribunales.

    Los eventos generados por la situación epidemiológica han evolucionado tan rápido que algunos abogados anunciaron que se abstendrán de participar en juicios. Para evitar el contacto humano, los jefes de los tribunales recomendaron que los participantes en los juicios enviaran todos los materiales por correo electrónico o correo tradicional. En este contexto, varios abogados expresan que los tiempos de la pandemia han demostrado más que nunca cuál inminente es la introducción del programa de archivos electrónicos, que ahora se están probando.

    El sistema de videoconferencias moderno y seguro, adquirido e instalado en todos los tribunales de Moldavia en 2018 por el Programa de Justicia Transparente de USAID [4] permite la continuación de la actividad de los tribunales y el examen remoto de los casos más urgentes.

    En total, desde noviembre de 2018, cuando comenzó el pilotaje del sistema, y hasta finales del abril de 2020, los tribunales celebraron aproximadamente 4,850 audiencias judiciales por videoconferencia, ahorrando alrededor de 2,961,600 ley moldavos a expensas del transporte y acompañamiento de detenidos a las audiencias judiciales. [5] Gracias a este sistema y demás programas electrónicos implementados por el Gobierno de Moldova en años anteriores, se ha logrado continuar con varios procesos legales.

    1. Sitio web oficial del Parlamento de la República de Moldova. Constitución de la República de Moldova. 29 de Marzo de 2016. Recuperado el 3 de Junio de 2020, de http://www.parlament.md/CadrulLegal/Constitution/tabid/151/language/ro-RO/Default.aspx
    2. Ministerio de Justicia de la República de Moldova. Recuperado el 3 de Junio de 2020, de http://www.justice.gov.md/
    3. Ibidem
    4. Portal de información del Sector de Justicia. 31 de Diciembre 2019. El nuevo programa integrado de gestión de casos garantiza una mayor transparencia y eficiencia del poder judicial. Recuperado el 3 de Junio de 2020, de https://www.justitietransparenta.md/noul-program-integrat-de-gestionare-dosarelor-asigura-cresterea-transparentei-si-eficientei-sistemului-judecatoresc/

    5. Agencia de Gobierno Electrónica. Recuerpado el 3 de Junio de 2020 , de https://egov.md
    6. Ibidem

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    1. Alumna: Reyna Millan Valeria
      Teoría General del Proceso
      LIECHTENSTEIN
      PARTE I
      La jurisdicción se divide en: civil, penal, administrativa y constitucional. Antes de iniciar un juicio civil contencioso, debe llevarse a cabo un procedimiento de arbitraje en el lugar de residencia del demandado. Sólo si el arbitraje fracasa, podrá iniciarse el juicio. La jurisdicción administrativa es ejercida por el Tribunal Administrativo. Dentro de la administración, las demandas se pueden presentar ante el Gobierno o ante la Comisión de Demandas Administrativas. Tanto sus decisiones como las decisiones de las comisiones que representan al Gobierno pueden apelarse ante el Tribunal Administrativo.
      Se divide entre jurisdicción ordinaria y la jurisdicción de derecho público. La primera la jurisdicción ordinaria administra justicia en cuanto a asuntos civiles y penales; sus tres instancias son:
      • Tribunal de Justicia
      • Tribunal de Apelación
      • Tribunal Supremo
      • El Tribunal Penal es competente en todos los enjuiciamientos de delitos, así como en el enjuiciamiento de algunas faltas exhaustivamente enumeradas en la ley.
      • El Tribunal de Menores juzga a los autores de delitos de entre 14 y 18 años.

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  124. Alumna: Reyna Millan Valeria
    Teoría General del Proceso
    LIECHTENSTEIN
    PARTE II
    Tribunal de justicia
    Para asuntos civiles y penales, el Tribunal de Justicia es la primera instancia.
    Dependiendo del asunto del que trate el Tribunal puede actuar como órgano unipersonal o como órgano colegiado. Cuando son asuntos civiles o de juicios de faltas son unipersonales los que examinan la causa.
    Tribunal de apelación
    En cuanto a la jurisdicción ordinaria la segunda instancia es el Tribunal de Apelación y se puede recurrir contra las sentencias o decisiones del Tribunal de Justicia. Las sentencias son dictadas por una sala colegiada o por el Presidente de una Sala. Cada Sala está compuesta por un Presidente de Sala a tiempo completo y cuatro magistrados de apelación a tiempo parcial. El Presidente y un magistrado de apelación a tiempo parcial deben ser abogados profesionales.
    Tribunal Supremo
    Es la tercera y última instancia contra las sentencias o decisiones del Tribunal de Apelación. Administran justicia las salas o los presidentes de las salas.
    Existen dos Salas compuestas por un Presidente de Sala a tiempo completo y cuatro magistrados del Tribunal Supremo a tiempo parcial. El Presidente y al menos dos de los magistrados del Tribunal Supremo deben ser abogados profesionales.
    Tribunal Administrativo
    Es un tribunal de derecho público encargado de resolver los recursos o decisiones del gobierno o de las comisiones que lo representan, y es también la última instancia en los procedimientos de recurso contra actos administrativos. Está integrado por cinco magistrados y cinco magistrados suplentes. La mayoría de los magistrados deben ser abogados profesionales. Los magistrados ejercen su cargo a tiempo parcial.
    Tribunal Constitucional
    Es un tribunal de derecho público que es autónomo e independiente respecto de otros órganos constitucionales. Entre sus funciones figura la protección de los derechos garantizados por la Constitución, así como de los derechos individuales garantizados por acuerdos internacionales.
    Ministerio Público
    El Ministerio Público depende oficialmente del Gobierno, este solo puede darle, de conformidad con la Ley del Ministerio Público, instrucciones muy limitadas.
    Es el encargado de investigar los delitos y de representar la acusación pública en los tribunales. En la actualidad, Liechtenstein tiene un Fiscal General y otros seis fiscales.
    1.6 Fuentes
    • https://www.liechtenstein.li/fileadmin/Dateiliste/liechtenstein-li/Dokumente/PP-Praesentationen_PDF/Presentation_The_Princely_House_2017_16-9.pdf
    • https://www.fuerstenhaus.li/en/#button2
    • https://www.liechtenstein.li/en/country-and-people/state/princely-house-head-of-state/
    • NACIONES UNIDAS. Información general de Liechtenstein. 2020
    http://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhsvxlfhYepfIYmW0eRMA3oVuLlAHyhQYfafdYXWnxa9Ja5O0IW%2FClMQIgsN%2BZNAZQnl0181A7Lt4Rr%2FpG%2B8Zvz9v293tnw%2Bc%2FS2%2BdRw750Kj9.
    • Gobierno Principado de Liechtenstein. 2017. https://www.regierung.li/media/medienarchiv/header/173_01_11_12_2016_en.pdf

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  125. Huerta Monzalvo Leonardo Daniel.
    Teoría del Proceso
    Lic. Marcela Sosa Y Ávila Zabre
    Grupo: 1401.
    Junio 06 del 2020.

    Juicios en Ucrania.
    Primera Parte

    Es un Estado soberano ubicado en el este de Europa con una forma de gobierno es la república que se rige por un sistema semipresidencial, con la separación clásica del poder; entre el ejecutivo, legislativo y judicial.
    El sistema judicial de Ucrania se esboza en el 1996 Constitución de Ucrania. Antes de esto no había noción de revisión judicial ni ningún Tribunal Supremo desde 1991 de la independencia de Ucrania fue cuando empezó a reestructurarse lentamente.
    A pesar de la independencia judicial que existe, en la práctica hay poca separación del poder jurídico y los poderes políticos. Los jueces están sometidos a la presión de los intereses políticos y empresariales. El sistema judicial de Ucrania es ampliamente considerado como corrupto.
    Aunque hay problemas en la efectibilidad del sistema aún, se considera que se ha mejorado mucho desde la última reforma judicial del 2016. El Tribunal Supremo está considerado como un órgano independiente e imparcial, y en varias ocasiones ha fallado en contra del gobierno.
    Los Tribunales de Ucrania gozan de libertad legal, financiera y constitucional garantizado por las medidas adoptadas en la legislación de Ucrania en 2010. El sistema judicial de Ucrania se compone de tres niveles de tribunales de jurisdicción general. Antes de la reforma judicial del año 2016 el sistema se componía de cuatro niveles y el Tribunal Supremo de Ucrania existió hasta 2003.

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  126. Huerta Monzalvo Leonardo Daniel.
    Teoría del Proceso
    Lic. Marcela Sosa Y Ávila Zabre
    Grupo: 1401.
    Junio 06 del 2020.

    Juicios en Ucrania.
    Segunda Parte

    Los tribunales locales
    • Ucrania tiene 74 cortes de distrito. En 2018 se sustituyeron los 142 tribunales generales locales.

    Los tribunales de apelación
    • Cortes de Apelación (la combinación de la jurisdicción penal y civil), que consiste en:
    o tribunales de apelación regionales;
    o tribunales de apelación de las ciudades de Kiev.
    Antes de la reforma judicial del 2016 hubo Cortes paralelas de recursos especializadas (ya sea comercial o de jurisdicción administrativa) que consisten en los tribunales comerciales de apelación y los tribunales administrativos de apelación.

    La Suprema Corte
    • Tribunal Supremo es el tribunal más alto dentro del sistema de tribunales de jurisdicción general, la realización de la revisión con respecto a la aplicación desigual de las normas de derecho sustantivo por los tribunales de casación y con sujeción a los casos en que la institución judicial internacional cuya jurisdicción es reconocida por Ucrania ha establecido la violación de las obligaciones internacionales de Ucrania.

    La Corte Constitucional de Ucrania
    • La Corte Constitucional de Ucrania es un cuerpo especial con autoridad para evaluar si los actos legislativos del Parlamento, Presidente, Consejo de Ministros o el Parlamento de Crimea están en consonancia con la Constitución de Ucrania. Asimismo, este Tribunal da comentarios a determinadas normas de la Constitución o las leyes de Ucrania (actos superiores del Parlamento).

    La corrupción anti-Alto Tribunal
    • La lucha contra la corrupción Alto Tribunal de Ucrania se va a establecer antes de finales del 2018. Los casos relativos a la corrupción en Ucrania se pueden comprar directamente a esta corte. Las apelaciones serán consideradas por una sala de recursos completamente separada de la lucha contra la corrupción-Alto Tribunal. La ley sobre la lucha contra la corrupción Alto Tribunal de Ucrania entró en vigor el 14 de junio 2018.

    Abolido altos tribunales de competencia especializada
    En la reforma judicial del año 2016 las siguientes tres cortes fueron abolidas y sus tareas se transfirieron a cámaras especiales del Tribunal Supremo de Ucrania.
    • El Alto Tribunal Especializado en lo Civil y penales, que cubre los casos civiles y penales;
    • El Alto Tribunal Administrativo de Ucrania, que cubre los casos administrativos;
    • El Alto Tribunal Comercial de Ucrania, que cubre los casos comerciales.
    Las resoluciones del alta (a veces traducido como Supremo) Tribunal Administrativo de Ucrania no podían ser objeto de recurso.

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  127. Huerta Monzalvo Leonardo Daniel.
    Teoría del Proceso
    Lic. Marcela Sosa Y Ávila Zabre
    Grupo: 1401.
    Junio 06 del 2020.

    Juicios en Ucrania.
    Tercera Parte

    Desde la reforma jurídica de 2016 los jueces son nombrados por el Presidente de Ucrania tras su nombramiento por el Consejo Supremo de Justicia. Jueces anteriores fueron nombrados por decreto presidencial por un período de cinco años, después de lo cual el Parlamento de Ucrania los confirmó por la vida en un intento de aislarlos de la política. Este período de prueba 5 años también fue abolido en 2016. Los jueces están protegidos del despido (salvo en casos de mala conducta). Inmunidad judicial se garantiza a los jueces hasta el año 2016. (Esta inmunidad puede ser levantada por el parlamento.) Actualmente un juez está protegido de la responsabilidad derivada de sus acciones sólo judiciales.
    Ucrania tiene alrededor de 8.000 jueces. Ucrania no tiene sistema de jurados; la mayoría de los casos son escuchados por un único juez o dos jueces acompañados de asesores .
    • El Congreso de los Jueces
    • El Consenso de los Jueces
    • La Administración de Justicia del Estado
    • La Cualificaciones de los altos judiciales de la Comisión de Ucrania
    • El Consejo Superior de Justicia
    Desde el 1ro de enero del 2010, se puede mantener los procesos judiciales en Rusia en el consentimiento mutuo de las partes. Ciudadanos que no pueden hablar la lengua de Ucrania o Rusia están autorizados a utilizar su lengua materna o los servicios de un traductor.
    Al día en que este trabajo es escrito, no se ha registrado ninguna modificación en los juicios de Ucrania, pues apenas cuentan con 580 casos positivos de Covid-19 y 8 muertos gracias a la pandemia, por lo que no representa ningún problema mayor, más de las medidas sanitarias recomendadas por la OMS.

    Referencias: Judiciary of Ukraine; Prosecution, Google App.

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  128. Alumna: Martinez Urbina Tania Estela
    Teoria General del Proceso
    Grecia
    Parte I
    Grecia como tal no tienen regulado los juicios en línea, sin embargo, dada las situaciones actuales, por decreto ministerial todos los procedimientos judiciales griegos, así como los servicios que prestan los órganos jurisdiccionales, quedaron aplazados hasta el 27 de abril, con excepción de acciones y asuntos urgentes e importantes. Dado esto las funciones judiciales quedaron limitadas a los casos de relevancia y urgencia. Las sesiones o actuaciones del sistema judicial se deberán llevar a acabo utilizando los medios tecnológicos que sean posibles.

    Procedimiento civil
    Se empieza por presentar la demanda, la cual deberá contener los nombres y las direcciones de las partes, así como las reclamaciones del reclamante. La demanda también deberá contener una lista de pretensiones y una declaración de valor. El tribunal inicia el procedimiento sellando el documento de la demanda con su sello oficial y, en esa fecha, también asigna una fecha de juicio, que debe estar dentro de doce meses de la presentación de la demanda en cuestión.
    En este país la notificación y entrega del documento al demandado se hace mediante un agente judicial, instruido por el demandante.
    Después de la notificación se debe hacer entre las partes una conciliación, esto conforme al articulo 214 de la ley de enjuiciamiento civil. Se presentan los escritos y pruebas documentales 20 días antes del juicio. Después del juicio, cada parte presenta escritos adicionales en los que responde a los escritos procesales y las pruebas de la otra parte o partes. Durante este juicio se deben examinar los testimonios de los testigos en el Tribunal colegiado estas declaraciones podrán hacerse vía oral o escrita. Después de esto se dicta la sentencia la cual debe elaborarse y sellarse dentro de los 8 meses del juicio. Vienen las apelaciones que deberán ser presentadas por una de las partes dentro de 30 días de notificada la sentencia o dentro de 3 años del día en que la sentencia fue elaborada y sellada por el Tribunal colegiado. Y se ejecuta la sentencia.

    Procedimiento penal
    Se inicia con la investigación y apertura del procedimiento: en esta parte se le hace saber al fiscal de la posible comisión de un delito, se hace la apertura del procedimiento penal y se concluye con el procesamiento de los cargos contra el acusado.
    La finalidad de esta parte es realmente indicar y hacer saber si realmente hay pruebas o elementos suficientes para determinar que la persona acusada haya cometido un delito.
    En la parte de la celebración del juicio se enjuicia el caso hasta que se dicta sentencia.
    Los recursos utilizados para poder usarlos para cuestionar las decisiones adoptadas por los órganos jurisdiccionales penales son:
    • Un recurso para modificar o anular la decisión recurrida por razones de hecho o de derecho;
    • Un nuevo enjuiciamiento del caso y una revocación de la sentencia que anule total o parcialmente la decisión recurrida por motivos de Derecho.
    Etapas que comprenden a investigación
    Examen preliminar: el fiscal es el encargado de determinar si existen bases para la acusación y si se cometió el delito
    La investigación penal preliminar: esta parte se realiza principalmente cuando se tiene capturado al sospechoso
    Investigación penal: esta es realizada cuando se cometen delitos graves. En estos casos es obligatorio que el acusado sea representado por un juez.
    Detención: si el sospechoso del delito es sorprendido cometiendo el delito podrá ser detenido sin una orden judicial, de no ser así es necesaria la orden judicial.
    Restricciones: se imponen para impedir la comisión de nuevos delitos y asegurar que el acusado comparezca ante la policía y el órgano jurisdiccional.
    Prisión preventiva: los sospechosos de las infracciones pueden quedar en prisión preventiva durante un plazo máximo de 18 meses por delitos graves. 12 meses por delitos menos graves y 6 meses por homicidio reincidente por negligencia. Esta es cumplida en prisión.

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    1. Alumna: Martinez Urbina Tania Estela
      Teoría General del Proceso
      Grecia
      Parte II
      Órganos jurisdiccionales
      Los órganos jurisdiccionales están dirigidos por magistrados y en particular por el presidente del órgano jurisdiccional o por un consejo de tres miembros
      • Órganos jurisdiccionales de lo contencioso-administrativo
      • Jurisdicción civil
      • Jurisdicción penal
      • Jurisdicción Militar, jurisdicción de la Armada y jurisdicción de las Fuerzas Aéreas
      • Tribunal Especial Supremo
      • Tribunal especial para los casos de prevaricación judicial
      • Tribunal especial para los casos de responsabilidad de los ministros
      • Tribunal especial para los conflictos de remuneración de los jueces

      Jerárquicamente los órganos jurisdiccionales se encuentran de la siguiente manera
      -Jurisdicción civil: Juzgados de Paz, Tribunales de Primera Instancia, Tribunales de Apelación, Tribunal Supremo
      -Jurisdicción penal: Tribunales de Faltas, Tribunales de lo Penal, Tribunales de Apelación, Tribunal Supremo
      -Jurisdicción contencioso-administrativa: Tribunales Administrativos de Primera Instancia, Tribunales Administrativos de Apelación, Consejo de Estado

      Integrantes
      Fiscales
      - Participan en la administración de justicia, la fiscalía prepara los procesos penales, sus principales misiones son iniciar el procedimiento, supervisar las investigaciones e interponer recursos.
      - Inicia las investigaciones preliminares
      - Inicia el proceso judicial
      - Interroga a los implicados
      - Supervisa a los servicios con funciones coercitivas en materia de prevención y persecución de los delitos
      - Presenta propuestas a los consejos judiciales y a los tribunales
      - Interpone recursos
      - Ejecuta las sentencias penales y ayuda a la ejecución de los títulos ejecutivos
      - Supervisa los centros penitenciarios

      Jueces y magistrados
      La justicia se encuentra administrada por tribunales que se encuentran compuestos por jueces ordinarios, a la vez estos son supervisados por los magistrados y por los fiscales y el teniente fiscal del Tribunal supremo
      Abogados
      Son funcionarios públicos no remunerados
      Asesores jurídicos
      Son también los abogados, puesto que estos también pueden ejercer como asesores jurídicos
      Notarios
      Son funcionarios públicos que cumplen la función de redactar y conservar actos constitutivos y declaraciones de los interesados cuando estos documentos sean requeridos por la ley.
      Oficiales de justicia
      - Trasladan documentos judiciales y extrajudiciales
      - Ejecutan los títulos ejecutivos mencionados en el artículo 904, apartado 2, del Código Procesal Civil, a saber: a) las sentencias firmes y las sentencias dictadas y declaradas provisionalmente ejecutables por un órgano jurisdiccional griego; b) los laudos arbitrales; c) las actas de conciliación y liquidación de costas de los órganos jurisdiccionales griegos; d) las actas notariales; e) las órdenes de pago y de desalojo dictadas por jueces griegos; f) las actas extranjeras declaradas ejecutables y g) las órdenes y actas legalmente reconocidas como ejecutables,
      - Y toda otra función establecida por ley.

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    2. Alumna: Martinez Urbina Tania Estela
      Teoria General del Proceso
      Grecia

      Fuentes:
      -http://abogado-grecia.es/areas-de-practica/sistima-griego-de-litigios-civiles/solucion-de-conflictos-en-grecia/
      -file:///C:/Users/teste/Downloads/Comparative%20table%20-%20Covid%20Impact%20on%20civil%20judicial%20coop_3_EU_ES%20(3).pdf
      -https://e-justice.europa.eu/content_legal_professions-29-el-maximizeMS-es.do?member=1
      -https://e-justice.europa.eu/content_judicial_systems_in_member_states-16-el-es.do?member=1
      -https://e-justice.europa.eu/content_rights_of_defendants_in_criminal_proceedings_-169-EL-maximizeMS-es.do?clang=es&idSubpage=2
      -https://e-justice.europa.eu/content_rights_of_defendants_in_criminal_proceedings_-169-el-es.do?member=1

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  129. SUMUANO PEÑA ADRIÁN
    315209194
    TGDP

    Rep. Checa Parte I

    Ante las difíciles circunstancias suscitadas por la pandemia por el COVID-19, se han tenido que implementar y desarrollar diferentes medidas para poder llevar a cabo asuntos de distinta índole, como lo son juicios civiles, penales, procedimientos administrativos y entre otros.

    El ordenamiento jurídico de la República Checa se compone de la totalidad de sus leyes y del derecho derivado.

    Las normas legales más importantes son las leyes [zákony], es decir, los conjuntos de normas de comportamiento que rigen los principales ámbitos de la vida de las personas y la sociedad. Una serie de leyes más exhaustivas, denominadas códigos [zákoníky], rigen un ámbito completo del derecho y establecen las disposiciones detalladas de un modo sistemático. Las leyes que engloban la totalidad de un ámbito del derecho procesal y establecen disposiciones procedimentales se denominan normas procesales (řády). Las leyes que regulan los asuntos más importantes del Estado y los derechos humanos y de los ciudadanos (incluidas la Constitución de la República Checa y la Carta de los Derechos y Libertades Fundamentales) se denominan leyes orgánicas [ústavní zákony] y su adopción está sujeta a un procedimiento especial.

    Las leyes se sustentan en reglamentos de aplicación: reglamentos gubernamentales, decretos de ministerios u órganos del gobierno central y decretos de las entidades regionales autónomas.

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  130. SUMUANO PEÑA ADRIÁN

    Rep. Checa PARTE II

    El funcionamiento de los tribunales después de la pandemia de Covid-19

    Asuntos relacionados con la salud y la seguridad de los jueces, el personal del tribunal y las partes de los procedimientos judiciales:
    Posibles arreglos y protocolos de "distanciamiento social" al reabrir tribunales y reiniciar audiencias reales, incluidos arreglos y protocolos relacionados con la asistencia pública a las audiencias. El regreso de los jueces a la corte podría ser gradual o alternativo en diferentes días de la semana / mes. Los protocolos deben incluir a todos los que van a los juzgados, es decir litigantes, testigos, público, etc. Las regulaciones pueden incluir el uso de máscaras faciales. El problema puede surgir en los tribunales donde se realiza un control de seguridad de detector de metales / revisión.
    Puede haber diferentes desafíos para diferentes tribunales, incluso dependiendo del tamaño de los tribunales y si están en áreas urbanas o rurales (por ejemplo, los tribunales más grandes pueden funcionar ya que tienen salas más grandes que permiten el distanciamiento social, pero los tribunales más pequeños pueden necesitar permanecer cerrar).

    Nuevos tipos de casos:
    Es probable que nuevos tipos de casos lleguen a los tribunales. Estas incluyen sanciones contra individuos por violaciones de cuarentenas; remedios contra otras medidas de emergencia y escrutinio constitucional y de derechos humanos de la legislación de emergencia. Es posible que los jueces no estén familiarizados automáticamente con el derecho internacional pertinente y, por lo tanto, se deben considerar iniciativas de capacitación sobre este aspecto, incluidas las capacitaciones en línea, tan pronto como sea posible.
    Se debe tener precaución con respecto a la asignación de tales casos a jueces especializados, ya que conlleva un alto riesgo de politización o asignación a jueces "convenientes".
    Para la región europea, la Red Europea de Formación Judicial (EJTN) podría desempeñar un papel en las iniciativas de formación.

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  131. SUMUANO PEÑA ADRIÁN

    REP. CHECA PARTE III

    Cuestiones relacionadas con la expiración de las medidas de emergencia:
    Pueden surgir problemas cuando la suspensión de los plazos vence repentinamente el día 1 después del vencimiento de la legislación deemergencia. Como consecuencia, los plazos para presentar apelaciones y otros recursos y mociones pueden ser ajustados en situaciones de grandes atrasos de casos para abogados; y los plazos para las decisiones pueden ser ajustados para los jueces. La información sobre el final de las medidas de emergencia y el impacto en los plazos y los estatutos de limitaciones pueden no ser claros o de fácil acceso / comprensión.

    Administración judicial / gestión judicial:
    Las cuestiones relacionadas con el tratamiento de las secuelas de las crisis deben consultarse con los órganos judiciales autónomos y las asociaciones de jueces.
    El número de casos aumentará considerablemente debido a la suspensión de los procedimientos durante las crisis, pero también al aumento esperado de casos laborales, insolvencias (y posiblemente disputas familiares y problemas de alquiler, ver más abajo). - ¿Cómo se puede fortalecer la capacidad de los tribunales para hacer frente a esta carga de trabajo? - ¿Se requerirá una reasignación de casos y cómo se puede prevenir la politización de esta asignación de casos? - ¿Hay formas de aumentar la participación de la mediación y, por lo tanto, reducir los casos que van a los tribunales? - ¿Se puede descongestionar el sistema de justicia penal para aliviar la carga de trabajo, que de todas maneras se retrasaría mucho en muchas jurisdicciones?
    Habrá problemas con respecto a la priorización de casos a partir del trabajo atrasado, las adaptaciones necesarias de la asignación de casos, etc. .
    El atraso en la selección y promoción de jueces debe resolverse, y los puestos posiblemente se llenen según criterios de urgencia, si esto es posible sin politizar este tema. Deben mantenerse las normas internacionales sobre selección, y no se deben establecer jueces "interinos" o "tribunales especiales", ya que esto socavaría la independencia judicial y crearía un riesgo de politización.
    Se debe analizar la eliminación gradual de las audiencias en línea y otras herramientas informáticas y el uso continuo de dicha tecnología para reducir el retraso, teniendo en cuenta los pros y los contras de estas herramientas, en particular las deficiencias de los derechos de juicio justo.
    Además, las lecciones aprendidas de las crisis deben documentarse, y los tribunales deben adaptarse a cualquier cierre judicial futuro.
    Puede haber diferentes desafíos para los diferentes tipos de tribunales (tribunales de distrito, tribunales de apelación, tribunales constitucionales, tribunales supremos). Vinculado a esto, surge la pregunta de si las personas pueden llegar a los tribunales que están más lejos y qué sucede con el personal y el poder judicial que apoyan los tribunales más pequeños, etc.
    Se plantea la cuestión de los recursos disponibles para que los tribunales establezcan cualquier capacidad técnica, también la capacitación disponible para el poder judicial y el personal sobre cómo usarlos, de dónde procederán estos recursos y con qué rapidez se entregarán.

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  132. REPÚBLICA DE MACEDONIA DEL NORTE
    García Rodríguez Joana Lizeth. Teoría General del Proceso. Parte I

    SISTEMA JURÍDICO EN MACEDONIA
    Macedonia es una República parlamentaria presidida por un Presidente, Primer Ministro y Presidente del Parlamento.
    PODER LEGISLATIVO
    Parlamento (Sobranie). Es el que crea, propone y promulga las leyes del gobierno.
    PODER JUDICIAL
    Está representado por el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y el Consejo de la Judicatura Republicano.
    Los tribunales municipales y de distrito son presididos por jueces, mismos que obtienen sus cargos mediante el voto popular o por la cantidad de educación y experiencia adquirida como los abogados que ejercen en áreas especializadas del ámbito jurídico.
    Leyes macedonias y normas legales de orden siguen el sistema de derecho continental europeo, que también incluye más de 25 tribunales básicos, varios tribunales de apelación y un Tribunal de Apelaciones con sede en Skopje (capital de Macedonia del Norte).1
    1. https://www.lawstudies.mx/Macedonia/

    Al no haber información sobre la forma en que se llevan a cabo los juicios civiles en la República de Macedonia del Norte, adjuntaré información sobre un juicio penal que se llevó ahí:
    Esta historia apareció originalmente en la agencia de noticias Meta.mk, proyecto de la Fundación Metamorphosis. Una versión editada se publica a continuación como parte de un acuerdo para compartir contenido.
    Debido a la prescripción por el delito de revelar la identidad de un testigo protegido, al periodista Tomislav Kezarovski no tendrá un nuevo juicio en un caso que resultó en su detención y condena por cargos inventados.

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    2. Parte II

      El caso se remonta a 2013 cuando Kezarovski fue arrestado, enjuiciado y condenado por ‘poner en peligro’ a un testigo por un artículo que escribió en 2008 sobre un asesinato ocurrido en 2005. Sin embargo, el periodista fue arrestado en mayo de 2013, después de que su trabajo de investigación planteara dudas sobre la muerte de un colega periodista.
      En una audicencia en Skopie el 3 de septiembre, la fiscal Marija Gjorgjeva anunció que la mayoría de delitos por los que se acusaba a Kezarovski están sujetos a prescripción y se le negó un nuevo juicio.
      La prescripción consiste en un vencimiento legal para que el Poder Judicial procese un caso. Cuando la prescripción expira, las cortes ya no tienen jurisdicción.
      Un importante error judicial
      Tomislav Kezarovski (a veces escrito Kežarovski o Kezharovski) es un periodista macedonio cuyo caso es uno de los ejemplos más destacados de error judicial durante el retroceso de la democracia en el régimen del partido de derecha VMRO-DPMNE entre 2006 y 2017. En 2013, se hizo famoso como el único periodista en un país europeo (con excepción de Rusia, Belarús y Turquía) en ir a prisión por sus artículos.
      El caso contra Kezarovski ha sido considerado un ejemplo de la corrupción del Poder Judicial en Macedonia del Norte. En mayo de 2013, mientras investigaba la muerte del periodista Nikola Mladenov ocurrida ese mismo año, Kezarovski fue arrestado y procesado por un artículo que escribió en 2008, sobre un asesinato de alto perfil ocurrido en 2005.
      Posteriores filtraciones de interceptaciones telefónicas ilegales, hechas por el servicio secreto que administraba el primo del entonces primer ministro Gruevski, indicaban que la ministra del interior, Gordana Jankuloska, y su viceministro, Ivo Kotevski, estaban irritados después de que Kezarovski publicó evidencia que los equipos de criminalística y de fiscales ‘pasaron por alto’ y declararon que Mladenov pereció en un ‘accidente automovilístico rutinario’. Al cabo de unos días, equipos de acciones tácticas irrumpieron en la casa de Kezarovski y lo arrestaron frente a su familia, lo que generó protestas.
      El periodista pasó la mayor parte de los siguientes tres años como prisionero político, primero en detención preventiva y luego en prisión en malas condiciones, en una estrecha celda infestada de insectos con otras tres personas solamente con la higiene básica, o en arresto domiciliario. En octubre de 2013, Kezarovski fue condenado supuestamente por revelar la identidad de un testigo protegido en un caso de asesinato de 2005, conocido con el nombre en clave de Oreshe y fue sentenciado a cuatro años y medio de prisión.
      Organizaciones profesionales de periodistas, organizaciones de derechos humanos y el representante de libertad de los medios de Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) condenaron el arresto y procesamiento del periodista. La Comisión Europea también se refirió al respecto en el contexto de una mayor disminución de la libertad de expresión en el país.

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    3. Parte III

      El 15 de enero de 2015, una corte de apelaciones redujo su sentencia a dos años de prisión. Tras una serie de protestas y dispuestas legales, Kezarovski fue puesto en libertad condicional por razones de salud en enero de 2015.
      En octubre de 2017, la sentencia final del caso de asesinato de 2005 demostró que las afirmaciones de Kezarovski eran ciertas. La sentencia establece que el testigo ‘protegido’ no estaba protegido ni en peligro, sino que era un testigo falso que rendía testimonio por instrucciones de la policía, como el periodista denunció originalmente.
      Sin embargo, aunque esta sentencia dio a Kezarovski satisfacción moral, no ha sido reivindicado legalmente. Formalmente, la sentencia en su contra seguía en pie. No hubo nueva investigación de la muerte de Nikola Mladenov, que también tendría en cuenta los posibles intentos de encubrimiento que incluían el retirar a Kezarovski de su trabajo de investigación en 2013.
      En mayo de 2019, la Corte Suprema anuló la sentencia en el caso presentado en su contra y ordenó un nuevo juicio. La Asociación de Periodistas de Macedonia reaccionó con un llamado para el retiro de la acusación en vez de un nuevo juicio, y solicitó al fiscal que retirara las acusaciones porque era claro que Kezarovski fue condenado arbitrariamente.
      “Exijo una oportunidad para probar la verdad”
      El nuevo juicio debía darse en julio, pero fue postergado a septiembre. En ese momento, Kezarovski no estaba satisfecho de tener que pasar por todo el proceso desde el inicio, pero al menos lo consideraba una oportunidad de limpiar su nombre de una vez por todas.
      Sin embargo, en la audiencia del 3 de septiembre, el fiscal invocó la prescripción. Kezarovski estaba indignado y tras la audiencia dijo a los medios (y en Facebook) que de esa manera lo “habían sentenciado de por vida” por segunda vez, y que pide una ‘oportunidad para probar su inocencia':
      Quiero una oportunidad para probar mi inocencia y recibir la absolución judicial, no un final del juicio basado en la prescripción o indulgencia. Le pido a la corte que considere la evidencia y determine que nunca revele la identidad del testigo protegido, ni su número de teléfono. Pido una oportunidad para probar la verdad”, dijo Kezarovski en el tribunal.
      En una declaración a Voz de América, Kezarovski criticó a los fiscales y los acusó de dar protección a todos los actos criminales relacionados con este caso “de manera profundamente artera”, lo que permite impunidad para los que ordenaron el abuso de justicia y sus partidarios “ejecutores”. Aunque expresó que ahora se siente “más amenazado que nunca”, también afirmó que seguirá luchando por la verdad y por la libertad del Poder Judicial corrupto:
      Probaré la verdad, por mí, por mi familia y para todos los que me han apoyado desinteresadamente y me siguen apoyando. Soy un hombre libre (…) y mi lucha por la justicia es, o debe convertirse, en nuestra lucha común. ¡Luchar por la justicia es un estado de ánimo! (…) No lucho por mis derechos solamente, sino por los derechos de todos los demás también. ¡Necesitamos justicia! ¡Ya basta!

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    5. Parte IV

      La activista Jasmina Golubovska fue uno de muchos usuarios de medios sociales que se unieron a la indignación de Kezarovski. Escribió en Facebook:
      Tomislav Kezarovski tiene el derecho a un juicio justo, ¡la prescripción de este grave caso significa que quedará silenciado para siempre!2
      2. https://www.google.com/amp/s/es.globalvoices.org/2019/09/10/quiero-la-oportunidad-de-probar-mi-inocencia-deniegan-nuevo-juicio-a-periodista-macedonio-que-estuvo-preso/amp/

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  133. Villa Gómez Marcelo
    Juicios Orales en Materia Civil
    Grupo: 0006
    Justicia en Italia
    Introducción
    Desde la perspectiva de un estudiante de Derecho mexicano, investigar sobre un sistema jurídico completamente diferente puede resultar enriquecedor, pues es imposible no comparar y encontrar similitudes entre ambos sistemas legales, o más importante, diferencias o figuras que no están presentes en los dos y que aparentemente se considera deberían incorporarse.
    Con este tipo de comparaciones se puede comprender más del sistema legal propio, pues los objetivos e intenciones de la leyes pueden adquirir un sentido diferente al ser confrontadas con una diferente, de esta forma ampliando el sentido de una norma y nuestra percepción sobre el propio sistema.
    He elegido estudiar la tramitación de los juicios en Italia por ser un país que siempre ha llamado mi atención, por su historia y por mi interés en el derecho romano me resulta significativo conocer cómo se desarrollan sus leyes al día de hoy, así los conflictos que se presentan entre sus ciudadanos que pueden resultar ser muy distintos a lo que se suscitan entre mexicanos.
    El Juicio.
    El juicio es el conjunto de actos que se llevan ante un órgano del Estado, el juzgador, par que este, con base en hechos probados y mediante la aplicación del Derecho, resuelva un conflicto o controversia suscitados entre dos o más sujetos con intereses supuestos.
    Es trascendental, determinar en este punto y para la mejor comprensión, que existen distintos juicios, dependiendo la materia, órgano ante el que se promueve, vía por la que se tramite, etcétera. A continuación los que podemos encontrar en el sistema legal de Italia, así como su estructura y la organización de los órganos que imparten justicia.
    Organización de la justicia (Sistemas judiciales)
    El sistema judicial italiano se encuadra en el sistema continental.

    Las funciones de juez y de fiscal son ejercidas por miembros de la magistratura. Las funciones administrativas corresponden al Ministerio de Justicia.
    Se distinguen las jurisdicciones siguientes:
    Jurisdicción ordinaria civil y penal. La jurisdicción ordinaria civil y penal corresponde a los miembros de la magistratura, es decir, los jueces y los fiscales, desempeñando los primeros las funciones propiamente de enjuiciamiento y los segundos las de instrucción.
    Jurisdicción contencioso-administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa corresponde a los tribunales administrativos regionales (Tribunali Amministrativi Regionali, TAR) y al Consejo de Estado (Consiglio di Stato).
    Jurisdicción relacionada con las cuentas públicas. La jurisdicción relacionada con las cuentas públicas corresponde al Tribunal de Cuentas (Corte dei conti). A él está adscrita una fiscalía.
    Jurisdicción militar. La jurisdicción militar está encomendada a los tribunales militares, al tribunal militar de apelación, al tribunal militar de vigilancia, los fiscales militares de los tribunales militares, los fiscales generales militares del tribunal militar de apelación y el Fiscal General Militar del Tribunal Supremo.
    Jurisdicción económico-administrativa. La jurisdicción económico-administrativa corresponde a las Comisiones Tributarias provinciales y locales.
    Órganos Jurisdiccionales.
    La Constitución atribuye al Ministerio de Justicia la administración de los órganos jurisdiccionales por razón de sus especiales funciones y cometidos y de su relación con el poder judicial.
    Los jueces y fiscales, después de superar unas oposiciones muy exigentes, son asignados a un ámbito competencial determinado, teniendo en cuenta sus preferencias personales. No pueden ser destinados, ascendidos, cesados, trasladados ni sancionados sin previo acuerdo del Consejo Superior de la Magistratura (Consiglio Superiore della Magistratura, CSM), y gozan de garantías especiales para su protección.
    El CSM está presidido por el Presidente de la República Italiana.

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  134. Villa Gómez Marcelo
    Juicios Orales en Materia Civil
    Grupo: 0006
    Justicia en Italia Parte 2
    Tipos de órganos jurisdiccionales
    Órganos de primera instancia
    • Jueces de paz (giudici di pace), es decir, jueces legos no pertenecientes a la carrera judicial. Conocen de las faltas y de asuntos civiles de pequeña cuantía.
    • Tribunales ordinarios (tribunali), que conocen de los asuntos de mayor entidad.
    • Jueces de vigilancia (uffizi di sorveglianza), que se ocupan en primera instancia de asuntos penitenciarios (en lo relativo, por ejemplo, a los internos en establecimientos penitenciarios, condenas, etc.).
    • Tribunales de menores (tribunali per i minorenni).
    Órganos de segunda instancia. Se ocupan de los recursos presentados, por cuestiones de hecho o de Derecho, contra sentencias dictadas en primera instancia:
    • Tribunales de apelación (corti d’appello).
    • Tribunales de vigilancia (tribunali di sorveglianza), que son órganos jurisdiccionales de segunda instancia (en algunos casos de primera instancia) en asuntos penitenciarios.
    Órgano de tercera instancia. Representa el nivel más alto al que se puede recurrir por infracción de ley:
    • Tribunal Supremo (corte di cassazione ), que tiene competencia universal y constituye la última instancia judicial.
    Dentro de los principales órganos jurisdiccionales existen también salas especializadas: Los tribunales del jurado (corti d’assise) están compuestos por dos jueces de carrera y seis jurados, estos últimos elegidos entre los ciudadanos para un mandato breve y en representación de los distintos sectores de la sociedad. Tienen competencia para el enjuiciamiento de delitos graves (homicidio, lesiones graves y casos similares).
    Como podemos advertir, la estructura del poder judicial es muy distinta a la de nuestro país, incluso en la cantidad de instancias que pueden ser agotadas en el sistema legal italiano.
    De la misma forma podemos apreciar cuestiones en común, como los recursos que pueden presentarse en segunda instancia ante un tribunal superior (apelación y vigilancia), que son similares a figuras presentes en el Derecho mexicano.
    El Ministerio Fiscal está constituido por los siguientes órganos:
    • Fiscales de primera instancia (procuratori della Repubblica presso il Tribunale) y sus suplentes (sostituti procuratori).
    • Fiscales de segunda instancia (procuratori generale presso la Corte d’appello) y sus suplentes (sostituti procuratori generali).
    • Fiscal General del Tribunal Supremo (procuratore generale presso la Corte di cassazione) y sus suplentes (sostituti procuratori generali).
    Cambios e innovaciones en los últimos años
    Los italianos encargados de formular políticas y regulaciones han confiado, a menudo, demasiado en las reformas del reglamento en lugar de desarrollar soluciones más exhaustivas para los problemas en discusión.
    En los últimos años, sin embargo, uno puede detectar signos de cambio apuntando a la mejora de la organización judicial, aunque las propuestas están mezcladas con “remanentes de métodos desfasados” , llaman algunos autores, aunque considero, anteriormente no estaban preparados para ser implementados.
    Desde el 2012, se dieron las siguientes innovaciones principales:
    I. cerca de 700 tribunales de primera instancia (más de 30 Tribunales y más de 665 juzgados de paz) fueron removidos;
    II. e-justicia , en términos de comunicaciones digitales entre los tribunales y los abogados, se ha fomentado;
    III. el proceso sumario se presentó ante los tribunales de segunda instancia, lo que condujo a la denegación de la apelación si no hay “una perspectiva razonable de éxito” (artículo 348- bis del Código de Procedimiento Civil), ello, sin duda, ha contribuido a la disminución de la acumulación de casos en los tribunales de apelación;
    IV. las facultades de la Corte Suprema para anular una decisión judicial por razonamiento defectuoso fueron limitadas (artículo 360, párrafo 1, numeral 5 del Código de Procedimiento Civil);



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  135. Villa Gómez Marcelo
    Juicios Orales en Materia Civil
    Grupo: 0006
    Justicia en Italia Parte 3
    V. la posibilidad de cambiar la vía procesal (de la normal a un proceso acelerado) en la primera audiencia ha sido introducido (artículo 183-bis del Código de Procedimiento Civil);
    VI. el marco legal que pueden usar los abogados para la negociación de la resolución de la controversia ha sido mejorado (negoziazione assistita);
    VII. la posibilidad de que los jueces sean asistidos por secretarios judiciales ha sido aumentada; y,
    VIII. otras pequeñas modificaciones en los campos de la ejecución de sentencias y la insolvencia han sido introducidos a comienzos de mayo de 2016.
    e-Justicia de la Unión Europea
    Se trata de un portal de internet de la Unión Europea, disponible en 23 idiomas, donde podemos encontrar todo lo que necesitemos saber acerca los sistemas de justicia europeos, con el objetivo de lograr ser el referente de información jurídica de la UE al alcance de todos.
    El portal europeo de justicia electrónica lleva en funcionamiento desde 2011, ampliando año tras año sus contenidos y enlaces, creando una red de recursos jurídicos en todos los países de la Unión.
    El trabajo de justicia on line de la UE se centra en tres objetivos clave:
    1. Mejora del acceso a la información,
    2. Digitalización continuada de procesos judiciales y extrajudiciales y;
    3. Gestión de los sistemas nacionales de justicia electrónica para facilitar la interoperabilidad entre los Estados miembros.
    Ahora, en un paso más allá, serán la inteligencia artificial y el control o la verificación de abogados. Estas son la as prioridades clave de la justicia de la UE para el periodo 2019-2023, según la Estrategia y el Plan de Acción sobre el desarrollo de la justicia electrónica aprobado por el Consejo de Justicia y Asuntos de Interior de la UE.

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  136. Villa Gómez Marcelo
    Juicios Orales en Materia Civil
    Grupo: 0006
    Justicia en Italia parte 4
    La inteligencia artificial en los sistemas judiciales
    La Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ) del Consejo de Europa, ha adoptado recientemente el primer texto europeo que establece principios éticos relacionados con el uso de la Inteligencia Artificial en los sistemas judiciales.
    Se trata de un marco de principios que pueden guiar a los legisladores y profesionales de la justicia cuando se enfrentan al rápido desarrollo de la inteligencia artificial en los procesos judiciales nacionales.
    La postura del CEPEJ es que la Inteligencia Artificial (IA) puede contribuir a mejorar la eficiencia y la calidad del trabajo de los tribunales. Debe implementarse de manera responsable, cumpliendo con los derechos fundamentales garantizados, en particular, en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y el Convenio del Consejo de Europa sobre la protección de datos personales.
    Esta es una de las novedades -aún en desarrollo- más grande para la justicia en Europa y para la unificación de los criterios y conocimientos legales en los distintos países miembros.
    Referencias
    Caponi, Remo. (2016). El desempeño del sistema de justicia civil italiano., de Revista IUS ET VERITAS, N° 52 Sitio web: file:///C:/Users/mvg_2/Downloads/16289-Texto%20del%20art%C3%ADculo-64756-1-10-20170201.pdf Consulta 4 de junio de 2020
    European Justice. (2020). Sistema judicial en los Estados miembros - Italia., de Portal Europeo de e-Justicia Sitio web: https://e-justice.europa.eu/content_judicial_systems_in_member_states-16-it-es.do?member=1 Consulta 4 de junio de 2020
    P. Calamandrei, Istituzioni di diritto processuale civile, Padova, 1943
    G. Leone, Lineamenti di diritto processuale penale italiano, Giuffre Editore, 1956
    Del Campo, Adelaida. (2019). e-Justice, todo lo que usted quiere saber. de 2020, de Confilegal Sitio web: https://confilegal.com/20190421-e-justice-todo-lo-que-usted-quiere-saber-sobre-los-sistemas-de-justicia-europeos-y-no-sabia-donde-buscar/ Consulta 5 de junio de 2020.

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  137. Durán de Huerta de Lille Carlos
    Juicios Orales en materia Civil
    Grupo: 0006
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Sistema Judicial de los Países Bajos
    6 de junio de 2020.
    Parte I

    Inteligencia artificial, sistema judicial y tramitación de juicios en los Países Bajos

    El estudio de un sistema judicial de un país en específico siempre es enriquecedor y abundante para el conocimiento general de la cultura de ese país. No hay jurista que quiera profundizar una rama cualquiera del derecho que no haga uso de la comparación. Desde hace varias décadas la creación de herramientas internacionales vinculadas al derecho comparado ha representado en sus aplicaciones, un elemento fundamental para la comprensión entre hombres y pueblos, así como una importante contribución al desarrollo de la sociedad y en este caso, de la impartición de justicia.

    La exigencia de los tiempos actuales nos ha orillado a ampliar nuestros conocimientos de las soluciones que sean posibles para determinado problema y que han sido además experimentados en la práctica, hoy en día, existe una necesidad práctica de conocer el derecho extranjero para el ejercicio profesional, las relaciones sociales y la educación jurídica de un país en este mundo globalizado.

    La tecnología es uno de los factores de evolución más sobresalientes en el mundo, ¿Cuánto faltará para que la inteligencia artificial tome el control de los sistemas judiciales y por los algoritmos empiecen a decidir los casos? Es un hecho que la tecnología permite reducir la participación de los seres humanos en múltiples actividades como lo podría ser, la impartición de justicia.

    La inteligencia artificial es parte de la agenda política de los Países Bajos, si bien la implementación de esta puede contribuir a que los procedimientos sean más baratos, más rápidos y menos sesgados, también podría generar cierta incertidumbre en sus decisiones. En lo personal creo que, los juicios de alto perfil y gran complejidad que podrían involucrar un gran número de testigos y necesitan una profunda e innovadora interpretación legal, que por el momento no podría ser ejecutada por la inteligencia artificial, pues si bien, es capaz de predecir el resultado de juicios como en la Corte Europea de Derechos Humanos, aún está lejos de poder reemplazar a los seres humanos.

    En la actualidad, la inteligencia artificial en los juicios es una herramienta es utilizada por los administradores de los distintos sistemas de justicia con el fin de mejorar sus procesos y reducir costos, al ser empleados como mecanismos de soporte de los jueces para poder identificar y seleccionar la jurisprudencia relevante y aplicable al caso, ayudando a generar argumentos más sólidos para su utilización en los juicios y con el objeto de generar un impacto más directo en los fallos de los jueces.

    El involucramiento humano en el procedimiento jurisdiccional sigue siendo muy importante, la inteligencia artificial no excluye que pueda seguir existiendo una supervisión sobre los algoritmos por parte de un juez o en empleado del sistema judicial, pero es inevitable que, en algún futuro la inteligencia artificial pueda tomar los controles de las cortes e impactar directamente en el sistema de justicia de los países.

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  138. Durán de Huerta de Lille Carlos
    Juicios Orales en materia Civil
    Grupo: 0006
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Sistema Judicial de los Países Bajos
    6 de junio de 2020.
    Parte II

    En general considero que la inteligencia artificial es una buena herramienta, pero aplicada a ciertos casos como los podrían ser en los que se empleen medios alternativos de solución de controversias o casos del derecho privado que no involucren tantas partes, pruebas, argumentos y complejidad para su resolución. Creo que es importante mencionar que en el caso de los derechos humanos y juicios que involucren una posible violación a estos, es importante mantener el involucramiento humano, ya que, desde su implementación y reconocimiento por los distintos sistemas jurídicos, sea a estrechamente conectado a la percepción común de lo que constituye un procedimiento justo.

    Tipos de órganos jurisdiccionales en los Países Bajos

    Tribunal Supremo: El Tribunal Supremo tiene sede en la Haya y es el encargado de examinar la aplicación de la ley por los tribunales inferiores a este. En esta instancia, no se discuten los hechos declarados probados por los tribunales inferiores.

    Juzgados de Distrito: Los Países Bajos están divididos en 11 distritos judiciales, en cada uno de ellos esta ubicado un juzgado de distrito constituido por una sección de lo contencioso-administrativo, de lo civil, de lo penal y una sección cantona, los asuntos familiares y de menores se encuentran en una sección independiente, así como los derivados de la aplicación de la legislación extranjera.

    Sección Cantonal: Es sencillo para cualquier ciudadano someter un asunto a un juez cantonal, no se requiere nombrar a un abogado y en materia civil generalmente se ocupan de arrendamientos y asuntos de cuantía menor.

    Sección de lo Penal: Los jueces de lo penal se ocupan de los asuntos criminales que no son competencia de los jueces cantonales. “Pueden actuar como jueces únicos o como miembros de un tribunal formado por tres magistrados.”

    Sección de lo civil/de familia: Normalmente actúan como jueces únicos, pero los asuntos más complejos los ven como miembros de un tribunal formado por tres magistrados.

    Secciones de lo contencioso-administrativo: Se ocupan de la aplicación de la legislación de extranjería cuando no exista una sección específica al respecto. Asuntos de funcionarios, conflictos contencioso-administrativos que normalmente no se exige la previa resolución de un recurso de reposición ante las propias autoridades administrativas.

    Tribunales de Apelación: “Los 11 distritos se dividen en 4 áreas a los efectos de la determinación de la competencia territorial de los tribunales de apelación. La Haya, Ámsterdam, Armhem-Leeuwarden y Hertogenbosch.” En materia penal y civil, los tribunales de apelación son competentes para el examen de los recursos contra las sentencias de los juzgados de distritos. En tales casos vuelven a examinar el asunto y llegar a sus propias conclusiones.

    Tribunales Especializados: “El Tribunal Central de Apelación se ocupa sobre todo de los asuntos de funcionarios y de seguridad social. En estos ámbitos, es la instancia judicial suprema. Tiene su sede en Utrecht.”

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  139. Durán de Huerta de Lille Carlos
    Juicios Orales en materia Civil
    Grupo: 0006
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Sistema Judicial de los Países Bajos
    6 de junio de 2020.
    Parte III

    El Consejo del Poder Judicial en los Países Bajos forma parte del sistema judicial, pero no administra justicia directamente. Tiene delegadas ciertas competencias del Ministerio de Justicia en materia de administración, como la asignación de presupuestos, la supervisión de la gestión financiera y la política personal. El Consejo se ocupa de la contratación, selección y formación de los funcionarios judiciales, abarcando la promoción de la aplicación uniforme de la legislación y la mejora de esa calidad, pero sin tener competencias para resolver o evitar discrepancias en el contenido de las resoluciones judiciales.

    Legislación aplicable más relevante

    Het Burgelijk Wetboek :Derecho Civil (incluye el derecho familiar, el derecho sucesorio, el derecho comercial y el derecho contractual).
    Het Wetboek van Strafrecht (derecho penal).
    Constitución de los Países Bajos: (derecho constitucional (incluye la legislación sobre la estructura del Estado).
    Algemene Wet Bestuursrecht: (derecho administrativo).

    Toda sentencia dictada en un Estado miembro al amparo del proceso europeo de escasa cuantía debe ser reconocida y ejecutada en los demás Estados miembros, sin que se precise una declaración de ejecutabilidad y sin que exista la posibilidad de oponerse a su reconocimiento. Dentro de los presupuestos procesales, el procedimiento comienza cuando la parte actora presenta la demanda al Tribunal de distrito que tenga jurisdicción lo cual tiene un costo mínimo, se debe establecer las pretensiones que reclama y la carga de la prueba que respalde sus aseveraciones.

    El Tribunal deberá examinarla y de no cumplir con las formalidades esenciales o considerar que carece de fundamento, ésta es rechazada.

    Dentro de la fase preparatoria y la audiencia preliminar, al demandado se le ordena su contestación por escrito en cierta fecha, y ésta se entrega al actor para comentarla. Después del intercambio de declaraciones, el tribunal asigna fecha para la audiencia preliminar donde el juez se asegura que éstas (declaraciones de ambas partes) están completas y son adecuadas. Su rol es esclarecer los hechos controvertidos y las pretensiones de cada una de las partes. “De la misma manera, es competencia del juez hacer llegar a las partes a un convenio antes de irse a juicio; de no ser así el Tribunal fijará las fechas de los procedimientos consecuentes.”

    Si el acusado ya ha sido llamado a comparecer a juicio y no responde o no asiste a la audiencia preparatoria, se puede dictar sentencia en rebeldía o por incumplimiento. Si a una de las partes se le ha sobreseído tiene derecho a solicitar que se le reincorpore. Si se dicta otra sentencia por incumplimiento en contra de la misma parte, ésta pierde cualquier derecho de restitución y es irrevocable.

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  140. Durán de Huerta de Lille Carlos
    Juicios Orales en materia Civil
    Grupo: 0006
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Sistema Judicial de los Países Bajos
    6 de junio de 2020.
    Parte IV

    La sentencia sin juicio se puede también llevar a cabo en caso de llegar las partes a un acuerdo o que el acusado se allane y las partes soliciten comparecer ante el Tribunal para confirmarlo ante juez.Los juicios en línea o por medios electrónicos no se encuentran regulados en la legislación de los Países Bajos, sin embargo el acceso público a la información básica de los sobre casos judiciales o e-Case es un servicio público y gratuito para las partes y representadas.

    Se realiza una búsqueda en el tribunal y el número comercial del caso permitiendo al visitante “estar informado sobre el curso y la dinámica de resolver el caso en el procedimiento ordinario y el procedimiento de reparación legal”. El sistema actualiza los datos del caso una vez al día por lo que las partes reciben información casi instantánea sobre el estado de su caso y de esta manera se busca agilizar los tribunales minimizando tales consultas que se les realizan para que se puedan dedicar más tiempo a la resolución de litigios.

    Los datos disponibles para los visitantes a través de este navegador provienen del Sistema Integrado de Administración de Casos de la Corte: “eSpis”, un sistema de información en el que los tribunales municipales, comerciales y de condado manejan los casos.
    En relación a la inteligencia artificial en los sistemas judiciales, La Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ) del Consejo de Europa, ha adoptado recientemente el primer texto europeo que establece principios éticos relacionados con el uso de la Inteligencia Artificial en los sistemas judiciales. En dicho texto se señalan los principios que pueden guiar a los legisladores y profesionales de la justicia cuando se enfrenten al rápido desarrollo de la inteligencia artificial y su implementación en los procedos judiciales.
    La inteligencia artificial sin duda contribuye a mejorar la eficiencia y calidad del trabajo de los tribunales, pero debe ser implementada de manera responsable y siempre garantizando el respeto de los derechos humanos y la protección de datos personales. En la actualidad, es una herramienta muy útil para la gestión de casos y para la asistencia a jueces enla resolución de casos ante los desafíos legales a los que se enfrentan los sistemas judiciales, sin embargo se debe ser cauteloso e implementar siempre las consideraciones relativas al derecho a un juicio justo y a la transparencia.

    Consulta:

     http://web.derecho.uchile.cl/cej/rej15/VAN%20RHEE%20_6_.pdf
     https://medium.com/astec/la-inteligencia-artificial-en-las-cortes-una-introducci%C3%B3n-legal-al-robot-juez-b4d977e11cc0
     https://ejustice.europa.eu/content_judicial_systems_in_member_states-16-nl-es.do?member=1
     https://confilegal.com/20190421-e-justice-todo-lo-que-usted-quiere-saber-sobre-los-sistemas-de-justicia-europeos-y-no-sabia-donde-buscar/
     https://www.rechtspraak.nl/English
     https://santandertrade.com/es/portal/establecerse-extranjero/paises-bajos/entorno-legal?&actualiser_id_banque=oui&id_banque=0&memoriser_choix=memoriser#legal
     https://www.sirejacob.com/es/juicios/ejecucion-juicios-extanjeros-en-espana-y-en-belgica-holanda

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  141. Orea León Frida
    0006 Juicios Orales en materia Civil
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Sistema Judicial de Noruega
    6 de junio de 2020.

    REINO DE NORUEGA

    El Reino de Noruega es un Estado soberano de Europa septentrional, cuya forma de gobierno es la monarquia democrática parlamentaria.
    Su sistema judicial está estructurado de tres instancias:
    i. La suprema corte: es el tribunal más alto de Noruega. Sus decisiones son finales y no pueden ser apeladas.
    ii. Los tribunales de apelación: existen seis. Se adjudican apelaciones contra las decisiones de los tribunales de distrito.
    iii. Los tribunales de distrito: es la primera instancia en el país. Maneja casos tanto penales como civiles.
    Así mismo, cabe destacar qué hay ciertos tribunales de justicia restringidos a áreas limitadas de competencia como los tribunales de consolidación de tierras y el tribunal industrial de Oslo.
    La tramitación de estos juicios, actualmente, se realiza de manera escrita y oral , según lo dispuesto en la Lov om mekling og rettergang i sivile tvister (tvisteloven) .
    El desarrollo del proceso legal inicia, de acuerdo con la ley ya mencionada, con un aviso escrito por una de las partes indicando cuál es el reclamo y los motivos para hacerlo . Además, de acuerdo con el capítulo 9, II párrafo, sección 9-2 (2) de la Lov om mekling og rettergang i sivile tvister, el escrito deberá indicar:
    a) La corte;
    b) El nombre y la dirección de las partes y sus representantes; y
    c) Las pruebas que se presentarán.

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    Respuestas
    1. Orea León Frida
      0006 Juicios Orales en materia Civil
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Sistema Judicial de Noruega
      6 de junio de 2020.
      Parte II

      La parte contraria deberá responder el reclamo y los motivos dentro de las siguientes tres semanas. En caso de que el demandando no pueda estar de acuerdo con el reclamo en su totalidad o en parte, deberá proporcionar una defensa por escrito y responder exponiendo su punto de vista . De acuerdo con la tvisteloven, la respuesta deberá, también, contener las pruebas que el demandado presentará.
      Cabe mencionar que uno de los objetivos de la tvisteloven es que la mayoría de las disputas se resuelvan sin recurrir a los tribunales, por ello, al iniciar este proceso las partes aceptan someterse a una serie de deberes, los cuales les obligan a tratar de resolver la disputa mediante la buena voluntad de ambos. En caso de no poder llegar a un acuerdo por si mismos, se les remite a la junta de conciliación.
      Una vez que la junta reciba el reclamo, se citará a ambas partes a una reunión judicial para tratar de que lleguen a un acuerdo sobre el asunto. Si no pueden ponerse de acuerdo, la junta puede tomar una decisión sobre el caso, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo con ello. Si el caso se refiere a una cantidad inferior a NOK 125,000 , la junta puede emitir un fallo con el consentimiento de una de las partes.
      Es imperativo mencionar, que este arbitraje puede evitarse, de acuerdo con capítulo 10, sección 10-1, en los casos en que:
       El monto de la disputa sea superior a NOK 125,000.
       Ambas partes cuenten con la asistencia de un abogado.
      En caso de que el asunto no se haya podido resolver mediante la mediación o el fallo emitido por la junta de conciliación no le sea favorable a una de las partes, se

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    2. Orea León Frida
      0006 Juicios Orales en materia Civil
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Sistema Judicial de Noruega
      6 de junio de 2020.
      Parte III

      deberá presentar ante los tribunales de distrito un alegato , el cual deberá proporcionar los fundamentos necesarios para una audiencia sobre el caso. Si el tribunal acepta el asunto, se deberá programar una fecha para comenzar con la audiencia principal . Cabe destacar que para evitar cualquier tipo de demora o aplazamiento de esta audiencia, las partes deberán hacer del conocimiento de la contraparte todos los reclamos y pruebas presentados en el aviso.
      La preparación del caso, deberá concluir dos semanas antes de la audiencia principal, a menos de que el tribunal decida lo contrario . Así mismo, según lo dispuesto en la Lov om mekling og rettergang i sivile tvister capítulo 9, II párrafo, sección 9-10 (2), las partes deberán presentar una declaración final en donde deberán indicar:
      1. Los alegatos;
      2. Los motivos del reclamo;
      3. Las reglas legales en las que se basa; y
      4. La evidencia que la parte proporcionará.
      Idealmente, estas declaraciones no deberán tener más de una página de contenido y generalmente podrán ir acompañadas de propuestas de un calendario para la audiencia principal.
      Además, antes de dar inicio a la audiencia principal, las partes tendrán la posibilidad de solicitar al tribunal la presencia de dos jueces legos expertos , quienes garantizarán que la sentencia sea justa y apropiada. Estos jueces, deberán ser seleccionados por la autoridad local o el ayuntamiento, siguiendo los criterios establecidos en la Lov om mekling og rettergang i sivile tvister:

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    3. Orea León Frida
      0006 Juicios Orales en materia Civil
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Sistema Judicial de Noruega
      6 de junio de 2020.
      Parte IV

      A. Tener 21 años cumplidos y menos de 70 años.
      B. Tener derecho a votar y ser elegible para el consejo local.
      C. Ser ciudadano noruego o ser residente registrados en el Registro Nacional de Noruega durante los últimos tres años.
      D. Hablar y entender noruego.
      E. Cumplir ciertos criterios respecto a sus antecedentes penales.
      En la audiencia principal, la disputa podrá ser considerada de manera verbal, escrita o una combinación de ambas. Deberán asistir las partes, sus abogados y el juez o jueces, quienes deberán seguir en todo momento, las siguientes reglas:
      1. Respetar a todos los involucrados.
      2. Apagar sus dispositivos móviles.
      3. No comer ningún tipo de alimentos.
      4. No beber ningún tipo de bebida.
      5. No podrán realizarse ningún tipo de actividad que pueda causar una interrupción, por lo que no podrá salir de la sala, sino hasta que haya algún receso.
      6. Las partes, los abogados y el público deberán ponerse de pie siempre que el juez o los jueces entren y salgan de la corte.
      7. Las partes, los abogados y el público deberán acatar toda instrucción emitida por el juez o los jueces.
      Esta audiencia, dará inicio con la presentación del juez, las partes y los abogados. Luego, el juez resumirá los reclamos de las partes así como los motivos que los apoyan, basándose en declaración final presentada por cada una de las partes. Además, en esta etapa también deberá revisar las pruebas presentadas por el actor y el demandando. En este momento los involucrados tendrán el poder de objetar si hay algo que creen que es incorrecto por parte del juez o jueces.
      Posteriormente, según lo dispuesto en la tvisteloven capítulo 9, III párrafo, sección 9-15, (7), se le concederá el uso de la palabra al abogado de la parte actora, quien

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    4. Orea León Frida
      0006 Juicios Orales en materia Civil
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Sistema Judicial de Noruega
      6 de junio de 2020.
      Parte V

      explicará el caso, las normas legales reclamadas y las pruebas, concluyendo el discurso con un reclamo, donde deberá describir lo que la parte que representa desea como sentencia.
      El abogado de la parte demandada, tendrá la misma posibilidad para plantear sus reclamos y pruebas.
      A continuación, se proseguirá a tomar juramento de decir verdad a ambas partes con el propósito de cuestionarlos. Cada parte será interrogada en principio por sus propios abogados, luego por el abogado de la parte contraria y finalmente por el juez.
      Al terminar el cuestionamiento de las partes, se proseguirá a llamar a los testigos a interrogatorio, quienes también deberán hacer juramento de decir la verdad. Cabe destacar que sólo podrán ser interrogados por el abogado de la parte contraria y juez principal. Las preguntas a los testigos deberán ser preparadas con anticipación, además no podrán ser extensas ni específicas.
      Posteriormente, los abogados presentarán su discurso final, en donde deberán resumir el caso tal como lo ven, cómo deberán percibirse los hechos y qué solución legal proponen. Además, podrán aprovechar para hacer breves comentarios finales sobre el asunto.
      Por último, el juez declarará concluido el procedimiento, las partes presentarán su declaración de los costos del caso y se comenzará a evaluar el caso para emitir la sentencia, la cual sera pronunciada dentro de las dos semanas posteriores.
      Para dar validez a la sentencia, esta deberá cumplir con todos los requisitos planteados en el capítulo 19 de la Lov om mekling og rettergang i sivile tvister.
      Una vez emitida, los jueces la harán del conocimiento de los abogados de las partes y estos deberán notificar a sus clientes, quienes deberán confirmar por escrito que han recibido el fallo.


      Fuentes consultadas
      Legales
       Lov om mekling og rettergang i sivile tvister 2020
      Páginas de internet
       https://www.domstol.no/en/the-criminal-court-proceedings/who-is-involved/lay-judge/
       https://www.domstol.no/sivil-sak/
       https://www.domstol.no/nn/sivile-saker/Sakstyper/sivil-sak-med-hovudforhandling/
       https://digitalpolicylaw.com/noruega-presenta-su-estrategia-nacional-para-inteligencia-artificial/

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  142. Arzate Vega Yessenia
    0006 Juicios Orales Civiles
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Juicio civil en Rusia
    06 de junio del 2020
    PARTE l

    El Derecho define la materia de jurisdicción de los asuntos civilesy dependiendo de la naturaleza del caso puede presentarse a diferentes tribunales, del juez de paz a la Suprema Corte de la Federación de Rusia, como tribunal de primera instancia. Por ejemplo, los jueces de paz tienen jurisdicción sobre divorcios, si no existe una controversia relativa a los niños entre cónyuges, división de bienes comunes, si el precio de la demanda no excede de diez mil rublos, aproximadamente tres mil dólares americanos.
    Los tribunales regionales
    Los tribunales regionales (son otros tribunales de otro nivel) son los tribunales de primera instancia para casos relativos a: acciones que impugnan los reglamentos emitidos por las autoridades estatales, acciones para disolver las comisiones electorales de los constituyentes de la Federación de Rusia, etc.
    La Suprema Corte de la Federación de Rusia también puede ser un tribunal de primera instancia si la acción, por ejemplo, impugna los edictos presidenciales o las órdenes de Gobierno de la Federación de Rusia, o se trata de la suspensión de operaciones o liquidación de partidos políticos u organizaciones internacionales o nacionales.
    Todos los otros casos que no recaigan bajo la jurisdicción de estos tribunales son tratados en los tribunales de distrito. Es importante señal que la gran mayoría de casos civiles son vistos y resueltos a nivel de los jueces de paz y de los tribunales de distrito.
    Ahora bien, dependiendo de la naturaleza del asunto, la ley establece diferentes procedimientos. Existen los siguientes tipos de procedimientos civiles: procedimientos escritos, procedimientos contradictorios, procedimientos sobre asuntos que surjan de las relaciones publicas y procedimientos especiales. El número y orden de las etapas del proceso civil y el contenido de cada una de ellas se determina dependiendo el tipo del procedimiento. En general los procedimientos civiles son aplicados en los casos contenciosos. Este es el tipo más común de los casos.

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  143. Arzate Vega Yessenia
    0006 Juicios Orales Civiles
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Juicio civil en Rusia
    06 de junio del 2020

    La primera etapa del procedimiento en estos casos es presentar el asunto en los tribunales. Se inicia con la presentación de una demanda ante el tribunal por escrito, de conformidad con los requisitos establecidos por la ley. La demanda puede ser presentada por el solicitante, su representante o por el fiscal, para proteger los intereses en su conjunto, un constituyente de la Federación de Rusia o los municipios. El fiscal también puede atraer una acción para proteger los derechos, libertades e intereses legítimos de persona o individuos en el caso de que no sean capaces de proteger sus derechos por ellos mismos y apelan a la Fiscalía para que les brinde apoyo.
    El demandante debe adjuntar una serie de documentos a su queja: copias de denuncia por cada demandado o en su caso de terceras partes siempre y cuando su participación este prevista en la ley, un documento que confirme el pago de la tasa estatal, los documentos la legalidad y validez de las prestaciones del demandante, así como el cálculo de la cantidad que va a ser cobrada.
    El juez revisa las solicitudes y documentos que se acompañan en los cinco días a la presentación de los mismos y puede tomar una de las siguientes decisiones;
    1. Aceptar la demanda y dar inicio al procedimiento civil;
    2. Desestimar la demanda, el desestimar la demanda significa que el demandante no puede presentar la misma queja contra el mismo demandado ante un mismo tribunal, pero puede ser apelado.
    3. Devolver la demanda, si el tribunal carece de jurisdicción, si el demandante no cumplí con los procedimientos de solución de controversias fuera de los tribunales, si el demandante es incapaz.
    4. Abandonar la demanda sin petición de parte, si la demanda no cumple con los requisitos legales o con los documentos que deben ser adjuntos.
    Antes de que el juez decida, el demandado puede presentar una reconvención contra el demandante de conformidad con las reglas generales para la presentación de una demanda. Durante el mismo periodo, el juez puede decidir adoptar medidas precautorias.
    La segunda etapa del proceso civil es la preparación del caso para el juicio.

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  144. Arzate Vega Yessenia
    0006 Juicios Orales Civiles
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Juicio civil en Rusia
    06 de junio del 2020
    PARTE lll

    En esta etapa el juez comprueba las circunstancias de importancia para la correcta resolución del caso, las partes intercambian copias de la documentación, proporcionan documentos probatorios de los motivos de sus declaraciones, presentan las peticiones necesarias, etc.
    En este punto, el juez toma medidas para llegar a una solución amistosa entre las partes, incluyendo en procedimiento de mediación.
    El tribunal también explica a las partes sus derechos y obligaciones y prevé el cumplimiento de los requisitos procedimentales para la preparación del caso.
    El juicio es la etapa central.
    El tiempo general para revisar un caso es de dos meses a contar desde el día de presentación de la demanda, mientras que los jueces de paz tienen un mes.
    El juicio comienza con la preparación, dónde se comprueba la presencia de los participantes, se resuelven las objeciones y las peticiones son consideradas. A continuación, comienza el examen de las pruebas. El tribunal y las partes examen una las evidencias. El juicio termina cuando se llega a un veredicto por el tribunal.
    Un gran número de casos bajo la jurisdicción de los tribunales condujo a la introducción de un procedimiento simplificado para los procedimientos civiles: recurso y procedimientos en rebeldía (absentia).
    Los procedimientos en rebeldia (absentia) tienen lugar si el demandado no se presenta a las audiencias, se mantiene sujeto al debido proceso pero está ausente en el tribunal sin ninguna razón suficiente, no notifico sobre las razones de su ausencia en la audiencia y tampoco solicitó llevar acabo las audiencias en su ausencia. El tribunal lleva acabo las audiencias de forma habitual examinando las pruebas presentadas por las personas que participan en el juicio. Emite su resolución basándose en dichas pruebas y el acusado ausente se priva de la oportunidad de presentar su evidencia ante el tribunal, es por eso que la resolución será llamada “en absentia”.

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  145. Arzate Vega Yessenia
    0006 Juicios Orales Civiles
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Juicio civil en Rusia
    06 de junio del 2020
    PARTE IV

    Cualquier resolución puede ser apelada bajo un recurso de apelación, casación o supervisión, así como revisada de acuerdo a circunstancias nuevas o recién descubiertas. El 1 de Enero de 2012 se introdujeron cambios significativos a las formas de reexaminacion de las sentencias. El más importante es la introducción de una forma de apelación a través del exámen de todas las resoluciones, así como cambios al recurso de casación. Antes del 1 de Enero del 2012, el examen de apelación de las decisiones judiciales sólo estaba permitido para las resoluciones dictadas por los jueces de paz. La apelación puede ser presentada en el plazo de un mes, a menos que el Código de Procedimientos Civiles no establezca otro plazo.
    Los procedimientos en la instancia de casación tienen dos etapas. Al principio, el juez del tribunal correspondiente examina la apelación y los documentos de casación y puede exigir los documentos del caso para su estudio. Tras el estudio del caso, el juez puede negarse a conocer de la apelación ante el tribunal de casación, si considera que no hay motivos para la revisión de la misma. Si existen los fundamentos, el juez puede decidir transferir la apelación, y toda la documentación correspondiente a la misma, es decir, al tribunal de casación para su conocimiento.
    Son formas extraordinarias de examinación, el procedimiento de supervisión y revisión del caso en vista de hechos recién descubiertos o nuevas circunstancias, en caso de decisiones judiciales que han entrado legalmente en vigor. La naturaleza extraordinaria del procedimiento de supervisión, se debe al hecho de que solo la Presidencia de la Suprema Corte de la Federación de Rusia tiene derecho a examinar las decisiones judiciales en el marco del procedimiento de supervisión y siempre que tales decisiones hayan sido examinadas por los tribunales inferiores.
    Los hechos recién descubiertos incluyen las circunstancias que son importantes para el caso pero no han sido o podían no haber Sido conocidas por el recurrente al momento del juicio. Por ejemplo: falso testimonio, falsificación de evidencia, entre otras.
    Las nuevas circunstancias son cualquier circunstancia que surja después de la sentencia y que son esenciales para el caso. Esto puede suceder si una

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  146. Arzate Vega Yessenia
    0006 Juicios Orales Civiles
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Juicio civil en Rusia
    06 de junio del 2020
    ULTIMA PARTE

    decisión judicial, que haya entrado en vigor, considera la transacción, implicando la ilegalidad y nulidad de ella decisión judicial relacionada al caso.

    Fuentes consultadas
    https://archivos.juridicas.unam.mx
    http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/
    https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.cidob.org/es/Rusia_estructurapolitica.

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  147. Sánchez Hernández Brayan
    0006 Juicios Orales Civiles
    Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
    Juicios civiles en el Reino Unido (Inglatera y Gales)
    06 de junio del 2020
    PRIMERA PARTE

    Antes de comenzar a explicar cómo es que funcionan los juicios civiles en el Reino Unido (específicamente en Inglaterra y Gales), es de suma importancia el hacer mención de cómo está integrado el poder judicial, el cual no es muy común pero que tienen un poco de parecido con la estructura de nuestro país.
    El poder judicial se divide en 2 tipos de cortes: encontrando de un lado a las cortes inferiores y por otro lado las cortes superiores. Dentro de las cortes inferiores encontramos a las Cortes de Condado (County Court) y a las Cortes de los Magistrados (Magistrales Court). Sin embargo cada una de ellas tiene competencia limitada geográficamente hablando.
    En caso de las cortes superiores encontramos a la Corte de la Corona (Crown Court), la Alta Corte (High Court) y la Corte de Apleación (Court of Appeal). Sin embargo la corte de mayor trascendencia e importancia, la cual se coloca como la última instancia en materia civil para todo el Reino Unido es la Cámara lo de los Lores (House of Lords) del Parlamento.
    En Inglaterra y Gales hay aproximadamente 337 cortes de condado y su jurisdicción se limita de acuerdo al tipo de juicio, en el caso de causas relativas a contratos, la cuantía demandada no debe ser superior a las 1,000 libras, para el caso de cuestiones de equidad o fideicomisos la cuantía no debe exceder de las 5,000 libras y para el caso de reclamación de tierras el valor neto no debe de superar las 1,000 libras.
    Derivado de lo anterior se puede decir que entre más sea el valor de lo reclamado en un juicio, más formal será el juicio y el tribunal competente para conocer del mismo va a cambiar. En el caso de que se intente llevar un juicio en donde el total de lo reclamado sea mayor a las 100,000 libras, el caso lo conocerá la Alta Corte y en caso de que tenga lugar una apelación, como consecuencia de la suma de dinero reclamada en juicio, este juicio lo conocerá la Cámara lo de los Lores.

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    Respuestas
    1. Sánchez Hernández Brayan
      0006 Juicios Orales Civiles
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Juicios civiles en el Reino Unido (Inglatera y Gales)
      06 de junio del 2020
      SEGUNDA PARTE

      Ahora bien, la legislación vigente más importante en Inglaterra y Gales que regula los juicios civiles son las Reglas del Procedimiento Civil (Civil Procedure Rules) de 1998, es así, que las partes resuelven sus conflictos a través de juicios, que la mayoría de las veces son orales, aunque también pueden ser en línea en algunos casos.
      Un juicio civil en contra del demandado (puede ser una persona o compañía) comienza cuando el actor completa y envía la demanda a una corte competente, generalmente a un Corte de Condado, lo cual puede ser de manera presencial o bien, en línea cuando solamente se reclama dinero o en casos de posesión. Como consecuencia, una copia de la demanda y un formato de contestación es enviado al demandado, quien tiene 14 días para responder la demanda.
      La demanda del actor debe de contener: ya sea la pregunta/cuestión que el actor quiere que la corte decida o el remedio que está buscando el actor acompañada de la base legal de ese remedio. En caso de que el actor este siendo representado en juicio por otro persona, se debe de describir en que consiste esta representación.
      Algo que es muy importante mencionar, es que en caso de que se trate de una disputa exclusivamente de dinero, la disputa se va a clasificar en una de las 3 vías existentes de acuerdo a la cantidad, encontrando a la vía menor (small track), la vía rápida (fast track) y la vía múltiple (multi-track). Además, algo relevante dentro de su sistema y que es parecido a nuestro sistema es que los casos civiles serán resueltos siempre por un Juez y no por un jurado como usualmente sucede en otras partes del mundo como el caso de los Estados Unidos.

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    2. Sánchez Hernández Brayan
      0006 Juicios Orales Civiles
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Juicios civiles en el Reino Unido (Inglatera y Gales)
      06 de junio del 2020
      TERCERA PARTE

      A pesar de que la mayoría de los juicios en el mundo se llevan a cabo de manera escrita, en el caso de Inglaterra y Gales como consecuencia de una tendencia por innovar se ha intentado llevar a cabo juicios en línea, mediante un sistema que ellos llaman “resolución de disputas en línea” (“online dispute resolution”) o mejor conocido como ODR por sus siglas en Inglés.
      Para poder hacer funcionar este sistema es que se piensa en la implementación de cortes en línea denominadas “HM Online Courts”, el cual formaría parte de un sistema legal basado en internet con ayuda del servicio de estas cortes, por lo que los casos se llevarían de forma online y las partes interactuarían de manera electrónica, lo cual facilita más todo el sistema judicial en el Reino Unido.
      Como consecuencia, este sistema sería muy conveniente ya que dentro de sus beneficios se encuentra que se garantiza de una mejor manera el acceso a la justicia mediante una forma amigable para todos, se reducen los costos para las partes y lo mejor de todo es que los asuntos se resuelven más rápido que de manera presencial. Además se estipula que este tipo de sistema no está basado en la ciencia ficción, sino que se demuestran una serie de estudios mundiales que demuestran de una manera clara su potencial.
      Es menester mencionar que este tipo de sistema no funcionaría para la resolución de todo tipo de casos, sino que solo ayudaría para casos en donde le valor de lo reclamado sea muy poco, de tal forma que sea más barato, fácil y conveniente para las partes, a diferencia de que el caso sea llevado de manera presencial ante una corte de Inglaterra o Gales.

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    3. Sánchez Hernández Brayan
      0006 Juicios Orales Civiles
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Juicios civiles en el Reino Unido (Inglatera y Gales)
      06 de junio del 2020
      CUARTA PARTE

      Sin embargo, este sistema no es algo nuevo, ya que hay algunos ejemplos los cuales pueden servir de ayuda para la implementación de este sistema dentro de Inglaterra y Gales, dentro de los ejemplos se encuentran: eBay, CyberSettle y Domain Names. En el caso de eBay se utiliza un sistema online a través del cual las partes primero intentan resolver sus controversias de manera voluntaria mediante la negociación, pero cuando no se logra solucionar el problema entonces se sigue a la adjudicación del problema por parte de un tribunal.
      Por otro lado tenemos el caso de “CyberSettle” a través del cual se usa la negociación para poder solucionar controversias comerciales, lo cual se logra mediante ofertas confidenciales con base en estándares y sumas de dinero ya prestablecidas. Este sistema ha estado funcionando desde 1998, logrando que alrededor de 200,000 controversias hayan sido resueltas.
      Adicionalmente, también se habla de las desventajas y problemas que tiene este sistema en línea, encontrado en primer término que la mayoría de las personas no han escuchado del mismo, lo que hace que no estén familiarizados y que tenga problemas al querer acceder a este tipo de resolución de controversias. En un segundo término se menciona que podrían tener lugar barreras de lenguaje, además de casos de mucha complejidad de conflictos de leyes, lo cual hace más difícil el recurrir a este sistema.
      Uno de los puntos negativos de este tipo de sistema, sería la forma de hacer que las sentencias o acuerdos llegados sean vinculantes, por lo que al usar este tipo de sistema se deben de satisfacer las necesidades de todas las personas que consideren adecuado usarlo, lo cual, en la práctica sería muy complicado. Como resultado del interés generado en este tipo de juicio en línea se ha creado un grupo especial dedicado al estudio del mismo, el cual se denomina “ODR Advisory Group of the Civil Justice Council”.
      Finalmente, otro punto relevante es el uso de los procedimientos virtuales en las cortes civiles de Inglaterra y Gales, ya que a pesar de la existencia de algunos procedimientos en línea, lo usual es requerir la presencia de los litigantes ante las Cortes en la mayoría de los casos. Sin embargo, las Reglas del Procedimiento Civil (Civil Procedure Rules) permite el uso de videoconferencias para aportar evidencia a través de testigos pro medio de una videollamada u otros recursos electrónicos.

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    4. Sánchez Hernández Brayan
      0006 Juicios Orales Civiles
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Juicios civiles en el Reino Unido (Inglatera y Gales)
      06 de junio del 2020
      QUINTA PARTE

      Desde la expansión de la pandemia del coronavirus por todo el mundo, las cortes civiles en Inglaterra y Gales siguen abiertas con el objetivo de que no haya un retroceso en la impartición de la justicia. Como consecuencia, se dio la creación de una legislación especial llamada “Coronavirus Act 2020” para poder remitir que se lleven a cabo juicios virtuales por medio del uso de diversas plataformas electrónicas como el caso de Skype o Zoom.
      Con el objetivo de asegurar que los procedimientos virtuales de las cortes cumplan con el principio del acceso a la justicia, el Coronavirus Act 2020 establece que la corte grabará cualquier procedimiento que se ha llevado a cabo a través de esta modalidad, para lo cual se quedará como evidencia el audio y video de la misma.
      Como resultado de la existencia de esta posibilidad en la legislación de Inglaterra y Gales, en la actualidad ya se ha llevado a cabo la primera audiencia virtual ante la “High Court”, esta audiencia se llevó a cabo el 27 de Marzo del presente año mediante la plataforma de Zoom en el caso llevado ante la corte por Kate Beioley e incluso después de su conclusión, la audiencia se subió a la plataforma de YouTube.
      Derivado de todo lo anterior, podemos observar que Inglaterra y Wales, a diferencia de otros países del mundo, como es el caso de México, va un paso adelante en la impartición de justicia en materia civil, ya que cuenta con propuestas innovadoras para poder resolver las controversias suscitadas en sus tribunales. Así mismo, podemos determinar que a pesar de todo sí hay cosas en común con nuestro sistema jurídico como el caso de algunas reglas relativas a la jurisdicción o algunos de los requisitos que debe de tener la demanda, sin embargo en lo que a procesos virtuales, estamos muy lejos de ellos.

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    5. Sánchez Hernández Brayan
      0006 Juicios Orales Civiles
      Profesora: Marcela Sosa Ávila y Zabre
      Juicios civiles en el Reino Unido (Inglatera y Gales)
      06 de junio del 2020
      SEXTA PARTE

      Fuentes consultadas

      Artículos:
      Case, Lucinda, “The impact of ODR Technology on Dispute Resolution in the UK”, Thomson Reuters, 2016.
      Centro de Estudios de Justicia de las Américas, La reforma a la justicia civil en Inglaterra y Gales, Chile, 2007.
      Civil Justice Council, Online Dispute Resolution, England, 2015.
      Fraud Advisory Panel, The criminal and civil justice system in England and Wales, England, 2015.
      Ministry of Justice, Civil Justice Statistics Quarterly, England and Wales (Incorporation The Royal Court of Justice 2015), England, 2016.
      Pontificia Universidad Católica de Chile, “Los sistemas jurídicos de Gran Bretaña”, Revista Chilena de Derecho, Chile, vol. 5, 2015.

      Legislación:
      Civil procedure Rules 1998, England and Wales.
      Coronavirus Act 2020, England and Wales.

      Libros:
      SIRVENT, Consuelo, Sistemas Jurídicos Contemporáneos, 15a. ed., México, UNAM, 2012.

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  148. Estrada Barrón Karen
    JUICIOS ORALES CIVILES M Y J DE 11 A 13
    JUICIOS CIVILES EN SUIZA
    PRIMERA PARTE

    Según la Oficina de Información Diplomática , Suiza es un Estado federal con tres entidades político-administrativas: la Confederación, 20 cantones y 6 semicantones. Los cantones disfrutan de una amplia autonomía , constreñida por los límites previstos expresamente en la Constitución y la legislación federales. De esta forma, cada cantón cuenta con su propio poder legislativo (el parlamento cantonal), ejecutivo (el gobierno cantonal) y también judicial. Tiene fronteras con Francia, Alemania, Austria, Liechtenstein, e Italia, sus lenguas oficiales son el Alemán, Frances, Italiano y Romanche.
    Respecto al derecho procesal civil, Suiza es el único país de Europa que todavía no ha unificado las reglas de procedimiento. En su territorio coexisten veintiséis ordenamientos distintos. Cada cantón posee su propio código de procedimiento civil, aparte de su propia organización judicial. Esta situación, singular en el escenario europeo, ha generado disfunciones que procuran resolverse en el marco del proceso de reforma judicial avalado por el referéndum popular de 2000. Pues bien, esta unificación, que de entrada parecería conveniente para corregir las disfunciones que esa multiplicidad de ordenamientos diferentes genera en la práctica en una cuestión estrictamente procesal, ha sido muy difícil de consensuar, por lo que el estudio de los procedimientos civiles resulta más complejo, por lo que será de manera general.
    La legislación del derecho civil y derecho procesal civil se encuentra regulado en el artículo 122 de la Constitución Federal de la Confederación Suiza , el cual cito textualmente
    “ Art. 122 Droit civil
    1. La législation en matière de droit civil et de procédure civile relève de la compétence de la Confédération.
    2. L’organisation judiciaire et l’administration de la justice en matière de droit civil sont du ressort des cantons, sauf disposition contraire de la loi.”
    Y se traduce de la siguiente manera:
    Art. 122 Derecho Civil.
    1. La legislación en materia de derecho civil emana de la competencia de la Confederación
    2. La organización judicial, el procedimiento y la administración de la justicia en materia de derecho civil es competencia de los gobiernos cantonales.
    Como ya sabemos, el Derecho Civil regula las relaciones legales entre individuos personas físicas y morales, incluye el matrimonio, el derecho de familia, sucesiones, arrendamiento o sociedades anónimas.
    Una vez que tenemos claro este punto, comenzare a explicar el procedimiento para llegar a los tribunales e iniciar un juicio en Suiza.
    Cualquier persona puede reclamar algo en las materias antes mencionadas para hacerlo debe dirigirse ante la autoridad competente y de manera escrita, presentar la queja, viene haciendo las veces de lo que aquí en México conocemos como demanda, se debe indicar lo que se esta pidiendo, presentar la evidencia para respaldar los hechos que afirman, hay casos en que el Tribunal puede ordenar aclaraciones de los hechos por iniciativa propia, por ejemplo en caso de divorcio, puede pedir aclaraciones si hay niños en el matrimonio.
    Hay tribunales especializados en áreas especificas del Derecho Civil, por ejemplo, los tribunales de alquiler, los laborales y en algunos cantones los tribunales comerciales.
    Es importante señalar que antes de que un tribunal se ocupe de la disputa, primero se llevara a cabo la Audiencia de Arbitraje que tiene por objeto que se resuelva el asunto de manera rápida y de común acuerdo, quien llevará acabo esta audiencia es el Juez de Paz, un moderador e incluso el Juez de primera instancia, dependiendo del cantón que se trate. La cuantía para que se pueda llevar a cabo la Audiencia de Arbitraje tiene que ser menor de 2.000 francos.


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  149. Estrada Barrón Karen
    JUICIOS ORALES CIVILES M Y J DE 11 A 13
    JUICIOS CIVILES EN SUIZA
    SEGUNDA PARTE

    En caso de que no se llegue a ningún acuerdo en esta Audiencia, el demandante podrá hacer valer su reclamo ante el Tribunal civil de primera instancia, probando que se llevo acabo el arbitraje. El propio tribunal informara al acusado y se le pedirá que presente su contestación por escrito, una vez que se desahoga esta parte, el tribunal realiza su evaluación de la acción interpuesta ya sea de manera total o en parte e incluso puede rechazarla. Las decisiones de los juicios pueden ser apelados ante la corte cantonal superior .
    En caso de que se haga la apelación el tribunal civil de segunda instancia será el encargado de revisar la sentencia impugnada de manera exhaustiva para garantizar que la ley se aplique correctamente por el tribunal inferior, sin embargo, esto es muy limitado. Esta segunda autoridad puede tener por nombre Tribunal cantonal, tribunal superior o corte de justicia, según el cantón del que se trate. Es importante señalar que en materia de competencia desleal o de propiedad intelectual únicamente hay un organismo de evaluación cantonal.
    Las quejas en materia civil pueden ser llevadas al Tribunal Federal o Corte Suprema, en materia de propiedad, se requiere que el monto en disputa será de al menos 30,000 francos, cuando sea de materia laboral y de arrendamiento, tendrá que tratarse de un monto menor a 15,000 francos.
    Pero independientemente del monto, la Corte Suprema Federal , evaluara todos los casos que se traten de una cuestión jurídica de fundamental importancia ya sea, decisiones en cumplimiento de deudas, los casos de bancarrota, e incluso las decisiones administrativas que estén directamente relacionadas con el Derecho Civil y las autorizaciones denegadas para cambiar de nombre.
    Los Jueces son los que presiden el juicio después de analizar los documentos que se presenten, escuchan a las partes, a sus abogados, a los testigos y los expertos, evalúan la queja y dependiendo de lo que se trate será un juez único o un colegio de jueces quien tomará la decisión.
    Para llegar a la Corte se tienen que contemplar los costos que esto conlleva, el costo del trabajo de la corte y los honorarios del abogado, pero hay excepciones, por ejemplo, en caso de un divorcio.

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